Texto Completo acta: DC487
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE PESCA Y ACUICULTURA
A.J.D.I.P./205-2011.-Puntarenas, a los tres
días del mes de junio del 2011.
Considerando
1º-Que por medio de oficio DI-BM-037-03-2011,
el Lic. Berny Marín Alpízar, remitió a la Presidencia Ejecutiva, propuesta de
"Metodología para la valoración económica de los daños producidos por
infracciones a la Ley de Pesca y Acuicultura, Ley Nº. 8436, en la zona marino
costera del mar patrimonial costarricense".
2º-Que
la propuesta de metodología indicada tiene como objeto llenar el vacío legal
existente en cuanto a la valoración del impacto económico y los daños
ambientales atribuibles por la infracción a la Ley Nº. 8436; lo cual ha
conllevado implícita la impunidad por la imposibilidad de establecer sanciones
acordes con el daño e impacto ambiental producido.
3º-Que
en aras de establecer la normativa adecuada que permita el establecimiento de
normas claras y la metodología acorde con la realidad del daño causado por
aquellas personas que en franca infracción a la ley vigente afectan el medio
ambiente marino
4º-Que
habiendo recibido la Junta Directiva, amplia exposición de ésta propuesta de
metodología por parte del Lic. Berny Marín Alpìzar; la Junta Directiva, Por
tanto,
ACUERDA:
Aprobar la siguiente:
METODOLOGÍA
PARA LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS
ECOLÓGICOS
Y ECONÓMICOS PRODUCIDOS POR
INFRACCIONES
A LA LEY DE PESCA
Y
ACUICULTURA EN LA ZONA
MARINO
COSTERA
COSTARRICENSE
1) INTRODUCCIÓN
La zona
marino costera del Mar Pacífico costarricense tiene una variedad de recursos
naturales que han sido explotados en diferentes grados, siendo una de las más
importarte la pesca. Esta se ha realizado en Costa Ricas desde hace muchos
años, pero en forma artesanal ya que antes había muchos recursos y poco mercado
que estimulara la pesca.
En los
años sesentas, se da la aparición de una pequeña flota artesanal, pescando casi
exclusivamente en el Gofo de Nicoya, siendo las principales especies
comerciales el atún, camarón la sardina y un grupo comercial denominado pesca
blanca, la cual está constituida por las siguiente especies, en orden de
importancia: Primero, las corvinas (Cynoscion sp), los robalos (Centropomus
sp), Segundo, el tiburón (varias especies): tercero, los meros (Epinephelus sp)
y los pargos (Lutjanus sp,; Cuarto, el lenguado (varias especies de bótidos) y
cabrilla (varios serránidos).
El desarrollo urbano
costero y el impacto del esfuerzo pesquero dentro de ese Golfo redujo los
stocks naturales, lo cual generó una expansión hacia regiones más lejanas de la
plataforma continental, tales como la extracción de condrictios en el Golfo de
Papagayo y el Golfo Dulce
Para finales de la
década del 70 y principios del 80, la flota artesanal costarricense estaba
dedicada a la captura de especie que habitan sobre la plataforma marina, tales
como cabrilla, pargo, tiburón, corvinas, macarela, pulpo y langosta. Para 1984,
la flota artesanal empezó a tener problemas con la captura de las especies
anteriormente citadas, debido a bajos rendimientos de estos recursos y fue
precisamente en esa año y el 85, cuando se detectan enormes cardúmenes de
dorado en el área comprendida entre Cabo Blanco y Golfito, los cuales
comenzaron a ser pescados utilizando cuerdas de mano y líneas de anzuelos,
utilizadas anteriormente en la captura de cabrilla y pargo.
Para finales de 1988,
otros recursos comienzan a ser explotados, tales como el atún, pez espada y
marlín, los cuales estaban en nuestras aguas, pero no tenían mercado hasta esa
fecha, pero exportadores costarricenses lo comienzan a exportar al mercado
norteamericano.
En la década de los
noventas llegan los taiwaneses, quienes introducen embarcaciones más grandes y
con tecnologías nuevas, tales como equipo hidráulico para recobrar las líneas,
mejores sistemas de comunicación y mayor capacidad de almacenamiento, lo que
permitió pescar en toda nuestra zona económica exclusiva (ZEE) y fuera de ella.
Este tipo de pesca se inició con base en el Puerto de Puntarenas, se incrementó
y luego se movió a otros puertos del pacífico, tales como Cuajiniquil, Playas
del Coco, Quepos y Golfito. Este tipo de pesca se le conoce como artesanal
avanzada y es la que se realiza hoy día en la ZEE, mientras que en la
plataforma y el Golfo de Nicoya se mantienen flotas más pequeñas, conocidas
como artesanal media y pequeña.
La explotación
camaronera en el Golfo de Nicoya, a nivel artesanal, empieza alrededor de 1924
y ya en 1950 se da la introducción de las 3 primeras embarcaciones. En 1960 se
eleva el número de barcos a 6 y en 1970 se llega a 60 barcos camaroneros,
pescando además en otras zonas de la zona norte y sur del país. La utilización
de la red de arrastre para la pesca del camarón por la flota semi industrial de
1945 a
1975 provocó un daño severo a la parte interna del Golfo de Nicoya, en donde
todavía en los años sesentas, la explotación artesanal era mínima y se
utilizaba para la captura del camarón el chinchorro de barrer playa y no fue
sino hasta 1986 que se produce un aumento en este tipo de pesca al incrementarse
el uso de redes de enmalle conocidas como trasmallo.
Hoy día, las
principales pesquerías del Golfo de Nicoya, tales como las del camarón y
corvinas, están sobre explotadas, debido principalmente a la sobre pesca,
producto del gran esfuerzo pesquero que se ejerce a las mismas, a la
utilización de artes ilegales y al irrespeto de las vedas principalmente y
problemas parecidos se presentan en las pesquerías que se tienen a lo largo del
pacífico y su zona económica exclusiva. Por otro lado se tiene poco
conocimiento del estado actual de las pesquerías en las zonas norte (de Cabo
Blanco a la frontera con Nicaragua, incluyendo el Golfo de Papagayo) y sur (de
Punta Mala a la frontera con Panamá, incluyendo el Golfo Dulce) del país, y
mucho menos de los recursos del Mar Caribe.
Uno de los grandes
problemas que se tenían para manejar adecuadamente el recurso pesquero era la
falta de una ley de pesca moderna, lo cual se solucionó en el año 2005, cuando
se emite la Ley de Pesca y Acuicultura. Con esta, el Incopesca cuenta con las
herramientas necesarias para promover la pesca sostenible y por otro lado
castigar a los infractores de la misma, principalmente a los pescadores que no
respetan las vedas, pescan en áreas prohibidas o utilizan artes ilegales que capturan
organismos que no han tenido la oportunidad de reproducirse ni una sola vez,
con lo cual el principal afectado es el mismo pescador, al dejar si pesca a
ellos mismos y a las futuras generaciones.
En Costa Rica se han
utilizado principalmente 3 metodologías para la evaluación del daño ambiental.
La primera fue desarrollada por Camacho (2000) y está se utiliza principalmente
para ambientes terrestres. La segunda fue desarrollada por el Instituto de
Políticas para la Sostenibilidad (IPS,2003), la cual es muy complicada para su
ejecución, por lo que su uso fue relativamente poco. En el año 2009, el biólogo
Berny Marín del Incopesca desarrollo una nueva metodología de evaluación del
daño ambiental (Marín 2010), la cual está basada en la Metodología Camacho, pero
para ambientes marinos. Esta ha sido utilizada en más de 40 evaluaciones de
daño ambiental realizadas para las Fiscalías de Puntarenas y Golfito y una para
la Fiscalía de Flagrancia de Puntarenas.
El castigo de los
infractores comprende no solo el pago por la infracción a la Ley, sino también
el daño causado al ecosistema, como lo establece la Ley Orgánica del Ambiente.
El Incopesca ha solicitado al Lic. Berny Marín Alpízar, la realización de la
valoración de daño ambiental, que se ha producido en este caso. El Sr. Marín es
egresado de la Maestría en Ciencias Marinas y Costeras de la Universidad
Nacional, Licenciado en Biología Marina con Énfasis en Manejo de Recursos
Pesqueros de la Universidad Nacional, Bachiller en Ciencias Marinas de la
Universidad de Carolina del Sur de los Estados Unidos de América y además ha
recibido el curso de Metodología para la Evaluación Económica de Daños
Ambientales en Costa Rica y Aplicaciones, impartida en conjunto por el MINAET,
el Poder Judicial y el Instituto de Políticas para la Sostenibilidad. Además,
el Sr. Marín participó en el Taller Mejoramiento de Metodología de Valoración
del Daño Ambiental Usada en ACOPAC, patrocinado por el MINAET y por la
Procuraduría General de la República. A continuación se presenta se presenta la
valoración correspondiente para este caso.
Ficha articulo
2) CRITERIOS ECOLÓGICOS UTILIZADOS EN EL CÁLCULO
DEL PORCENTAJE DE DAÑO ECOLÓGICO PRODUCIDO POR INFRACCIONES A LA LEY DE PESCA Y
ACUICULTURA EN LA ZONA COSTERA DEL MAR PACÍFICO COSTARRICENSE.
Para entender
claramente el daño ambiental efectuado por la pesca y transporte ilegal de
productos pesqueros, se debe conocer las funciones ecológicas, económicas y
sociales del recurso marino y su zona de vida y para realizar una buena
valoración científica técnica del daño, se utilizaron 16 criterios ambientales
y económicos. Es importante anotar, que cuando se comete un ilícito, cada caso
es diferente y se aplicaran solo los criterios que correspondan al daño
ecológico producido. A continuación se presenta una descripción de los
criterios económicos y ambientales a aplicar y en el Capítulo 4: Cálculo del
Porcentaje de Daño Ecológico y Económico, se realizará un examen más específico
del daño causado en este caso, aplicando los criterios que se detallan a
continuación
2.1 Licencia de Pesca o Autorización de Transporte
de Productos Pesqueros: Los recursos pesqueros son limitados, máxime en la
actualidad cuando se conoce científicamente que muchos de esos recursos están
sobre explotados. Por esta razón y por ser la pesca un bien de dominio público,
está tiene que ser regulada por el estado, correspondiendo esta función al
INCOPESCA. Para esto, uno de los principios más importantes es la pesca
sostenible y el número de licencias de pesca que se dan tiene que estar basado
en el stock disponible. Además las capturas de las embarcaciones con licencia,
deben permitir que quede una cantidad suficiente de biomasa para poder realizar
pesca sostenible. Por esta razón, si una embarcación pesca sin licencia de
pesca, definitivamente está afectando el ecosistema, al capturar los organismos
que se habían dejado sin pesca para mantener el stock pesquero y biológico. Por
otro lado, si la embarcación tiene licencia, pero a la vez está cometiendo
algún ilícito que afecta ecológicamente al ecosistema, tal como no utilizar el
arte de pesca según licencia de pesca o modificar el mismo, entonces siempre se
da daño ambiental, pero en menor cantidad. Finalmente, el estado costarricense,
en este caso el INCOPESCA, da autorizaciones a los vehículos que quieran
transportar mariscos, los cuales tienen la obligación de transportar solo los
productos pesqueros permitidos y además bajo condiciones higiénicas que
permitan mantener las condiciones organolépticas de esos productos y así se
mantengan aptos para el consumo humano. Un vehículo transportando mariscos, sin
tener autorización y además transportando productos pesqueros que han sido
capturados ilegalmente, es un peligro para la salud y para el sostenimiento a
largo plazo de las pesquerías.
2.2. Época de pesca: En los países tropicales,
las especies marinas se reproducen todo el año. Sin embargo, existen épocas en
los cuales se dan picos de reproducción y es cuando la mayoría de los
organismos se están reproduciendo. En el caso de Costa Rica, generalmente se
dan 2 picos de reproducción, uno al final del verano y comienzo del invierno y
es causado principalmente por un descenso en la salinidad y la temperatura del
agua, producto del inicio de las lluvias. El segundo pico se da al final de la
época lluviosa y comienzos del verano, el cual es causado por el efecto
contrario, o sea, el calentamiento del agua y el aumento de la salinidad. Estos
picos son muy importantes establecerlos y protegerlos, ya que, al estar la
mayoría de organismos reproduciéndose, nos permite que sus poblaciones aumenten
y por tanto protegemos su biodiversidad y a la vez la biomasa pesquera, lo cual
a su vez nos permite realizar pesca sostenible.
2.3. Tipo de Arte de Pesca: Existen artes que
ecológicamente son muy nocivos. Uno de los casos más comunes es el de utilizar
trasmallos de luz de malla menores de 3 pulgadas, los cuales
capturan organismos que no han tenido la oportunidad de reproducirse ni una
sola vez, o sea, que son organismos juveniles, que no han desarrollado
totalmente su aparato reproductivo. Al no permitir a la especie reproducirse,
estamos afectando su biodiversidad al bajar el número de ellos en el
ecosistema, además de que no se podrá realizar pesca sostenible al bajar el
stock de las especies y por tanto, no se dan licencias de pesca para este tipo
de arte y entonces son considerados como ilegales. Uno de los casos más graves
es la utilización de un arte ilegal conocido como rastra, el cual es del tipo
de arrastre y se utiliza en el área de crianza de los camarones, por lo que
captura principalmente camarones juveniles, que son la base de la cadena
alimenticia de la mayoría de especies comerciales y no comerciales del Golfo de
Nicoya y por eso está prohibida su pesca.
Por otro lado,
existen artes como la red de arrastre, la cual si es permitido su uso, pero se
le tiene que incorporar un dispositivo especial para que la tortuga pueda escapar
de la red sin morir y conocido como el Dispositivo Excluidor de Tortuga (DET),
el cual puede también excluir rayas y tiburones de gran tamaño. Si este
dispositivo se modifica, tal como coser su abertura de salida, entonces la
tortuga, tiburones y rayas grandes tampoco podrían escapar, perdiéndose la
finalidad y efectividad del DET. Actualmente se están haciendo investigaciones
con dispositivos excluidores de peces, lo cual permitirá bajar la cantidad de
Fauna de Acompañamiento capturada en las redes de arrastre. Finalmente, existen
artes como el palangre, que dependiendo del tipo de carnada pueden capturar
especies diferentes. Una de las carnadas más nocivas para el ambiente es la
utilización de carnada viva, ya que captura especies como el pez vela, el cual
tiene sus poblaciones muy disminuidas, por lo cual el INCOPESCA ha restringido
su captura a la utilización de carnada muerta
2.4. Tipo de categoría de manejo del área donde
se pescó: El Ministerio de Ambiente y Energía, basado en la Ley de Conservación
de la Vida Silvestre y en la Ley Orgánica del Ambiente, tiene la potestad de
crear categorías de manejo, siendo una de ellas las áreas marinas protegidas,
en las cuales es totalmente prohibido pescar, con el objetivo de proteger la
biodiversidad presente en esa área. Por su parte, el INCOPESCA ha venido y está
creando las Áreas de Pesca Responsable, en las cuales si se permite pescar,
pero en forma sostenida y utilizando artes amigables con el ambiente, como es
el caso de la cuerda. Además, el INCOPESCA tiene áreas vedadas especiales, como
es el caso del interior del Golfo de Nicoya para la pesca de arrastre de
camarón, logrando así proteger el área de crianza de estos crustáceos.
2.5. Función de la especie en el ecosistema:
existen especies que son más importante que otras, según la función que ejercen
en el ecosistema:
Especie clave: Es una
especie que por lo general tiene una influencia desproporcionada sobre la
estructura de la comunidad y del ecosistema del que hace parte (Kattan et al.
2003). Por ejemplo, los tiburones y los picudos pueden ser considerados
especies claves dentro de los ecosistemas en que se encuentran, por jugar un
papel importante al ayudar a mantener el equilibrio de los ecosistemas que
habitan. Otras especies que pueden ser consideradas claves son la sardina y los
camarones, al servirle de alimento a la mayoría de peces en el Golfo de Nicoya.
Especie Símbolo:
Especie que puede ser usada como símbolo, insignia o estandarte para adelantar
una campaña de conservación. Por lo general es una especie carismática y
distintiva (fácil de reconocer) que puede ser usado para despertar sentimientos
de simpatía y apoyo en el público (Kattan et al. 2003), comúnmente, estas
especies han sido vertebrados superiores. En Costa Rica no se descarta que el
Incopesca o algún ministerio adopten a una especie marina como su símbolo. Por
otro lado, las especies de tortugas, delfines y ballenas, pueden ser
consideradas como símbolo, debido a la simpatía que despiertan en el público.
Especie sombrilla:
Especie que tiene grandes requerimientos de área las cuales al ser protegidas,
automáticamente se promueve la protección de otras especies, así como de los
ecosistemas asociados (Kattan et al. 2003). En el caso del Golfo de Nicoya,
especies sombrillas serían el camarón blanco y las corvinas reina,
coliamarilla, aguada, picuda y agria, las cuales viven en casi todo el Golfo y
al dictar medidas de protección de la especie, estamos a su vez protegiendo a
otras especies asociadas como los robalos, pargos y otros.
2.6. Grado endemismo: Se aplica al ser vivo que
solamente se encuentra en una región determinada. Una de las regiones en donde
existen más especies endémicas es la Isla de Coco y por eso se la ha dado la
protección especial que tiene hoy día.
2.7. Estado de Protección: Este está basado en
2 tipos de protección, Primero, si está protegida por el INCOPESCA, Segundo, en
el estado de protección determinado por la Unión Mundial para la Protección de
la Naturaleza (UICN).
En el caso del
INCOPESCA, su Junta Directiva ha emitido el Acuerdo A.J.D.I.P. 221-09, mediante
el cual ha decidido proteger a las siguientes especies: Camarón Carabalí,
camarón conchudo, camarón conchudo colorado, camarón tití y camarón tebrina y
el Acuerdo A.J.D.I.P. 476-08, para la protección del Pez Vela además de que
existen otras especies protegidas como el cambute. En cuando a la UICN, esta ha
determinado 6 categorías, en las cuales se incluyen las especies según su
estado, las cuales son: en peligro crítico, en peligro, vulnerables, casi amenazada,
de preocupación menor o sin peligro. El estado de cada especie puede ser
consultado en la página web http://www.iucnredlist.org/apps/redlist/search, con
solo dar el nombre científico de la especie.
Para el caso de
nuestro país, existen varias especies de tortugas, tiburones, delfines y
ballenas incluidas en las diferentes categorías de la UICN, las cuales son
confeccionadas con la ayuda de científicos de todo el mundo, incluido Costa
Rica
2.8. Valor potencial: En el mar existen
especies que están siendo únicamente utilizadas como alimento, pero que tienen
el potencial de ser utilizadas industrial o farmacéuticamente o como alimento.
En el caso del primero, las sardinas y anchoas están siendo utilizadas en
Ecuador y otros países para harina de pescado, un uso que no se da en nuestro
país. Existen especies como el cangrejo jaiba, los calamares y mejillones, que
podrían ser enlatados en el futuro. En el caso de las especies con potencial
farmacéutico, una de ellas podría ser el tiburón, ya que su hígado se utiliza
para sacar aceites medicinales. Otras especies como los timburiles, cuminates,
pepinos de mar, alacranes marinos (Squillas) no son consumidos en nuestro país,
pero se consumen en los países asiáticos como Japón y China. Existen todavía
muchas especies marinas que no han podido ni ser identificadas y mucho menos se
conoce sus potenciales farmacéuticos, industriales o alimenticios.
2.9. Talla de la primera madurez sexual: Es la
longitud en la cual una especie alcanza la primera madurez sexual y por tanto
está apta para reproducirse. Esta varía en todas las especies y a continuación
se anotan algunas de las más importantes: Corvina aguada: 34 Cm, corvina picuda: 37 cm, corvina reina: 67 cm, pargo mancha: 44 cm, langosta del pacífico
con una longitud de cefalotórax de 8
cm. Los artes de pesca deben de ser amistosos
ambientalmente y capturar únicamente a los organismos que ya se han reproducido
al menos una vez. Caso contrario ocurre con trasmallos con luz de malla
inferiores a las tres pulgadas, la pesca de arrastre en general incluyendo a
las rastras y otros artes de pesca que están capturando organismos que no han
alcanzado la primera madurez, lo cual afecta la biodiversidad y el stock
pesquero.
2.10. Abundancia
relativa: Es la cantidad de individuos de una especie que viven en un
ecosistema y comparado con otras especies. Dos comunidades pueden tener la
misma cantidad de especies pero ser muy distintas en términos de la abundancia
relativa o dominancia de cada especie. Es normal el caso, de que la mayoría de
las especies son raras, mientras que un moderado número son comunes, con muy
pocas especies verdaderamente abundantes. En el caso del Golfo de Nicoya,
existen especies que ya son raras, o sea de abundancia relativa baja, tales
como los meros, berrugates, cabrillas, pargo seda, la chucheca y otras, por lo
que su captura pone en riesgo la sobrevivencia de la especie. Por otro lado, la
mayoría de tortugas, principalmente la baula, está en vías de extinción, ya que
su abundancia es muy baja. En el caso de las poblaciones de camarones y
corvinas, estas han bajado notablemente, según informe del Proyecto de Manejo
Sostenible de las Pesquerías del Golfo de Nicoya y las sardinas bajaron su
abundancia desde hace muchos años. Caso contrario existe con especies como el
cangrejo jaiba, que ha sido explotado muy poco y por tanto su abundancia es
alta.
2.11. Sexo:
Es la importancia que tiene en el ecosistema la protección de las hembras de
las diferentes especies ya sea comerciales o no comerciales, al ser estas las encargadas
de poner los huevos y en algunos casos de cuidar a la progenie. Existen
especies como el pez luna, que pueden producir hasta 28 millones de huevos,
mientras que el bacalao puede poner hasta 9 millones en cada periodo de
reproducción. Por su parte, el macho se limita a fertilizar los huevos y un
mismo macho puede fecundar a varias hembras, por lo que su importancia es
menor. Algunas especies viven separadas por sexo y cuando se van a
reproducirse, se unen en grandes cardúmenes. En general, las especies son
diocas, o sea que la mitad de la misma son hembras y la otra mitad son machos,
por esto se asignó como 100% de daño ambiental en los casos en que se pescó
ilegalmente a una mayoría de hembras, afectando grandemente al ecosistema al
ser estas las encargadas de recuperar las poblaciones con sus huevos y
consecuente producción de larvas y juveniles, que más tarde, mediante el
reclutamiento van a agrandar las pesquerías. Para poder determinar el sexo, se
deben de realizar muestreos biológicos a los organismos capturados ilegalmente,
lo cual se puede hacer pocas veces ya que en su mayoría los pescados y
camarones ya vienen eviscerados.
2.12. Potencial
Biótico: el potencial biótico es la capacidad de sobrevivencia de las crías. El
mismo se determina por las condiciones naturales que tiene las crías para vivir
en el ecosistema, el cual se ve incrementado con el cuidado que den los padres
de las mismas. Existen especies en las cuales, ya sea el padre o la madre,
dedican tiempo y recursos para criar y hacer crecer a sus crías, y tal esfuerzo
puede ser determinante para sus condiciones de futuro, supervivencia y futuras
actividades reproductivas y uno de los ejemplos más claros es el cuidado que
brindan los delfines y ballenas a su progenie. Por otro lado existen peces que
ponen huevos y los protegen de los depredadores y una vez que estos eclosionan,
continúan con su protección. El cuidado antes del nacimiento incluye
comportamientos tales como la protección de los huevos, el acondicionamiento
del sitio donde se van a incubar los huevos, la incubación, el transporte de
las crías, y el alimento a través de la placenta en el caso de mamíferos
marinos y el cuidado después del nacimiento en especies de peces, que incluye
las provisiones alimenticias y la protección de las crías. Caso contrario
ocurre con otros peces, donde las hembras liberan los huevos al agua y los deja
sin ninguna protección, por lo que se consideran que tienen un potencial
biótico bajo.
2.13. Tipos
de reproducción: Los tipos de reproducción son también muy importante en el
ecosistema, ya que su abundancia en el ecosistema está bastante regulada por su
tipo de reproducción. Los más importantes en aguas marinas son:
Vivíparos: Este
modo de reproducción aparece en algunos peces óseos, y en muchas especies de
tiburones; las hembras desarrollan un cierto tipo de unión placentaria, a
través de la cual los jóvenes se nutren durante su gestación. Este modo de
reproducción es el más evolucionado de todos los existentes, y va a presentar
su máxima expresión en los euterios (mamíferos placentarios), estando sólo
discretamente presente, en este reducido número de especies de peces. Esta
estrategia permite reducir el esfuerzo reproductor que supone para la hembra la
producción de cientos de huevos, ya que sólo son unos pocos los que se
desarrollan dentro del útero de la hembra.
Ovovivíparos: Este
tipo de reproducción viene determinado por una fecundación interna (el 11% de
los peces óseos poseen este tipo de fecundación) por parte del macho, y un
ulterior mantenimiento de los huevos por parte de la hembra, pero sin un
suministro de alimento ni oxígeno entre madre-huevo. La madre es un mero
receptáculo de los huevos. En este tipo de reproducción podemos observar toda
una gradación de circunstancias a medida que avanza la evolución, encaminadas
todas ellas a un mayor contacto madre - huevo, con aparición de intercambios
vía secreciones, que van complicándose poco a poco; antesala de lo que será en
los vertebrados superiores la verdadera placenta.
Ovulíparos: Se caracterizan
por una fecundación externa, con un ulterior desarrollo generalmente, también
externo de los huevos. Los peces no ponen huevos, ponen óvulos sin fecundar,
los cuales son inmediatamente fecundados por el macho. De ahí que se denominen
correctamente animales ovulíparos, pues sus hembras ponen óvulos, inútiles si
no hay un posterior rociado de espermatozoides por parte del macho. Poco
después de su puesta los huevos absorben agua y se endurecen. Los procesos
ecológicos y comportamentales posteriores a la fecundación puramente
fisiológica, van a determinar la aparición de distintos modelos de
reproducción. Algunas especies esparcen un gran número de pequeños huevos que
flotan en aguas abiertas, donde son fertilizados por el macho y posteriormente
son movidos por las corrientes. En el caso del camarón blanco, los machos
depositan en el télico de la hembra los espermatóforos, posteriormente la
hembra liberan los óvulos los cuales son fecundados al salir del cuerpo y los
huevos eclosionan en términos de unas horas liberando las larvas. El segundo
principal patrón reproductivo, exhibido por los ovulíparos incluye especies que
ponen huevos en el fondo, frecuentemente en hendiduras rocosas, conchas vacías,
depresiones en la arena o en la superficie de invertebrados como esponjas,
corales o gorgonias
2.14. Hábitos
alimenticios: Los organismos marinos, al igual que los terrestres, tienen
diferentes formas de alimentarse, por ejemplo, carroñero, filtrador, carnívoro,
omnívoro o herbívoro. Según un estudio de 1986, en el golfo los peces se
clasificaban así: 52% omnívoros (consumen todo tipo de alimento), 33%
carnívoros de primer orden (se comen a los herbívoros) y 14% de segundo orden
(depredadores que se comen a otros depredadores). Por su parte las presas de los
peces fueron: 58% crustáceos (46% camarones), 18% peces, 8% ofiúridos, 7%
gusanos poliquetos y 4% moluscos y la mitad de las presas dependen de alimento
microscópico que les llega desde el manglar, lo que explica que la pesca sufra
por la destrucción del manglar, que es usado como basurero, fuente de carbón y
tinte, o como simple terreno de construcción. Por otro lado existen otros
organismos que se les llama filtradores, debido a que su alimentación se
realiza mediante la filtración de los alimentos presentes en el agua, siendo
uno de los ejemplos más comunes en nuestras aguas moluscos tales como la
piangua, la chucheca y mejillones y peces como las sardinas principalmente.
Estos organismos son muy importantes para el ecosistema, ya que al filtrar todo
lo que pasa en la columna de agua, también pueden filtrar y fijar en el suelo
marino ciertos contaminantes, limpiando de esta manera el agua. Otros
organismos, como los camarones, cangrejos y las langostas, cumplen una función
muy importante en los fondos marinos, al consumir los organismos que por alguna
razón mueren y por tanto ayudan a limpiar el ecosistema; a estos se les conoce
como carroñeros.
De marzo
a abril de 1982 Leventhal (1982) estudió los hábitos alimenticios de diez
especies de peces en el Golfo de Nicoya en términos de las categorías de presa
en una columna vertical de agua. Se colectaron las muestras de los pescadores
artesanales utilizando trasmallo y cuerda. De las siete corvinas, Cynoscion
reticulatus, C. phoxocephalus, y C. stolzmanni se alimentaron igualmente de
camarones y peces. Micropogon altipinnis, C. albus, y C. squamipinnis se
alimentaron de crustáceos, notablemente camarones penéidos más que peces, y
Bairdiella arinata se alimentó únicamente de crustáceos. Lutjanus
argentiventris y Centropomus undecimalís se alimentaron más de crustáceos que
peces y Scomberomorus maculatus se alimentó exclusivamente de peces. Los
camarones penéidos o restos de camarón constituyeron treinta y un por ciento de
todo el contenido estomacal para todas las especies de peces. Los resultados
sugieren que los peces ejercen un impacto grande sobre las poblaciones de
camarón. El flujo de energía probablemente pasa a través de los manglares,
camarones y peces
2.15. Longevidad de la Especie: Existe muy poca información
sobre la longevidad de los peces de arrecife en el Pacífico oriental. Tal vez
uno de los más longevos es el tiburón limón, el cual puede llegar a 50 o más
años. La mayoría de los tiburones de arrecife probablemente viven hasta una
edad de 20 a
30 años. En general, los peces más grandes de arrecife como los meros y pargos
tienden a vivir más que las especies más pequeñas en la misma familia o género.
Sin embargo, pargos pequeños pueden vivir tanto como los grandes meros. Las
técnicas para la determinación de la edad por medio de otolitos indican que
meros grandes pueden vivir hasta 25 años y algunos pargos más allá de los 30
años, o sea, que tienen un ciclo de vida largo. Especies pequeñas como las
doncellas y los peces ángel pueden llegar a 10 o más años de edad. Unos pocos
datos de longevidad se incluyen en la base de datos. Los mamíferos marinos son
de los organismos que son más longevos, por ejemplo la ballena azul
Balaenoptera musculus puede vivir hasta 70 años, la ballena jorobada Megaptera
novaeangliae vive 50 años, el cachalote Physeter macrocephalus llega a los 60
años. por su parta, en los peces hay algunas especies de ciclo de vida corta,
como la corvina Bairdiella chrysoura que vive 13 meses, las 3 especies de
camarón blanco del genero Litopenaeus que viven cerca de 1 año y las 3 especies
de sardina del genero Ophistonema que viven hasta los 2 años.
En un ecosistema es
importante proteger a las primeras edades de las especies de ciclo de vida
corta, para permitirles que se reproduzcan antes de ser capturadas. Además,
también se deben de proteger a los individuos más longevos de las especies de
vida larga, que son los que tienen una capacidad reproductiva mayor y por tanto
producen una progenie mayor
2.16. Hábitat donde vive el organismo capturado: La
Ley de Pesca y Acuicultura, en conjunto con la Ley de Biodiversidad y la Ley de
Vida Silvestre no permiten la pesca en hábitats tales como los manglares, los
esteros o un kilometro alrededor de la desembocadura de los ríos, lo cual se
hace, por la importancia que tienen estos hábitats, al ser sitios de
reproducción, alimentación y crianza de organismos larvales y juveniles de
peces comerciales y no comerciales. Por su parte, la mayoría de arrecifes están
protegidos dentro de áreas marinas protegidas, pero existen otras zonas que no
están protegidas, pero que son hábitats muy importantes para mantener la
biodiversidad. Los ecosistemas semi cerrados, como los golfos y bahías también
son hábitats muy importantes para muchas especies y la pesca dentro de estas
áreas son reguladas mediante la selección de artes de pesca, zonas de pesca y
vedas. Finalmente, los organismos que viven en la plataforma continental tienen
territorios más grandes en los cuales se mueven, bajando la probabilidad de ser
pescados y por tanto se asignó un porcentaje menor de daño ecológico.
Ficha articulo
3) DESCRIPCIÓN DEL HECHO
En este capítulo se
debe de hacer una descripción, lo más detallada posible, de la infracción que
se realizó a la Ley de Pesca y Acuicultura, la cual se debe de basarse en el
Informe Policial preparado ya sea por el Servicio Nacional de Guardacostas o
por la Policía de Proximidad que detectó la infracción. Se deben de anotar del
Informe Policial, al menos los siguientes datos: en que consistió la infracción
(arte ilegal, pescando en zona vedada, sin licencia de pesca, pesca en tiempo
de veda, etc.) fecha de la infracción, entidad que hizo la inspección, nombre
de la embarcación con que se hizo la inspección, nombre y cédula del capitán de
la embarcación infractora, nombre de la embarcación infractora, nombre de los
otros tripulantes, posición exacta (latitud y longitud o descripción de la
posición lo más detallada posible) en donde se encontró la embarcación
infractora.
En cuanto a las
capturas, se debe de hacer una descripción de las capturas, lo más detallado
posible y para lo cual, lo más aconsejable es que un biólogo, ya sea de la
Unidad Ambiental del SNG o del Incopesca realice un Muestreo Biológico. El
muestreo debe comprender el peso total y número de individuos para las especies
de menor importancia comercial. En el caso de las corvinas reina, picuda,
coliamarilla, aguada, los pargos manchado, seda, rojo y dientón, los robalos y
los camarones se deben además de medir cada uno de los individuos, para
determinar si han alcanzado la talla de la primera madurez y también se deben
de sexar, en el caso de que no hayan sido eviscerados.
En el caso de barcos
camaroneros y rastras, que traen mucha fauna de acompañamiento, se debe hacer
una pesa total de la FACA y luego separar una canasta con unos 30 kg de esta fauna. La misma
debe de ser clasificada por especie, contar el número de individuos y su peso.
Con esto se podrá calcular la FACA total por especie. Esto es muy importante
para determinar si las especies tienen algún tipo de protección, por ejemplo si
están en la lista de CITES, en la lista roja de la UICN o es una especie
protegida por el Incopesca y además para determinar los tamaños de primera
madurez. En el caso de cangrejos, a los cuales se les ve los huevos por fuera,
entonces anotar si eran hembras y cuantos individuos lo eran.
Todo el producto
decomisado, incluida la fauna de acompañamiento, debe de ser pesada y anotada
en el Acta de Decomiso, lo cual se anotará en este capítulo. En el caso de que
el producto esté en malas condiciones higiénicas o no sea apto para la venta,
se debe de preparar una Acta de Desecho. Las malas condiciones deben de ser
determinadas por el SENASA o por un biólogo, mediante documento preparado para
tal fin. El producto desechado debe de ser anotado en este capítulo, adjuntando
copia del Acta de Deshecho con su correspondiente justificación en los casos en
que se desecho el producto pesquero decomisado.
En el caso de que el
producto decomisado esté en buenas condiciones higiénicas y apto para la venta,
entonces la Fiscalía debe de ordenar la venta, la cual puede ser realizada por
el Incopesca. Todo el producto pesquero y su precio de venta, junto con el
monto de la venta total deben de aparecer en el Acta de Venta de Producto
Perecedero. La cantidad de producto pesquero, junto con el producto desechado
debe de ser igual al producto decomisado y debe de ser anotado en este
capítulo, no siendo anotar los precios de venta, lo cual se anotará en el
capítulo cinco.
Ficha articulo
4) CÁLCULO DEL PORCENTAJE DE DAÑO ECOLÓGICO
PRODUCIDO POR INFRACCIONES A LA LEY DE PESCA Y ACUICULTURA EN LA ZONA COSTERA
DEL MAR PACÍFICO COSTARRICENSE.
En este capítulo se
analizará el daño ambiental analizando cada uno de los criterios ecológicos
establecidos en el capítulo 2. Es importante mencionar que cada caso de
infracción es diferente y el porcentaje se eleva dependiendo de si la
embarcación no tenía licencia de pesca, pescó en época de veda, si utilizó un
arte ilegal, si las especies capturadas estaban protegidas, etc. Entonces se tiene
que ir revisando la infracción cometida y confrontándola con los criterios
ambientales, hasta determinar el porcentaje de daño ecológico (Ver tabla 1).
Ficha articulo
5. CÁLCULO DEL VALOR COMERCIAL DE LAS ESPECIES
CAPTURADAS.
En este capítulo se
determinará el valor económico de las capturas. El valor comercial de las
especies capturadas, se basará en la información presentada en el Acta de Venta
de Producto Perecedero. Se debe de preparar una tabla con la cantidad de
kilogramos por especie o clase comercial, su precio por kilo, el valor por
especie o clase comercial y su valor de venta total (ver tabla 2).
Ficha articulo
6) CÁLCULO DEL VALOR ECONÓMICO DEL DAÑO ECOLÓGICO
PRODUCIDO POR INFRACCIONES A LA LEY DE PESCA Y ACUICULTURA EN LA ZONA COSTERA
DEL MAR PACÍFICO COSTARRICENSE.
El mismo se obtiene
mediante la multiplicación del porcentaje total de daño ambiental (tabla 3), el
cual fue calculado en Tabla 1, por el valor comercial de las especies
capturadas que se obtuvo en la (tabla 2).
Ficha articulo
7) VALOR DEL CONTROL Y VIGILANCIA QUE EJERCE EL
ESTADO Y COMUNIDADES COSTARRICENSES
El estado
costarricense, en este caso representado por el Instituto Costarricense de
Pesca y Acuicultura, el Servicio Nacional de Guardacostas y Organizaciones no
Gubernamentales y las ONG´S que colaboran con estas instituciones, en conjunto
con las comunidades que se organizan para tener Áreas de Pesca Responsable,
deben de invertir recursos humanos, físicos y financieros en la vigilancia de
las áreas de pesca y en la inspección de las descargas de las embarcaciones,
para evitar que se cometan infracciones a la Ley de Pesca y Acuicultura.
Además, el estado debe de invertir en tener registros de las licencias de
pesca, autorizaciones de transporte de producto pesquero, estadísticas
pesqueras, etc., que permitan un buen manejo de la pesca y hacerla
sosteniblemente.
Dentro de los
recursos que se invierten están principalmente los humanos. En el caso del SNG
cuenta con una Unidad Ambiental compuesta de 2 escuadras, además de que se debe
de incluir el personal de las estaciones que participa en operativos
especiales. Por otro lado Incopesca tiene un grupo de inspectores de pesca,
además del personal dedicado a Registro. En cuanto a recursos físicos, ambas
instituciones dedican fondos a compra de embarcaciones y otros equipos de
navegación, su mantenimiento, viáticos, gasolina, aceite, etc.
En el caso de los
Comités de Vigilancia de las Áreas de Pesca Responsable, el ejemplo mejor es el
Comité de Palito, Chira, en la cual, todas las noches 2 pescadores patrullan el
área para evitar que pescadores con trasmallos o rastras pesquen dentro de su
área. Ellos tienen que hacer inversión en embarcación, personal, gasolina,
comida y otros.
Por lo anterior, las
instituciones deben de preparar un informe mensual, en el cual se presente los
gastos incurridos en materia de control y vigilancia, que será el primer
parámetro necesario para calcular este costo. En el caso de los Comités de
Vigilancia, este costo se incluirá solo en los casos en que la infracción a la
Ley de Pesca se haya realizado en su área de pesca responsable. Al final, se
debe de tener una tabla con la inversión total mensual que hicieron todas las
instituciones, ONG'S y comités de vigilancia.
El segundo paso para
calcular este valor, es la determinación de la importancia relativa de las
especies o clases comerciales. Para esto, en conjunto con los biólogos del
Dpto. de Investigación del INCOPESCA, se preparó el siguiente cuadro, de las
especies o clases comerciales más importantes del Golfo de Nicoya y en el caso
de las otras zonas del país, como Guanacaste, Quepos, Golfito y Limón, se deben
preparar tablas de acuerdo a la importancia relativa de las especies de cada
zona.
Especies o clases comerciales
|
Porcentaje de importancia relativa
|
Camarón
blanco
|
15.3%
|
Camarones
pequeños
|
12.5%
|
Corvinas
|
8.3%
|
Robalos
|
9.8%
|
Pargos
|
9.4%
|
Sardinas,
arenques y anchoas
|
8.3%
|
Bagres
y cuminates
|
5.9%
|
Cabrillas,
meros y congrios
|
5.5%
|
Barracuda
|
5.3%
|
Clase
Segunda
|
5.7%
|
Macarelas
|
3.1%
|
Tiburones,
picudos y rayas
|
3.1%
|
Langostas
y cangrejos
|
2.3%
|
Atún,
bonito y jurel
|
2.0%
|
Moluscos
|
2.4%
|
Otras
especies
|
1.2%
|
Total
|
100.0%
|
Este cuadro fue
enviado a 12 biólogos de la Universidad Nacional, Universidad de Costa Rica,
Instituto Nacional de Aprendizaje, INCOPESCA y Marviva, que tienen experiencia en
el campo pesquero y se les solicitó que de acuerdo a su experiencia y
conocimiento, le dieron un porcentaje de importancia relativa a cada una de las
clases comerciales, teniendo que distribuir el 100% entre todas ellas. Se hizo
hincapié, en que se diera énfasis en cuanto a las especies que deberían de ser
protegidas, pensando principalmente en lo comercial, ya que, lo ecológico había
sido cubierto en la primera parte de la evaluación. De esta manera se tuvo el
criterio de experto de 12 biólogos, obteniendo como promedio los porcentajes
que aparecen en la tabla 4.
El próximo paso es el
de calcular el valor de protección de la especie por mes, para lo cual se debe
de multiplicar la inversión total mensual por el porcentaje de importancia
relativa para cada una de las especies. El valor de protección de todas las
especies debe de ser igual a la inversión total mensual realizada por todas las
instituciones (Tabla 4). Seguidamente se debe de calcular el valor de
protección de la especie por día, para lo cual se divide el valor obtenido
anteriormente entre 30 (Tabla 4). Finalmente se debe de calcular el valor de
protección de la especie o clase comercial por día, lo cual consiste en
consultar el Muestreo Biológico y si no existiera, entonces usar el Acta de Decomiso
o el Acta de Venta de Producto Perecedero, e ir sumando ese valor, según las
especies capturadas ilegalmente. La suma de valor de protección para todas las
especies capturadas será la suma del valor total de las especies o clases
comerciales por día o Valor total de control y vigilancia (Tabla 4). En el caso
de que la embarcación haya pescado varios días, entonces este valor debe de ser
multiplicado por el número de días de pesca, para lo cual se puede consultar a
la bitácora de la embarcación.
Ficha articulo
8. VALORACIÓN TOTAL DEL DAÑO ECOLÓGICO Y ECONÓMICO
PRODUCIDO POR INFRACCIONES A LA LEY DE PESCA Y ACUICULTURA EN LA ZONA COSTERA
DEL MAR PACÍFICO COSTARRICENSE.
Para obtener este
valor se suma el valor del daño ecológico y económico, más el valor total de
protección de la especie o clase comercial (Tabla 5)
Ficha articulo
9. EJEMPLO DE LA VALORACIÓN TOTAL DEL DAÑO
ECOLÓGICO Y ECONÓMICO.
Para aclarar la aplicación de la metodología, a
continuación se presenta un caso ficticio con los siguientes supuestos:
Una embarcación de la
Estación de Guardacostas de Puntarenas salió en un operativo en el Golfo de
Nicoya, capturando a una embarcación pescando sin licencia, con el arte ilegal
rastra. La misma había capturado camarón, cangrejo jaiba, chatarra y calamar.
Debido a que no había biólogo disponible, entonces no se pudo realizar el
muestreo biológico. En base a esta información se prepara la Tabla 1 (Se
adjunta) obteniendo así un porcentaje de daño ecológico del 775%.
A continuación se
debe de calcular el valor económico del producto pesquero capturado, para lo
cual se debe utilizar el Acta de Venta de Producto Perecedero. En el caso de
que las capturas hayan sido desechadas, se debe de utilizar el Acta de
Decomiso, para conocer acerca del producto pesquero decomisado. Luego se consultan
los precios de mercado, para lo cual se puede consultar a la página web del
Incopesca: www.incopesca.go.cr/, una vez ahí se va Mercadeo y aparecen los
precios en muelle para cada año. Una vez en esta sección, se pueden consultar
los precios en muelle de las diferentes clases comerciales, ya sea semanal o
mensual para el año correspondiente. En el caso de que la infracción haya sido
cometida en otro año, entonces consultar historial, la cual está junto al
reporte semanal y mensual y aquí se escoge el año en el cual quiere hacer la
consulta de precio en muelle. Con la información anterior se prepara la Tabla 2
(Se adjunta), siendo el valor ficticio del mismo de 242.679 colones.
Con la información
obtenida en las tablas 1 y 2, se procede a calcular el valor del daño ecológico
y económico producido por la infracción. Para esto se multiplica el valor
obtenido en la tabla 1 por el valor obtenido en la tabla 2 y los resultados se
presentan en la tabla 3 (se adjunta), siendo el mismo de 1.880.762 colones.
Es importante
resaltar, que el valor del daño ecológico y económico es un valor equilibrado
entre en daño ambiental y las capturas. Si el pescador cometió varias
infracciones, algunas muy graves como pescar sin licencia, en veda y con
rastra, etc., entonces el porcentaje de daño ecológico va a ser alto. No
obstante lo anterior, el daño ecológico sería poco, si por ejemplo el pescador
fue capturado cuando estaba comenzando a pescar y por tanto tenía pocas
capturas y como el daño ambiental es el resultado de multiplicar el porcentaje
de daño ambiental por el valor de las capturas, entonces ese daño va a ser
bajo. Esto tiene su lógica, ya que si bien el pescador cometió varias
infracciones a la Ley de Pesca, por otro lado el daño ecológico fue pequeño al
haber poca captura. Otro caso sería cuando un pescador es capturado pescando
con licencia, con un arte permitido, pero dentro de una Área de Pesca
Responsable, pero había capturado mucho pescado y camarón, entonces el daño
ambiental podría elevarse, dependiendo siempre de ambos parámetros, lo
ecológico y lo económico.
El próximo paso es
calcular el valor de protección de la especie o clase comercial, para lo cual
se prepara la tabla 4 (se adjunta). La inversión mensual en control y
vigilancia que hacen las instituciones debe ser consultada a cada una de ellas,
para lo cual, cada una de ellas debería de tener preparadas tablas con todos
los gastos incurridos. El porcentaje de importancia relativa va a ser fijo,
hasta tanto no se hiciese otra consulta a expertos. El valor de protección de
la especie, por ejemplo el camarón pequeño, es el resultado de multiplicar la
inversión mensual en control y vigilancia que fue de 30 millones de colones, en
este caso ficticio, por el porcentaje de importancia relativa para esta especie,
que fue de 12.5%, dando un valor de protección de la especie por mes de 3.75
millones de colones. Obsérvese que el valor total de protección de la especie
(30 millones de colones) es igual a la inversión total en control y vigilancia.
Este valor de protección mensual del camarón se divide luego entre 30,
obteniendo un valor de protección para el camarón pequeño por día de 125.000
colones y así se hace para el resto de especies.
El valor antes
obtenido pareciera ser muy bajo, pero aquí también es necesario recalcar que
este va a depender, de la inversión que haga el estado costarricense en control
y vigilancia para proteger esas especies. Si el estado invirtió poco, entonces
el infractor no va a tener que pagar un gasto en que el estado no ocurrió. Caso
contrario ocurre, si el SNG y el INCOPESCA inviertan mucho dinero en
inspectores, embarcaciones, operativos, etc., por lo que ese valor se va a
incrementar y el infractor va a tener que pagar más, como ocurre durante la
época de vedas. Por otro lado, si el infractor capturó varias especies o clases
comerciales, entonces el valor de protección también se va a incrementar.
Finalmente se procede
a calcular la valoración total del daño ecológico y económico producido por la
infracción, para lo cual se prepara la tabla 5 (se adjunta) En la misma se
suman el valor del daño ecológico y económico obtenido en la tabla 3, más el
valor de protección de las especies capturadas calculado en la tabla 4.
Todas las tablas
antes adjuntadas, ya están preparadas en Excel y se combinan entre ellas, de
tal manera que a como se van asignando valores, las otras tablas van cambiando
automáticamente, lo cual facilita enormemente los diferentes cálculos. Esta
metodología, en conjunto con las tablas, podrá ser utilizada en cualquier oficina
del Incopesca o del Servicio Nacional de Guardacostas que deseen hacer una
valoración del daño Ecológico y Económico por infracciones a la Ley de Pesca y
Acuicultura, para lo cual se dará la correspondiente capacitación.
Ficha articulo
10) LISTA DE LEGISLACIÓN OFICIAL APLICABLE
1. Convención Interamericana para la Protección y
Conservación de las Tortugas Marinas.
2. Convención Ramsar
3. Ley Forestal Nº 7575
4. Código de la Ambiente Ley Nº 7554
5. Ley de Biodiversidad Ley Nº 7788
6. Ley Aprobación Convención Interamericana para
la Protección de las Tortugas Marinas, Ley 7906
7. Ley de Usos y Conservación de Suelos Ley Nº
7779
8. Ley de Aguas Ley Nº 272
9. Ley de Conservación de la Vida Silvestre Ley Nº
7317
10. Ley
de Zona Marítima Terrestre Ley Nº 6043
11. Ley
de Creación del INCOPESCA, Ley 7384
12. Ley
de Pesca t Acuicultura, Ley 8436
13. Ley
General de Administración Pública Ley Nº 6227
14. Código
Procesal Penal Ley Nº 7594
15. Decreto
19051-MAG: regula el tamaño de las capturas de camarón blanco.
16. AJDIP
151-2009: Reglamento sobre Regulaciones Técnicas del Uso Correcto del
Dispositivo Excluidor de Tortugas (DET), por parte de la flota camaronera de
arrastre de orilla.
17. AJDIP.
476-2008: Medidas se ordenamiento para el establecimiento de acuerdos que
permitan regular las actividades de la pesca comercial y la pesca turística-
deportiva.
18. AJDIP
090-2009: Modifica varios artículos del Acuerdo AJDIP 476-2008. En este se
regula también las descargas de pez vela y el almacenamiento de carnada viva.
19. AJDIP.
221-2009: Ordenamiento de la actividad pesquera en las aguas marinas
jurisdiccionales, mediante el otorgamiento de licencias de pesca comercial por
primera vez. En este se prohíbe también la pesca de camarón conchudo, carabalí,
titi y tebrina.
20. AJDIP
315-2009: Aprobación del Plan de Ordenamiento Pesquero para el Establecimiento
del Área Marina de Pesca Responsable de Palito, Chira.
21. AJDIP
153-2000: prohíbe la pesca de cambute.
22. Lista
de Especies Endémicas Imbio.
Rige a partir de su publicación.
Ficha articulo
Fecha de generación: 23/4/2024 14:05:14
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