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 Normativa >> Resolución 059 >> Fecha 17/02/2010 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 059
Comunica que días 20 y 21 febrero 2010 se procederá a inactivar sistema informático TICA a depositarios aduaneros: APLL/ILG Logisticas S.A (A-142) y Almacenes Generales Quirós número dos (A-217), con el objetivo de efectuar ajustes técnicos para operar
Texto Completo acta: CE4A8

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS



 



Res. DGA-059-2010.-San José, a las diez horas del día diecisiete de febrero del dos mil diez.



 



Considerando:



 



I.-Que el artículo 6 de la Ley General de Aduanas, N° 7557del 20 de octubre de 1995 publicada en La Gaceta N° 212 del 8 de noviembre de 1995 y sus reformas, establece que uno de los fines del régimen jurídico es facilitar y agilizar las operaciones de comercio exterior.



II.-Que el artículo 9 de la Ley General de Aduanas, establece como funciones del Servicio Nacional de Aduanas, actualizar los procedimientos aduaneros y proponer las modificaciones de las normas, para adaptarlas a los cambios técnicos, tecnológicos y a los requerimientos del comercio exterior.



III.-Que el artículo 11 de la Ley General de Aduanas señala que la Dirección General de Aduanas es el órgano superior jerárquico nacional en materia aduanera, que en el uso de su competencia le corresponde la dirección técnica y administrativa de las funciones aduaneras que esta ley y las demás disposiciones del ramo le conceden al Servicio Nacional de Aduanas, la emisión de políticas y directrices para las actividades de las aduanas y dependencias a su cargo.



IV.-Que de conformidad con el artículo 14 de la Ley General de Aduanas, el Ministerio de Hacienda atendiendo razones de oportunidad, control, racionalización o eficiencia del servicio y del comercio exterior definirá los asientos geográficos y determinará la competencia territorial de las aduanas, así como la creación, el traslado o la supresión de éstas y de sus funciones.



V.-Que el artículo 6° del Reglamento a la Ley General de Aduanas señala que es competencia de la Dirección General, determinar y emitir las políticas y directrices que orienten las decisiones y acciones hacia el efectivo cumplimiento de los fines del régimen jurídico aduanero y la consecución de los objetivos del Servicio Nacional de Aduanas.



VI.-Que le corresponde al Departamento de Procesos Aduaneros, preparar las directrices, normas, formatos y documentos que asociados a los procesos aduaneros estandaricen los criterios y unifiquen la aplicación de las normas técnicas vigentes, tendientes a facilitar el comercio.



VII.-Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 35693-H del 2 de noviembre del 2009 publicado en La Gaceta N° 28 del 10 de febrero de 2010, se reformó el artículo 3 del Reglamento a la Ley General de Aduanas y sus reformas, mediante el que se autoriza el traslado de jurisdicción de la Aduana Central de los Cantones de Santo Domingo y San Pablo de la Provincia de Heredia, a la jurisdicción de la Aduana Santamaría.



VIH.-Que en razón de lo indicado en el punto anterior, a partir del 22 de febrero de 2010 se realizarán los ajustes necesarios al sistema informático TICA en los depositarios aduaneros APLL / ILG Logísticas S.A (A-142) y Almacenes Generales Quirós número dos (A-217) que formarán parte de la jurisdicción de la Aduana Santamaría, mismos que faciliten el traslado efectivo de dichos depositarios aduaneros sin que se afecte el ingreso o salida de mercancías bajo control aduanero. Por tanto:



Con base en las potestades otorgadas en los artículos 6,9, 11, 14 de la Ley General de Aduanas N° 7557 del 20 de octubre de 1995 y sus reformas, el articulo 6 y 7 del Reglamento a la Ley General de Aduanas, Decreto N° 25270-H del 14 de junio de 1996 y sus reformas,



 



EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS,



RESUELVE COMUNICAR:



                                                                                                                     



1°-Comunicar que los días 20 y 21 de febrero del año en curso se procederá a inactivar del sistema informático TICA a los depositarios aduaneros: APLL / 1LG Logísticas S. A. (A-142) y Almacenes Generales Quirós número dos (A-217), esto con el objetivo de efectuar los ajustes técnicos necesarios que les permitan iniciar operaciones en la jurisdicción de la Aduana Santamaría a partir del lunes 22 de febrero de 2010.



2°-Que de conformidad por lo instruido en el literal anterior, ambos depositarios continuarán brindando el servicio de recepción de vehículos y unidades de transporte los días 20 y 21 de febrero normalmente.



3°-Que la Sección de Depósito de la Aduana Central ampliará el servicio de atención el viernes 19 de febrero hasta las 20:00 horas, con la finalidad de apoyar a los usuarios de los depositarios aduaneros: APLL /ILG Logísticas S. A (A-142) y Almacenes Generales Quirós número dos (A-217) en la conclusión de las operaciones y trámites que tengan pendientes en esa aduana.



4°-Se comisiona a la Dirección de Gestión Tecnológica Aduanera de la Dirección General de Aduanas para realizar todos los ajustes en el sistema informático TICA que sean necesarios producto del traslado de jurisdicción de los depositarios aduaneros: APLL / ILG Logísticas S. A. (A-142) y Almacenes Generales Quirós número dos (A-217).



5°-Se instruye a las Gerencias de las Aduanas Santamaría y Central para que tomen las medidas pertinentes para garantizar el efectivo proceso de traslado de jurisdicción de ambos depositarios, y mantener la continuidad en los servicios que brindan.



6°-Rige a partir del 19 de febrero del 2010.



7°-Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.



 




Ficha articulo





Fecha de generación: 18/3/2024 07:43:48
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