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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33877 >> Fecha 18/04/2007 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 33877
Deroga decreto que prohíbe a las personas incluidas en los campos denominados de alto riesgo donar sangre o sus derivados, semen, otros tejidos y órganos
Texto Completo acta: AD501 Nº 33877-S

Nº 33877-S



 



EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA



Y LA MINISTRA DE SALUD



 



En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28, inciso b) de la Ley Nº 6227 "Ley General de la Administración Pública" 1 y 2 de la Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973, "Ley General de Salud"; 1 y 2 de la Ley Nº 5412 de 8 de noviembre de 1973, "Ley Orgánica del Ministerio de Salud".



 



Considerando:



 



1º-Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 19933-S de 13 de setiembre de 1990 publicado en La Gaceta Nº 188 de 4 de octubre de 1990, se establecieron prohibiciones a personas de alto riesgo para donar sangre o sus derivados, semen, otros tejidos y órganos.



2º-Que este Despacho solicitó el criterio técnico sobre la citada prohibición al Consejo Nacional de Atención Integral al VIH-SIDA (CONASIDA) órgano adscrito a este Ministerio, según artículo 1 del Decreto Ejecutivo N° 27894-S de 3 de junio de 1999 denominado "Reglamento de la Ley General sobre VIH-SIDA"



3º-Que en sesión ordinaria Nº 02-2007, celebrada el 5 de marzo del 2007, el CONASIDA avaló la derogatoria de dicho decreto; sin embargo aducen sus miembros que se encuentran sujetos a lo que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia resuelva en Acción de Inconstitucionalidad Nº 06-014356-0007-CO, interpuesta contra el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 19933-S de 13 de setiembre de 1990, publicado en La Gaceta Nº 188 de 4 de octubre de 1990, la cual está pendiente de resolución.



4º-Que no obstante lo anterior, este Despacho con sustento en el criterio técnico de CONASIDA, ha considerado oportuno y necesario derogar el citado Decreto Ejecutivo. Por tanto,



 



DECRETAN:



 



Artículo 1º-Deróguese el Decreto Ejecutivo Nº 19933-S de 13 de setiembre de 1990, publicado en La Gaceta Nº 188 de 4 de octubre de 1990.




 




Ficha articulo



Artículo 2º-Rige a partir de su publicación.



 



Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los dieciocho días del mes de abril del dos mil siete.



 



 




Ficha articulo





Fecha de generación: 30/11/2023 11:53:56 p.m.
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