Artículo 2º-Los Principios, Criterios e Indicadores para Manejo de Bosques
Naturales son los siguientes:
Principio Nº 1: Sobre
seguridad jurídica y seguimiento en tiempo y espacio del manejo forestal.
El manejo forestal
asegura la permanencia del bosque en el paisaje.
Criterio 1.1: De seguimiento espacial.
Se lleva un registro
de la cobertura forestal bajo manejo para controlar el cambio de uso del suelo
y garantizar su permanencia en tiempo y espacio.
Indicadores:
1.1.1.
La AFE lleva un registro
geográfico de las unidades de manejo forestal.
1.1.2. Las áreas boscosas mantienen sus
características de extensión, forma perimetral y localización de acuerdo con lo
establecido en el registro geográfico de las unidades de manejo forestal que
para ese fin se utiliza, salvo lo indicado en el artículo 19 de
la Ley Forestal Nº 7575
del 16 de abril de 1996.
1.1.3. La ubicación y las colindancias del área de
bosque están claramente definidas en el terreno y concuerdan con la documentación
catastral del o los inmuebles.
Criterio 1.2: De tenencia clara.
La tenencia y
derechos de uso de los bosques bajo manejo forestal están claramente definidos.
Indicadores:
1.2.1. La unidad de manejo forestal es parte de un
inmueble que cuenta con un título de propiedad, o contrato de arrendamiento legalmente
inscrito, o derecho de posesión legalmente reconocido.
1.2.2. La unidad de manejo forestal es parte de un
inmueble que cuenta con un plano debidamente catastrado.
1.2.3. La unidad de manejo
forestal no presenta conflictos de tenencia.
Criterio 1.3: De seguimiento en el tiempo.
Se mantiene un
registro de actividades históricas y por ejecutar que permite el seguimiento y
garantiza el manejo forestal del
bosque a largo plazo.
Indicadores:
1.3.1 La
AFE lleva un registro documental del historial de la unidad de
manejo de bosque, asociado al registro geográfico, que permite verificar en
cualquier momento la cronología y el tipo de actividades realizadas y por
ejecutar.
1.3.2. La información contenida en el registro
documental de la unidad, sobre planes de manejo y otra información relevante, cuenta
con la aprobación de la AFE.
1.3.3. Los planes de manejo y sus respectivos
cronogramas de actividades aprobados son respetados en el tiempo, tanto por el
interesado como por la AFE,
para garantizar la seguridad jurídica del manejo del bosque.
Principio Nº 2: Sobre el mantenimiento de
las funciones ecosistémicas del
bosque natural disetáneo.
El bosque bajo
manejo forestal mantiene su estructura y composición.
Criterio 2.1: De manejo por tipo de bosque.
El bosque es
ubicado y tipificado en el contexto del
paisaje forestal circundante, lo cual permite prescribir y evaluar la condición
del bosque
bajo manejo forestal considerando sus características particulares.
Indicadores:
2.1.1. La unidad de manejo es ubicada en el
contexto del paisaje forestal circundante, lo cual permite vincularla con los
tipos de bosque presentes en la zona y, relacionarla con el estado de otras
masas de bosques del mismo tipo.
2.1.2. La prescripción de manejo es consistente con
las limitaciones y capacidades productivas del tipo de bosque presente en la unidad
de manejo forestal.
Criterio 2.2: De mantenimiento de la
condición disetánea del
bosque natural.
El manejo forestal
mantiene la estructura disetánea y composición del bosque.
Indicadores:
2.2.1 El bosque mantiene un área basal por
hectárea superior o igual al valor de referencia por tipo de bosque para las
especies comerciales y no comerciales en el área efectiva de manejo.
2.2.2 La abundancia de los individuos del gremio
ecológico conformado por las especies heliófitas efímeras se mantiene en una
proporción inferior o igual al valor de referencia.
Criterio 2.3: De simulación de la dinámica
natural.
En el bosque
manejado se replica la dinámica natural en cuanto al área de claros, con el fin
de mantener los procesos dinámicos de forma similar a lo que ocurre en
condiciones sin intervención.
Indicadores:
2.3.1. El área de bosque impactada por el
aprovechamiento forestal esta distribuida uniformemente y no es mayor al 15%
del área total productiva.
2.3.2. El área basal cosechada y dañada por el
aprovechamiento forestal no supera el 20% del área basal de todos los
individuos con d.a.p. mayor o igual a 30 cm, cuando no se cuenta con registros del
historial de la unidad de manejo que justifiquen una intervención superior; y
de hasta un 30% cuando se pueda justificar con base en los registros de la
unidad de manejo.
2.3.3. En presencia de tratamientos
silviculturales, el área basal reducida solo podrá exceder un 10% adicional del
área basal de todos los individuos con d.a.p. mayor o igual a 30 cm.
Principio Nº 3: Sobre la función del bosque
en la protección de suelos, agua, y el control de otras actividades humanas que
puedan afectar la integridad del
bosque.
El bosque bajo
manejo forestal conserva su función de protección de suelos y aguas, está libre
de contaminación por desechos sólidos y líquidos derivados de las actividades
de manejo, y no tiene alteraciones producto de actividades humanas.
Criterio 3.1: De protección de la calidad del agua.
El manejo forestal
protege la calidad del
agua presente en la unidad de manejo.
Indicadores:
3.1.1 La infraestructura establecida para el
manejo forestal no presenta signos de que altere la calidad del agua en el
sitio.
3.1.2. Las nacientes permanentes, ríos, quebradas y
arroyos (Artículo 33 Ley Forestal 7575) ubicados dentro del área de bosque no presentan
signos de estancamiento, u obstrucción causados por las acciones directas del
manejo forestal.
3.1.3. No hay evidencias de contaminación por
desechos sólidos y líquidos derivados de las actividades de manejo
Criterio 3.2: De protección del suelo.
El manejo forestal
protege el suelo de la unidad de manejo.
Indicadores:
3.2.1. Los caminos primarios y patios de acopio
tienen las obras de conservación necesarias para minimizar la erosión y la sedimentación
excesiva en las nacientes permanentes, ríos, quebradas y arroyos.
3.2.2. Los caminos primarios y los patios de acopio
están ubicados técnicamente y no abarcan un área mayor a un 2% del área efectiva
de manejo.
Criterio 3.3: Criterio de protección del bosque contra
alteraciones humanas.
El manejo forestal
sostenible mantiene el bosque natural protegido de la influencia de actividades
que pongan en peligro la permanencia en el tiempo de los bosques manejados.
Indicadores:
3.3.1. No hay eliminación del sotobosque (socola) o
quemas intencionales dirigidas al cambio de uso. Asimismo dentro del bosque no
se realiza ningún tipo de cultivo agrícola, actividades de pastoreo, u otras
actividades que pongan en peligro la permanencia en el tiempo de los bosques manejados.
3.3.2. En zonas de alta y mediana incidencia de
riesgo de incendios forestales, según la clasificación del Sistema Nacional de Áreas
de Conservación (SINAC), se establecen medidas preventivas (rondas cortafuegos)
para el control de incendios forestales que promuevan la permanencia en el
tiempo de los bosques manejados.