Texto Completo acta: AD501
Nº 33877-S
Nº 33877-S
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE
SALUD
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3)
y 18) y 146 de la Constitución Política; 28, inciso b) de la Ley Nº 6227 "Ley
General de la Administración Pública" 1 y 2 de la Ley Nº 5395 de 30 de octubre
de 1973, "Ley General de Salud"; 1 y 2 de la Ley Nº 5412 de 8 de noviembre de
1973, "Ley Orgánica del Ministerio de Salud".
Considerando:
1º-Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 19933-S de 13 de setiembre de 1990
publicado en La Gaceta Nº 188 de 4 de octubre de 1990, se establecieron
prohibiciones a personas de alto riesgo para donar sangre o sus derivados,
semen, otros tejidos y órganos.
2º-Que este
Despacho solicitó el criterio técnico sobre la citada prohibición al Consejo
Nacional de Atención Integral al VIH-SIDA (CONASIDA) órgano adscrito a este
Ministerio, según artículo 1 del Decreto Ejecutivo N° 27894-S de 3 de junio de
1999 denominado "Reglamento de la Ley General sobre VIH-SIDA"
3º-Que en sesión
ordinaria Nº 02-2007, celebrada el 5 de marzo del 2007, el CONASIDA avaló la
derogatoria de dicho decreto; sin embargo aducen sus miembros que se encuentran
sujetos a lo que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia
resuelva en Acción de Inconstitucionalidad Nº 06-014356-0007-CO, interpuesta
contra el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 19933-S de 13 de setiembre de
1990, publicado en La Gaceta Nº 188 de 4 de octubre de 1990, la cual
está pendiente de resolución.
4º-Que no obstante
lo anterior, este Despacho con sustento en el criterio técnico de CONASIDA, ha
considerado oportuno y necesario derogar el citado Decreto Ejecutivo. Por
tanto,
DECRETAN:
Artículo 1º-Deróguese el Decreto Ejecutivo Nº 19933-S de 13 de setiembre
de 1990, publicado en La Gaceta Nº 188 de 4 de octubre de 1990.
Ficha articulo
Artículo 2º-Rige a
partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los dieciocho días
del mes de abril del dos mil siete.
Ficha articulo
Fecha de generación: 30/11/2023 11:53:56 p.m.