Texto Completo acta: C2878
Artículo 1° : Apruébanse los siguientes Ingresos Ordinarios y
Extraordinarios del Gobierno de la República para el Ejercicio E
N° 8691
Artículo 1° : Apruébanse los siguientes Ingresos Ordinarios y
Extraordinarios del Gobierno de la
República para el Ejercicio Económico de 2009
Inciso A: DETALLE DE
LA PROYECCIÓN DE LOS
INGRESOS CORRIENTES DEL GOBIERNO DE
LA REPÚBLICA PARA EL
EJERCICIO ECONÓMICO DE 2009 (en colones corrientes)
(NOTA: Por lo extenso
de su contenido y tipo de formato consultar el Alcance N° 56 a
La Gaceta N° 253 del 31 de diciembre del 2008)
Ficha articulo
Artículo 2°:
Apruébanse los siguientes Egresos Ordinarios y Extraordinarios del Gobierno de
la República para el
Ejercicio Económico de 2009:
MISION INSTITUCIONAL
Dirigir y coordinar
las estrategias de desarrollo del país, procurando obtener el mayor bienestar
para todos los habitantes; manteniendo la estabilidad política, económica,
social y ambiental de la
República; así como representar a
la Nación en los actos de
carácter oficial.
VISION INSTITUCIONAL:
Conformar un Estado Costarricense desarrollado
dentro de un ambiente de democracia y paz en armonía con la
naturaleza, donde el modelo de desarrollo
socio-económico del país beneficie a sus habitantes y en especial a las
personas en condición de pobreza.
PRIORIDADES INSTITUCIONALES:
1. Fortalecimiento
de la Seguridad
Social.
2. Seguimiento y
coordinación al accionar de
la Comisión Nacional de Emergencias y los planes y
programas para la atención y mitigación de emergencias nacionales.
3. Fortalecimiento
de las relaciones exteriores de Costa Rica.
4. Perfeccionamiento
de áreas críticas de servicio a la ciudadanía y de la actividad económica del
país a cargo de dependencias del Poder Ejecutivo para agilizar, simplificar y
elevar la calidad de dichos servicios.
5. Fortalecimiento
de la organización del Estado Costarricense.
6.
Profesionalización de la función pública y desarrollo del empleo público.
7. Transparencia en
la función pública a través de la información permanente y la rendición de
cuentas.
8. Mejoramiento del
soporte técnico Y administrativo para agilizar y simplificar los procesos en la
gestión pública orientados en cuatro grandes áreas: Integración de
Instituciones, Mejora de los servicios,
Establecimiento de Estándares Y Capacitación para servidores públicos.
PROGRAMASPRESUPUESTARIOS ADMINISTRACION SUPERIOR ADMINISTRACION DE
RECURSOS HUMANOS INFORMACION y COMUNICACION
Totales
|
MONTO
7,114,630,000
3,017,304,000
1,006,066,000
11,138,000,000
|
%
63.88%
27.09%
9.03%
100.00.
|
2. Dar seguimiento a
las acciones, planes y programas aprobados en el seno de
la Junta Directiva Y
dotar de recursos financieros a la comisión Nacional de Emergencias, para el cumplimiento
de sus funciones relacionadas con los mecanismos de emergencia, para minimizar
las consecuencias ante eventuales situaciones de desastres naturales.
3. Coordinar los
avances alcanzados en materia de la
implementación del Plan de Desarrollo Integral de Limón.
4. Impulsar la
presencia del país a nivel internacional.
5. Definir
estrategias para el fortalecimiento del empleo público, desarrollo del recurso
humano y resolución de conflictos.
6. Informar
costarricense estrategias Cuentas a los Poderes de
la República, a la
ciudadanía y a la comunidad internacional, sobre los planes y de desarrollo
adoptadas por el Gobierno (Rendición de cuentas).
7. optimizar el
soporte técnico y administrativo de las instituciones públicas mediante la
implementación del Gobierno Digital en servicios clave.
(NOTA: Por lo extenso
de su contenido y tipo de formato consultar el Alcance N° 56 a
La Gaceta N° 253 del 31 de
diciembre del 2008)
(Modificado
por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 34995 del 13 de enero de 2009)
Ficha articulo
Artículo 3°: Ordinarios y Legislativa, apruébense los siguientes
Egresos Extraordinarios de la
Asamblea para el Ejercicio Económico del 2009:
MISION INSTITUCIONAL:
Ejercer el mandato
conferido por el pueblo, representándolo en el proceso de formación de la ley,
de las normas institucionales y la aprobación de convenios y tratados internacionales,
mediante la discusión y participación de los diferentes actores de la sociedad
civil, así como la fiscalización del accionar de los órganos que conforman el
Estado Costarricense, con el fin de establecer las condiciones que propicien el
desarrollo humano sostenible con justicia social.
VISION INSTITUCIONAL:
Ser un Parlamento
que coadyuve al desarrollo humano sostenible del país, por medio de la
elaboración de leyes que respondan a criterios técnicos, a un ejercicio
oportuno del control político y a la participación activa de los diferentes
actores de la sociedad en sus decisiones.
PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS Asamblea Legislativa
Totales
|
MONTO %
24,258,506,406 100.00%
24,258,506,406 100.00%
|
OBJETIVOS ESTRATEGICOS INSTITUCIONALES:
1. Conocer y
resolver sobre los proyectos de ley y de acuerdos legislativos, así como las
proposiciones de reforma constitucional que se encuentren en la agenda
legislativa.
2. Promover el
óptimo funcionamiento de
la Administración Pública mediante el ejercicio de
las acciones de control político que le atribuye
la Constitución Política.
(NOTA: Por lo extenso
de su contenido y tipo de formato consultar el Alcance N° 56 a
La Gaceta N° 253 del 31 de
diciembre del 2008)
(Modificado
por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 34995 del 13 de enero de 2009)
Ficha articulo
Articulo 4°: Apruébanse los siguientes Egresos Ordinarios y
Extraordinarios de la
Contraloría General de
la República, para el
Ejercicio Económico del 2009:
MISION INSTITUCIONAL:
Somos el órgano
constitucional auxiliar de
la Asamblea Legislativa que fiscaliza el uso de los fondos públicos
para mejorar la gestión de
la Hacienda Pública
y contribuir al control político y ciudadano.
VISION INSTITUCIONAL:
Garantizaremos a la
sociedad costarricense la vigilancia efectiva de laHacienda
Pública.
PRIORIDADES INSTITUCIONALES:
1.Auxiliar a
la Asamblea Legislativa.
2.Vigilar captación y el uso de los fondos públicos.
3. Ejercer una
efectiva rectoría del Sistema Nacional de Control y Fiscalización.
PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS DIRECCION ESTRATEGICA y DE APOYO
FISCALIZACION SUPERTOR DE
LA HACIENDA PUBLICA
Totales
|
MONTO %
4,465,058,000 29.85%
10,490,942,000 70.15%
14,956,000,000 100.00%
|
OBJETIVOS ESTRATEGICOS INSTITUCIONALES:
- Alcanzar una adecuada relación con
la Asamblea Legislativa,
sus órganos y diputados, para contribuir al fortalecimiento del control
político sobre la gestión de
la Hacienda Pública.
- Fortalecer la gestión de las
instituciones públicas, con una visión integral que abarque desde el plan
presupuesto hasta la evaluación de resultados, y así incidir sobre la
eficacia, eficiencia, transparencia y calidad del gasto.
- Vigilar el cumplimiento de las
responsabilidades en materia de control interno, por medio de un control
de segundo piso muy efectivo y ejerciendo con firmeza las competencias
sancionadoras que tiene la contraloría, para contribuir al mejoramiento de
la gestión de las instituciones públicas.
-
INDICADORES DE RESULTADOS:
1. Índice de satisfacción
con los insumos brindados por la
CGR a
la Asamblea Legislativa, para Contribuir con las
funciones Legislativas de Control y legislación.
2. La sumatoria de
las disposiciones giradas mayor a 360 días naturales de giradas sin seguimiento
efectivo igual a 0.
3. La sumatoria de
las disposiciones giradas en materia de implementación de
la Ley de Control interno mayor a
270 días naturales de giradas sin seguimiento efectivo igual a 0.
(NOTA: Por lo extenso
de su contenido y tipo de formato consultar el Alcance N° 56 a
La Gaceta N° 253 del 31 de
diciembre del 2008)
Ficha articulo
Artículo 5°: Apruébanse los siguientes Egresos Ordinarios y
Extraordinarios de la
Defensoría de los Habitantes de
la República, para el
Ejercicio Económico del 2009:
MISION INSTITUCIONAL:
La Defensoría de los Habitantes de
la República es la
institución responsable de proteger los derechos e intereses de las y los
habitantes del país frente a las acciones y omisiones del sector público y en
el cumplimiento de su mandato divulgará y promocionará esos derechos. Asimismo,
velará porque el funcionamiento del Sector Público se ajuste a la moral y la
justicia.
VISION INSTITUCIONAL:
Seremos una
institución fortalecida, dinámica y con credibilidad, regional izada y
accesible en el ámbito nacional, que defenderá los derechos e intereses de las
personas Contribuyendo al mejoramiento de la gestión del sector público.
PRIORIDADES INSTITUCIONALES:
l. Las y los
habitantes de la República
contarán con un servicio de protección de los derechos e intereses en forma
ágil, oportuna y efectiva frente a las acciones y omisiones del Sector Público.
2. Las y los
habitantes contarán con información acerca de sus derechos y deberes que les
permitirán convertirse en sus primeros defensores ante las acciones y omisiones
de las instituciones del Sector Público.
PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS
DONACION PRODERE
DEFENSORIA DE LOS
HABITANTES DE LA
REPUBLICA
Totales
|
MONTO %
34,800,000
1. 08%
3,200,200,000 98.92%
3,235,000,000 100.00%
|
OBJETIVOS ESTRATEGICOS INSTITUCIONALES:
1.Optimizar el ejercicio de la protección de los
derechos e intereses de los y las habitantes mediante estrategias de defensa
eficientes y eficaces y la educación en derechos humanos.
INDICADORES DE RESULTADOS:
1.- Porcentaje del
cierre del total de intervenciones por investigaciones de denuncias recibidas
de los y las habitantes ante vulneraciones en los derechos humanos, con mas de un año de abiertas.
2.-Porcentaje del
total de intervenciones por investigaciones de Denuncias (ID)recibidas
de los y las habitantes ante vulneraciones en
los derechos humanos, que son abiertas en un plazo tres días.
3.-Porcentaje del
total de solicitudes de información requeridas por
la Defensoría de los
Habitantes por primera vez ante los entes denunciados, que son interpuestos en
un plazo máximo de cinco días hábiles después de asignada la investigación al o
la profesional de defensa.
4.-Porcentaje del
total de actividades educativas programadas en el año, que son impartidas por
la Defensoría de los
Habitantes en derechos humanos a niños, niñas y adolescentes de centros
educativos públicos del país.
5.- Porcentaje de
visitas realizadas por el equipo de profesionales de
la Defensoría de los
Habitantes de la República
con el proyecto "Defensoría en su comunidad" a las comunidades de las
diferentes regiones geográficas, respecto a las visitas programadas.
6.-Número de visitas
realizadas por el equipo de profesionales de
la Defensoría de los
Habitantes de la República
con el proyecto "Defensoría en su comunidad" a las comunidades de las
diferentes regiones geográficas, respecto a las visitas programadas.
(NOTA: Por lo extenso
de su contenido y tipo de formato consultar el Alcance N° 56 a
La Gaceta N° 253 del 31 de
diciembre del 2008)
Ficha articulo
Artículo 6°: Apruébanse
los siguientes Egresos Ordinarios y Extraordinarios del Poder Judicial, para el
Ejercicio Económico del 2009:
MISION
INSTITUCIONAL:
Administrar justicia
en forma pronta, cumplida, sin denegación y en estricta conformidad con
la Constitución Política,
los instrumentos internacionales y demás normas del ordenamiento jurídico, ofreciendo siempre excelencia en la
calidad de atención a todos los usuarios y usuarias.
VISION
INSTITUCIONAL:
Administrar justicia
con los más altos estándares internacionales de independencia, imparcialidad,
responsabilidad, equidad, probidad, transparencia, descentralización,
eficiencia y calidad, garantizando la protección de los derechos, garantías y
libertades de las personas. Todo servidor(a) judicial será consciente de su elevada función en la sociedad, ofreciendo un servicio de excelencia y humanizado,
que incrementará la confianza de la población. Garantizar la no discriminación
por razones de género, etnia, ideología, nacionalidad, discapacidad y religión
en las decisiones judiciales, en el acceso a la justicia y en la organización y
funcionamiento interno del Poder Judicial; contribuyendo así al desarrollo
democrático, económico y social y a la convivencia pacífica en Costa Rica.
PRIORIDADES
INSTITUCIONALES;
1.Garantizar la protección de los derechos y libertades y
el acceso a la justicia de todas las personas sin distinción de ninguna
naturaleza.
2.Fortalecer la independencia funcional, la imparcialidad
y objetividad de los servidores y servidoras judiciales.
3.Impulsar cambios en la legislación que permitan una
justicia de calidad, oportuna y cumplida.
4.Impulsar el
Sistema de Gestión de Calidad y Normalización de los despachos judiciales que
promueva el ejercicio de una justicia de calidad orientada al mejoramiento de
las condiciones en que las y los usuarios y en especial, los colectivos más des
favorecidos, acceden a los servicios que brinda
la Administración de
Justicia.
5.Promover procesos de capacitación para que las y los
servidores judiciales puedan mejorar el desempeño de sus funciones.
6.Continuar la modernización por medios tecnológicos.
7.Impulsar la utilización de la tecnología como medio
de comunicación que conlleve a minimizar los requerimientos de materiales y
suministros de escritura, para fortalecer la práctica institucional de cero
papeles.
8.Apoyar las acciones tendentes a lograr una mayor
transparencia en la acción que realiza el Poder Judicial.
9.Fortalecer los órganos auxiliares de justicia, en aras
de brindar un mejor servicio público.
10.Fortalecer
la
Planificación Estratégica del Poder Judicial.
11.Continuar
con el proceso de implementación del sistema de evaluación del desempeño y
rendición de cuentas.
12.Motivar
a las y los servidores judiciales en su vocación de trabajo, entrega,
compromiso e identificación plena con sus funciones, mejorando las condiciones
ambientales, infraestructura y de clima laboral.
13.Promover
la construcción de inmuebles judiciales y mejorar las edificaciones existentes
en aras de disminuir el alquiler de propiedades.
14.Impulsar
la Política
de Género y Accesibilidad del Poder Judicial.
15.Fortalecer
los valores institucionales del Poder Judicial.
PROGRAMASPRESUPUESTARIOS
DIRECCION y
ADMINISTRACION
SERVICIO
JURISDICCIONAL
SERVICIO DE
INVESTIGACION JUDICIAL
SERVICIO EJERCICIO
DE LA ACCION PENAL
PÚBLICA
SERVICIO DEFENSA
PUBLICA
SERVICIO DE
NOTARIADO
SERVICIO JUSTICIA
DE TRANSITO
APORTE LOCAL
PRESTAMO 1377/OC-CR
Totales
|
MONTO
49,772,479,000
71,448,730,000 44,648,533,000
24,634,909,000
14,395,190,000
494,204,000
4,050,605,000
373,350,000
209,818,000,000
|
%
23.72
34.05%
21.28%
11.74%
6.86%
0.24%
1.93%
0.18%
100.00%
|
OBJETIVOS ESTRATEGICOS INSTITUCIONALES:
1.Promover la celeridad de los procesos y la
disminución del retraso judicial, mediante proyectos o acciones especificas
para atender los asuntos, conforme a la legislación vigente y a las políticas
institucionales.
2.Dar seguimiento a los proyectos de ley de
interés del Poder Judicial, que se encuentran en la corriente legislativa, para
acelerar su aprobación.
3.Lograr la efectiva aplicación de leyes de reciente
aprobación: 1)Código Procesal Contencioso Administrativo, 2)Ley Cobro Judicial.
4.Contribuir a la implementación del Proyecto de
Seguridad Ciudadana.
5.Promover la oralidad y su efectiva aplicación en los
procesos.
6.Impulsar otros proyectos de reforma legal orientados
a una justicia pronta y cumplida.
7.Promover el desarrollo de un Modelo de Gestión de
Calidad y Normalización de los despachos judiciales.
8.Brindar capacitación al personal con el fin de que
pueda desarrollar en forma eficiente sus labores y se prepare para las reformas
legales que se impulsan.
9. Promover el uso
de la tecnología como medio para lograr mayor eficiencia y eficacia, así como
medio de ahorro de los recursos institucionales.
10. Mejorar la
prestación y calidad de los servicios para una justicia transparente.
11.Disponer
con una flotilla de vehículos que se encuentre en óptimas condiciones para el cumplimiento
de los fines de la institución y salvaguardar la integridad de las personas.
12.Dar
seguimiento al cumplimiento del Plan Estratégico del Poder Judicial 2007-2011,
con el fin de determinar áreas de mejora.
13.Continuar
con la divulgación del Plan Estratégico del Poder Judicial entre las y los
servidores judiciales.
14.Promover
la cultura de control interno y el establecimiento de un sistema de
administración de riesgos institucionales, conforme
la Ley General y el
Manual de Normas Generales de Control Interno.
15.Mejorar,
modernizar y dar mantenimiento a las instalaciones del Poder Judicial bajo un
criterio de racionalidad que posibilite un mejor servicio y salvaguardar la
integridad de las personas y las y los servidores judiciales.
16.Consolidar
la Política
de Equidad de Género incluyendo actividades en todos los ámbitos.
17.Fortalecer
y facilitar la accesibilidad de las personas usuarias del sistema judicial,
conforme la Ley
7600 "Igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad".
18. Promover el
acceso por los medios tecnológicos a la información requerida por las y los
usuarios internos y externos.
19.Continuar
la creación de subcomisiones de valores en todos los circuitos judiciales.
(NOTA: Por lo extenso
de su contenido y tipo de formato consultar el Alcance N° 56 a
La Gaceta N° 253 del 31 de
diciembre del 2008)
Ficha articulo
NORMAS DE EJECUCIÓN
ARTÍCULO 7.-
Para ejecutar,
controlar y evaluar lo dispuesto en los artículos anteriores, se establecen las
siguientes disposiciones:
1- Autorízase a
los Poderes de la República,
a las instituciones adscritas a estos, al Tribunal Supremo de Elecciones y a
las dependencias administradoras de los regímenes de pensiones, para que, con
cargo a las partidas existentes, paguen las revaloraciones salariales del
primero y segundo semestres del año 2009, así como la respectiva anualización de las revaloraciones salariales decretadas
para el segundo semestre
de 2008. Se les autoriza a estos
órganos para que modifiquen las relaciones de puestos respectivas, de
conformidad con las resoluciones que se acuerden por incremento en el costo de
la vida y las revaloraciones resueltas por los órganos competentes según ley.
2- Autorizase a
la Junta Administrativa
del Registro Nacional para que le traslade recursos al Fondo General del Gobiemo Central, con el propósito de cubrir remuneraciones,
contribuciones sociales y otros extremos salariales de los funcionarios del
Registro Nacional, cuyos pagos se cargan al Presupuesto Nacional, con
fundamento en lo dispuesto en las Leyes N.o 5695, de
28 de mayo de 1975, y sus reformas; N° 5867, de 15 de
diciembre de 1975, y sus reformas; N° 6934, de 28 de
noviembre de 1983, y N° 7089, de 18 de diciembre de
1987.
3- Autorizase al
Poder Ejecutivo para que, mediante resolución administrativa autorizada por el
máximo jerarca institucional del órgano del Gobierno
de la República
que se trate y aprobada por el Ministerio de Hacienda, varié los requerimientos
humanos de cada título presupuestario contenido en esta Ley, con el fin de
efectuar las modificaciones provenientes de las reasignaciones,
reclasificaciones, asignaciones, revaloraciones parciales y los estudios
integrales de puestos dictados por los órganos competentes, en el entendido de
que estas no alterarán el total de los puestos consignados en
la Ley de Presupuesto.
El máximo jerarca institucional del órgano del Gobierno de
la República que se trate. deberá comunicar a los funcionarios incluidos en dicha
resolución, sobre las modificaciones sufridas con respecto al puesto que ocupa.
4- Autorizase al
Poder Ejecutivo para que, mediante decreto elaborado por el Ministerio de
Hacienda, a solicitud del Ministerio de Educación Pública, pueda modificar la
relación de puestos institucional, en los siguientes casos:
a) Para que
modifique la clasificación de los puestos producto de los movimientos en los
centros educativos.
b) Para que traslade
puestos o lecciones entre los diferentes subprogramas presupuestarios docentes
Los demás movimientos que efectúe el Ministerio de Educación
Pública entre los centros educativos, que no impliquen modificación de la
clasificación de puestos o traslados entre subprogramas, los podrá realizar vía
resolución administrativa, y lo informará, trimestralmente, a
la Dirección General
de Presupuesto Nacional.
5. Los sueldos
del personal pagado por medio de la subpartida de servicios especiales de los
ministerios, no podrán ser superiores a los devengados por el personal
incorporado al Régimen del Servicio Civil, por el desempeño de funciones
similares. Además, el personal pagado por servicios especiales deberá cumplir
los requisitos exigidos por el citado Régimen. Los nombramientos deberán
ajustarse a lo indicado en la relación de puestos de cada ministerio o en la
clasificación de la
Dirección General de Servicio Civil.
6. Los sueldos
del personal pagado por medio de la subpartida de servicios especiales de
la Defensoría de los
Habitantes de la República,
el Poder Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones y
la Contraloría General
de la República,
no podrán ser superiores a los contenidos en el índice salarial vigente de
cargos fijos de cada una de estas instituciones, para puestos con funciones
similares.
7. Los gastos con
cargo a la subpartida prestaciones legales deberán pagarse en estricto orden de
presentación en las unidades financieras institucionales y por el monto total
Tendrán prioridad los pagos que correspondan a causahabientes de servidores
fallecidos; también serán prioritarias las solicitudes de pago de personas que
no puedan seguir laborando por incapacidad permanente y tengan derecho a
prestaciones
8. Autorizase al
Poder Ejecutivo para que, mediante decreto ejecutivo elaborado por el
Ministerio de Hacienda, modifique el número de cédula de persona jurídica de
los beneficiarios de transferencias cuando, a solicitud del responsable de la
unidad financiera del respectivo ministerio, o bien por iniciativa de
la Dirección General
de Presupuesto Nacional, se determine que el número consignado en
la Ley de Presupuesto Ordinario
es incorrecto.
9. De los
recursos humanos aprobados en la
Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de
la República para el
Ejercicio Económico 2009, en el Título Presupuestario 213 Ministerio de Cultura
y Juventud, se autoriza a esa Institución para que destine una parte de ellos a
brindar apoyo administrativo y operativo al Centro Costarricense de
la Ciencia y
la Cultura.
El Ministerio de Cultura y Juventud podrá destacar, para
estos efectos, los siguientes puestos: 010485, 014314, 014338, 014339, 014342,
014360, 014362, 014364, 014365, 014370, 014371, 014380, 014405, 014409, 014420,
014421, 014426, 014431, 014432, 014444, 014451, 014458, 014460, 014464, 014465,
014472, 014474, 014476, 014484,
014487,014492,014498,014500,014501,014504,
014509, 055064.
10. En todos los
Códigos presupuestarios incorporados en esta Ley para
la Caja Costarricense
de Seguro Social: Donde dice: Cedo Jur.: 4-000-0421-4 Debe decir: cédula
jurídica número: 4-000-0421-47.
11. Autorízase a
la Municipalidad de
Bagaces para que varie el destino de la partida
aprobada mediante la Ley N.
o 7853, código presupuestario 130 904 730 507 27 242 30, por un monto de tres
millones ciento tres mil cuarenta colones (¢3.103.040), o el saldo que exista,
destinada para "Compra y construcción de cancha de fútbol, Distrito Río
Naranjo", a fin de que se utilice para "Mejoras a cancha de fútbol del
distrito de Río Naranjo".
12. Autorízase a
la Municipalidad de
Pérez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante Decreto
34.554-H (modificación a la Ley N° 8627),
código presupuestario 203 049 70104 280 2310 3120 419, por un monto de
dieciocho millones trescientos cincuenta y tres mil quinientos veintidós
colones (¢18.353.522), o el saldo que exista, destinada para "Compra de
terrenos para construcción de Redondel para realización de actividades
taurinas, Distrito Platanares", a fin de que se utilice para "Pago de
deuda de terreno y construcción de redondel para actividades taurinas. Distrito
Platanares".
(NOTA: Por lo extenso
de su contenido y tipo de formato consultar el Alcance N° 56 a
La Gaceta N° 253 del 31 de
diciembre del 2008)
Dado en
la Presidencia de
la República.-San José,
a los diez días del mes de diciembre del dos mil ocho.
Ficha articulo
Fecha de generación: 10/12/2024 20:55:01
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