Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25697 >> Fecha 01/08/1996 >> Texto completo
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


Artículos     >>
Recuerde que Control F es una opción que le permite buscar en la totalidad del texto

Ir al final del documento

- Usted está en la última versión de la norma -
Texto Completo Norma 25697
Traspasa vehículos propiedad del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) al Ministerio de Agricultura y Ganadería
Texto Completo acta: A8988 N° 25697

N° 25697



 



EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA



Y LOS MINISTROS DE LA PRESIDENCIA, DE PLANIFICACION NACIONAL



Y POLITICA ECONOMICA, DE AGRICULTURA Y GANADERIA, DE HACIENDA Y DE JUSTICIA Y GRACIA



 



En uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución Política y en el inciso 1) del artículo 27 de la Ley General de la Administración Pública,



 



Considerando:



 



I.-Que medidas de reestructuración practicadas en el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), conllevaron a un replanteamiento de sus funciones institucionales, apartándose de aquellas que no constituyen su quehacer principal y que se encuentran comprendidas dentro de las asignadas y asumidas por otros programas u órganos del Estado.



II.-Que MIDEPLAN adquirió vehículos, que se encuentran inscritos e inventariados a su nombre ante el Registro Público de Vehículos del Registro Nacional y ante el Departamento de Bienes Nacionales del Ministerio de Hacienda, para atender funciones y actividades de acuerdo con programas regionales y con proyectos de desarrollo, fundamentalmente de carácter rural y agrícola.



III.-Que los programas regionales y algunos de los proyectos de desarrollo relacionados en el Considerando , son en este momento ejecutados por el Programa de Desarrollo Rural de la Presidencia de la República y por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).



IV.-Que la gestión pública impone el uso racional y económico de los recursos del Estado, facultando a sus órganos y entes a disponer de aquellos bienes que resulten particularmente útiles y compatibles para atender las funciones y responsabilidades asignadas.



V.-Que los vehículos relacionados en el considerando n, resultarán mejor usados atendiendo las funciones que corresponden al Programa de Desarrollo Rural de la Presidencia de la República y los proyectos ejecutados por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).



VI.-Que para el debido control de bienes del Estado, procede aplicar movimientos registrales e inventariales en el Registro Público de Vehículos del Registro Nacional y en el Departamento de Bienes Nacionales del Ministerio de Hacienda, sobre los bienes que se indican en el considerando V. Por tanto,



 



DECRETAN:



 



Artículo 1°-Traspásense los vehículos propiedad del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) que se indican a continuación al *Ministerio de Agricultura y Ganadería, para ser utilizados a través del Programa de Desarrollo Rural:



 



A) Marca: Toyota. Estilo: Land Cruiser. Año: 1988. Motor 3B-0861343. Placa: PE-27-000060.



B) Marca: Toyota. Estilo: Land Cruiser. Año: 1998. Motor 3B-0860846. Placa: PE-27-000061.



C) Marca: Toyota. Estilo: Land Cruiser. Año: 1988. Motor: 3B-0845920. Placa: PE-27-000069.



D) Marca: Isuzu. Estilo: KB2500. Año: 1989. Motor: 344731. Placa: PE-27c000079.



E) Marca: Toyota. Estilo: Land Cruiser. Año: 1984. Motor: B0634019. Placa: PE-27-000090



 



Todos ellos con las demás características que indica el Registro Público de Vehículos.



 



*(Así reformado mediante el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 26915 del 25 de marzo de 1998).



 




 




Ficha articulo



Artículo 2°-Traspásense los vehículos propiedad de MIDEPLAN que se indican a continuación al Ministerio de Agricultura y Ganadería, para ser utilizados en el Proyecto de Desarrollo Agrícola de la Zona Atlántica (PRODAZA):



 



A) Marca: Nissan. Estilo: D21. Año: 1990. Motor: TD27122254. Placa: PE-27-000083.



B) Marca: Nissan. Estilo: D21. Año: 1990. Motor: TD27122143. Placa: PE-27-000084.



 



Todos ellos con las demás características que indica el Registro Público de Vehículos.



 




 




Ficha articulo



Artículo 3°-Traspásense los vehículos propiedad de MIDEPLAN que se indican a continuación al Ministerio de Agricultura y Ganadería, para ser utilizados en el Proyecto de Crédito y Desarrollo Agrícola para Pequeños Productores de la Zona Norte (PPZN):



 



A), Marca: Toyota. Estilo: Land Cruiser. Año: 1988. Motor: 3B-0845740. Placa: PE-27-000068.



B) Marca: Isuzu. Estilo: KB2300. Año: 1990. Motor: 400400. Placa: PE-27-000082.



C) Marca: Daihatsu. Estilo: Rocky. Año: 1993. Motor: 575979. Placa: PE-27-000087.



D) Marca: Toyota. Estilo: Hilux. Año: 1995. Motor: 3L3639975. Placa: PE-27-000101.



 



Todos ellos con las demás características que indica el Registro Público de Vehículos.




 




Ficha articulo



Artículo 4°-Se autoriza al Registro Público de Vehículos del Registro Nacional y al Departamento de Bienes Nacionales del Ministerio de Hacienda para, en lo que es de su competencia, anotar, inscribir, registrar, inventariar y patrimoniar los traspasos relacionados en los artículos 1°, 2° y 3°. El Registro Público de Vehículos asignará placas oficiales a todos los vehículos traspasados según los ministerios a nombre de los cuales quedarán inscritos.



 




 




Ficha articulo



Artículo 5°-Rige a partir de su publicación.



 



Dado en la Presidencia de la República.-San José, el día primero del mes de agosto de mil novecientos noventa y seis.



 




Ficha articulo





Fecha de generación: 17/4/2024 09:03:02
Ir al principio del documento