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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35277 >> Fecha 20/05/2009 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 35277
Declaratoria de Interés “IV Congreso Nacional y III Congreso del Caribe de Ciencia y Tecnología de Alimentos- Alimentos, innovación y salud”
Texto Completo acta: 114BE6 Nº 35277-MICIT

Nº 35277-MICITT(*)

(*)(Así modificada su denominación por el artículo 11 de la Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología, N° 9046 del 25 de junio de 2012)



EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA



Y LA MINISTRA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES (*)



(*)(Así modificada su denominación por el artículo 11 de la Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología, N° 9046 del 25 de junio de 2012)



En uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 18) del artículo 140 y 146 de la Constitución Política, la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, Nº 7169 del 26 de junio de 1990, publicada en La Gaceta Nº 144 de 1 de agosto de 1990, el artículo 27 de la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 de 2 de mayo de 1978, y



 



Considerando:



 



1º-Que el Centro Nacional de Ciencia y Tecnología de Alimentos (CITA), está organizando en conjunto con la Asociación Costarricense de Ciencia y Tecnología de Alimentos (ASCOTA) el "IV Congreso Nacional y III Congreso del Caribe de Ciencia y Tecnología de Alimentos- Alimentos, innovación y salud", el cual se realizará del 27 al 29 de octubre del 2009, en el Hotel San José Palacio.



2º-Que los mencionados congresos serán de gran importancia para el país ya que convergerán profesionales, académicos, industriales y estudiantes universitarios relacionados con la producción y la investigación y el desarrollo de alimentos para discutir y comentar sobre las nuevas tendencias e innovaciones que se desarrollan en nuestra Región.



3º-Que el tópico fundamental de la actividad es la importancia que se le dará desde el punto de vista económico de la industria agroalimentaria al representar un alto aporte industrial a la producción nacional y registrar una tasa promedio de crecimiento del valor bruto de la producción anualmente, el desarrollo de los aspectos científicos y tecnológicos que promueven la innovación y la transferencia de tecnología del sector académicos a la industria.



4º-Que de conformidad con el artículo 8 de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, Nº 7169, todas las actividades científicas y tecnológicas sin fines de lucro, realizadas por las entidades que forman parte del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, son de interés público. Por tanto,



 



Decretan:



 



Declaratoria de Interés



"IV CONGRESO NACIONAL Y III CONGRESO DEL CARIBE



DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE ALIMENTOS-



ALIMENTOS, INNOVACIÓN Y SALUD"



 



Artículo 1º-Con fundamento en el artículo 8 de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, Nº 7169, se declara de interés público el "IV Congreso Nacional y III Congreso del Caribe de Ciencia y Tecnología de Alimentos- Alimentos, innovación y salud", organizado por el Centro Nacional de Ciencia y Tecnología de Alimentos (CITA), en conjunto con la Asociación Costarricense de Ciencia y Tecnología de Alimentos (ASCOTA) del 27 al 29 de octubre de 2009, en el Hotel San José Palacio.




 




Ficha articulo



Artículo 2°-Se insta a las entidades públicas y privadas, para que en la medida de sus posibilidades y dentro de la normativa jurídica vigente, contribuyan con el aporte de recursos económicos, logísticos y técnicos para la exitosa realización de la actividad mencionada.




 




Ficha articulo



Artículo 3°-Rige a partir de su publicación.



 



Dado en la Presidencia de la República, a los veinte días del mes de mayo del dos mil nueve.



 



 




Ficha articulo





Fecha de generación: 16/2/2025 22:15:13
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