MUNICIPALIDAD DE TIBÁS
MANUAL DE REQUISITOS DE LA MUNICIPALIDAD DE TIBÁS,
LEY Nº
8220, PROTECCIÓN AL CIUDADANO DEL EXCESO
DE
TRÁMITES Y REQUISITOS
El
Concejo Municipal de Tibás, y la Dirección General Administrativa manifiestan:
Que en
cumplimiento con el artículo 4, Publicidad de los trámites de la Ley Nº 8220,
Protección al Ciudadano de Exceso de Trámites y Requisitos, se presenta a los
contribuyentes en general, el manual con la información de los trámites y
requisitos que rigen en los diferentes departamentos del Edificio Municipal.
CATASTRO Y VALORACIONES
CERTIFICACIONES DE IMPUESTOS MUNICIPALES AL DIA
Requisitos Tiempo:
1 día hábil
1. Declaración de todas las Propiedades al día.
(Ver formulario Nº 1).
2. Estar al día con los impuestos de Servicios
Urbanos, Bienes Inmuebles, patentes y permisos de construcción de todas sus
propiedades.
3. Timbre Municipal, monto a solicitud del
Municipio.
TRASPASOS DE PROPIEDAD
Requisitos Tiempo: 10
días hábiles
1. Declaración todas las Propiedades al día.
2. Estar al día con los impuestos de Servicios
Urbanos, Bienes Inmuebles patentes y permisos de construcción de todas sus
propiedades.
3. Copia de escritura o certificación literal
emitida por el Registro Público o por nuestro Municipio con la cancelación
respectiva del recibo emitido por las cajas Municipales, dicha certificación
vence al mes de emitida.
VISADO MUNICIPAL
Requisitos Tiempo: 5
días hábiles
1. Declaración de todas las Propiedades al día.
2. Estar al día con los impuestos de Servicios
Urbanos, Bienes Inmuebles, patentes y permisos de construcción de todas sus
propiedades.
3. Adjuntar original o copia certificada del
Registro Público del plano catastrado de la propiedad.
4. Adjuntar tres fotocopias del mismo plano a
visar tamaño original.
5. Adjuntar el plano madre de la propiedad de la
que se está segregando (cuando el departamento lo requiera).
6. Llenar la solicitud del visado. (Ver Formulario
Nº 2).
7. Timbre Municipal, monto a solicitud del
Municipio.
CAMBIO DE USO DE SUELO PARA EL TRÁMITE
DE
PATENTE EN URBANIZACIÓN
Requisitos Tiempo: 5
días hábiles
1. Declaración de todas las propiedades al día.
2. Estar al día con los impuestos de Servicios
Urbanos, Bienes Inmuebles, patentes y permisos de construcción de todas sus
propiedades.
3. Presentar el plano catastrado de la propiedad.
4. Verificación de ubicación del plano y el visto
bueno de los propietarios vecinos del lugar indicados por este departamento.
5. Verificación del listado de los vecinos
propietarios, una vez que éstas sean verificadas en el sistema Municipal tiene
que ser autenticada.
6. Llenar la solicitud para el cambio de uso de
suelo, una vez cumplido los requisitos (ver Formulario Nº 3) adjuntar fotocopia
de las cédulas del propietario y patentado, lista de vecinos autenticada y en
casos especiales carta justificativa autenticada de vecinos que no firmaron,
estos a criterio del Departamento, copia del plano catastrado y copia del
croquis.
TRANSITORIOS:
I.-Si en
una Urbanización existe una Patente y se va a cambiar la actividad comercial
deberá ajustarse al Reglamento de Urbanismo.
II.-Cuando en su tiempo existió un
comercio y lo que se pretende es reabrir dicho comercio, deberá hacer todo el
trámite según Reglamento de Urbanismo.
III.-Cuando en una propiedad exista
traspaso de patentado y se mantiene la misma actividad comercial, no se
requerirá cumplir con el Reglamento de Urbanismo.
VISADOS DE DISEÑO DE SITIOS TOPOGRÁFICOS
DE
URBANIZACIÓN Y CONDOMINIOS
1. Declaración de todas las Propiedades al día.
2. Estar al día con los impuestos de Servicios
Urbanos, Bienes Inmuebles, patentes y permisos de construcción de todas sus
propiedades.
3. Llenar la solicitud de visado y adjuntar timbre
Municipal, monto a solicitud del Municipio.(Formulario #2)
4. Acuerdo del Concejo Municipal, en donde reciben
las obras (en caso de Urbanizaciones).
5. Hacer el depósito de garantía, monto solicitado
por el municipio, por obras faltantes en las respectivas cajas Municipales (si
lo amerita).
6. Estar entregadas y traspasadas a la
Municipalidad, las obras de calles, áreas verdes, áreas comunales y áreas
infantiles y otras áreas que por ley le correspondan al Municipio.
7. Copias del diseño de sitio, el cual deberá
estar ajustado al Reglamento de Urbanismo.
EXONERACIÓN DE IMPUESTOS DE BIENES INMUEBLES
Requisitos Tiempo: 10
días hábiles
1. Declaración de todas las Propiedades al día.
2. Estar al día con los impuestos de Servicios
Urbanos, Bienes Inmuebles al cuarto trimestre del año anterior de la propiedad
a exonerar, patentes y permisos de construcción de todas sus propiedades.
3. Si las certificaciones son del Registro de la
Propiedad deberá presentar la de Bien único y literal vigentes, caducan al mes
de emitida.
4. Si lo tramita en la Municipalidad deberá cubrir
el costo y cancelarlo en las cajas respectivas de la Municipalidad y aportar
los timbres de acuerdo al valor actual del Registro Público. (Ver formulario Nº
5).
EXONERACIÓN DE PERÍODOS
ANTERIORES
BIENES INMUEBLES
Requisitos Tiempo: 10
días hábiles
1. Declaración de todas las Propiedades al día.
2. Estar al día con los impuestos de Servicios
Urbanos de todas sus propiedades.
3. Debe presentar los siguientes documentos:
a) Presentar solicitud de exoneración, dirigida al
Jefe del Departamento de Catastro y Valoraciones.
b) Certificación histórica emitida por un abogado
en donde de fe de que el dueño de la propiedad ha mantenido un Bien Único en
los años anteriores, sin incluir el año en que se tramita ya que este lo tiene
que exonerar por medio del trámite de exoneración normal.
EXONERACIÓN DE IGLESIAS NO CATÓLICAS,
ORGANIZACIONES
RELIGIOSAS, ASOCIACIONES
DE
DESARROLLO COMUNAL, INSTITUCIONES
DE BIEN
SOCIAL, PÚBLICAS O PRIVADAS
QUE
EXONEREN
Requisitos Tiempo: 10
días hábiles
1. Declaración de todas las Propiedades al día.
2. Estar al día con los impuestos de Servicios Urbanos,
patentes y permisos de construcción de todas sus propiedades. Bienes Inmuebles,
al cuarto trimestre del año anterior de la propiedad a exonerar.
3. Deben presentar lo siguiente:
a) Presentar nota dirigida al Jefe del
departamento de Catastro y Valoraciones.
4. Plano catastrado de la propiedad.
5. Personería Jurídica al día.
6. Certificación de abogado dando fe sobre la
propiedad que está a nombre de la Iglesia o Asociación Religiosa y que es
exclusivamente dedicada al culto.
7. En el caso de las Instituciones, certificación
de la sociedad en donde conste la vigencia del decreto ejecutivo declarando
utilidad pública, (declaración jurada ante notario público).
8. Asimismo para las Instituciones Semiautónomas y
autónomas presentar copia de los artículos de la ley que los exonere de dicho
impuesto.
9. Estudio registral del inmueble o escritura.
10. En caso de las Organizaciones de Bien Social,
deberán aportar la certificación de un abogado en donde conste que dicha
organización es únicamente de bien social.
11. En caso de las Asociaciones de Desarrollo,
deberán presentar, Certificación emitida por DINADECO donde conste la vigencia
de la Asociación de desarrollo comunal y que el inmueble esté destinado al uso
común de las asociaciones. Los inmuebles pertenecientes a las asociaciones
declaradas de utilidad pública, deberán presentar:
a) Certificación emitida por el Registro Nacional
o por Notario Público, donde se haga constar la propiedad del inmueble.
b) Certificación emitida por Notario Público donde
conste la vigencia del decreto ejecutivo declarando de utilidad pública a
dichas asociaciones.
12. Estos requisitos deben ser presentados a
principio de cada año y actualizados.
13. Todos los anteriores requisitos están
fundamentos en las siguientes leyes:
Ley de Planificación
Urbana.
Ley de construcciones
Código Municipal
Reglamento de Urbanismo
Y otras leyes y
reglamentos afines
NOTA: Es obligación del solicitante indicar medio y
lugar para notificaciones en Tibás, de lo contrario transcurridos 24 horas,
quedará debidamente notificado (artículo 12 Ley de Notificaciones Nº 7637),
igualmente si el lugar indicado no es correcto o no se tiene persona para
recibir documentos en horas hábiles, por lo cual será su responsabilidad estar
en contacto con el Departamento de Catastro y Valoraciones.