Anexo N° 3
Información minima que debe contener la Hoja de
Seguridad-MSDS
La siguiente es la Hoja de
Seguridad (MSDS) que tiene el formato adoptado por la International
Standarization Organization (ISO). No es necesario que la hoja que se presente,
siga el mismo formato, pero sí que contenga la información que se solicita como
mínima en cada sección. En caso de productos importados cuya Hoja de Seguridad
se encuentre en un idioma diferente al español se debe llenar la ficha técnica
adjunta a este Anexo y presentar junto con el documento original o copia del
mismo. Para cada una de las secciones del documento se deben incluir al menos
los parámetros indicados 1.
1
Serán aceptadas las abreviaciones ND (no disponible o no determinado) y NA (no
aplica) en aquellos casos en que la ausencia de información sea como probable.
2
Esta información no debe ser aportada en caso de plaguicidas y fertilizantes
domésticos.
Sección I. Identificación del
producto e información del fabricante.
I.1 Marca comercial del
producto.
I.2 Identificación del
fabricante.
1.2.1 Nombre de la compañía fabricante.
1.2.2 Dirección del fabricante.
1.2.3 Números de teléfono y fax.
I.3 Teléfonos de emergencias
suministrados por el fabricante.
Sección II. Composición e
información sobre los ingredientes.
II.1 Un listado, con el nombre
común o genérico, de todos los componentes del producto,
excipientes o activos, aún cuando se encuentren declarados como propiedad
intelectual. La concentración de los ingredientes activos, debe declararse
exacta, en el caso de los excipientes la concentración podrá definirse como un rango, la diferencia
entre el valor mayor y menor del mismo, no puede ser superior a 20.
II.2 Cada componente
(ingrediente activo) identificado con su nombre común o genérico y número de
CAS (N° de registro en el Chemical Abstracs Service).
Seccion III. Identificación de los
riesgos y efectos por exposición.
En esta sección, proveer
información de los efectos potenciales en Ia salud humana y los síntomas
causados por la exposición al producto.
III.1 Efectos de la exposición
por:
III.1.1 Inhalación.
III.1.2 Ingestión.
III.1.3 Contacto con los ojos.
III.1.4 Contacto con la piel.
III.2 Información
existente para:
III.2.1 Carcinogenicidad.
III.2.2 Mutagenicidad.
III.2.3 Teratogenicidad.
III.24 Neurotoxicidad.
IIl.2.5 Sistema reproductor.
Ill.2.6 Organos blanco.
III.2.7 Otros efectos.
Sección IV. Primeros auxilios.
IV.1 Detalla las instrucciones a
seguir en caso de que la exposición accidental requiera de tratamiento
inmediato. Debe incluir las medidas a seguir en caso de:
IV.1.1I Contacto ocular.
IV.1.2 Contacto dérmico.
IV.1.3 Inhalación.
IV.1.4 Ingestión.
1V.2 Información para el médico.
1V.3 Antídoto recomendado (si
aplica).
Sección V. Medidas contra el
fuego.
En
esta sección se provee de una guía básica en caso de fuego, además, se describen
otras propiedades útiles para evitarlo y combatirlo, incluyendo el agente
extintor apropiado.
V.1 Para aquellos materiales combustibles o inflamables o
explosivos o que pueden aumentar las proporciones de un fuego:
V.1.1 Punto de inflamación o de autoignición.
V.1.2 Limites de inflamabilidad (si existen).
V.1.3 Agente (s) extintores 2.
V.1.4 Equipo de protección personal para combatir el fuego 2.
V.1.5 Productos peligrosos por combustión.
Sección VI. Medidas en caso de derrame
o fuga 2.
Se describen las acciones
a tomar para minimizar los efectos adversos en caso de derrame o fuga del
material.
VI.1 Procedimientos para
atención de derrames.
VI.2 Procedimientos para
la atención de fugas.
Sección VII. Manipulación y
almacenamiento.
Da información de
prácticas adecuadas para el manejo y almacenamiento seguros.
VII.1 Temperatura y condiciones de almacenamiento.
VII.2 Forma adecuada de manejar los recipientes.
VII.3 Comentarios generales cuando aplique, como los
efectos de la exposición a la luz del sol, a la llama, a atmósferas húmedas,
etc.
Sección VIII. Con troles a la exposición y equipo de protección personal2.
VIII.1 Provee información de prácticas y equipo de
protección, útiles para minimizar la exposición del trabajador.
VIII.1.1 Condiciones de
ventilación.
VIlI.1.2 Equipo de protección
respiratoria.
Vlll.1.3 Equipo de protección
ocular.
VIII.1.4 Equipo de protección
dérmica.
VIII.2 Cuando existan, se incluirán los siguientes
datos de control a la exposición determinados por la OSHA o la ACGIH de los
EEUU:
Limites de exposicion: 2
IDLH: Immediatel y Dangerous to life or Health concentration:
La máxima concentración a la cual se puede estar expuesto por 30 min. sin
generar síntomas o efectos dañinos a la salud. Este es un valor de referencia
para la escogencia de mascarillas.
PEL: Permissible Exposure Limit, REL: Recommended Exposure Limit (OSHA),
equivalente a TLV. Concentración promedio en aire (TWA), de una sustancia
potencialmente tóxica que se define como segura para jornadas laborales de
hasta 10 horas diarias o 40 semanales. Si el valor es precedido por una letra
"C", dicha concentración no puede ser excedida por ningún motivo. STEL: Short Term Exposure Limit.
Concentración promedio en aire (TWA), a la cual los trabajadores pueden ser
expuestos por períodos de hasta 15 minutos, no mas de 4 veces en un día, y con
una diferencia de 1 hora por lo menos
entre una exposición y la siguiente.
TLV: Threshold Limit Value. (ACGIH), equivalente a PEL. Concentración
promedio en aire (TWA), de una sustancia potencialmente tóxica, en la cual se
cree que los trabajadores adultos sanos, pueden estar expuestos de manera
segura por 40 horas a la semana, durante toda su vida laboral.
TWA: Time Weighted Average. Concentración promedio en aire a la cual una persona esta expuesta,
usualmente en un periodo de 8 horas. Por ejemplo, si una persona se expuso a 0,
I mglm3 durante 6 horas, y a 0,2 mglm3 por
dos horas, el TWA de esas 8 horas es: (0, I x 6 + 0,2 x 2)/8 = 0,125 mglm3.
Sección IX. Propiedades físicas y
químicas.
Proveé información adicional que puede ser de ayuda
en la caracterización del material y en el diseño de buenas prácticas de
trabajo.
IX.1 Olor y apariencia.
IX.2 Gravedad especifica 2
IX.3 Solubilidad en agua y otros disolventes.
IX.4 Coeficiente de partición n-octanol/agua.
IX.5 Punto de ebullición o fusión (según sea el caso y cuando aplique).
IX.6 Presión de vapor.
IX.7 pH.
Sección X. Estabilidad y Reactividad
2
Describe
las condiciones que deben evitarse y la incompatibilidad con otros materiales
que puedan causar una reacción que cambie la estabilidad propia del material.
X.1 Estabilidad.
X.2 Incompatibilidad.
X.3 Riesgos de polimerización.
X.4 Productos de
descomposición peligrosos.
Sección XI. Información sobre
toxicología.
XI.1 Estudios de toxicidad aguda del producto a registrar (si
existiese) o de los ingredientes activos del producto a registrar:
XI.1.a Dosis
letal media aguda oral en ratas u otro animal de laboratorio (DLSo).
XI.I1b Dosis
letal media aguda dérmica en conejo u otro animal de laboratorio (DLSo).
XI.1.c Dosis
letal media aguda por inhalación, 4 horas de exposición en ratas (CLSo).
XI.2 Irritación de ojo, mucosas del tracto respiratorio, piel (en
conejo) y sensibilización (en cobayo).
Sección XII. Información de los
efectos sobre la ecología.
En
caso de existir incluye información sobre los efectos que el material puede
tener en plantas o animales o en el entorno a que haya sido destinado.
1. Propiedades físico/ambientales. Proceso de degradación ambiental adjuntando
reacciones, metabolitos, movilidad y lixiviación, bioacumulación, período de
vida media, residualidad.
2. Toxicología ambiental. Efectos sobre
animales domésticos, peces, crustáceos, aves, abejas, moluscos, algas,
anfibios.
Sección XIII. Consideraciones
sobre la disposición final del producto.
Proveé
información útil para determinar las medidas de disposición apropiadas.
XIII. 1 Procedimientos para disposición de desechos.
Sección XIV. Información sobre el
transporte.2
Proveé
la información básica para el transporte dentro del marco de la clasificación
de mercancías peligrosas de la ONU. Debe adjuntarse la Hoja de transporte
terrestre de plaguicidas, según la normativa vigente.
Sección XV. Información
regulatoria (opcional).
Se
incluye información adicional en las regulaciones que afectan al producto.
(Como estas regulaciones dependen del país, solo es útil cuando las
regulaciones coinciden). Ejemplos: precursores, asbestos, agotadores de la capa
de ozono, carcinógenos, etc.
Sección XVI. Otra información
(opcional).
Se
utiliza para proveer cualquier información adicional, par ejemplo fechas de
elaboración y de revisión de la MSDS, clasificación NFPA 0 WHMlS, etc.
Anexo N° 3
FORMULARIO-HOJA DE SEGURIDAD
La presentación de este formulario
lleno es obligatorio para productos cuya hoja de seguridad este en idioma
diferente al español, y opcional para productos con hojas de seguridad en
español.
Para el llenado, tómese
como base el documento, "Información minima que debe contener una hoja de
seguridad-MSDS".
Nota: Si requiere de espacio adicional para indicar la información solicitada,
sírvase hacer usa de hojas adicionales.
(Nota de Sinalevi: En la
publicación de este Reglamento se consignó dos veces el anexo N° 3)
(Nota de Sinalevi: Por lo extenso
de su contenido y formato ver La Gaceta N° 9 del 14 de enero de 2002)