Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 10471 >> Fecha 01/09/1979 >> Texto completo
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


Artículos     >>
Recuerde que Control F es una opción que le permite buscar en la totalidad del texto

Ir al final del documento

- Usted está en la última versión de la norma -
Texto Completo Norma 10471
Declara Música Oficial del Himno Nacional de Costa Rica la compuesta por don Manuel María Gutiérrez
Texto Completo acta: BC8C4 N° 10471-E

N° 10471-E



 



EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA



Y LA MINISTRA DE EDUCACION PUBLICA,



 



En ejercicio de las facultades que les confiere la Constitución Política y



 



Considerando:



 



1º- Que el 1º de setiembre de 1979, se cumple ciento cincuenta aniversario del nacimiento del Benemérito de la Patria y autor de la música del Himno Nacional de Costa Rica, el maestro Manuel María Gutiérrez.



2º- Que en conmemoración de tan especial acontecimiento histórico el Gobierno de la República ha declarado Día de Fiesta Nacional el 1º de setiembre del presente año.



3º- Que la música de nuestro Himno Nacional fue compuesta por el maestro Gutiérrez en el año de 1852 y adoptada como nuestro Símbolo Patrio a partir de esa fecha, sin que se hubiese emitido o dispuesto resolución o decreto alguno que dejase constancia de la determinación del Gobierno de la República de declarar solemnemente, que la composición del Maestro Gutiérrez sería, desde aquel entonces, melodía inspirada y excelsa de nuestro Canto Nacional.



4º- Que nuestro Himno Nacional ha sido publicado en muy variadas versiones a partir de 1864, escritas en tonos y velocidades diferentes, con cambios notorios en la melodía, en el matiz y la dinámica, todo lo cual ha impedido, durante muchos años, su interpretación y ejecución correctas.



5º- Que es determinación del Gobierno de la República reparar la omisión histórica y unificar, en una sola versión oficial, el Himno Nacional de Costa Rica, de acuerdo con la forma con que originalmente lo compusiese, en el año de 1852, el maestro don Manuel María Gutiérrez.



Por tanto,



 



DECRETAN:



 



 



Artículo 1°- Declárase como música oficial del Himno Nacional de Costa Rica la compuesta por el distinguido maestro y Benemérito de la Patria, don Manuel María Gutiérrez, en el año de 1852.



 



font-family:Verdana!important;mso-fareast-font-family:"Verdana"; mso-ansi-language:ES;mso-fareast-language:ES;mso-bidi-language:AR-SA'>

 




Ficha articulo



Artículo 2º- El Himno Nacional de Costa Rica deberá ser ejecutado en todos los centros educativos del país y en todo acto oficial, en el tono de mi bemol, a una velocidad de metrónomo de 108 negras.



 




 




Ficha articulo



Artículo 3º- La partitura que a partir de esta fecha deberá tenerse como oficial, para los efectos anteriormente indicados, es la siguiente:



 





 





 



 



 



 



 



 



 




 




Ficha articulo



Artículo 4º- Queda totalmente prohibido el uso y ejecución de cualquier otra partitura que no sea la que oficialmente se dispone en el presente decreto.



 




 




Ficha articulo



Artículo 5º- El Ministerio de Educación Pública y el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, velarán por el fiel cumplimiento de lo que aquí se dispone. Para tal fin harán uso de los medios correspondientes para divulgar y preservar, por siempre, la fiel interpretación del Canto Patrio, según lo escribiese, en 1852, el maestro y Benemérito de la Patria, don Manuel María Gutiérrez.



 




 




Ficha articulo



Artículo 6º- Este decreto rige a partir de su publicación.



 



Dado en la ciudad de Heredia, República de Costa Rica, el día primero de setiembre de mil novecientos setenta y nueve.



 



 




Ficha articulo





Fecha de generación: 03/12/2023 10:56:03 a.m.
Ir al principio del documento