Texto Completo acta: DB53E
Nº 36625-S
- LA PRESIDENTA DE LA
REPÚBLICA
- Y LA MINISTRA DE
SALUD
En uso de las facultades que les confieren los
artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 27 y 28 de la
Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978 "Ley General de la Administración Pública"; 1
y 2 de la Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973 "Ley General de Salud".
- Considerando:
1º-Que del día 9 al 12 de agosto del 2011, la
Asociación Costarricense de Pediatría, realizará el "XVII Congreso Nacional de
Pediatría".
2º-Que las actividades
que se realizarán durante la actividad indicada, se consideran de importancia
para el país en materia de Salud, toda vez que reunirán a Profesionales de las
Ciencias de la Salud, tanto del sector público como del sector privado del
país, así como expertos internacionales.
3º-Que los
organizadores del evento han solicitado al Ministerio de Salud la declaratoria
de interés público y nacional de las actividades citadas. Por tanto,
Decretan:
- DECLARATORIA DE
INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL
- DEL "XVII
CONGRESO NACIONAL DE PEDIATRÍA"
Artículo 1º-Se declaran de interés público y nacional,
las actividades que llevará a cabo la Asociación Costarricense de Pediatría,
con motivo de la celebración del "XVII Congreso Nacional de Pediatría", que
tendrá lugar en nuestro país, del día 9 al 12 de agosto del 2011.
Ficha articulo
Artículo 2º-Las
dependencias del sector público y del sector privado, dentro del marco legal
respectivo, podrán contribuir con recursos económicos, en la medida de sus
posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para
la exitosa realización de las actividades indicadas.
Ficha articulo
Artículo 3º-Rige a
partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.-San José, a
los quince días del mes de abril del dos mil once.
Ficha articulo
Fecha de generación: 29/2/2024 10:38:28