Texto Completo acta: D4B06
Nº 36255-G
LA
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
De conformidad con lo dispuesto en los
artículos 140 y 146 de la Constitución Política; los artículos 27, 28, de la
Ley General de la Administración Pública N° 6227, del 2 de mayo de 1978 y
artículo 8 de la Ley N° 3859 Sobre el Desarrollo de la Comunidad, del 07 de
abril de 1967.
Decretan:
Artículo 1º-Integrar el Consejo Nacional de
Desarrollo de la Comunidad con los siguientes miembros:
a) En representación del Ministro de
Gobernación y Policía, designar al señor Mario Zamora Cordero, cédula N°
2-449-150.
b) En representación del Poder
Ejecutivo, designar al señor Alexis Zamora Ovares, cédula N° 3-276-871,
designado por la señora Presidenta de la República.
c) En representación de las
Asociaciones de Desarrollo Comunal designar a los (las) señores (as): Flory
Francisca Mena Vásquez, cédula N° 1-569-441, Luis Enrique Moya Díaz, cédula N°
6-081-128 y Giovanni de Jesús Jiménez Chaves, cédula N° 2-407-725.
d) En representación de la Unión de
Gobiernos Locales designar a los (las) señores (as): Carmen María Bolaños
Vargas, cédula N° 2-389-524, Arturo Francisco Rodríguez Morales, cédula N°
3-336-917.
Ficha articulo
Artículo 2º-Rige a partir de su publicación y
hasta el 07 de mayo del 2014.
Dado en la Presidencia de la República.-San
José, a las nueve horas del veintisiete de octubre del dos mil diez.
Ficha articulo
Fecha de generación: 18/4/2024 00:45:32