Texto Completo acta: ABB27
N° 5889
(Este decreto fue derogado por el artículo 1° del
decreto ejecutivo N° 23826 del 15 de noviembre de
1994)
N° 5889
EL PRESIDENTE DE
LA REPUBLICA
Y LOS MINISTROS
DE AGRICULTURA Y GANADERIA Y DE
LA PRESIDENCIA,
Considerando:
1°-Que los miembros en funciones del
Consejo Agropecuario Nacional se abocaron al estudio del Decreto Ejecutivo
número 5147-AP de 20 de agosto de 1975, haciendo las observaciones pertinentes
en el seno del Consejo.
2°-Que existió consenso general en cuanto
a los términos del decreto que se comentó, considerando que el mismo capacita
ampliamente al CAN para definir las políticas necesarias que tienden a
solucionar los problemas que confronta el sector agropecuario.
3°-Que en la sesión del 25 de febrero de
1976 se acordó solicitar al Poder Ejecutivo, a través del Ministro de
Agricultura y Ganadería la modificación de los incisos b) y c) del artículo 79
del citado decreto.
Por tamo,
DECRETAN:
Artículo 1°-Modificase el Decreto
Ejecutivo número 5147-AP en los incisos b) y c) del artículo 7° que en adelante
se leerán así:
"b) Formular los lineamientos de la
política agropecuaria nacional en concordancia con la política nacional de
desarrollo.
c) Aprobar, improbar o modificar las
propuestas de los estudios, programas y proyectos presentados por
la Oficina de Planificación
Sectorial Agropecuaria".
Ficha articulo
Artículo 2°-Rige a partir de su
publicación.
Dado en la Casa Presidencial.-San José, a
los diecisiete días del mes de marzo de mil novecientos setenta y seis.
Ficha articulo
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