Texto Completo acta: A9743
N° 16949
(Este
decreto ejecutivo fue derogado por el artículo 10 del decreto ejecutivo N°
17546 del 24 de marzo de 1987)
N° 16949
EL PRESIDENTE DE
LA RE PUBLICA
Y LOS MINISTROS
DE PLANIFICACION NACIONAL Y POLITICA
ECONOMICA y DE
AGRICULTURA Y GANADERIA,
DECRETAN:
Artículo 1°-Modificase el artículo 2° del
Decreto Ejecutivo N° 10034-0P-A del 25 de abril de 1979, el cual se leerá de la
siguiente manera:
"Artículo 2°-La
Comisión se integrará de la siguiente manera:
a) Un
representante del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
b) Un
representante del Sistema Bancario Nacional.
c) Un
representante de UPANACIONAL.
d) Un representante
de COOPETIERRABLANCA.
e) Un
representante de COOPEBAIRES.
f) Un
representante de la Comisión Regional de la Papa.
g) Un
representante de ENCOOPER.
h) Un
representante de ORTICOOP.
i) Un
representante de las empresas comercializadoras.
j) Seis representantes
de las diferentes zonas productoras de papa del país.
Ficha articulo
Artículo 2°-Rige a partir de su
publicación.
Dado en la Presidencia de la
República.-San José, a los once días del mes de marzo de mil novecientos
ochenta y seis.
Ficha articulo
Fecha de generación: 12/3/2024 17:09:29