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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36344 >> Fecha 02/12/2010 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 36344
Declara de Interés Nacional la labor del Consejo Consultivo Nacional de Responsabilidad Social
Texto Completo acta: D715E

Nº 36344-MEIC-MTSS-PLAN



EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE



EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA,



Y LAS MINISTRAS DE ECONOMÍA, INDUSTRIA



Y COMERCIO, DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL



Y DE PLANIFICACIÓN NACIONAL



Y POLÍTICA ECONÓMICA



En uso de las facultades conferidas en los artículos 11, 50, 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 11, 25.1, 27.1 y 28.2.b) de la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Nº 6054 del 14 de junio de 1977, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Nº 1860 del 21 de abril de 1955; y en los artículos 1º y 2.c) de Ley de Planificación Nacional, Nº 5525 del 2 de mayo de 1974.



Considerando:



I.-Que la Responsabilidad Social ha sido definida en la Norma ISO 26 000 como: "Responsabilidad de una organización ante los impactos que sus decisiones y actividades ocasionan en la sociedad y el medio ambiente, a través de un comportamiento transparente y ético que contribuya al desarrollo sostenible, la salud y el bienestar de la sociedad; tome en consideración las expectativas de sus partes interesadas; cumpla con la legislación aplicable y sea coherente con la normativa internacional de comportamiento y esté integrada en toda la organización y se lleve a la práctica en sus relaciones."



II.-Que en los ámbitos nacional e internacional existe un amplio reconocimiento sobre la importancia práctica del enfoque de Responsabilidad Social para promover la cooperación entre organizaciones de los sectores público, privado y sociedad civil. El énfasis que la Responsabilidad Social pone en las organizaciones de los diversos sectores y en la corresponsabilidad de los múltiples actores interesados en el desarrollo, la convierte en un instrumento importante para la competitividad y la gobernabilidad democrática del país, que puede contribuir al logro de niveles de desarrollo eficiente, equilibrado, inclusivo y equitativo del país. El desarrollo de una cultura de Responsabilidad Social es un factor coadyuvante en la construcción de un nuevo pacto o proyecto social, con responsabilidades compartidas entre todos los actores del desarrollo nacional facilitando el diálogo social y la participación.



III.-Que el 8 de julio de 2008 se constituyó el Consejo Consultivo Nacional de Responsabilidad Social conformado actualmente por la Asociación Empresarial para el Desarrollo (AED), la Fundación para la Sostenibilidad y la Equidad (ALIARSE), la Fundación Centro de Gestión Tecnológica e Informática Industrial (CEGESTI), Sociedad Cooperativa Ecuménica para el Desarrollo (OIKOCREDIT), Cámara de Industrias de Costa Rica/Instituto de Excelencia Empresarial (CICR/IEE), Instituto Centroamericano de Administración de Empresas/Centro Latinoamericano para la Competitividad y el Desarrollo Sostenible (INCAE/CLADS), el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), la Escuela de Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional, la Fundación AVINA Costa Rica, la Confederación de Cooperativas del Caribe, Centro y Sur América (CCC-CA), el Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica (INTECO) y como observadores el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN). También, el Consejo Consultivo Nacional de Responsabilidad Social se encuentra conformado por Miembros Honorarios, entre los que se encuentran: la Defensoría de los Habitantes de la República de Costa Rica, el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) sede Costa Rica, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) sede Costa Rica y la Agencia de Cooperación Alemana (GTZ) sede Costa Rica.



IV.-El Consejo Consultivo Nacional de Responsabilidad Social tiene, según sus estatutos, las siguientes funciones: A) Constituir un foro de debate sobre Responsabilidad Social entre organizaciones empresariales y de sociedad civil e instituciones gubernamentales que sirva como marco de referencia para el desarrollo de la Responsabilidad Social en Costa Rica; B) Fomentar y promover una visión común de Responsabilidad Social a nivel de la sociedad en general, a nivel regional y a nivel local, e interiorizarla en el seno de cada organización miembro; C) Identificar, fomentar y dar seguimiento a acciones concretas sobre Responsabilidad Social, proponiendo al Gobierno, a las organizaciones gremiales privadas, a las empresas y a las organizaciones de la sociedad civil su implementación cuando corresponda, prestando especial atención a medidas dirigidas a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES); D) Informar sobre las iniciativas y regulaciones públicas que incidan en las actuaciones de instituciones públicas y organizaciones privadas, que constituyen un valor añadido al cumplimiento de sus obligaciones legales; y E) Promocionar el diseño, homologación e implementación de estándares; metodologías de diagnóstico; memorias e informes de sostenibilidad.



V.-Que el Gobierno tiene entre sus principales funciones impulsar la creación e institucionalización de espacios para el diálogo social, que propicien el reconocimiento, la inclusión y la más amplia participación de los diversos sectores sociales en el diseño e implementación de acciones tendientes al desarrollo. Por tanto,



Decretan:



Artículo 1º-Declaratoria de Interés Nacional. Declárase de Interés Nacional la labor del Consejo Consultivo Nacional de Responsabilidad Social, cuyo objetivo primordial es el de contribuir al desarrollo nacional, mediante el fortalecimiento de una cultura de Responsabilidad Social, mediante la generación de propuestas concertadas intersectorialmente sobre desafíos críticos del país.




Ficha articulo



Artículo 2º-Apoyo. Se insta a las dependencias del Sector Público y a las organizaciones del Sector Privado para que apoyen la labor del Consejo Consultivo Nacional de Responsabilidad Social, en la medida de sus posibilidades y dentro del marco legal respectivo.




Ficha articulo



Artículo 3º-Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.



Dado en la Presidencia de la República.-A los dos días del mes de diciembre del dos mil diez.




Ficha articulo





Fecha de generación: 26/4/2024 04:48:28
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