Texto Completo acta: BE952
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
CIRCULAR D.R.P.J.-026-2008
DE: Dirección de Personas Jurídicas.
PARA: Subdirección,
Coordinación General, Asesoría Jurídica, Asesoría Técnica, Coordinaciones,
Registradores y Oficinas Regionales.
FECHA: 20 de agosto de 2008.
ASUNTO: Decreto
Asignación y Expedición de Cédula de Persona Jurídica.
En virtud de la publicación en el Diario Oficial
La Gaceta del 19
de agosto último, del Decreto Ejecutivo N° 34691-J,
mediante el que se regula la asignación y expedición del documento de cédula de
persona jurídica, se les instruye para que a partir de la fecha de rige de
dicho Decreto, se tomen en cuenta las siguientes disposiciones:
text-indent:35.25pt'>
a) Al
asignarse automáticamente el número de cédula jurídica de las entidades que se
inscriban en el Registro de Personas Jurídicas, no será necesario en adelante
realizar su impresión en papel, dado que tanto en el sello de inscripción del
respectivo documento como en las certificaciones que emita el Registro constará
dicho número.
b) En
virtud de que el número de cédula jurídica es un número unívoco de
identificación, que no comprueba la vigencia de la respectiva entidad ni la
vigencia de su personería, en adelante la vigencia de dicha identificación será
indefinida.
c) De
acuerdo a lo indicado anteriormente y considerando que la fecha de rige del
indicado Decreto, lo es diez días después de su publicación, al practicarse la
inscripción de documentos relacionados con entidades jurídicas que deban o
estén inscritas en el Registro de Personas Jurídicas, a partir del día primero
de setiembre del presente año, no se requerirá
efectuar la impresión del documento de su cédula jurídica.
El texto del citado Decreto se les está haciendo llegar en forma
digital.
Lic. Enrique Rodríguez Morera,
Director de Personas Jurídicas.
Ficha articuloFecha de generación: 23/2/2024 11:08:43