(Este decreto ejecutivo fue derogado por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 42187 del 22 de noviembre del 2019)
EL
PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
Y LOS
MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO,
PLANIFICACIÓN
NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA,
EDUCACIÓN
PÚBLICA Y CULTURA Y JUVENTUD
En uso de las
facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3), 18), y 146 de
la Constitución
Política y los artículos 25, incisos 1), 27 inciso 1), 28,
inciso 2), acápite b) de la
Ley General de Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de
mayo de 1978, y
Considerando:
I.-Que a partir del
año 2008 se inician las conmemoraciones correspondientes al Bicentenario de las
Independencias de los países Latinoamericanos y que, al conmemorar estas
fechas, el Gobierno desea, más allá de recordar tan importantes
acontecimientos, promover el desarrollo de nuevas Repúblicas libres, de acuerdo
con el actual contexto social, histórico y cultural.
II.-Que Costa Rica desea unirse a las actividades propias de
esta celebración, para lo cual considera oportuno, conveniente y necesario
formar una Comisión que se encargue de trabajar en la organización y
coordinación de las celebraciones correspondientes al Bicentenario de las
Independencias, con miras a que estas resalten los valores y la cultura y se
logre sensibilizar acerca de la importancia de estas conmemoraciones para la
sociedad.
III.-Que el Gobierno de
la República considera pertinente la integración de
representantes de los siguientes Ministerios en esa comisión: Relaciones
Exteriores y Culto, Planificación, Cultura y Juventud y Educación Pública. Por
tanto,
Decretan:
Artículo 1º-Creación
de la
Comisión. Créase
la Comisión costarricense para la organización de
las actividades propias de la celebración del Bicentenario de las
Independencias de América Latina.