Artículo 3º-Rige a partir de su
publicación.
Dado en
la
Presidencia de la República. San José, a los dieciséis días del
mes de mayo del dos mil siete.
MANUAL DE NORMAS PARA
LA HABILITACIÓN DE
ESTABLECIMIENTOS QUE BRINDAN ATENCIÓN EN
CUIDADOS PALIATIVOS, MODALIDAD
AMBULATORIA Y DOMICILIAR
Introducción
La necesidad de mejorar la calidad de
atención en los servicios de salud y afines y la redefinición de las funciones
del Ministerio de Salud como ente rector del Sector Salud, han generado acciones
para normalizar las condiciones de operación de los establecimientos que actúan
o prestan servicios, directa o indirectamente, en materias ligadas con la salud
para procurar el bienestar de las personas.
Basados en lo dispuesto en
la
Ley General de Salud Nº 5395, el Decreto Ejecutivo Nº 30571-S, sobre el
Reglamento General para la Habilitación de Establecimientos de Salud y
Afines, su Reglamento y otras disposiciones vinculantes, se establece el Manual
de normas para la habilitación de los establecimientos que brindan atención en
cuidados paliativos, modalidad ambulatoria y domiciliar.
El Manual incluye los requisitos
establecidos para realizar el trámite de solicitud de habilitación de
Establecimientos de Salud y Afines y los requisitos de información y
documentación requerida. Los anexos A y B son parte integrante de la norma.
1. Objetivo y Ámbito de
Aplicación
El presente manual de normas tiene como
objetivo especificar las condiciones y requisitos que deben cumplir los
establecimientos que brindan Atención en Cuidados Paliativos, modalidad
ambulatoria y domiciliar, a la persona enferma y su familia, para garantizar
que el servicio ofrecido cumpla con estos aspectos de calidad, seguridad,
equidad, igualdad y accesibilidad, para ser Habilitados por el Ministerio de
Salud.
Su ámbito de aplicación es nacional y aplica para todos los
Establecimientos que brindan atención en Cuidados Paliativos, modalidad
ambulatoria y domiciliar; ya sean públicos, privados, mixtos o dependientes de
organizaciones no gubernamentales.
2. Definiciones Generales:
a) Acceso a recurso
humano: Disponibilidad obligatoria de recurso humano para la ejecución de las
actividades. El recurso humano puede ser contratado (de planta), asesor o
voluntario, con horario definido y contemplado en el Manual de Funciones según
las necesidades del establecimiento.
b) Acceso a transporte:
Disponibilidad de vehículo de transporte para las personas usuarias y para el
recurso humano, así como al servicio de ambulancia, ya sea propio o
proporcionado por otra organización o institución según las necesidades del
establecimiento.
c) Atención ambulatoria: La parte
de la atención al paciente y su familia, que se brinda físicamente en ambiente
extrahospitalario.
d) Atención domiciliar: Conjunto
de actividades de carácter socio sanitario y de ámbito comunitario que se
realiza en el domicilio de la persona con la finalidad de detectar, valorar,
dar soporte y seguimiento a los problemas del individuo y la familia,
potenciando la autonomía mejorando la calidad de vida con la intervención de un
equipo interdisciplinario.
e) Barrera de acceso físico: Toda
limitante al acceso físico de las personas, que interfiera con la movilidad y
desplazamiento en un recinto.
f) Buen estado de
funcionamiento: Bueno, bien, buenas condiciones, cumpliendo las adecuadas
condiciones constructivas, funcionando sin alteraciones, limpio y que cumple
con la normativa y requerimientos del usuario.
g) Calidad de vida: La percepción
que un individuo tiene de su lugar en la existencia, en el contexto de la
cultura y del sistema de valores en los que vive y en relación con sus
objetivos, sus expectativas, sus normas, sus inquietudes. Se trata de un
concepto muy amplio que está influido de modo complejo por la salud física del
sujeto, su estado psicológico, su nivel de independencia, sus relaciones
sociales, así como su relación con los elementos esenciales de su entorno.
h) Consentimiento informado:
Proceso gradual y continuado, plasmado en un documento, mediante el cual una
persona capaz y adecuadamente informada por el equipo de salud tratante, acepta
o no someterse a determinados procedimientos diagnósticos o terapéuticos, en
función de sus propios valores y derechos, que además considere la voluntad
indudable y clara de la persona a ser o no ser informada de su estado.
i) Cuidados paliativos: Es
la atención integral a la persona con una enfermedad avanzada y progresiva, que
ya no responde a un tratamiento curativo y donde es de gran importancia la
atención y control del dolor total, constituye un verdadero sistema de soporte
para la persona enferma y su familia. Los cuidados paliativos no adelantan ni
retrasan la muerte, consideran el morir como un proceso natural. El objetivo es
lograr la mejor calidad de vida posible para la persona enferma y su familia,
intrínsicamente conllevan los principios de los derechos humanos y los derechos
humanos en salud, de manera que sirvan de guía para los establecimientos y las
personas que prestan servicios en la atención de las personas que requieran de
cuidados paliativos.
j) Derechos humanos:
Derechos y libertades fundamentales inherentes a los seres humanos, basados en
el reconocimiento de la dignidad, la libertad, la igualdad, la justicia para
toda persona sin ninguna distinción, en todos los ámbitos de su existencia, que
deben ser garantizados por el Estado y exigibles a éste.
k) Derechos humanos en salud:
Derechos que aseguran que las personas sean tratadas con dignidad, igualdad,
equidad y respeto en los diferentes espacios donde se construye la salud.
l) Desecho
infectocontagioso: Aquel que contiene bacterias, virus u otros organismos con
capacidad de causar infección o que tiene o puede contener toxinas producidas
por microorganismos que causan efectos nocivos a seres vivos o al ambiente humano.
m) Dolor total: Conjunto de síntomas
físicos, psicológicos, socioculturales y espirituales que se manifiestan en
disconformidad y comprometen la calidad de vida de quien la sufre.
n) Enfermedad terminal: Es aquella
enfermedad avanzada, progresiva y no curable con síntomas múltiples,
multifactoriales, intensos y cambiantes, con impacto emocional en la persona,
la familia o el entorno afectivo, y con pronóstico de vida limitado, por causa
de cáncer, SIDA, enfermedades crónicas evolutivas discapacitantes, y/u otras
enfermedades y condiciones crónicas relacionadas con la edad avanzada.
o) Establecimiento de Atención en
cuidados paliativos: Lugar donde se brindan servicios de atención integral
total en cuidados paliativos, a la persona con enfermedad en fase terminal o
condición de vida limitada y su familia, en modalidad ambulatoria o domiciliar,
o ambas por un equipo interdisciplinario. Pueden depender directamente de una
organización no gubernamental o tener relaciones de coordinación con grupos de
apoyo de las comunidades como organizaciones no gubernamentales, se brinda
capacitación a personas del campo de la salud y se realiza divulgación y
educación a la comunidad, además pueden realizar labores de docencia e
investigación en este campo.
p) Estación de lavado de manos:
Condiciones para el lavado correcto de las manos, que debidamente instalada
debe estar provista de: lavamanos de material no poroso, suficiente agua apta
para el consumo humano, con dispositivo de accionar para abrir de rodilla, codo,
pie o automático, dispensador con jabón líquido antiséptico, dispensador de
toallas de papel desechables, basurero con tapa con sistema de palanca de pie y
un cartel con las indicaciones de la técnica correcta de lavado de manos,
ubicada en todos los recintos donde se requiera correcto lavado de manos, según
la normativa.
q) Expediente clínico personal:
Documento físico o electrónico, debidamente identificado, donde se reúne y
registra toda la información concerniente a la salud de una persona, sus alteraciones
y su evolución, con los tratamientos y acciones brindadas. Dicho documento debe
utilizarse resguardando su confidencialidad.
r) Habilitación: Trámite de
acatamiento obligatorio, realizado por el Estado a través del Ministerio de
Salud, para autorizar el funcionamiento de los servicios de salud y afines,
públicos y privados, por el cual garantiza a las personas, que éstos cumplen
con los requisitos mínimos estructurales, para la atención que explícitamente
dicen ofrecer. Los requisitos que los establecimientos deben cumplir son en
planta física, recurso humano, recurso material, equipo y organización.
s) Mal estado de funcionamiento:
Malas condiciones, con defectos constructivos, alteraciones en el
funcionamiento, con fisuras, con desplomes, desniveles o pandeos, con
oxidación, infiltraciones o goteras, con corto circuitos, con abolladuras, con
decoloraciones, con atascamientos, flojo, con escarificaciones, con roturas,
con torceduras, con manchas, con desprendimientos, y quebraduras, con astillamientos,
faltantes, fugas y salientes punzo-cortantes, no ergonómico, con suciedad y que
no cumple con la normativa.
t) Mapa de riesgo: Estudio
de la localización, valoración y análisis de los riesgos en un área de trabajo,
así como del conocimiento de la exposición a la que están sometidos los
distintos grupos de personas afectadas.
u) Plan de emergencia: Documento
que contiene las observaciones y evaluaciones planificadas, dirigidas y
calendarizadas, que tiene como fin servir de guía sobre las acciones que deben
realizarse en situaciones de emergencia o inminente desastre, provocadas por la
vulnerabilidad que presentan las personas, las edificaciones o los sistemas
frente a amenazas de la naturaleza o del hombre.
v) Plan remedial: Conjunto de
acciones que el establecimiento propone para subsanar las no conformidades,
cuando éstas se han encontrado durante la evaluación del establecimiento. Se
presenta en un esquema prediseñado para tal fin.
w) Protocolo: Documento escrito que
contiene una serie de pasos claramente definidos y especificados que deben
seguirse para realizar una tarea o procedimiento determinado.
x) Unidad de transporte: Vehículo
cuya función es únicamente trasladar al recurso humano, materiales y equipo
para brindar la atención domiciliar u otra actividad propia del equipo
interdisciplinario.
y) Voluntariado: Personas que
ofrecen ad honoren sin remuneración un servicio de acuerdo a su conocimiento,
capacitación en el campo o interés de colaborar. Debe mantener un compromiso
formal con la organización o el establecimiento.
3. Clasificación y
designación.
3.1
Primer nivel de clasificación.
Con objetivo de organización del Manual,
los requisitos se clasifican en el primer nivel en las siguientes áreas de
funcionamiento:
3.1.1 Dirección, administración
o coordinación de Programa.
3.1.2 Planta física.
3.1.3 Seguridad e Higiene.
3.1.4 Atención ambulatoria.
3.1.5 Atención domiciliar.
3.2
Segundo nivel de clasificación.
En el segundo nivel de clasificación,
según la naturaleza de cada área de funcionamiento, los requisitos se dividen
en las siguientes categorías:
3.2.1 Recurso
humano.
3.2.2 Planta física.
3.2.3 Recurso material.
3.2.4 Documentación.
ATENCIÓN EN CUIDADOS PALIATIVOS.
4. Especificaciones
Generales.
Los requisitos que los establecimientos
deben cumplir están contemplados en recurso humano, planta física, recurso
material y documentación, que a continuación se detallan:
4.1
Dirección, Administración o Coordinación de Programa.
4.1.1 Recurso
Humano.
4.1.1.1
El establecimiento debe contar con un profesional en medicina, debidamente
incorporado al Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, como director o
responsable técnico del servicio brindado. Debe tener capacitación en cuidados
paliativos, reconocida en el país por un ente competente que lo faculte para el
cargo.
4.1.1.2 El
establecimiento debe contar con el siguiente recurso humano para realizar las
funciones del área administrativa:
4.1.1.2.1
Administrador o coordinador del Programa (puede ser asumido por la persona
responsable técnica del establecimiento (Director).
4.1.1.2.2
Personal de apoyo administrativo.
4.1.1.2.3
Personal de limpieza.
4.1.1.3
El establecimiento debe asegurar que el recurso humano, incluyendo personal de
apoyo, auxiliar, voluntariado y de limpieza, reciba inducción, y educación
continua en cuidados paliativos, de acuerdo a la función que desempeña dentro
de la organización.
4.1.2 Recurso
Material.
4.1.2.1
El establecimiento debe contar al menos con el siguiente recurso material para
el área administrativa:
4.1.2.1.1
Escritorio y sillas.
4.1.2.1.2
Archivadores o estantes para documentos.
4.1.2.1.3
Teléfono.
4.1.2.1.4
Papelería.
4.1.2.2
El establecimiento debe disponer o al menos tener acceso a:
4.1.2.2.1
Vehículo de transporte para uso del equipo interdisciplinario.
4.1.2.2.2
Ambulancia que tenga la Habilitación vigente otorgada por el
Ministerio de Salud.
4.1.3 Documentación.
4.1.3.1
El establecimiento debe contar con una lista actualizada de los atestados del
personal, incluyendo del voluntariado. Los atestados deben incluir al menos la
siguiente información:
4.1.3.1.1
Estudios aprobados.
4.1.3.1.2
Capacitación.
4.1.3.1.3
Jornada Laboral contratada o programada.
4.1.3.1.4
Cargo y funciones.
4.1.3.2
El establecimiento debe contar, con los siguientes documentos:
4.1.3.2.1
Documento sobre la organización que incluya:
a) Misión.
b) Visión.
c) Valores.
d) Objetivos.
e) Políticas organizacionales
sobre aspectos bioéticos, sobre la prestación del servicio en la atención
ambulatoria y domiciliar y sobre el auto cuidado de las personas que brindan
los cuidados paliativos, referencias y contrarreferencias.
4.1.3.2.2
Manual de procedimientos administrativos.
4.1.3.2.3
Manual de funciones y responsabilidades de todo el personal, incluyendo al
voluntariado, en el marco interno de la organización y en su relación con otras
instituciones y organizaciones.
4.1.3.2.4
Reglamento interno que regule las relaciones internas de todo el personal y
para con las personas usuarias del servicio.
4.1.3.3
El establecimiento debe contar con material impreso que permita informar sobre
la atención que se brinda, a las personas usuarias y población general.
4.1.3.4 El
establecimiento debe contar con un programa escrito de mantenimiento preventivo
y correctivo de los equipos que utilizan en la atención. Cuando sea parte de
una institución más compleja debe tener copia del documento, según los
lineamientos institucionales.
4.1.3.5 El
establecimiento debe tener un contrato escrito de servicios a terceros, (en
caso de contratación a terceros).
4.2
Planta Física.
4.2.1 El
establecimiento en todos sus linderos debe estar alejado al menos cien metros
de puntos de alto riesgo como ríos, riachuelos y zonas propensas a inundación o
deslizamientos y la construcción al menos a dos metros de todas sus
colindancias.
4.2.2 El establecimiento
debe contar, con las siguientes condiciones físicas:
4.2.2.1
Todas las áreas internas y externas deben estar libres de barreras
arquitectónicas.
4.2.2.2 Todas
las cunetas y drenajes expuestos deben estar cubiertas con parrillas metálicas
u otras estructuras similares, con espacios no mayores de tres centímetros.
4.2.2.3 Todos
los pasillos con ancho no menor de ciento veinte centímetros, con pasamanos a
ambos lados, a una altura no mayor de noventa centímetros y de material no
conductor de electricidad.
4.2.2.4 Todas
las diferencias de nivel, cuando existan, entre las áreas internas del
establecimiento y externa de acceso deben estar salvadas por rampas, las que
deben cumplir los siguientes requisitos:
a) ancho no menor de
noventa centímetros.
b) pendiente no mayor al diez por
ciento.
c) antideslizante, no cubierta por
alfombras textiles o esteras de hule sin fijar al piso.
4.2.3 El establecimiento
debe tener al menos una puerta que funcione como salida de emergencia, con los
siguientes requisitos:
4.2.3.1
Apertura hacia fuera, que no interrumpa circulaciones.
4.2.3.2 Estar a
una distancia no mayor de cuarenta y cinco metros, al punto más alejado de los
espacios servidos.
4.2.3.3 Con
rótulo no menor de quince centímetros por treinta centímetros.
4.2.3.4 Ancho no
menor de un metro y veinte centímetros libres o útiles.
4.2.3.5 Un
dispositivo de apertura automático mecánico, de barra o palanca, que facilite
la apertura.
4.2.4 El
establecimiento debe contar en su planta física con los siguientes espacios
claramente definidos:
4.2.4.1
Actividades Administrativas, área no menor a seis metros cuadrados.
4.2.4.2
Almacenamiento de insumos y materiales, suficiente y seguro.
4.2.4.3 Atención
ambulatoria (referirse a los requisitos de esta sección, ITEM 4.4).
4.2.4.4
Reuniones de personal, área no menor a seis metros cuadrados.
4.2.4.5 Higiene
personal.
4.2.4.6 Ropería.
4.2.4.7 Espacio
exclusivo para equipo de limpieza.
4.2.5 En el área de
higiene personal, el establecimiento debe tener al menos los muebles sanitarios
de acuerdo a los siguientes parámetros y requisitos en cada caso:
4.2.5.1
Un servicio sanitario completo, debidamente equipado para personal.
4.2.5.2
Servicios sanitarios para usuarios, debidamente equipados según los siguientes
parámetros.
a) Un inodoro, un
mingitorio y un lavatorio equipado por cada ocho usuarios.
b) Un inodoro y un lavatorio
equipado por cada ocho usuarias.
4.2.5.3
Los servicios sanitarios deben estar debidamente equipados, disponiendo de lo
siguiente:
a) Toallas desechables o
secador de manos electrónico.
b) Dispensador con papel higiénico
para cada inodoro.
c) Un espejo.
d) Dispensador con jabón
antiséptico.
e) Un basurero con tapa para cada
inodoro y lavamanos.
f) Un cartel con la técnica
correcta del lavado de manos por cada lavamanos.
g) Un espacio abierto de al menos
quince centímetros del nivel del piso, en las puertas.
h) Deben tener iluminación y
ventilación abierta directamente a áreas externas o tener un dispositivo
mecánico de extracción de aire en buen estado de funcionamiento.
4.2.5.4
Contar con acceso a agua caliente.
4.2.6 El
establecimiento debe tener paredes, puertas, ventanas y cielo raso en buen
estado, limpias, pintadas de color claro y sin hendijas.
4.2.7 El establecimiento
debe asegurar que la altura de ubicación de los controles (interruptores
eléctricos, dispositivos de alarma, timbres y cerraduras de puertas) esté entre
noventa y cien centímetros.
4.2.8 El establecimiento
debe tener iluminación natural y artificial en todas las áreas y contar con
luces de emergencia que permitan la continuidad del servicio.
4.2.9 El establecimiento
debe tener condiciones de flujo de aire con ventilación cruzada.
4.2.10 El establecimiento debe contar
con un sistema de disposición de aguas negras y servidas.
4.2.11 El establecimiento debe contar
con un sistema de evacuación de aguas pluviales en buen estado, comprobables
visualmente.
4.2.12 El establecimiento debe mantener
todas las áreas, incluyendo paredes y cielo raso en óptimas condiciones de
limpieza, comprobables visualmente, asegurando que realizan la limpieza de
todas las áreas al menos una vez al día.
4.3
Seguridad e Higiene.
4.3.1 Recurso
Material.
4.3.1.1
El establecimiento debe contar con agua potable apta para consumo humano en
cantidad suficiente.
4.3.1.2 El
establecimiento debe contar en todos los espacios que requieran estación de
lavado de manos debidamente instalada, con: lavamanos de material no poroso,
dispensador con jabón antiséptico, toallas secantes desechables, basurero con
tapa y un rótulo con la técnica adecuada de lavado de manos.
4.3.1.3 El
establecimiento debe contar con un sistema para el control de incendios, que
incluya:
4.3.1.3.1
Al menos un extintor portátil de incendio tipo ABC, cargado y con fecha de
revisión vigente o manguera, en cantidad requerida según el Reglamento Técnico
de Extintores portátiles contra el fuego, y el personal debe saber utilizarlo.
4.3.1.3.2
Un dispositivo para la detección de humo, en buen estado de funcionamiento.
4.3.1.4
El establecimiento debe tener señalización de seguridad en todas sus áreas, que
incluya al menos:
4.3.1.4.1
Los equipos de control de incendios.
4.3.1.4.2
Salida de emergencia.
4.3.1.4.3
Rutas de evacuación por incendio o evento natural.
4.3.1.4.4
Áreas riesgosas.
4.3.1.5
El establecimiento debe tener equipo de protección para los funcionarios, según
la necesidad:
4.3.1.5.1
Gabachas.
4.3.1.5.2
Guantes.
4.3.1.5.3
Cubre bocas.
4.3.1.5.4
Anteojos.
4.3.1.6
El establecimiento debe asegurar que todo el personal sepa utilizar
adecuadamente el equipo de protección, incluyendo los extintores de incendio.
4.3.1.7 El
establecimiento debe contar con suficientes basureros para cada área, todos con
tapa, bolsas plásticas de color y rotulación, según el tipo de desecho.
4.3.2 Documentación.
4.3.2.1
El establecimiento debe contar con los siguientes documentos para asegurar la
seguridad e higiene, los cuales deben ser del conocimiento de todo el personal:
4.3.2.1.1
Un plan de emergencias que indique claramente las salidas de emergencia, rutas
de evacuación, zonas de seguridad del edificio, simulacros para evaluar la
efectividad del plan.
4.3.2.1.2
El procedimiento de limpieza para cada una de las áreas.
4.3.2.1.3
Copia del Reglamento sobre la gestión de los desechos infectocontagiosos que se
generan en establecimientos que presten atención en salud y afines.
4.3.2.1.4
Un instructivo resumido de indicaciones y precauciones para la instalación,
operación, inspección y mantenimiento de los extintores de incendio.
4.4
Atención Ambulatoria.
4.4.1 Recurso
Humano.
4.4.1.1
El establecimiento debe contar al menos con el siguiente recurso humano para la
atención de las personas usuarias, en modalidad ambulatoria y la atención
domiciliar, en jornada laboral diurna, ya sea contratado (de planta),
disponible, de acceso, asesor o voluntario, con horario definido y contemplado
en el manual de funciones según las necesidades del establecimiento. Todos
deben tener capacitación en atención de cuidados paliativos:
4.4.1.1.1
Médico, de planta.
4.4.1.1.2
Enfermera, de planta.
4.4.1.1.3
Trabajador Social, de planta o acceso.
4.4.1.1.4
Psicóloga, de planta o acceso.
4.4.1.1.5
Farmacéutico, de planta o acceso.
4.4.1.1.6
Nutricionista, de planta o acceso.
4.4.1.1.7
Guía espiritual, de planta o acceso.
4.4.1.1.8
Oficinista, recepcionista o secretaria de planta.
4.4.1.2
El establecimiento debe asegurar que el personal realiza sus funciones con
enfoque de equipo interdisciplinario, comprometido, compasivo y competente
incluyendo al personal administrativo y voluntariado, para cumplir el interés
fundamental que es satisfacer las necesidades de la persona enferma y su
familia.
4.4.2 Planta Física
4.4.2.1
El establecimiento debe contar con los siguientes espacios para realizar la
atención ambulatoria:
4.4.2.1.1
Espacio con privacidad que garantice la confidencialidad para tomar la
información de las personas usuarias.
4.4.2.1.2
Sala de espera, área no menor a seis metros cuadrados.
4.4.2.1.3
Consultorio médico, área no menor a seis metros cuadrados.
4.4.2.1.4
Cubículo de observación, al menos para una cama, área no menor a seis metros
cuadrados.
4.4.2.1.5
Funciones de enfermería, área no menor a doce metros cuadrados.
4.4.2.1.6
Cubículo para procedimientos, no menor de seis metros cuadrados.
4.4.2.1.7
Farmacia o un espacio para guardar y preservar los medicamentos expedidos por
la farmacia, que garantice su protección y control.
4.4.2.1.8
Consultorio para otras disciplinas, área de al menos seis metros cuadrados.
4.4.2.1.9
Almacenamiento de material y equipo, área no menor a cuatro metros cuadrados.
4.4.2.1.10
Espacio para guardar y preservar los expedientes, que garantice su protección,
confidencialidad y control o acceso a una unidad de archivo.
4.4.2.1.11
Espacio exclusivo para lavado de equipo.
4.4.2.2 El
establecimiento debe asegurar que el cubículo de consultorio médico, y sala de
observación cumplan los siguientes requisitos:
4.4.2.2.1
Privacidad para la evaluación de las personas.
4.4.2.2.2
Área no menor de seis metros cuadrados, ningún lado debe medir menos de dos
metros.
4.4.2.2.3
El piso y paredes debe ser de fácil limpieza, en buen estado y sin alfombras.
4.4.2.2.4
La puerta o espacio libre de puerta debe tener ancho al menos de noventa
centímetros
4.4.2.3
El establecimiento debe asegurar que la sala de observación cumpla los
siguientes requisitos:
4.4.2.3.1
Privacidad para la observación de las personas.
4.4.2.3.2
Área no menor de doce metros cuadrados, ningún lado debe medir menos de dos
metros y la altura mínima de dos metros.
4.4.2.3.3
El piso y paredes debe ser de fácil limpieza, en buen estado y sin alfombras.
4.4.2.3.4
La puerta o espacio libre de puerta debe tener ancho al menos de noventa
centímetros.
4.4.2.3.5
Un servicio sanitario completo (lavamanos, dispensador de jabón con jabón
líquido antiséptico, dispensador de toallas de papel desechables, inodoro,
dispensador con papel higiénico, basurero con tapa y ducha).
4.4.2.4
El establecimiento debe asegurar que el área para las actividades operativas y
técnicas de enfermería, tenga espacios claramente definidos para realizar las
siguientes funciones:
4.4.2.4.1
Puesto y preparación de medicamentos.
4.4.2.4.2
Procedimientos asépticos, al menos seis metros cuadrados.
4.4.2.4.3
Procedimientos sépticos, al menos seis metros cuadrados
4.4.2.5
El establecimiento debe asegurar que la farmacia tanto propia como de acceso,
cumpla los siguientes requisitos:
4.4.2.5.1
Tener el certificado de Habilitación vigente, otorgado por el Ministerio de
Salud.
4.4.2.5.2
Cuando no exista farmacia, el área para almacenamiento y preservación debe
tener estantes y condiciones que aseguren la preservación y control del uso de
los medicamentos.
4.4.3 Recurso
Material.
4.4.3.1
El establecimiento debe contar para el consultorio médico, al menos con el
siguiente recurso material:
4.4.3.1.1
Equipo:
a) Un escritorio o mesa.
b) Sillas.
c) Una estación de lavado de manos
debidamente instalada en el consultorio (provista de lavamanos de material no
poroso, suficiente agua apta para el consumo humano, con dispositivo de
accionar para abrir de rodilla, codo, pie o automático, dispensador de jabón
con jabón líquido antiséptico, dispensador de toallas de papel desechables, basurero
con tapa con sistema de palanca de pie. Además un cartel con las indicaciones
de la técnica correcta de lavado de manos).
d) Camilla para exploración con
gradilla.
e) Lámpara de pie.
f) Estetoscopio.
g) Esfingnomanómetro calibrado.
h) Otoscopio.
i) Oftalmoscopio.
j) Foco con baterías en buen
estado.
k) Equipo para curaciones, estéril
y ubicado en un lugar protegido. Equipo y material para otros procedimientos
como: sondas, suturas, apósitos, equipo para venoclisis, pinzas, bisturís,
guantes estériles, jeringas, antisépticos locales, conexiones, gasa,
esparadrapo, torniquete, algodón y bolsas para descartar desechos, clasificados
según el decreto de acuerdo a la clasificación.
l) Balanza de plataforma
calibrada.
m) Tallímetro debidamente instalado.
n) Guantes.
ñ) Agujas.
o) Sellos de heparina.
p) Oxímetro.
q) Equipo de oxigenoterapia (tanque de
oxígeno con su respectivo manómetro).
r) Equipo de esterilización o acceso
debidamente comprobable.
s) Silla de ruedas.
t) Gabachas y toallas desechables.
u) Recetario médico para
psicotrópicos y estupefacientes.
v) Papelería adecuada.
w) Basureros con tapa y bolsas de
colores, que cumplan con el decreto de disposición de desechos peligros.
x) Ropa de cama.
4.4.3.1.2
Medicamentos opioides, vigentes para su uso:
a) Morfina de acción
rápida y controlada.
b) Metadona.
c) Tramadol.
d) Acetaminofén con y sin codeína.
4.4.3.1.3
Medicamentos coadyuvantes vigentes para su uso:
a) Dimenhidrinato.
b) Dexametasona.
c) Haloperidol.
d) Clorpromazina.
e) Metoclopramida.
f) Hioscina.
g) Imipramina.
h) Carbamazepina.
i) Ácido valproico.
j) Clonazepán.
k) Difenilhidantoina.
l) Diclofenaco en ampollas.
m) Soluciones parenterales.
n) Heparina.
ñ) Bicarbonato en ampollas.
o) Epinefrina.
p) Atropina.
q) Xilocaína en spray, inyectable
y en crema.
r) Antiinflamatorios.
s) Laxantes orales y rectales.
t) Agua bidestilada.
u) Agua estéril.
4.4.3.1.4
Equipo de primeros auxilios almacenado en un contenedor exclusivo para uso de atención
ambulatoria, con lo siguiente:
a) Torniquete.
b) Foco pupilar con baterías.
c) Aplicadores.
d) Tijeras de punta roma.
e) Angiocath.
f) Vendas elásticas.
g) Espátulas.
h) Gasa en rollo y en cuadros.
i) Apósitos.
j) Torundas de algodón y
gasa.
k) Micropore.
l) Guantes.
m) Pinzas de mosquito.
n) Conexiones suficientes según
necesidades.
ñ) Riñones.
o) Palanganas.
p) Bandejas.
q) Bidé.
4.4.3.1.5
Equipo médico para reanimación, que incluya al menos:
a) Estetoscopio.
b) Laringoscopio.
c) Esfigmomanómetro.
d) Foco pupilar.
e) Torniquete.
f) Reanimador (ambú) y
cánulas.
g) Tubos endotraqueales.
h) Tabla para masajes.
i) Epinefrina.
j) Bicarbonato de sodio.
k) Atropina.
l) Morfina.
4.4.3.2
El área debe contar para el cubículo de observación al menos con el siguiente
recurso material:
4.4.3.2.1
Camilla que permita diferentes posiciones.
4.4.3.2.2
Mesa multifuncional.
4.4.3.2.3
Grada.
4.4.3.2.4
Gigante.
4.4.3.2.5
Ropa de cama.
4.4.3.2.6
Silla para acompañante.
4.4.3.3
El área debe contar al menos, con el siguiente recurso material para el área de
enfermería:
4.4.3.3.1
Escritorio o mesa.
4.4.3.3.2
Sillas.
4.4.3.3.3
Material educativo (papelería y ayudas audiovisuales).
4.4.3.3.4
Papelería.
4.4.3.4
El área debe contar al menos con el siguiente recurso material para los
cubículos de otras especialidades:
4.4.3.4.1
Escritorio.
4.4.3.4.2
Sillas.
4.4.3.4.3
Material educativo (papelería y ayudas audiovisuales).
4.4.3.4.4
Papelería.
4.4.4 Documentación
4.4.4.1
El establecimiento debe contar con un expediente personal de cada persona
atendida, como documento físico o en formato digital, el cual debe tener al
menos la siguiente información:
4.4.4.1.1
Datos generales de la persona:
a) Nombre y apellidos.
b) Fecha de nacimiento.
c) Edad.
d) Sexo.
e) estado civil.
f) Ocupación.
g) Dirección.
h) Teléfono.
i) Último Control.
j) Persona o institución que
refiere.
k) Fecha de atención.
l) Motivo de Consulta.
m) Antecedentes.
ñ) Cuidador principal, persona
responsable o de referencia (cuando aplique).
4.4.4.1.2
Datos clínicos:
a) Epicrisis o referencia.
b) Diagnóstico físico, funcional,
social y psicológico.
4.4.4.1.3
Anotaciones producto de la atención domiciliar, con registro de participantes
en dicha atención.
4.4.4.1.4
Anotaciones producto de la atención a la familia.
4.4.4.1.5
Información de la o las personas tratantes:
a) Nombre y apellidos.
b) Firma.
c) Código profesional cuando
corresponda.
4.4.4.2
El establecimiento debe contar con un documento donde quede constancia de que
existe consentimiento informado para la prestación del servicio, este debe
estar en el expediente.
4.4.4.3 El
establecimiento debe tener los siguientes documentos para la atención directa:
4.4.4.3.1
Protocolos de evaluación al ingreso.
4.4.4.3.2
Protocolos de atención con enfoque de dolor total, según las necesidades
especificar en:
a) Dolor físico.
b) Efectos secundarios a
diferentes terapias.
c) Síntomas de trastornos
digestivos y nutricionales.
d) Síntomas de trastornos
respiratorios.
e) Síntomas de ansiedad, depresión
y confusión.
f) Problema sociales y
espirituales.
4.4.4.3.3
Estrategias de intervención psicológica a la persona en tratamiento y su
familia.
4.4.4.3.4
Estrategias de intervención social a la persona en tratamiento y su familia.
4.4.4.3.5
Estrategias de intervención espiritual a la persona en tratamiento y su
familia.
4.4.4.3.6
Estrategias de atención en la agonía.
4.4.4.3.7
Estrategias de atención en el duelo.
4.4.4.3.8
Plan de información y comunicación a la persona en tratamiento y su familia.
4.4.4.4
El establecimiento debe disponer de un mural ubicado en un lugar visible, donde
se especifiquen los derechos y deberes de los usuarios de los servicios de
salud, contemplados en la Ley Nº 8239, "Derechos y Deberes de
las Personas Usuarias de los Servicios de Salud Públicos y Privados".
4.4.4.5 El
establecimiento debe tener los siguientes ejemplares, deben ser conocidos por
todo el personal y garantizar su cumplimiento:
4.4.4.5.1
La Ley Nº 8239: Derechos y Deberes de las
Personas Usuarias de los Servicios de Salud Públicos y Privados.
4.4.4.5.2
El Decreto Ejecutivo Nº 30965-S: "Reglamento sobre la gestión de desechos
infectocontagiosos que se generan en establecimientos que presten atención a la
salud y afines".
4.4.4.5.3
Ley Nº 7771: "Ley General sobre VIH-SIDA"
4.4.4.5.4
Declaración Universal de Derechos Humanos.
4.4.4.5.5
Ley Nº 7756: "Ley Beneficio para los Responsables de Personas en Fase
Terminal".
4.4.4.6
El establecimiento debe tener registros de:
4.4.4.6.1
Personas atendidas en atención ambulatoria y domiciliar.
4.4.4.6.2
Medicamentos utilizados para control del dolor.
4.4.4.6.3 Medicamentos
estupefacientes despachados o entregados.
4.4.4.6.4
Medicamentos estupefacientes no administrados devueltos.
4.4.4.7
El establecimiento debe contar para la educación y capacitación para la
comunidad, la familia, el o la persona enferma y el recurso humano, con:
4.4.4.7.1
Un programa escrito de las acciones educativas a realizar y evidencia escrita
de las realizadas.
4.4.4.7.2
Material educativo.
4.4.4.8
El establecimiento debe tener un plan con las acciones de fortalecimiento,
descanso y profilaxis para el personal que brinda la atención, incluyendo el
voluntariado.
4.5
Atención Domiciliar.
4.5.1 Recurso
Humano.
4.5.1.1
El establecimiento debe contar con recurso humano con iguales calidades que los
que brindan atención ambulatoria para brindar la atención domiciliar.
4.5.2 Recurso
material.
4.5.2.1
El establecimiento debe contar con contenedores de material resistente para
transportar el equipo y medicamentos de uso exclusivo para brindar la atención
domiciliar.
4.5.2.2 El
establecimiento debe contar con contenedores de los expedientes, resistentes y
seguros para transportar los expedientes durante la atención domiciliar.
4.5.2.3 El
establecimiento debe tener acceso a vehículo para transporte del recurso humano
y material para la atención domiciliar.
4.5.3 Documentación.
4.5.3.1
El establecimiento debe disponer de un protocolo con los lineamientos de la
atención domiciliar, que asegure una atención integral, que contemple al menos:
4.5.3.1.1
Integración mínima del equipo interdisciplinario de atención.
4.5.3.1.2
Criterios de selección de las personas para brindarles atención domiciliar.
4.5.3.1.3
Conducción del equipo interdisciplinario en la atención domiciliar.
4.5.3.1.4
Criterios en cuanto a frecuencia de atención domiciliar.
4.5.3.1.5
Tipo de intervención según la especialidad de cada miembro del equipo.
4.5.3.2
El establecimiento debe asegurar que todas las acciones realizadas antes,
durante y posterior a la atención domiciliar, queden debidamente documentadas
en el expediente.
4.5.3.3 El
establecimiento debe disponer de material impreso que permita dejar
indicaciones claras y de fácil comprensión para la aplicación en el domicilio.
4.5.3.4 El
establecimiento debe tener registros de:
4.5.3.4.1
Personas atendidas a nivel domiciliar.
4.5.3.4.2
Medicamentos utilizados en el domicilio.
4.5.3.5
El establecimiento debe contar con material educativo e informativo para la
educación y capacitación para la familia, y la persona enferma.
ANEXOS:
ANEXO A
REQUISITOS PARA SOLICITAR
LA
HABILITACION
(Este anexo es parte integrante del
Manual de normas)
Para solicitar
la Habilitación de un establecimiento que brinde
servicios de atención en cuidados paliativos, la persona interesada debe
presentar la documentación que a continuación se solicita, al Área Rectora de
Salud del Ministerio de Salud, a la cual pertenezca el establecimiento, según
su ubicación geográfica:
1. Cumplir con lo
dispuesto en el Decreto Ejecutivo Nº 32161-S Registro sanitario de
establecimientos.
2. Formulario de Habilitación de
establecimientos de salud y afines, con la información solicitada completa,
original y dos copias. Este formulario se retira en el Área Rectora de Salud
del Ministerio Salud o en la página electrónica del Ministerio de Salud:
www.ministeriodesalud.go.cr .
2. Copia de los atestados
profesionales de la persona responsable técnica del establecimiento.
3. Constancia del Colegio
profesional correspondiente, de que está adscrito al mismo.
4. Fotocopia de cédula de
identidad, por ambos lados, de la persona responsable técnica del
establecimiento.
5. Copia de Cédula Jurídica del
establecimiento, cuando sea una persona jurídica.
ANEXO B
REQUISITOS DE INFORMACIÓN Y
DOCUMENTACIÓN AL
REALIZAR
LA EVALUACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO
(Este anexo es parte integrante del
presente manual de normas)
A. Información general:
I. Identificación
del establecimiento
1. Nombre.
2. Código.
3. Tipo de establecimiento.
II. Ubicación.
1. Región.
2. Área de Salud.
3. Provincia.
4. Cantón.
5. Distrito.
6. Dirección exacta.
7. Dirección postal.
8. Nº de teléfono.
9. Nº de telefax.
10. Dirección electrónica.
III.
Información sobre la persona responsable técnica del establecimiento.
1. Nombre y dos apellidos.
2. Número de cédula de identidad.
3. Código profesional.
B. Documentación requerida:
Área, Dirección, Administración o coordinación
de programa:
- Lista
actualizada de los atestados del recurso humano.
- Documento sobre la
organización que incluya: misión, visión, valores, objetivos y políticas
organizacionales.
- Manual de
procedimientos administrativos.
- Manual de funciones
y responsabilidades que incluya a todo el personal.
- Reglamento interno
de relaciones interpersonales.
- Material impreso de
información y educación al público.
- Programa escrito de
mantenimiento preventivo y correctivo del equipo de atención.
- Contrato escrito (en
caso de contratación a terceros).
Área Seguridad e Higiene:
- Plan de
emergencias.
- Procedimiento
escrito de limpieza de cada área del establecimiento.
- Copia del Reglamento de Gestión de los
desechos infectocontagiosos que se generan en establecimientos que presten
atención en salud y afines.
- Un instructivo
resumido de indicaciones y precauciones para la instalación, operación,
inspección y mantenimiento de los extintores de incendio.
Área Atención Ambulatoria:
- Expediente
personal de cada persona atendida.
- Documento escrito de
consentimiento informado para la atención.
- Protocolos de
evaluación de la persona al ingresar.
- Protocolos de
atención con enfoque de dolor total:
a) Dolor físico.
b) Efectos secundarios a
diferentes terapias.
c) Síntomas de trastornos
digestivos y nutricionales.
d) Síntomas de trastornos
respiratorios primarios o secundarios.
e) Síntomas de ansiedad, depresión
y confusión.
f) Problemas sociales y
espirituales.
- Estrategias
de intervención psicológica a la persona en tratamiento y su familia.
- Estrategias de
intervención social a la persona en tratamiento y su familia.
- Estrategias de
intervención espiritual a la persona en tratamiento y su familia.
- Estrategias de
atención a en la agonía.
- Estrategias de
atención en el duelo.
- Plan de información
y comunicación a la persona en tratamiento y su familia.
- Un ejemplar de
la
Ley Nº
8239: "Derechos y Deberes de las personas usuarias de los servicios de salud
públicos y privados".
- Un ejemplar del
Decreto Ejecutivo Nº 30965-S: "Reglamento sobre la gestión de desechos
infectocontagiosos que se generan en establecimientos que presten atención a la
salud y afines".
- Un ejemplar de Ley
Nº 7771: "Ley General sobre VIH-SIDA".
- Un ejemplar de
la Declaración Universal de Derechos Humanos.
- Un ejemplar de
la
Ley Nº
7756: "Ley Beneficio para los Responsables de Personas en Fase Terminal".
- Registros de
personas atendidas en atención ambulatoria.
- Registros de
medicamentos utilizados para control del dolor en atención ambulatoria.
- Registros de
estupefacientes recetados y no suministrados devueltos.
- Un programa escrito
y evidencia escrita de las acciones educativas realizadas.
- Material educativo
para usuarios y familia.
- El establecimiento
debe tener un plan con las acciones de fortalecimiento, descanso y profilaxis
para el personal que brinda la atención, incluyendo el voluntariado.
Área Atención Domiciliar.
- Protocolo
con los lineamientos de la atención domiciliar.
- Material impreso que permita dejar
indicaciones claras y de fácil comprensión para la aplicación en el domicilio.
- Registros de
personas atendidas a domicilio.
- Registros de medicamentos para control
del dolor utilizados en atención domiciliar.
Ministerio de
Salud
DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE SALUD
Unidad de
Habilitación

CUESTIONARIO DE EVALUACIÓN
Con fines de Habilitación de
Establecimientos que brindan atención
en Cuidados Paliativos, Modalidad
Ambulatoria y Domiciliar
Establecimiento
Para el evaluador escribir aquí el
nombre del establecimiento
Región: _________________________
Área Rectora de Salud :
____________________
Versión 1
Año 2007
Costa Rica
HABILITACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS QUE
BRINDAN
ATENCIÓN EN CUIDADOS PALIATIVOS,
MODALIDAD
AMBULATORIA Y DOMICILIAR
1. Información general del establecimiento:
Fecha de evaluación
|
|
Llenó formulario único: Si __ No__
|
Horario:
|
Dirección
exacta:
Correo
electrónico: ___________________
Teléfono:
____________
Fax: ________________
|
Región:_____________Área
de Salud: ___________
Provincia:___________Cantón:_______________
Distrito:______________________
Otras
señas:________________________________
__________________________________________
|
Dirección postal
|
|
Nombre del responsable técnico del
establecimiento.
|
Nº
Cédula:________
|
Cédula Jurídica.
|
Vence:
|
Contraparte
|
Evaluadores.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
1. Datos de población atendida.
Número total de personas atendidas.
|
|
Atención ambulatoria.
|
|
Atención domiciliar.
|
|
2. Recurso humano
PROFESIONAL
|
Relación Planta
o acceso
|
JORNADA
|
PROFESIONAL
|
Relación planta
o acceso
|
JORNADA
|
Medicina
|
|
|
Trabajo social
|
|
|
Psicología
|
|
|
Nutrición
|
|
|
Enfermería
|
|
|
Administración
|
|
|
Farmacia
|
|
|
Personal apoyo administrativo
|
|
|
Consejería espiritual
|
|
|
Personal de limpieza
|
|
|
3. Recurso material
Nº de cubículos de atención
|
|
Nº de servicios sanitarios personal
|
|
Nº de camas observación
|
|
Nº de servicios sanitarios usuarios
|
|
INTRODUCCIÓN
La evaluación de los servicios de
atención en cuidados paliativos se realiza para asegurar el cumplimiento de lo
dispuesto en " El Manual de Normas para
la Habilitación de Establecimientos que brindan
Atención en Cuidados Paliativos, modalidad ambulatoria y domiciliar",para
asegurar que la población tenga acceso a servicios de calidad con equidad.
Interpretación y llenado del cuestionario de evaluación:
El cuestionario consta de dos partes, la
primera se refiere a los datos a recopilar sobre generalidades del
establecimiento, responsable técnico, población usuaria, el recurso humano y el
recurso material.
La segunda parte está dividida según las
áreas en que está estructurado el Manual de normas de Habilitación, a su vez se
divide en cinco columnas:
Ítem: en esta columna se escribe el
número de ítem correspondiente al estándar del la norma.
Columna Hallazgos: en ésta se desglosa
el contendido de los estándares, cada uno tiene una o varias preguntas
asociadas por medio de las cuales se verifica el cumplimiento de los mismos.
Guía de verificación: Esta columna tiene
el propósito de servir de guía y recordatorio de los elementos a verificar para
el cumplimiento de la norma, pueden haber otros elementos que el evaluador
considere además, de acuerdo a su experticia técnica.
Columna Cumplimiento (C): en ésta se
especifica el cumplimiento o no del estándar, de acuerdo a la siguiente
codificación:
CÓDIGO
|
DESCRIPCIÓN
|
|
1
|
La norma se cumple en su totalidad.
|
(Si cumple)
|
0
|
La norma no se cumple.
|
(no cumple)
|
NA
|
La norma no se aplica al
establecimiento
|
(NA)
|
Columna Observaciones: En este espacio
el equipo evaluador puede ampliar alguna información, si lo considera
necesario.
Requisitos del Equipo Evaluador:
. Debe estar
conformado al menos por dos funcionarios / as del Ministerio de Salud.
. Deben haber recibido
capacitación previa, sobre Habilitación en general o de Establecimientos de
atención en Cuidados Paliativos.
. Las preguntas del
cuestionario (espacios) deben ser contestadas en su totalidad.
. Portar equipo para
realizar mediciones de longitud (cinta métrica u otro implemento).
. En caso de necesidad
de consulta, refiérase a
la Dirección Regional del Ministerio de Salud o a
la
Unidad de Habilitación, DSS, al teléfono: 22-56-49-98, Fax: 22-55-11-67
o e-mail D.E: habil_ms@netsalud.sa.cr
4.
Especificaciones
4.1
Dirección, Administración o coordinación de programa.
4.1.1 Recurso Humano
Ítem
|
Norma
|
Verificación
|
C
|
Observaciones
|
4.1.1.1
|
¿Cuenta
el establecimiento con un /a profesional en medicina, debidamente incorporado
al Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, como director o responsable
técnico del servicio brindado? ¿Debe tener capacitación en cuidados
paliativos, reconocida en el país por un ente competente, que lo faculte para
el cargo?
|
-
Ver atestados profesionales que constituyan evidencia escrita al respecto.
|
|
|
4.1.1.2
|
¿Tiene
el establecimiento el siguiente recurso humano para realizar las funciones
del área administrativa?
|
Verificar
documentos que constituyan evidencia escrita al respecto.
|
|
|
4.1.1.2.1
|
-
Administrador /a o coordinador de programa (puede ser asumido por la persona
responsable técnica del establecimiento. ___
|
|
|
|
4.1.1.2.2
|
-
Personal de apoyo administrativo ___
|
|
|
|
4.1.1.2.3
|
-
Personal de limpieza ___
|
|
|
|
4.1.1.3
|
¿Asegura el establecimiento que el recurso humano
incluyendo personal de apoyo, auxiliar, voluntariado y de limpieza reciba
inducción, y educación continua en cuidados paliativos, de acuerdo a la
función que desempeña dentro de la organización?
|
Verificar
documentos que constituyan evidencia escrita al respecto.
|
|
|
4.1.2 Recurso Material
4.1.2.1
|
¿Cuenta el establecimiento con el
siguiente recurso material para el área administrativa?
|
Verificar el buen estado de funcionamiento.
|
|
|
4.1.2.1.1
|
-Escritorio y sillas
|
|
|
|
4.1.2.1.2
|
-Archivadores o estantes para
documentos.___
|
|
|
|
4.1.2.1.3
|
-Teléfono ___
|
|
|
|
4.1.2.1.4
|
-Papelería ___
|
|
|
|
4.1.2.2
|
¿Dispone el establecimiento o tiene
acceso a?
|
Verificar
certificado que es evidencia escrita.
|
|
|
4.1.2.2.1
|
-vehículo de transporte para recurso
humano equipo, para la atención domiciliar___
|
|
|
|
4.1.2.2.2
|
- ambulancia con
la Habilitación otorgada por el Ministerio de Salud,
vigente ___
|
|
|
|
4.1.3 Documentación
Ítem
|
Norma
|
Verificación
|
C
|
Observaciones
|
4.1.3.1
|
¿Cuenta el establecimiento con una
lista actualizada de los atestados del personal, incluyendo al voluntariado.
Incluyen los atestados al menos la siguiente información?
|
Verificar en documentos que
constituyan evidencia escrita al respecto, además que esté actualizada.
|
|
|
4.1.3.1.1
|
- Estudios aprobados
|
|
|
|
4.1.3.1.2
|
- Capacitación.
|
|
|
|
4.1.3.1.3
|
- Jornada Laboral contratada o
programada
|
|
|
|
4.1.3.1.4
|
- Cargo y funciones
|
|
|
|
4.1.3.2
|
¿Cuenta el establecimiento por
escrito, con los siguientes documentos?
|
Revisar todos los documentos que
constituyan evidencia escrita al respecto, además que estén actualizados.
|
|
|
4.1.3.2.1
|
-Documento sobre la organización que
incluya:
|
|
|
|
|
a) Misión.
|
|
|
|
|
b) Visión.
|
|
|
|
|
c) Valores.
|
|
|
|
|
d) Objetivos.
|
|
|
|
|
e) Políticas organizacionales sobre
aspectos bioéticos, sobre la prestación del servicio en la atención
ambulatoria y domiciliar y sobre el auto cuidado de las personas que brindan
los cuidados paliativos, referencias y contrarreferencias.
|
|
|
|
4.1.3.2.2
|
- Manual de procedimientos
administrativos__
|
|
|
|
4.1.3.2.3
|
- Manual de funciones y
responsabilidades de todo el personal incluyendo el voluntariado en el marco
interno de la organización y en su relación con otras instituciones y
organizaciones. ___
|
|
|
|
4.1.3.2.4
|
- Reglamento interno que regule las
relaciones de todo el personal y para con las personas usuarias del servicio
___
|
|
|
|
4.1.3.3
|
¿Cuenta el establecimiento con
material impreso que permita informar sobre la atención que se brinda, a las
personas y población general?
|
Verificar documentos
|
|
|
4.1.3.4
|
¿Cuenta el establecimiento con un
programa escrito de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos que
utilizan en la atención, cuando sea parte de una institución más compleja
debe tener copia del documento, según los lineamientos institucionales?
|
Verificar documentos
|
|
|
4.1.3.5
|
¿Tiene el establecimiento un contrato
escrito de terceros?
|
Verificar cuando aplique.
|
|
|
4.2 Planta Física
Ítem
|
Norma
|
Verificación
|
C
|
Observaciones
|
4.2.1
|
¿Está el establecimiento en todos sus
linderos alejado al menos cien metros de puntos de alto riesgo como ríos,
riachuelos, y zonas propensas a inundación o deslizamientos y a dos metros de
todas sus colindancias?
|
Verificar visualmente haciendo
recorrido por colindancias.
|
|
|
4.2.2
|
¿Cuenta el establecimiento con las
siguientes condiciones físicas?
|
Verificar visualmente y realizar
mediciones de longitud.
|
|
|
4.2.2.1
|
-Todas las áreas internas y externas
libres de barreras arquitectónicas.___
|
|
|
|
4.2.2.2
|
-Todas las cunetas y drenajes
expuestos deben estar cubiertas con parrillas metálicas u otras estructuras
similares, con espacios no mayores de tres centímetros.
|
|
|
|
4.2.2.3
|
- Todos los pasillos con ancho no
menor de ciento veinte centímetros, con pasamanos a ambos lados, a una altura
no mayor de noventa centímetros y de material no conductor de electricidad.
___
|
|
|
|
4.2.2.4
|
_Todas las diferencias de nivel,
cuando existan, entre las áreas internas del establecimiento y externa de
acceso deben estar salvadas por rampas, las que deben cumplir los siguientes
requisitos:
|
|
|
|
|
a) Ancho no menor de noventa
centímetros.
|
|
|
|
|
b) Pendiente no mayor al diez por
ciento.
|
|
|
|
|
c) Antideslizante, no cubierta por
alfombras textiles o esteras de hule sin fijar al piso.
|
|
|
|
4.2.3
|
¿Tiene el establecimiento al menos una
puerta que funcione como salida de emergencia, con los siguientes requisitos?
|
Verificar visualmente y realizar
mediciones de longitud.
|
|
|
4.2.3.1
|
_ Apertura hacia fuera, que no
interrumpa circulaciones.
|
|
|
|
4.2.3.2
|
_ Estar a una distancia no mayor a
cuarenta y cinco metros, al punto más alejado de los espacios servidos.
|
|
|
|
4.2.3.3
|
_ Con rótulo no menor de quince centímetros
por treinta centímetros.
|
|
|
|
4.2.3.4
|
_ Ancho no menor de un metro y veinte
centímetros libres o útiles.
|
|
|
|
4.2.3.5
|
_ Un dispositivo de apertura
automático mecánico, de barra o palanca, que facilite la apertura
|
|
|
|
Ítem
|
Norma
|
Verificación
|
C
|
Observaciones
|
4.2.4
|
¿Cuenta el establecimiento en su
planta física con los siguientes espacios claramente definidos?
|
Mediciones los espacios. En
establecimientos pequeños, el espacio para materiales y ropería puede
consistir en un mueble o estante, siempre que sea seguro y suficiente espacio
según las necesidades.
|
|
|
4.2.4.1
|
__ Actividades Administrativas, área
no menor a seis metros cuadrados.
|
|
|
|
4.2.4.2
|
__ Almacenamiento de insumos y
materiales, suficiente y seguro
|
|
|
|
4.2.4.3
|
__ Atención ambulatoria (referirse a
los requisitos de esta sección. ITEM 4.4)
|
|
|
|
4.2.4.4
|
__ Reuniones de personal, área no
menor a seis metros cuadrados.
|
|
|
|
4.2.4.5
|
__ Higiene personal.
|
|
|
|
4.2.4.6
|
__ Ropería.
|
|
|
|
4.2.4.6
|
__ Espacio exclusivo para equipo de
limpieza
|
|
|
|
4.2.5
|
¿Tiene el establecimiento en el área
de higiene personal, al menos los muebles sanitarios de acuerdo a los
siguientes parámetros y requisitos en cada caso?
|
Verificar el número de usuarios () y
personal, y () relacionarlo con el número de batería sanitaria.
|
|
|
4.2.5.1
|
__Un servicio sanitario completo,
debidamente equipado para el personal
|
|
|
|
4.2.5.2
|
__Servicios sanitarios para usuarios,
debidamente equipados según los siguientes parámetros:
|
|
|
|
|
a) Un inodoro, un mingitorio y un
lavatorio equipado por cada ocho usuarios.
|
|
|
|
|
b) Un inodoro y un lavatorio equipado
por cada ocho usuarias.
|
|
|
|
4.2.5.3
|
__Están los servicios sanitarios
debidamente equipados, disponiendo de lo siguiente:
|
|
|
|
|
a) Toallas desechables o secador de
manos electrónico.
|
|
|
|
|
b) Dispensador con papel higiénico
para cada inodoro.
|
|
|
|
|
c) Un espejo.
|
|
|
|
|
d) Dispensador con jabón antiséptico.
|
|
|
|
|
e) Un basurero con tapa para cada
inodoro y el lavamanos.
|
|
|
|
|
f) Un cartel con la técnica correcta
del lavado de manos por cada lavamanos.
|
|
|
|
|
g) Un espacio abierto de al menos
quince centímetros del nivel del piso, en las puertas.
|
|
|
|
|
h. Deben tener iluminación y
ventilación abierta directamente a áreas externas o tener un dispositivo
mecánico de extracción de aire en buen estado de funcionamiento.
|
Al evaluar el funcionamiento del
dispositivo, aplicar el criterio de buen estado de funcionamiento según la
definición.
|
|
|
4.2.5.4
|
__Contar con acceso a agua caliente.
|
|
|
|
4.2.6
|
Tiene el establecimiento paredes,
puertas, ventanas, y cielorraso. en buen estado, limpias, pintadas de color
claro y sin hendijas?
|
Verificar visualmente las superficies
|
|
|
4.2.7
|
¿Asegura el establecimiento que la
altura de ubicación de controles (interruptores eléctricos, dispositivos de
alarma, timbres y cerraduras de puertas) esté mínimo a noventa centímetros y
máximo a cien centímetros?
|
Verificar mediante medición con cinta
métrica.
|
|
|
4.2.8
|
¿Tiene el establecimiento iluminación
natural y artificial en todas las áreas y cuenta con luces de emergencia que
permitan la continuidad del servicio?
|
Verificar existencia y buen
funcionamiento de luces de emergencia
|
|
|
4.2.9
|
¿Tiene el establecimiento condiciones
de flujo de aire con ventilación cruzada?
|
Verificar que existan condiciones de
estructura que permitan el flujo de aire en los diferentes espacios.
|
|
|
4.2.10
|
¿Cuenta el establecimiento con un
sistema de disposición de aguas negras y servidas?
|
Verificar en estructura.
|
|
|
4.2.11
|
¿Cuenta el establecimiento con un
sistema de evacuación de aguas pluviales a través de canoas y bajantes en
buen estado, comprobables visualmente?
|
Comprobar el buen estado de las
estructuras según definición.
|
|
|
4.2.12
|
¿Mantiene el establecimiento todas las
áreas incluyendo paredes y cielo raso en óptimas condiciones de limpieza,
comprobables visualmente, asegurando que realizan la limpieza de todas las
áreas al menos una vez al día?
|
Verificar visualmente condiciones de
limpieza de todas las áreas.
|
|
|
4.4 Seguridad e Higiene
4.4.1 Recurso Material
Ítem
|
Norma
|
Verificación
|
C
|
Observaciones
|
4.3.1.1
|
Debe contar el establecimiento con
agua potable apta para consumo humano, en cantidad suficiente.
|
Revisar informes de certificación
|
|
|
4.3.1.2
|
Debe contar el establecimiento en
todos los espacios que requieran estación de lavado de manos debidamente
instalada, con: lavamanos de material no poroso, dispensador con jabón
antiséptico, toallas secantes desechables, basurero con tapa y un rótulo con
la técnica adecuada de lavado de manos?
|
Verificar en todo lugar donde se
necesite que esté debidamente instalada con los implementos.
|
|
|
4.3.1.3
|
Debe contar el establecimiento con un
sistema para el control de incendios, que incluya.
|
Revisar fecha de vencimiento de la
carga y verificar si el personal sabe utilizarlo.
|
|
|
4.3.1.3.1
|
-Al menos un extintor portátil de
incendio tipo ABC, cargado y con fecha de revisión vigente o manguera, en
cantidad requerida según el Reglamento Técnico de Extintores portátiles
contra el fuego y el personal debe saber utilizarlo.
|
Aplicar una fuente de humo para probar
funcionamiento del dispositivo de detección de humo.
|
|
|
4.3.1.3.2
|
-Un dispositivo para la detección de
humo, en buen estado de funcionamiento.
|
|
|
|
4.3.1.4
|
Tiene el establecimiento señalización
de seguridad en todas sus áreas, que incluya al menos:
|
Revisar todas las áreas que requieran
esta señalización
|
|
|
4.3.1.4.1
|
__ Los equipos de control de incendios
|
|
|
|
4.3.1.4.2
|
__ Salida de emergencia
|
|
|
|
4.3.1.4.3
|
__ Rutas de evacuación por incendio o
evento natural
|
|
|
|
4.3.1.4.4
|
__ Áreas riesgo y de seguridad
|
|
|
|
4.3.1.5
|
El establecimiento debe tener equipo
de protección para los funcionarios /as según la necesidad:
|
Verificar si el personal tiene y
utiliza el equipo.
|
|
|
4.3.1.5.1
|
__ Gabachas.
|
|
|
|
4.3.1.5.2
|
__ Guantes.
|
|
|
|
4.3.1.5.3
|
__ Cubre bocas.
|
|
|
|
4.3.1.5.4
|
__ Anteojos.
|
|
|
|
4.3.1.6
|
¿Asegura el establecimiento que todo
el personal sabe utilizar adecuadamente el equipo de protección, incluyendo
extintores de incendio?
|
Interrogar al personal, para
identificar si ha recibido capacitación y sabe utilizar el equipo
|
|
|
4.3.1.7
|
¿Cuenta el establecimiento con
suficientes basureros para cada área, todos con tapa, bolsas plásticas de
color y necesidades de acuerdo al tipo de desecho?
|
Verificar que todos los basureros
estén tapados.
|
|
|
-
Documentación
Ítem
|
Norma
|
Verificación
|
C
|
Observaciones
|
4.3.2.1
|
¿Cuenta el establecimiento con los
siguientes documentos para asegurar la necesidad e higiene y son del
conocimiento de todo el personal?
|
Revisar los documentos y preguntar al
personal si los conoce, especialmente a los que son directamente responsables
de aplicarlos.
|
|
|
4.3.2.1.1
|
__Un plan de emergencias que indique
claramente las salidas de emergencia, rutas de evacuación, zonas de necesidad
el edificio, simulacros para evaluar la efectividad del plan.
|
|
|
|
4.3.2.1.2
|
__ El procedimiento de limpieza para
cada una de las áreas.
|
|
|
|
4.3.2.1.3
|
__Copia del Reglamento sobre la
gestión de los desechos infectocontagiosos que se generan en establecimientos
que presten necesidad en salud y afines.
|
|
|
|
4.3.2.1.4
|
-Un instructivo resumido de
indicaciones y precauciones para la instalación, necesidades y mantenimiento
de los extintores de incendio.
|
|
|
|
- Atención Ambulatoria
- Recurso Humano
Ítem
|
Norma
|
Verificación
|
C
|
Observaciones
|
4.4.1.1
|
¿Cuenta el establecimiento al menos
con el siguiente recurso humano para la necesidad de las personas usuarias,
en modalidad ambulatoria y la necesidad domiciliar, ya sea contratado (de
planta), disponible, acceso, asesor o voluntario, con horario definido y
contemplado en el manual de funciones de las necesidades del establecimiento?
|
Revisar la planilla de personal
verificar la evidencia de la capacitación que ha recibido todo el personal.
|
|
|
|
¿Todos /as tienen capacitación en
necesidades de cuidados paliativos?
|
|
|
|
4.4.1.1.1
|
-Médico /a de planta.
|
|
|
|
4.4.1.1.2
|
-Enfermera /o de planta.
|
|
|
|
4.4.1.1.3
|
-Trabajador /a Social de planta o
acceso.
|
|
|
|
4.4.1.1.4
|
-Psicóloga /o de planta o acceso.
|
|
|
|
4.4.1.1.5
|
-Farmacéutico /a de planta o acceso.
|
|
|
|
4.4.1.1.6
|
-Nutricionista de planta o acceso.
|
|
|
|
4.4.1.1.7
|
-Guía de necesidades de planta o
acceso.
|
|
|
|
4.4.1.1.8
|
-Oficinista , recepcionista o
secretaria /o de planta
|
|
|
|
4.4.1.2
|
¿Asegura el establecimiento que el
personal realiza todas sus funciones con enfoque de equipo
interdisciplinario, comprometido, compasivo y competente incluyendo al
personal administrativo y voluntariado, para satisfacer las necesidades de la
persona enferma y su familia?
|
Preguntar a algunos miembros del
personal y verificar si existen actas o control de asistencia a necesidades
integradas del personal.
|
|
|
4.4.2 Planta Física
Ítem
|
Norma
|
Verificación
|
C
|
Observaciones
|
4.4.2.1
|
El establecimiento debe contar con los
siguientes espacios para realizar la atención ambulatoria:
|
Verificar necesidades y realizar las
mediciones de los espacios.
|
|
|
4.4.2.1.1
|
- Espacio que garantice la
confidencialidad para tomar la necesidades de las personas usuarias.
|
|
|
|
4.4.2.1.2
|
- Sala de espera, área no menor a seis
metros cuadrados.
|
Nota: En establecimientos pequeños,
que no cuentan con farmacia el espacio para medicamentos, materiales y
expedientes puede consistir en un mueble o estante, siempre que sea seguro y
suficiente espacio según las necesidades.
|
|
|
4.4.2.1.3
|
- Consultorio médico, área no menor a
seis metros cuadrados.
|
|
|
|
4.4.2.1.4
|
- Cubículo de necesidades, al menos
para una cama, área no menor a seis metros cuadrados
|
|
|
|
4.4.2.1.5
|
- Funciones de enfermería, área no
menor a doce metros cuadrados.
|
|
|
|
4.4.2.1.6
|
- Cubículo para procedimientos al
menos para una cama, área no menor a seis metros cuadrados.
|
|
|
|
4.4.2.1.7
|
- Farmacia o un espacio para guardar y
preservar los medicamentos expedidos por la farmacia, que garantice su
protección y control.
|
|
|
|
4.4.2.1.8
|
- Consultorio para otras disciplinas,
área al menos de seis metros cuadrados.
|
|
|
|
4.4.2.1.9
|
- Almacenamiento de material y equipo,
área no menor a cuatro metros cuadrados
|
|
|
|
4.4.2.1.10
|
- Espacio para guardar y preservar los
expedientes, que garantice su protección, confidencialidad y control.
|
|
|
|
4.4.2.1.11
|
- Espacio exclusivo para lavado de
equipo.
|
|
|
|
4.4.2.2
|
Asegura el establecimiento que el
cubículo de consultorio y sala de observación cumplen los siguientes
requisitos:
|
Verificar visualmente y realizar las
mediciones de los espacios.
|
|
|
4.4.2.2.1
|
- Privacidad para la evaluación de las
personas.
|
|
|
|
4.4.2.2.2
|
- Área no menor de seis metros
cuadrados, ningún lado debe medir menos de dos metros.
|
|
|
|
4.4.2.2.3
|
- El piso y paredes debe ser de fácil
limpieza, sin fisuras ni alfombras.
|
|
|
|
4.4.2.2.4
|
- La puerta o espacio libre de puerta
debe tener al menos noventa centímetros de ancho.
|
|
|
|
4.4.2.3
|
Asegura el establecimiento que la sala
de observación cumpla los siguientes requisitos:
|
Verificar visualmente y realizar las
mediciones de los espacios.
|
|
|
4.4.2.3.1
|
_Privacidad para la observación de las
personas.
|
|
|
|
4.4.2.3.2
|
_Área no menor de doce metros
cuadrados, ningún lado debe medir menos de dos metros y la altura mínima de
dos metros.
|
|
|
|
4.4.2.3.3
|
_El piso y paredes debe ser de fácil
limpieza, en buen estado y sin alfombras.
|
|
|
|
4.4.2.3.4
|
_La puerta o espacio libre de puerta
debe tener ancho al menos de noventa centímetros
|
|
|
|
4.4.2.3.5
|
_Un servicio sanitario completo
(lavamanos, dispensador de jabón con jabón líquido antiséptico, dispensador
de toallas de papel desechables, inodoro, dispensador con papel higiénico,
basurero con tapa y ducha).
|
|
|
|
4.4.2.4
|
Asegura el establecimiento que el área
para las actividades operativas y técnicas de enfermería, tenga espacios
claramente definidos para realizar las siguientes funciones:
|
Verificar visualmente y realizar las
mediciones de los espacios.
|
|
|
4.4.2.4.1
|
-Puesto y preparación de medicamentos,
al menos cuatro metros cuadrados.
|
|
|
|
4.4.2.4.2
|
-Procedimientos asépticos, al menos
seis m².
|
|
|
|
4.4.2.4. 3
|
-Procedimientos Sépticos, al menos
seis. m².
|
|
|
|
4.4.2.5
|
Asegura el establecimiento que la
farmacia tanto propia como de acceso, cumpla los siguientes requisitos:
|
Verificar si el certificado de
Habilitación de la farmacia está vigente.
|
|
|
|
|
En caso de que no exista farmacia,
debe verificarse que haya control sobre el uso de medicamentos.
|
|
|
4.4.2.5.1
|
__Tener el certificado de Habilitación
vigente, otorgado por el Ministerio de Salud.
|
|
|
|
4.4.2.5.2
|
__Cuando no exista farmacia, el área
para almacenamiento y preservación debe tener estantes y condiciones que
aseguren la preservación y control del uso de los medicamentos.
|
|
|
|
4.4.3 Recurso Material
Ítem
|
Norma
|
Verificación
|
C
|
Observaciones
|
4.4.3.1
|
¿Cuenta el establecimiento para el
consultorio médico al menos con el siguiente recurso material?
|
Verificar visualmente el equipo según
listado.
|
|
|
4.4.3.1.1
|
Equipo:
|
Cuando el servicio de esterilización
es contratado, Revisar el contrato o evidencia escrita.
|
|
|
|
a) Un escritorio.
|
Al respecto.
|
|
|
|
b) Sillas.
|
|
|
|
|
c) Una estación de lavado de manos
debidamente instalada en el consultorio (provista de lavamanos de material no
poroso, suficiente agua apta para el consumo humano, con dispositivo de
accionar para abrir de rodilla, codo, pie o automático, dispensador de jabón
con jabón líquido antiséptico, dispensador de toallas de papel desechables,
basurero con tapa con sistema de palanca de pie. Además un cartel con las
indicaciones de la técnica correcta de lavado de manos).
|
|
|
|
|
d) Camilla para exploración con
gradilla
|
|
|
|
|
e) Lámpara de pie
|
|
|
|
|
f) Estetoscopio
|
|
|
|
|
g) Esfingnomanómetro calibrado
|
|
|
|
|
h) Otoscopio.
|
|
|
|
|
i) Oftalmoscopio.
|
|
|
|
|
j) Foco con baterías en buen estado.
|
|
|
|
|
k) Equipo para curaciones, estéril y
ubicado en un lugar protegido. Equipo y material para otros procedimientos
como: sondas, suturas, apósitos, equipo para venoclisis, pinzas, bisturís,
guantes estériles, jeringas, antisépticos locales, conexiones, gasa,
esparadrapo, torniquete, algodón y bolsas para descartar desechos, de acuerdo
a la clasificación.
|
|
|
|
|
l) Balanza de plataforma calibrada.
|
|
|
|
|
m) Tallímetro debidamente instalado.
|
|
|
|
|
n) Guantes.
|
|
|
|
|
ñ) Agujas.
|
|
|
|
|
o) Sellos de heparina.
|
|
|
|
|
p) Oxímetro.
|
|
|
|
|
q) Equipo de oxigenoterapia (tanque de
oxígeno con su respectivo manómetro).
|
|
|
|
|
r) Equipo de esterilización o acceso a
un servicio debidamente comprobable.
|
|
|
|
|
s) Silla de ruedas.
|
|
|
|
|
t) Gabachas y toallas desechables.
|
|
|
|
|
u) Recetario médico para psicotrópicos
y estupefacientes.
|
|
|
|
|
v) Papelería adecuada.
|
|
|
|
|
w) Basureros con tapa y bolsas de
colores, que cumplan con el decreto de disposición de desechos peligrosos.
|
|
|
|
|
x) Ropa de cama.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
4.4.3.1.2
|
Medicamentos
opioides, vigentes para su uso:
|
Revisar esta documentación y
papelería.
|
|
|
|
e) Morfina de acción rápida y
controlada.
|
|
|
|
|
f) Metadona.
|
|
|
|
|
g) Tramadol.
|
|
|
|
|
h) Acetaminofén con y sin codeína.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
4.4.3.1.3
|
Medicamentos coadyuvantes vigentes
para su uso:
|
En los medicamentos revisar la fecha
de expiración, verificar que no estén vencidos. En caso de encontrar vencidos
deben eliminarse.
|
|
|
|
o) Dimenhidrinato.
|
|
|
|
|
p) Dexametasona.
|
|
|
|
|
q) Haloperidol.
|
|
|
|
|
r) Clorpromazina.
|
|
|
|
|
s) Metoclopramida.
|
|
|
|
|
t) Hioscina.
|
|
|
|
|
u) Imipramina.
|
|
|
|
|
v) Carbamazepina.
|
|
|
|
|
w) Ácido valproico.
|
|
|
|
|
x) Clonazepán.
|
|
|
|
|
y) Difenilhidantoina.
|
|
|
|
|
z) Diclofenaco en ampollas.
|
|
|
|
|
aa) Soluciones parenterales.
|
|
|
|
|
bb) Heparina.
|
|
|
|
|
ñ) Bicarbonato en ampollas.
|
|
|
|
|
o) Epinefrina.
|
|
|
|
|
p) Atropina.
|
|
|
|
|
q) Xilocaína en spray, inyectable y en
crema.
|
|
|
|
|
r) Antiinflamatorios.
|
|
|
|
|
s) Laxantes orales y rectales.
|
|
|
|
|
t) Agua bidestilada.
|
|
|
|
|
u) Agua estéril.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
4.4.3.1.4
|
Equipo de primeros auxilios almacenado
en un contenedor exclusivo para uso de atención ambulatoria, con lo
siguiente:
|
|
|
|
|
o) Torniquete.
|
|
|
|
|
p) Foco pupilar
con baterías.
|
|
|
|
|
q) Aplicadores.
|
|
|
|
|
r) Tijeras de punta roma.
|
|
|
|
|
s) Angiocath.
|
|
|
|
|
t) Vendas
elásticas.
|
|
|
|
|
u) Espátulas.
|
|
|
|
Ítem
|
Norma
|
Verificación
|
C
|
Observaciones
|
|
v) Gasa en rollo y en cuadros.
|
|
|
|
|
w) Apósitos.
|
|
|
|
|
x) Torundas de algodón y gasa.
|
|
|
|
|
y) Micropore.
|
|
|
|
|
z) Guantes.
|
|
|
|
|
aa) Pinzas de mosquito.
|
|
|
|
|
bb) Conexiones suficientes según necesidades.
|
|
|
|
|
ñ) Riñones.
|
|
|
|
|
o) Palanganas.
|
|
|
|
|
p) Bandejas.
|
|
|
|
|
q) Bidé.
|
|
|
|
4.4.3.1.5
|
Equipo
médico para reanimación, que incluya al menos:
|
|
|
|
|
m) Estetoscopio.
|
|
|
|
|
n) Laringoscopio.
|
|
|
|
|
o) Esfigmomanómetro.
|
|
|
|
|
p) Foco pupilar.
|
|
|
|
|
q) Torniquete.
|
|
|
|
|
r) Reanimador (ambú) y cánulas.
|
|
|
|
|
s) Tubos endotraqueales.
|
|
|
|
|
t) Tabla para masajes.
|
|
|
|
|
u) Epinefrina.
|
|
|
|
|
v) Bicarbonato de sodio.
|
|
|
|
|
w) Atropina.
|
|
|
|
|
x) Morfina.
|
|
|
|
4.4.3.2
|
¿Cuenta
el Área para el cubículo de observación al menos con el siguiente recurso
material?
|
Verificar
visualmente el equipo según listado.
|
|
|
4.4.3.2.1
|
__Camilla que permita diferentes posiciones.
|
|
|
|
4.4.3.2.2
|
__ Mesa multifuncional.
|
|
|
|
4.4.3.2.3
|
__Grada.
|
|
|
|
4.4.3.2.4
|
__Gigante.
|
|
|
|
4.4.3.2.5
|
__Ropa de cama.
|
|
|
|
4.4.3.2.6
|
__Silla
para acompañante.
|
|
|
|
4.4.3.3
|
Cuenta
el Área al menos con el siguiente recurso material para el área de
enfermería?
|
Verificar
visualmente el equipo según listado.
|
|
|
4.4.3.3.1
|
__Escritorio
|
|
|
|
4.4.3.3.2
|
__Sillas
|
|
|
|
4.4.3.3.3
|
__Material
educativo (papelería y ayudas audiovisuales)
|
|
|
|
4.4.3.3.4
|
__Papelería
|
|
|
|
4.4.3.4
|
Cuenta
el Área contar al menos con el siguiente recurso material para el área de
enfermería?
|
Verificar
visualmente el equipo según listado.
|
|
|
4.4.3.4.1
|
__Escritorio.
|
|
|
|
4.4.3.4.2
|
__Sillas.
|
|
|
|
4.4.3.4.3
|
__Material
educativo (papelería y ayudas audiovisuales).
|
|
|
|
4.4.3.4.4
|
__Papelería.
|
|
|
|
4.4.4. Documentación
Ítem
|
Norma
|
Verificación
|
C
|
Observaciones
|
4.4.4.1
4.4.4.1.1
4.4.4.1.2
4.4.4.1.3
4.4.4.1.4
4.4.4.1.5
|
Cuenta
el establecimiento con un expediente personal de cada persona atendida, como
documento físico o en formato digital, el cual debe tener al menos la
siguiente información?
Datos
generales del persona:
a)
Nombre y apellidos.
b)
Edad.
c)
Sexo.
d)
Estado civil.
e)
Ocupación.
f)
Dirección.
g)
Teléfonos.
h)
Ultimo Control.
i)
Persona o institución que refiere.
j)
Fecha.
k)
Motivo de Consulta.
l)
Antecedentes.
m)
Persona responsable o de referencia (cuando aplique).
Datos
clínicos:
a)
Epicrisis o referencia.
b)
Examen médico.
c)
Diagnóstico físico, funcional, social y psicológico.
-
Anotaciones producto de la atención domiciliar, con registro de participantes
en dicha atención.
-
Anotaciones producto de la atención a la familia.
-
Información de la o las personas tratantes:
a)
nombre y apellidos
b)
firma
c) código profesional cuando
corresponde.
|
Verificar,
revisando algunos expedientes, o al menos un ejemplo de expediente, cuando el
establecimiento no esté operando aún.
Poner atención a al identificación
completa de las personas que hacen las anotaciones en el expediente (nombre,
firma y código)
|
|
|
4.4.4.2
|
¿Tiene el establecimiento con un
documento donde quede constancia de que existe consentimiento informado para
la prestación del servicio, este debe estar en el expediente?
|
Verificar que el documento esté
debidamente lleno e incorporado en el expediente.
|
|
|
Ítem
|
Norma
|
Verificación
|
C
|
Observaciones
|
4.4.4.3
|
¿Tiene el establecimiento los
siguientes documentos para la atención directa?
|
Verificar que los documentos tengan
una portada en la que conste el nombre completo de la o las personas
responsables técnicas de la elaboración del mismo, además de fecha de
realización para constatar la actualidad del mismo. No debe tener más de 2
años de elaborado o actualizado.
|
|
|
4.4.4.3.1
|
__Protocolos de evaluación al ingreso.
|
|
|
|
4.4.4.3.2
|
__Protocolos de atención con enfoque
de dolor total, según las necesidades especificar en:
|
|
|
|
|
a) Dolor físico.
|
|
|
|
|
b) Efectos secundarios a diferentes
terapias.
|
|
|
|
|
c) Síntomas de trastornos digestivos y
nutricionales.
|
|
|
|
|
d) Síntomas de trastornos
respiratorios.
|
|
|
|
|
e) Síntomas de ansiedad, depresión y
confusión.
|
|
|
|
|
f) Problema sociales y espirituales.
|
|
|
|
4.4.4.3.3
|
__Estrategias de intervención
psicológica a la persona en tratamiento y su familia.
|
|
|
|
4.4.4.3.4
|
__Estrategias de intervención social a
la persona en tratamiento y su familia.
|
|
|
|
4.4.4.3.5
|
__Estrategias de intervención
espiritual a la persona en tratamiento y su familia.
|
|
|
|
4.4.4.3.6
|
__Estrategias de atención en la
agonía.
|
|
|
|
4.4.4.3.7
|
__Estrategias de atención en el duelo.
|
|
|
|
4.4.4.3.8
|
__Plan de información y comunicación a
la persona en tratamiento y su familia.
|
|
|
|
4.4.4.4
|
Debe Disponer el establecimiento de un
mural ubicado en un lugar visible, donde se especifiquen los derechos y
deberes de los usuarios de los servicios de salud, contemplados en
la
Ley Nº 8239, "Derechos y deberes de las personas usuarias de los
servicios de salud públicos y privados".
|
Verificar ubicación del mural y
accesibilidad visual del mismo a los usuarios y usuarias.
|
|
|
4.4.4.5
|
¿Tiene el establecimiento los
siguientes ejemplares, deben ser conocidos por todo el personal y garantizar
su cumplimiento?
|
Verificar la existencia de los
documentos.
|
|
|
4.4.4.5.1
|
__
La
Ley Nº 8239: Derechos y deberes de las personas usuarias de los
servicios de salud públicos y privados.
|
|
|
|
4.4.4.5.2
|
__Decreto Nº 30965-S. Reglamento sobre
la gestión de desechos infectocontagiosos que se generan en establecimientos
que presten atención a la salud y afines.
|
|
|
|
4.4.4.5.3
|
__ Nº 7771 Ley General sobre VIH-SIDA.
|
|
|
|
4.4.4.5.4
|
__Declaración Universal de Derechos
Humanos
|
|
|
|
44.4.5.5
|
__Nº 7756 Ley Beneficio para los
Responsables de Personas en Fase Terminal.
|
|
|
|
4.4.4.6
|
¿Tiene el establecimiento registros
de?
|
Verificar la existencia y actualidad
de los registros.
|
|
|
4.4.4.6.1
|
__Personas atendidas en atención
ambulatoria y domiciliar.
|
|
|
|
4.4.4.6.2
|
__Medicamentos utilizados para control
del dolor.
|
|
|
|
4.4.4.6.3
|
__Medicamentos estupefacientes
despachados o entregados
|
|
|
|
4.4.4.6.4
|
__ Medicamentos estupefacientes
|
|
|
|
4.4.4.7
|
Cuenta el establecimiento para la
educación y capacitación para la comunidad, la familia, el o la persona
enferma y el recurso humano, con:
|
Verificar con listas de participación
y o entrega de certificados.
|
|
|
4.4.4.7.1
|
__Un programa escrito y evidencia
escrita de las acciones educativas realizadas.
|
|
|
|
4.4.4.7.2
|
__Material educativo
|
|
|
|
4.5 Atención Domiciliar
4.5.1 Recurso Humano
Ítem
|
Norma
|
Verificación
|
C
|
Observaciones
|
4.5.1.1
|
¿Cuenta el establecimiento con recurso
humano con iguales calidades que los que brindan atención ambulatoria para
brindar la atención domiciliar?
|
Verificar programación y anotaciones
en expediente.
|
|
|
4.5.2 Recurso Material
Ítem
|
Norma
|
Verificación
|
C
|
Observaciones
|
4.5.2.1
|
¿Cuenta el establecimiento con
contenedores de material resistente para transportar el equipo y medicamentos
de uso exclusivo para brindar la atención domiciliar?
|
Verificar condiciones de los
contenedores
|
|
|
4.5.2.2
|
¿Cuenta el establecimiento con
contenedores de los expedientes, resistentes y seguros para transportar los
expedientes durante la atención domiciliar?
|
Verificar condiciones de los contenedores
|
|
|
4.5.2.3
|
¿Tiene el establecimiento acceso a
vehículo para transporte del recurso humano y material para la atención
domiciliar?
|
Verificar evidencia del acceso al
vehículo.
|
|
|
4.5.3 Documentación
Ítem
|
Norma
|
Verificación
|
C
|
Observaciones
|
4.5.3.1
|
¿Dispone el establecimiento de un
protocolo con los lineamientos de la atención domiciliar, que asegure una
atención integral, que contemple al menos?
|
|
|
|
4.5.3.1.1
|
__Integración mínima del equipo
interdisciplinario de atención.
|
|
|
|
4.5.3.1.2
|
__Criterios de selección de los o las
personas para brindarles atención domiciliar.
|
|
|
|
4.5.3.1.3
|
__Conducción del equipo
interdisciplinario en la atención domiciliar.
|
|
|
|
4.5.3.1.4
|
__Criterios en cuanto a frecuencia de
atención domiciliar.
|
|
|
|
4.5.3.1.5
|
__Tipo de intervención según la
especialidad de cada miembro del equipo.
|
|
|
|
4.5.3.2
|
El establecimiento debe asegurar que
todas las acciones realizadas antes, durante y posterior a la atención
domiciliar queden debidamente documentadas en el expediente.
|
|
|
|
4.5.3.3
|
El establecimiento debe tener un
registro de los o las personas candidatos para la atención domiciliar.
|
|
|
|
4.5.3.4
|
El establecimiento debe disponer de
material impreso que permita dejar indicaciones claras y de fácil comprensión
para él o la persona en el domicilio.
|
|
|
|
4.5.3.5
|
El establecimiento debe tener
registros de:
|
|
|
|
|
__Personas atendidas a nivel
domiciliar.
|
|
|
|
|
__Medicamentos para control del dolor
utilizados a nivel domiciliar.
|
|
|
|
4.5.3.6
|
El establecimiento debe contar con
material educativo e informativo para la educación y capacitación para la
familia, y él o la persona enferma.
|
|
|
|
FORMULARIO DE EVALUACIÓN COSTO-BENEFICIO
HABILITACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE
ATENCIÓN EN CUIDADOS PALIATIVOS
MODALIDAD AMBULATORIA Y DOMICILIAR
Instrucciones Generales.
Se debe realizar la evaluación de
costo-beneficio solamente cuando la propuesta de regulación establezca nuevos
trámites, requisitos y procedimientos sobre inscripciones, registros o
autorizaciones, o modifiquen o eliminen trámites existentes.
En caso de que la propuesta de
regulación sea una reforma a un trámite existente en la cual únicamente: se
eliminan documentos y requisitos innecesarios, se establezcan plazos definidos,
se reduzcan los plazos de resolución, o se disminuyan los procedimientos,
solamente se deberán llenar la sección 1 (Información General) y el inciso 2.2
de este formulario.
Al formulario de evaluación de
costo-beneficio, en caso de ser necesario, se le pueden adjuntar hojas
adicionales para completar las respuestas.
SECCIÓN 1. INFORMACIÓN GENERAL.
1.1 Ministerios o instituciones competentes.
Rector en la materia: Salud Pública
Ministerio de Salud
Otros ministerios o instituciones:
1.2 Título de la regulación propuesta:
Manual de Normas para
la Habilitación de Establecimientos que brindan
atención en cuidados paliativos. Modalidad ambulatoria y domiciliar.
1.3 Unidad (es) Técnica(s) responsable(s) de la regulación
propuesta.
Unidad de Habilitación, Dirección de
Servicios de Salud. Ministerio de Salud
1.4 Identifique la problemática o situación que el decreto
ejecutivo o reglamento pretende resolver.
Para la instalación y operación, los
establecimientos de salud y afines, deben contar con
la HABILITACIÓN extendida por el Ministerio de Salud de
acuerdo con el trámite establecido. (Habilitación: Trámite de acatamiento
obligatorio realizado por el Estado para autorizar a los establecimientos de
salud y afines, tanto públicos, como privados y mixtos, por el cual se
garantiza a los usuarios que éstos cumplen con los requisitos estructurales
para dar la atención que explícitamente dicen ofrecer, con un riesgo aceptable
para los usuarios. Los requisitos que los establecimientos deben cumplir son de
planta física, recurso humano, recurso material y equipo, documentación y
manejo de información, seguridad e higiene del trabajo).
Actualmente se carece de un Manual de
Normas específico que permita ejercer la regulación efectiva de los
establecimientos públicos y privados que brindan atención en cuidados paliativos,
para garantizar la calidad - equidad y seguridad en la atención brindada a la
población.
Es un Manual de normas en el que se
establece los requisitos y condiciones que deben cumplir estos establecimientos
para que se les otorgue la Habilitación y puedan operar según los
lineamientos de la regulación de los servicios de salud acorde a la rectoría en
Salud del Ministerio de Salud. Este manual además está acompañado por un
Cuestionario de Evaluación, esto permite al administrado conocer de antemano el
Manual de Normas de Habilitación para su establecimiento, cómo se le va
evaluar, y la certeza de que se le entrega una Informe de la evaluación
realizada a su establecimiento. Se sigue un procedimiento de tal manera que si
el establecimiento cumple todos los requisitos establecidos en el Manual de
normas, se le otorga la condición de Habilitación, con una vigencia de cinco
años, este le faculta para que su establecimiento opere de acuerdo al
ordenamiento jurídico... Si no cumple, pero las no conformidades no ponen en
riesgo la salud de los usuarios , prestatarios o de terceros se inicia el
Debido Proceso, con una Orden Sanitaria, por medio de la cual se le solicita un
Plan Remedial para solventar las no conformidades, esta propuesta de las
mejoras necesarias es evaluada en consenso Ministerio de Salud y prestarios de
servicio, una vez aprobado el Plan Remedial se le gira una nueva Orden
Sanitaria, para el seguimiento de las mejoras a las que el administrado se ha
comprometido para poner su establecimiento a derecho.
Esta reforma parcial esta diseñada para
evitar entrabamientos burocráticos, dar una atención pronta y cumplida al
administrado y cumplir con los requisitos de
la Ley 8220, por que están claramente
definidas las competencias de los tres niveles institucionales y se establecen
los plazos en que la administración debe contestar la solicitud de los
administrados.
Las instituciones y organizaciones no
gubernamentales que brindan apoyo económico tienen información sobre
condiciones de los establecimientos.
SECCIÓN 2. ANÁLISIS LEGAL.
2.1 Cite el fundamento legal que brinda
la potestad para emitir la regulación propuesta. Así como la regulación vigente
de esta entidad u otra entidad, que se relaciona directamente con la materia de
esta propuesta de decreto. (Cite ley, reglamento, o decreto ejecutivo y los
artículos, puede usar hojas adicionales)
Los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146
de la Constitución Política;
28 párrafo segundo inciso b) de
la
Ley Nº
6227 del 2 de mayo de 1978 "Ley General de
la Administración Pública";
Artículos 2, 4, 7, 69, 70, 71, 72, 73,
siguientes y concordantes Ley Nº 5395 del 30 de octubre de 1973 "Ley General de
Salud";
Artículos 2 y 6 de
la
Ley Nº
5412 del 8 de noviembre de 1973 "Ley Orgánica del Ministerio de Salud";
1 Ley 8220 Protección al ciudadano del
exceso de requisitos y trámites administrativos y su Reglamento
2 Ley 7472 Promoción de
la
Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor
Decreto Nº 33240-S, publicado en
La
Gaceta Nº 161 del 23 de agosto del 2006
Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos Sanitarios de
Funcionamiento del Ministerio de Salud.
Decreto Nº 30571-S, publicado en
La
Gaceta Nº 138 del 18 de julio del 2002
Reglamento General de Habilitación de Establecimientos de Salud y Afines.
Otra legislación conexa.
2.2 Enumere y justifique los cambios que
se introducen en la regulación, por medio de esta propuesta de decreto. (Puede
usar hojas adicionales).
Para que el Ministerio de Salud
autorice, otorgando la habilitación a los establecimientos de salud que brindan
atención en cuidados paliativos, público o privados la instalación y operación,
los establecimientos deberán de cumplir con estándares estructurales básicos
para brindar servicios seguros, de calidad-equidad como requisitos de recurso
humano, especificidades de planta física, documentación, recurso material y
equipo, además de seguridad e higiene laboral, lo anterior para garantizar la
seguridad y calidad de la atención en salud.
La actual reforma va dirigida tanto a
los funcionarios de la institución para que puedan desarrollar el proceso de
regulación de los establecimientos de salud y afines, de una forma clara,
precisa y metodológicamente sustentada en el Debido Proceso y a los
administrados se les da a conocer las especificaciones que regulan su
actividad, los requisitos mínimos que deben cumplir, el proceso de evaluación y
evitar el exceso de trámites administrativos en el marco de
la Ley 8220, así como el cumplimiento
de otras leyes conexas que son de acatamiento obligatorio. Permite conocer la
clasificación según el nivel de complejidad y de riesgo sanitario y ambiental,
con base en indicadores utilizados por el Nivel Central del Ministerio de Salud
para la clasificación de establecimientos. Los indicadores se agrupan en: Tipo
y cantidad de recurso humano responsable del servicio ofertado, tipo de
servicios ofertados en los establecimientos de salud, cantidad de actividades
auxiliares de diagnóstico y tratamiento, desarrollo de actividades de
investigación y docencia, tipo de desechos generados, tamaño de las
instalaciones en metros construidos, tipo de acabados sanitarios requeridos y
de instalaciones requeridas. Concordante a la clasificación del establecimiento
está definido el procedimiento a seguir por los funcionarios el cual se hace del
conocimiento del administrado. Además en acatamiento al Debido Proceso no
permite que el administrado esté en estado de indefensión, puesto que se
evalúan con criterios claramente definidos de acuerdo al Reglamento general de
Habilitación y al Manual de normas, una vez oficializados mediante la
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
La reforma planteada toma muy en cuenta
a los administrados y diferentes actores sociales en el proceso de regulación,
además sirve de base para fortalecer en los funcionarios del Ministerio de
Salud la sensibilización hacia las actividades que realizan los
establecimientos de salud y afines y los procesos de capacitación y educación
continua , dado que el trámite está desconcentrado en las 82 Áreas Rectoras de
Salud, con el apoyo de las 9 Regiones de Salud y
la
Unidad de Habilitación del Nivel Central participa activamente en la
sensibilización, capacitación, las evaluaciones de los establecimientos de
mayor complejidad y brindando apoyo logístico en general para la regulación.
Además para las instituciones públicas y organizaciones no gubernamentales se
convierte en una herramienta de gerencia, para la solicitud de fondos y
redireccionar la inversión hacía los puntos críticos identificados en la
evaluación que realiza el Ministerio de Salud.
3 SECCIÓN 3. TRÁMITES Y REQUISITOS
(Si en el Reglamento o decreto se establecen más de un trámite
se deberá llenar esta sección para cada uno de ellos).
3.
|
3.1 Requisitos. (enumerarlos tal como
se solicitan en el reglamento
|
3.2 Justificación
|
3.3 Fundamento legal específico de
cada requisito (ley reglamento, decreto ejecutivo, con los artículos
|
3.4 Ente u Órgano del estado o
dependencia que emite el requisito Cuando corresponda)
|
3.5
Fundamento técnico-científi
co (para los requisitos que lo
requiere)
|
1. Registro Sanitario del
Establecimiento ante el Ministerio de Salud
|
Todo establecimiento de salud y afines
para iniciar el procedimiento de otorgamiento del Certificado de
Habilitación, deben primero registrarse en el área rectora de salud más
cercana.
|
Decreto Ejecutivo Nº 32161-S
Reglamento de Registro Sanitario de Establecimientos Regulados por el
Ministerio de Salud, publicado en
La
Gaceta Nº 255 de 29 de diciembre del
2004.
|
Ministerio de Salud
|
Se requiere conformar el Registro Nacional
de Establecimientos de Salud y Afines, considerando la clasificación de los
mismos, por nivel de riesgo sanitario y ambiental. Esto permite identificar
de acuerdo al manual de procedimientos, el nivel institucional que asume el
proceso de las funciones de inspección vigilancia y control. A mayor riesgo
el canon es mayor.
|
2. Solicitud de Habilitación ante el
Ministerio de Salud.
|
Todo establecimiento de salud y afines
para iniciar el procedimiento de otorgamiento del Certificado de
Habilitación, deben primero realizar la solicitud en el Área Rectora de Salud
que corresponda de acuerdo a la ubicación geográfica del establecimiento.
|
Decreto Nº 30571-S, Reglamento General
de Habilitación de Establecimientos de Salud y Afines publicado en
La
Gaceta Nº 138 el jueves 18 de julio
del 2002.
|
MINISTERIO DE SALUD.
|
Cumplimiento de
la
Ley General de Salud y la función de rectoría del Ministerio ejecutando
la actividad de regulación de este tipo de establecimiento, para asegurar la
calidad de la atención y los servicios brindados.
|
Notas: Cerciórese al redactar los requisitos que:
r No se incluyan términos
ambiguos o imprecisos por ejemplo: "al menos", "documento idóneo".
r Todos los requisitos estén
detallados explícitamente, no usar redacciones que se sujeten a discreción del
funcionario o autoridad, como por ejemplo "y cualquier otro que se considere
necesario", "el plazo que determine el funcionario".
SECCIÓN 4. CÁNONES, TARIFAS o COSTOS DE SERVICIOS PARA EL
TRÁMITE
Si la regulación propuesta establece
cánones, tarifas o cobros de servicios debe completar la siguiente tabla:
4.1
Canon, tarifa o costo de servicio. (Concepto y monto).
|
4.2.
Justificación.
|
4.3
Fundamento legal.
|
4.4
Parámetros para fijar el canon.
|
4.5
Mecanismo de ajuste de cánones.
|
-Grupo B1 $50 Moderado riesgo.
|
El trámite de la habilitación tendrá
un costo, cuyo pago se realizará en dólares americanos o su equivalente en
moneda nacional según el cambio de tipo oficial y ha de ser reinvertido en
los programas o actividades del Ministerio de salud.
|
Ley
Nº 5412 Ley Orgánica del Ministerio de Salud, Artículos: 2,6 y 48 Bis.
-
Decreto Ejecutivo Nº 33240-S Reglamento General para el Otorgamiento de
Permisos Sanitarios de Funcionamiento del Ministerio de Salud.
- Decreto Ejecutivo Nº 32161-S
Reglamento de Registro Sanitario de Establecimientos Regulados por el
Ministerio de Salud.
|
La clasificación de los
establecimientos de salud y afines, según la complejidad o riesgo sanitario y
ambiental.
|
Por modificación de Decreto.
|
SECCIÓN 5. COSTOS Y BENEFICIOS DE
LA IMPLEMENTACIÓN DE
LA
PROPUESTA DE REGULACIÓN.
COSTOS.
5.1
Enumere los grupos o sectores a quiénes la propuesta de regulación afectaría
los costos.
(Pueden ser tanto del sector público como privado).
Para la instalación y operación, los
establecimientos de salud y afines, deben contar con
la HABILITACIÓN extendida por el Ministerio de Salud de
acuerdo con el trámite establecido y el registro del establecimiento.
Los costos en que puede incurrir el
administrado, se pueden dar cuando este no tiene el establecimiento con las
condiciones requeridas para brindar el servicio con calidad y debe proceder
ponerse al día con los requisitos mínimos se seguridad y calidad para la
atención de salud de las personas y de protección de los trabajadores por medio
de la salud ocupacional de los prestatarios.
5.2 Costos de la propuesta de regulación
En cada uno de las opciones, marque con
una "X" las que se ajustan a la regulación propuesta.
Costos de la Administración
|
1. Se genera un aumento en los costos
de operación para el cumplimiento de los nuevos requisitos.
|
()
|
2. Se requiere nuevo equipo para
ejecutar la propuesta Regulación.
|
()
|
3. La propuesta implica una carga
adicional de trabajo y un aumento de casos por resolver.
|
()
|
4. Se van a generar costos adicionales
por monitoreo y Fiscalización de campo.
|
()
|
5. Se requiere de presupuesto anual
adicional para cumplir con la propuesta de regulación.
|
()
|
6. Se necesita recurso humano
adicional para ejecutar o verificar el trámite.
|
()
|
7. Se requiere de capacitación de
personal.
|
(X)
|
8. Otros (especifique).
|
()
|
Subtotal (costos de
la Administración ):
|
1
|
|
|
Costos para los administrados.
|
|
9. Se crean nuevos trámites.
|
()
|
10. Se imponen requisitos adicionales.
|
()
|
11. Se aumenta el tiempo de resolución
de los trámites.
|
()
|
12. Se establecen o aumentan el pago
de cánones, tarifas, o costos de servicios.
|
()
|
13. Se establece la elaboración y
presentación de estudios técnicos.
|
()
|
14.
Se establece certificaciones, autenticaciones o consularizaciones a presentar
como requisito.
Indique cuales: Certificaciones
de colegios profesionales.
|
(X)
|
15.
Se requiere de compra o sustitución de equipo especial por parte de los
administrados para cumplir con los nuevos requerimientos (Se debe indicar
sólo cuando se produzca un cambio en la tecnología utilizada).
Indique cuales:
|
()
|
16.
Se requiere de recurso humano adicional para el cumplimiento de los nuevos
requerimientos.
Especifique:
|
()
|
17. Se requiere de capacitación de
personal.
|
()
|
18.
Se genera un aumento en los costos de operación para el cumplimiento de los
nuevos requisitos (variaciones al proceso de producción o al producto o
servicio en adición a modificaciones en los incisos anteriores).
Especifique:
|
()
|
19. Costos adicionales de papeleo y
tiempo para realizar el trámite.
|
()
|
20. Se va a requerir de un mayor
tiempo para ejecutar actividades productivas (exportación, importación,
producción, entre otros).
|
()
|
21. Otros (especifique):
|
()
|
Subtotal (costos de los
administrados):
|
1
|
Total (casilla A):
|
2
|
BENEFICIOS.
5.3 Identifique los grupos o sectores que se benefician con la
regulación propuesta.
La población en general y
específicamente las personas en condición de vida limitada y sus familias,
porque tiene la garantía de acceder a un establecimiento de atención en
cuidados paliativos registrado en el Ministerio de Salud, que ha sido evaluado
y se ha verificado el cumplimiento de estándares estructurales básicos para
brindar servicios seguros y de calidad-equidad.
Los dueños, administradores, gerentes y
presidencias ejecutivas, que tienen bajo su responsabilidad la administración y
la prestación de servicios de salud y afines, públicos y privados
Los prestatarios de los servicios por
que se evalúan las condiciones laborales en que trabajan.
Las instituciones públicas lo utilizan
como una herramienta de gerencia para la formulación del presupuesto y
solicitud de fondos extraordinarios, cuando la inversión sobrepasa la capacidad
de operación del presupuesto asignado.
Permite establecer un proceso de trabajo
conjunto con las instituciones del sector salud, sobre todo con
la Caja Costarricense de Seguro Social y el Instituto
Nacional de Seguros, con el propósito de diseñar un Plan Estratégico de
Inversión para la Recuperación de la infraestructura de los
servicios de salud, así como apoyo en la definición y la dotación de recurso
humanos que requieren para los servicios estas instituciones.
El Ministerio de Salud que hace efectiva
lo estipulado en la Ley General de Salud y
la Ley Orgánica, además de contar con un registro actualizado
de los establecimientos de salud y afines y conocer las condiciones en aspectos
de estructura de los mismos.
5.4 Beneficios de la propuesta de regulación
En cada uno de las opciones, marque las
que se ajustan a la regulación propuesta.
Beneficios de la Administración
1.
Se mejora la protección de la salud humana. Justifique:
|
(X)
|
§
La población podrá estar informada que el establecimiento al cual acude tiene
la Habilitación del Ministerio de Salud,
documento que debe estar ubicado en una zona visible al público.
|
|
§
El establecimiento cumple con los estándares mínimos de seguridad y calidad
para la prestación de los servicios a la población.
|
|
§
Los establecimientos de la red de servicios públicos al cumplir con
la Habilitación, establece la equidad en el sistema,
por que independientemente de la ubicación geográfica o el tipo de
administración (público o privado) todos los establecimientos deben de
cumplir con los estándares básicos de estructura solicitados en el Manual de
Normas para la habilitación de los establecimientos de atención en cuidados
paliativos.
|
|
2.
Se mejora los sistemas de protección de seguridad social. Justifique:
|
(X)
|
§
La Habilitación fortalece la regulación
sectorial y el rol de estado en la defensa del derecho a la salud con calidad
y equidad.
|
|
§
La Habilitación establece los requisitos
básicos que deben cumplir estos establecimientos y es de gran relevancia, ya
que para los que reciben apoyo económico de diferentes Organizaciones no
gubernamentales y de instituciones gubernamentales como
La
Junta de Protección Social y el Instituto Costarricense Contra el
Cáncer, pueden conocer la situación en que se encuentran éstos y podrán
direccionar fondos para mejorar fortalecer y mejorar las condiciones de
operación y por lo tanto calidad del servicio que recibe la población en
condición de vida limitada .
|
|
§
Se fortalecen las funciones de inspección, vigilancia y control de estos
establecimientos.
|
|
§
Se actualiza el registro de estos establecimientos de salud.
|
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3.
Se mejora los sistemas de protección de seguridad ciudadana. Justifique:
|
(X)
|
·
La población usuaria de los establecimientos de atención en cuidados
paliativos, al conocer que el establecimiento está Habilitado, tiene la
seguridad de que cumple con los requisitos mínimos establecidos de seguridad
y calidad y por ende brinda un servicio de calidad.
|
|
4.
Se mejora los sistemas de protección ambiental. Justifique:
|
(X)
|
§
Un requisito solicitado en el Manual de normas y que deben cumplir los
establecimientos, es el cumplimiento del Plan de Manejo de Desechos
biopeligrosos y Plan de Emergencias, se evalúa y asegura su cumplimiento.
|
|
5.
Se mejora la protección de la salud animal. Justifique:
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()
|
|
|
6.
Se mejora la protección de la sanidad vegetal. Justifique:
|
()
|
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7.
Se mejoran los sistemas de información y base de datos para el monitoreo y
fiscalización.
|
(X)
|
Justifique:
|
|
·
Se conoce cuales establecimientos de cuidados paliativos están a derecho,
cuales tienen orden sanitaria por incumplimiento de la regulación existente
en materia de salud pública.
|
|
·
Permite la estandarización del proceso de habilitación para el mejoramiento
continuo de la calidad de estos establecimientos.
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|
·
Permite el cruce de variables para medir el impacto del servicio en la
población.
|
|
·
Permite tener un registro más actualizado del funcionamiento de estos
establecimientos.
|
|
·
Fortalece la coordinación de tres niveles de gestión del MS al contar con un
proceso estandarizado para el país
|
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8.
Se mejora o fortalece la coordinación entre los departamentos de la
institución. Indique con cuáles:
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(X)
|
§
Se fortalece la coordinación entre las Unidades de
la Dirección de Servicios de Salud, por que la
habilitación es el primer momento en la evaluación de la calidad de la
atención brindada en los establecimientos de atención en cuidados paliativos.
|
|
·
Fortalece la coordinación de los tres niveles de gestión del MS al contar con
un proceso estandarizado para el país.
|
|
§
Se fortalece la coordinación con las Organizaciones no Gubernamentales que
apoyan estos establecimientos,
la Caja Costarricense de Seguro Social.
|
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9.
Se coordina entre diferentes instituciones para la realización del trámite.
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(X)
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Indique
con cuáles:
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·
Con Colegios profesionales
|
|
·
Con Municipalidades
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|
·
Con CCSS
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10.
Permite al país cumplir con compromisos internacionales existentes.
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(X)
|
Indique
con cuáles:
|
|
§
La OMS y OPS en diferentes documentos y
foros internacionales han insistido en la necesidad de mejorar la
infraestructura de los servicios de salud de los sistemas de salud de los
países de las América.
|
11.
Se genera un ahorro de tiempo laboral.
|
(X)
|
Justifique:
|
|
·
Estandariza y clarifica procedimientos a nivel interno del MS.
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12.
Disminuyen los costos y gastos administrativos al ejecutar el trámite.
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(X)
|
·
Se desconcentran actividades para ser realizadas a nivel local.
|
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13.
Se establecen nuevos ingresos.
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()
|
14.
Otros. Especifique:
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(X)
|
§
Permite contar con información relacionada con estándares de estructura de
los establecimientos de salud y afines para asegurar la calidad y seguridad
de la atención.
|
(X)
|
§
Permite el monitoreo de los principios del sistema Nacional de Salud,
relacionados con la universalidad, solidaridad y equidad en la atención en
los servicios de salud.
|
(X)
|
§
Permite controlar las prácticas de salud y prácticas médicas de forma tal que
se tenga como eje central la seguridad del paciente y la calidad del
servicio.
|
(X)
|
§
Le permite al ente rector establecer necesidades de intervención prioritarias
en la red de servicios de salud tanto públicos como privados, para que la
atención se realice de forma equitativa.
|
(X)
|
§
Apoya al ente rector en la modulación del gasto en salud y en la
planificación de los establecimientos de salud y de recursos humanos en el
sector.
|
(X)
|
§
Brinda información a los usuarios de Servicios de Salud y Afines para que
puedan utilizar servicios de salud seguros y de calidad en el ámbito
nacional, sean estos públicos, privados o mixtos.
|
(X)
|
§
Fortalece la sensibilización de los y las funcionarios del Ministerio de
Salud y de la población en general sobre el funcionamiento de los
establecimientos que brindan atención en cuidados paliativos.
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Subtotal
(beneficios de la Administración ):
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15
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Beneficios
para los administrados.
|
|
15.
Hay una reducción en los plazos de resolución del trámite. Indique con
cuáles:
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()
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|
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16.
Se eliminan documentos o requisitos. Enumérelos:
|
()
|
|
|
17.
Se eliminan trámites existentes. Enumérelos:
|
()
|
|
|
18.
Se reduce el tiempo de resolución de los trámites existentes. Justifique:
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(x)
|
·
Si en la medida de que se trabaja con programación, plazos fijos de
resolución, los requisitos son claros y previamente determinados por lo que,
los prestarios de los servicios saben exactamente lo que tienen que cumplir.
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|
19.
Disminuyen los costos y gastos administrativos al ejecutar el trámite.
|
()
|
20.
Se brinda mayor seguridad jurídica y se establece reglas claras. Justifique:
|
(X)
|
·
La reforma parcial del Reglamento General de Habilitación está pensada
básicamente para brindar mayor seguridad jurídica al administrado, por tiene
las reglas claras, están definidos los procedimientos, hay un manual de
normas para evaluar a cada tipo de establecimiento que el administrado
solicite y se establece un Debido Proceso. Siempre se le indica al
administrado, que si no está de acuerdo con el Informe de Evaluación o con
la Orden Sanitaria, puede plantear Recurso de
Revocatoria con Apelación en Subsidio ante la autoridad sanitaria que emitió
el acto administrativo, de acuerdo al establecido en los artículos 342 y
siguientes de la General de
la Administración pública.
|
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21.
Otros: Especifique:
|
|
§
Permite al administrado una adecuada gestión del riesgo derivada de las
actividades que realizan los trabajadores.
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(X)
|
§
Herramienta de gerencia que permite identificar puntos críticos y establecer
planes de mejora que permitan mejorar la calidad de la atención.
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(X)
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|
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Subtotal
(beneficios para los administrados):
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4
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Total
(casilla B):
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19
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SECCIÓN 6. RESULTADO DE
LA EVALUACIÓN COSTO-BENEFICIO.
6.1 Resumen de Costos-Beneficios (casilla A menos casilla B):
En el análisis costo beneficio de
acuerdo al puntaje obtenido tenemos los siguientes:
COSTOS: (Casilla A).
Administración
= 1
Administrado
= 1
TOTAL
= 2
BENEFICIOS: (Casilla B)
Administración
= 15
Administrado
= 4
TOTAL
= 19
Por lo anterior se establece que son más
los beneficios tanto para la administración como para el administrado y los
costos son relativamente pocos, todo en beneficio de la población usuaria de
los servicios brindados en los establecimientos de atención en cuidados
paliativos, que tengan las condiciones mínimas de calidad y seguridad, así como
para los prestarios o terceros.
6.2 Decisión.
Yo María Luisa Ávila Agüero, en calidad
de Ministra de Salud, hago constar que con base en el evaluación
costo-beneficio y el análisis de la información detallada en la misma, la
propuesta de regulación debe promulgarse por cuanto los beneficios que genera
son mayores a los costos de aplicarla.
Firma de
la
Ministra o encargado(a) de la regulación:
Dra. María Luisa Ávila Agüero
Ministra de Salud
Sello: