Nº 36079-MTSS
- (Este
decreto fue dejado sin efecto por el artículo 3° del decreto
ejecutivo N° 37260 del 18 de junio del 2012, "Estructura organizacional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social")
LA
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y LA
MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Con fundamento en las atribuciones que les
confieren el artículo 140, incisos 3), 18) y 20) de la Constitución Política;
los artículos 24, 25, 27, 28, 59, 83 y 103 de la Ley Nº 6727, Ley General de la
Administración Pública del 2 de mayo de 1978 y sus reformas y los artículos 4 y
69 a 72 de
la Ley Nº 1860, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del
21 de abril de 1955 y sus reformas.
Considerando:
I.-Que el Marco Jurídico regulador del
funcionamiento y organización administrativa del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, se encuentra en la Ley Nº 1860, Ley Orgánica del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social del 21 de abril de 1955 y sus reformas y las
reformas introducidas por las leyes Nº 3095 del 18 de febrero de 1963; Nº 4760
del 4 de mayo de 1971 y Nº 5089 del 18 de octubre de 1972.
II.-Que
la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Decreto
Ejecutivo, Nº 1508-TBS, Reglamento de Reorganización y Racionalización del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del 16 de febrero de 1971, son las
principales normas que hacen referencia a la estructura orgánica funcional de
este Ministerio. Sin embargo, por la necesidad de modernizar los servicios que
se brindan, esa estructura ha sido reformada por varios Decretos Ejecutivos que
reorganizaron la institución y sus dependencias.
III.-Que el
artículo 13, inciso c) de la Ley Nº 8292, Ley General de Control Interno del 4
de setiembre de 2002, establece para el Jerarca la obligación de evaluar el
funcionamiento de la estructura organizativa de la Institución y tomar las
medidas pertinentes para garantizar el cumplimiento de los fines
institucionales, en estricto apego al Ordenamiento Jurídico y técnico
aplicable.
IV.-Que
por los cambios efectuados, no es posible apreciar la estructura del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social con la sola revisión de su Ley Orgánica y/o el
Reglamento de Reorganización y Racionalización, sino que se debe considerar la
gran cantidad de normas que han introducido reformas en el ámbito organizativo,
lo que hace necesario armonizar la estructura organizacional para efectos de
tener orden, control y eficiencia, de tal manera que tanto a los funcionarios como
los administrados usuarios de los distintos servicios tengan una claridad
respecto a la estructura organizacional.
V.-Que
el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33713 del 26 de marzo 2007, el cual
reforma el Decreto Ejecutivo Nº 26893-MTSS-PLAN
Reglamento a la Ley Marco para la Transformación Institucional y Reformas a la
Ley de Sociedades Anónimas Laborales, del 6 de enero de 1998, establece que la
aprobación de una organización administrativa de un órgano o ente público será
competencia exclusiva del jerarca institucional. Además señala que: "El
Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, por medio del
Sistema Nacional de Planificación constituido por la Ley de Planificación
Nacional (Nº 5525 del 2 de mayo de 1974), dictará directrices, lineamientos
generales, manuales, instructivos y otros instrumentos en materia de
reorganización administrativa de las instituciones para el mejor cumplimiento
del servicio público, asegurando su continuidad, su eficiencia, su adaptación a
todo cambio en el régimen legal o en la necesidad social que satisfacen y la
igualdad en el trato de los destinatarios, usuarios o beneficiarios".
VI.-Que
MIDEPLAN ha dictaminado las propuestas de reorganización administrativa
planteadas por la administración pública centralizada y descentralizada en el
ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 15 del Decreto Ejecutivo
Nº 23323-PLAN,
Reglamento General del Ministerio de Planificación Nacional y Política
Económica, del 18 de mayo de 1994 y por los artículos 2º, 3º, 4º y 5º del
Decreto Ejecutivo Nº 26893-MTSS-PLAN
Reglamento a la Ley Marco para la Transformación Institucional y Reformas a la
Ley de Sociedades Anónimas Laborales, del 6 de enero de 1998.
VII.-Que el
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, bajo los lineamientos que emite
MIDEPLAN, realizó reorganizaciones parciales que modificaron la estructura
organizacional de la Dirección de Asuntos Laborales, Dirección de Asignaciones
Familiares (DESAF), Dirección Financiera, Dirección de Auditoría, Dirección de
Pensiones y Creación del Tribunal Administrativo de la Seguridad Social.
VIII.-Que
dichas reorganizaciones se realizaron atendiendo aspectos relativos a la
división y coordinación del trabajo, las cuales permitieron mejorar la calidad
del servicio que se brinda y así dar un mejor cumplimiento a los objetivos
establecidos en el marco jurídico vigente aplicable a cada área de trabajo. De
igual manera con las modificaciones a la estructura organizacional se logró
acatar lo establecido en la legislación relativa a control interno y
administración pública, simplificación de trámites, evaluación en la duplicidad
de funciones y programas, y en general todas aquellas normas cuyo objetivo es
el mejoramiento de los servicios públicos que brinda este Ministerio.
IX.-Que
mediante oficio DM-110-10 del 11 de marzo del 2010, el Ministro de
Planificación Nacional y Política Económica, registró la nueva organización del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de acuerdo con las disposiciones
normativas: Leyes Nº 5525 Ley de Planificación Nacional, Ley Nº 7668, Decreto
Ejecutivo Nº 33713 y Nº 33783 y Directriz Nº 021 de MIDEPLAN, considerando que
se cumplió con los requisitos determinados para los procesos de reorganización
administrativa.
X.-El
Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) se ha
propuesto apoyar y fortalecer el Sistema Nacional de Planificación en todos sus
componentes, desde las Unidades de Planificación Institucional, para ello se ha
diseñado el macro proceso de reorganización administrativa, el cual establece
la obligatoriedad que las Instituciones responsables de la reorganización
tramiten la publicación en el Diario Oficial La Gaceta, de la nueva
estructura organizacional vía decreto ejecutivo. Por tanto,
Decretan:
La siguiente,
ESTRUCTURA
ORGANIZACIONAL
DEL
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Artículo
1º-Modifíquese la estructura, organización y funcionamiento del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, de manera que se adecue a la estructura orgánico
funcional que seguidamente se detalla:
Ministro
Consejo Superior de Trabajo (staff)
Dirección General de Auditoría (staff)
Departamento de Auditoría
DESAF-FODESAF
Departamento de Auditoría
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Departamento
Auditoría Transferencias y órganos Adscritos
Departamento
Auditoría Seguimiento de Recomendaciones
Género
(staff)
Contraloría
de Servicios (staff)
Consejo
de Intermediación de Empleo (staff)
Asuntos
Jurídicos (staff)
Departamento Asesoría Interna y
Resoluciones
Departamento de Asesoría Externa y
Reglamento
Departamento Asuntos
Internacionales
Prensa
(staff)
Dirección
General de Planificación de Trabajo-DGPT (staff)
Departamento
de Investigación de Mercado Laboral (DIMEL)
Departamento de Estudios
Socioeconómicos
Departamento de Desarrollo
Organizacional
Departamento de Asesoría en
Control Interno
Viceministros
Dirección Nacional de Inspección General de Trabajo
Región Central
Región Huétar Norte
Región Huétar Atlántica
Región Chorotega
Región Brunca
Región Pacífico Central
Gestión
Asesoría Legal
Dirección de Asuntos Laborales
Departamento Relaciones de Trabajo
Departamento Resolución Alterna de
Conflictos
Departamento Organizaciones
Sociales
Departamento Evaluación y Análisis
Departamento Coordinación Técnica
Dirección Nacional de Empleo
Departamento Prospección y Mano de
Obra
Departamento Migraciones Laborales
Departamento Generación de Empleo
Dirección de Seguridad Social
Departamento Protección al
Trabajador
Departamento Igualdad de
Oportunidades para el Personal con Discapacidad
Departamento Recreación Laboral
Dirección General Administrativa y Financiera y Oficialía Mayor
Departamento Recursos Humanos
Departamento Servicios Generales
Departamento de Tecnologías de
Información
Departamento Proveeduría
Departamento Administración de
Recursos de Información
Dirección Financiera
Departamento Presupuesto
Departamento Tesorería
Departamento Contabilidad
Departamento Transferencias
Dirección de Pensiones
Departamento Declaración de
Derechos
Departamento Pagos
Departamento Investigación y
Desarrollo
Departamento de Gestión de la
Información
Dirección de Desarrollo Social y Asignaciones familiares (DESAF)
Departamento Asesoría Legal
Departamento Gestión
Departamento Presupuesto
Departamento Gestión de Cobro
Unidad de Cobro Administrativo
Unidad de Cobro Judicial
Unidad de Control de la Deuda
Departamento Evaluación, Control y
Seguimiento
Unidad de Control y Seguimiento
Unidad de Evaluación
Programa Nacional de
Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa (PRONAMYPE)
Órganos
Desconcentrados
Consejo Nacional de Salarios
Departamento de Salarios Mínimos
Consejo de Salud Ocupacional
Departamento de Medicina,
Seguridad e Higiene Ocupacional
Tribunal Administrativo de la
Seguridad Social del Régimen de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio
Nacional.