Texto Completo acta: D4A85
N° 8862
LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA
REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
INCLUSIÓN
Y PROTECCIÓN LABORAL DE LAS
PERSONAS
CON DISCAPACIDAD EN
EL SECTOR
PÚBLICO
ARTÍCULO ÚNICO.-
En las ofertas de empleo público de los Poderes
del Estado se reservará cuando menos un porcentaje de un cinco por ciento (5%)
de las vacantes, en cada uno de los Poderes, para que sean cubiertas por
personas con discapacidad siempre que exista oferta de empleo y se superen las
pruebas selectivas y de idoneidad, según lo determine el régimen de personal de
cada uno de esos Poderes.
Rige a
partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, San
José, a los dieciséis días del mes de setiembre del año dos mil diez.
Ficha articuloFecha de generación: 15/1/2025 16:42:43