Nº 36275-MP
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
En uso de las facultades que les
confieren los incisos 3) y 18), del artículo 140 y 146 de la Constitución
Política y los artículos 10, 27 y 103 de la Ley General de la Administración
Pública.
Considerando:
I.-Que el Programa de Delegados
Presidenciales se creó en la Ley N° 7018 del 22 de diciembre de 1985, como una
Unidad de Apoyo del Despacho del Ministro de Gobernación.
II.-Que en el año 1989, el Programa
de Delegados Presidenciales, se incorporó formalmente en el Ministerio de
Gobernación, como Programa Presupuestario, mediante la Ley N° 7111, publicada
en el Alcance N° 41 del Diario Oficial La Gaceta 246 del 27 de diciembre
de 1988.
III.-Que a partir del
año 1997, mediante la Ley de Presupuesto, el Programa de Delegados
Presidenciales, se incorporó como un Programa Presupuestario dentro del
Ministerio de la Presidencia, en el cual, se tiene identificado como el
Programa 035 y comprende alrededor de un 7% del total del presupuesto del
Ministerio.
IV.-Que la función del Programa de
Delegados Presidenciales no cuenta con una base normativa propia o específica,
en lo sustancial que regule en forma concreta y particular, su estructura y
funcionamiento.
V.-Que los informes de la Auditoría
Interna del Ministerio de la Presidencia AI-HZ-004-07 y AI-HZ-001-08, con la
entrada en vigencia y la progresiva implementación de los sistemas de control
ordenados por la Ley General de Control Interno, han puesto en evidencia la
necesidad de una mayor precisión respecto de la funcionalidad y operatividad
del Programa de Delegados Presidenciales.
VI.-Que mediante el oficio
DMP-607-10 del Ministerio de la Presidencia, se procedió a solicitar al
Ministerio de Hacienda el traslado de las partidas correspondientes a
remuneraciones, cargas sociales y gastos fijos del Programa Presupuestario 035,
Delegados Presidenciales al Programa Presupuestario 034, Administración
Superior, ambos del Ministerio de la Presidencia.
VIL-Que en razón de la situación en
la que se encuentran las finanzas públicas, es oportuno y conveniente aplicar
criterios de austeridad y contención del gasto de forma tal que, la ejecución
de los fondos públicos se dirijan a las áreas de mayor prioridad. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º-Cerrar, a partir del 31
de diciembre del año en curso, el Programa Presupuestario 035 denominado
Programa Delegados Presidenciales, en el Presupuesto del Ministerio de la
Presidencia, por haberse cumplido los objetivos para los cuales fue creado.