Texto Completo acta: B22DB
MUNICIPALIDAD DE JIMÉNEZ
MUNICIPALIDAD DE
JIMÉNEZ
La Municipalidad de Jiménez, en sesión
ordinaria N° 308, celebrada el día
miércoles 26 de agosto del año en curso, acordó:
Este Concejo acordó por unanimidad; aprobar
el presente,
REGLAMENTO PARA LA CONSULTA POPULAR
EN EL DISTRITO DE TUCURRIQUE
Artículo 1 °-La Municipalidad de Jiménez,
convocará a los vecinos del distrito segundo (Tucurrique) a CONSULTA POPULAR,
mediante comunicado distribuido en la comunidad y colocado en lugares visibles
de la misma.
Ficha articulo
Artículo 2°-Dicha consulta se realizará el
sábado 10 de octubre a la 1 p.m. en el Templo Católico de Tucurrique, la misma
se llevará a cabo bajo la modalidad de Sesión Extraordinaria.
Ficha articulo
Artículo 3°-Podrán participar únicamente las
personas mayores de edad, con cédula en mano y que aparezcan inscritos en el
Padrón Electoral que para tal efecto llevará la Municipalidad y que será
exhibido en el lugar destinado para la consulta.
Ficha articulo
Artículo 4°-Se podrá llevar a cabo la
elección de candidatos con las personas que ingresen al recinto.
Ficha articulo
Artículo 5°-Los vecinos presentarán ante el
Concejo sus candidatos por escrito, consignando nombre completo y número de
cédula, una vez recibidos todos los nombres se someterá a votación de los
presentes uno por uno, designando el número de votos de cada candidato se
levantará una nómina de quince candidatos por orden de puntaje de mayor a
menor.
Ficha articulo
Artículo 6°-De la nómina de quince candidatos
resultado de la CONSULTA POPULAR, el Concejo Municipal de Jiménez, procederá al
nombramiento de los cuatro concejales propietarios y suplentes por orden de
puntaje de mayor a menor, como miembros del Consejo Municipal de Distrito de
Tucurrique, a excepción del síndico propietario y su suplente electos
constitucionalmente.
Ficha articulo
Artículo 7°-Posterior a su creación se
procederá a juramentar a los concejales electos, en una sesión de la
Municipalidad del cantón.
Ficha articulo
Artículo 8°-Conforme lo establece el inciso
j) del artículo 13 del Código Municipal Ley 7794 de 30 de abril de 1998, en la
celebración de esta consulta el Municipio solicitará la presencia de un
delegado del Tribunal Supremo de Elecciones quien dará fe de que se cumplieron
los requisitos exigidos en este reglamento.
Ficha articulo
Artículo 9°-La Corporación Municipal del
Cantón Jiménez, en pleno, visitará el recinto del Concejo Municipal de Distrito
de Tucurrique, para oficializar su primera sesión y de paso indicarles como
proceder de acuerdo a lo establecido por el REGLAMENTO PARA EL NOMBRAMIENTO Y
FUNCIONAMIENTO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE TUCURRIQUE; se deberá
contar con la presencia de todos los servidores municipales de Tucurrique.
Ficha articulo
Artículo 10.-Rige a partir de su publicación
en el Diario Oficial "La Gaceta".
Ciudad de Juan Viñas, 3 de setiembre de 1998.
Ficha articulo
Fecha de generación: 26/2/2024 17:17:53