LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE
LA REPÚBLICA DE COSTA
RICA
DECRETA:
MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DEL
MINISTERIO
DE JUSTICIA, Nº 6739, PARA QUE EN
ADELANTE SE
DENOMINE MINISTERIO DE JUSTICIA Y
PAZ,
Y CREACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE
PROMOCIÓN DE LA PAZ Y LA
CONVIVENCIA CIUDADANA
ARTÍCULO
1.-
Modifícase
la Ley orgánica
del Ministerio de Justicia, Nº 6739, de 28 de abril de 1982, en las siguientes
disposiciones:
a) Se
reforma el título, cuyo texto dirá:
"Ley orgánica del Ministerio de Justicia y
Paz."
b) Se
sustituye del articulado la denominación "Ministerio de Justicia" o "Justicia y
Gracia" por Ministerio de Justicia y Paz.
c) Se
adiciona un nuevo inciso c) al artículo 3; en consecuencia se corre la
numeración del inciso subsiguiente. El texto dirá:
"Artículo 3.-
El Ministerio de Justicia y Paz ejercerá sus
funciones por medio de las siguientes dependencias:
[...]
c) El
Sistema Nacional de Promoción de
la Paz Social, adscrito al despacho del ministro o la
ministra, que estará conformado por:
la Dirección General
de Promoción de la Paz
y la Convivencia
Ciudadana;
la Dirección Nacional de Resolución Alternativa de
Conflictos; la Dirección
de Espectáculos Públicos y
la Comisión Nacional de Prevención de
la Violencia y
la Promoción de
la Paz Social.
[...]"
d) Se
adicionan los nuevos incisos i), j), k), l), m) y n), al artículo 7; en
consecuencia, se corre la numeración del inciso subsiguiente. El texto dirá:
"Artículo 7.-
Serán funciones del Ministerio de Justicia y
Paz:
[...]
i) Impulsar y coordinar planes y
programas dirigidos a la promoción de la paz en el ámbito nacional.
j) Apoyar, desde la perspectiva de
prevención de la violencia, al Ministerio de Seguridad Pública en materia de
las armas de fuego en el país, como medio para promover la cultura de paz y la
no violencia.
k) Promocionar la resolución
alternativa de conflictos como una forma de desarrollar una cultura de paz, sin
menoscabo de las demás funciones establecidas en
la Ley sobre resolución alterna
de conflictos y promoción de la paz social, Nº 7727.
l) Propiciar la mejor articulación
interinstitucional, a fin de cumplir el mandato de
la Ley general de espectáculos
públicos, materiales audiovisuales e impresos, Nº 7440.
m) Promover la participación de la
sociedad civil por medio de organizaciones no gubernamentales y cualquier otro
tipo de organismo dedicado a promover la paz y la no violencia.
n) Las demás que le sean asignadas
por ley o decreto.
[...]"