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Acuerdo municipal :
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del
27/03/2012
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Requisitos y trámites que se efectúan en la Municipalidad de Desamparados en la Dirección de Ordenamiento Territorial, Gestión de Administración Tributaria, Área de Servicios Públicos, Área de Gestión Social
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Ente emisor:
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Municipalidad de Desamparados
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Fecha de vigencia desde:
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10/05/2012
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Versión de la norma: 1 de 1
del 27/03/2012
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Texto Completo Norma 0
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Texto Completo acta: E3E9C
La Alcaldía Municipal de la Municipalidad de
Desamparados, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 17
incisos a), n) y ñ) del Código Municipal y en cumplimiento del artículo 4 de la
"Ley de Protección al Ciudadano del exceso de requisitos y Trámites
administrativos", Ley Nº 8220, procede a la publicación de los requisitos y
trámites que se efectúan en la Municipalidad de Desamparados, en la Dirección
de Ordenamiento Territorial, Gestión de Administración Tributaria, Área de
Servicios Públicos, Área de Gestión Social. Los formularios y la información
correspondiente para cada trámite se suministra en el Módulo de Información del
Área de Servicio al Cliente y la presentación de los mismos se reciben en la
Plataforma de Servicios de dicha área, ubicados ambos en la primera planta del
Palacio Municipal, situado al costado norte del parque de la ciudad de
Desamparados. Para el caso de los trámites de becas del Área Social los
formularios respectivos y la información correspondiente se suministrará en la
Casa de Derechos ubicada del Palacio Municipal, 100 metros oeste y 50 metros
sur, frente al parqueo de la Funeraria del Recuerdo.
- TRÁMITES ATINENTES A
LA
- ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA MUNICIPAL
1º-Trámite: Solicitud de No Afectación del
Impuesto Sobre Bienes Inmuebles.
Marco Legal: Ley del
Impuesto Sobre Bienes Inmuebles y sus reformas,
Nº 7509, artículo 4 y Reglamento de la Ley citada, Decreto Ejecutivo Nº
27601-H, artículo 5; Ley Orgánica de la Caja Costarricense del Seguro Social,
Nº 17 del 22 de octubre de 1943, artículo 74, Ley Reguladora de todas las
exoneraciones vigentes, su derogatoria y sus excepciones, Nº 7293 de 31 de
marzo de 1992, Reforma de Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares,
Nº 8783 de 13 de octubre de 2009, Resolución DGT-R-031-2011 del Ministerio de
Hacienda La Gaceta Nº 204 de 25 de octubre de 2011.
Requisitos:
Las personas físicas o jurídicas deberán
presentar por escrito la solicitud de no
afectación del impuesto de bienes inmuebles y estar al día
con la Caja Costarricense del Seguro Social, de conformidad con el artículo 74
de su Ley Orgánica.
Dependiendo del sujeto pasivo, aportar
adicionalmente:
A. Persona física
a. Certificación de bienes inmuebles
expedida por el Registro Público para todos los casos que se solicite el
beneficio.
b. Certificación histórica por nombre
y número de cédula del propietario del inmueble para la solicitud del beneficio
para años anteriores.
c. Declaración de no poseer bienes
inmuebles sin inscribir.
d. Copia de la cédula de identidad del
propietario del inmueble o comprobante del número de DIMEX (Dirección General
de Migración y Extranjería) en caso de extranjeros.
e. Estar al día con el Fondo de
Desarrollo para Asignaciones Familiares (FODESAF).
B. Instituciones
autónomas o semi-autónomas creadas por Ley especial:
a. Certificación de la Ley especial en
la que conste la no afectación, haciendo mención del número y fecha de "La
Gaceta" en que se publicó la misma.
b. Certificación de la personería
jurídica vigente (un mes de emitida) del sujeto pasivo y copia de cédula del
representante legal.
C. Sujetos pasivos no afectos según el Artículo 4 de
la Ley de Bienes Inmuebles y el artículo 5 del Reglamento:
Ficha articulo
2º-Trámite: Solicitud de Certificación de
bienes inmuebles y muebles (vehículos) según el Registro Público y de valor del
Registro Municipal.
Marco Legal:
Convenio de Regionalización de Servicios Registro Nacional - Municipalidad de
Desamparados, Convenio para el suministro y utilización a través del portal
digital de los servicios derivados de las bases de datos del Registro Nacional.
Requisitos:
- Cancelar los derechos de emisión de la
certificación y timbres correspondientes, según sea el caso.
Ficha articulo
3º-Trámite: Solicitud de certificación no
morosidad de impuestos municipales.
Marco Legal: Código
de Normas y Procedimientos Tributarios, Art.117
Requisitos:
a. Cancelar los derechos de emisión de
las certificaciones.
b. Presentar la solicitud verbal, o
con autorización firmada por el propietario del inmueble con fotocopia de
cédula de identidad del mismo, en el caso de personas físicas.
c. En el caso de personas jurídicas
presentar cédula de identidad del representante legal y personería jurídica
vigente (un mes de emitida).
d. Timbres: fiscal ¢15 y de Archivo
Nacional ¢5.
Ficha articulo
4º-Trámite: Solicitud de Inclusión, Exclusión o
Cambio en el Registro Municipal.
Marco Legal: Ley de
Impuesto Sobre Bienes Inmuebles N° 7509, artículo 6.
Requisitos:
a. Solicitud por escrito de inclusión, exclusión o cambio de
propietario.
Ficha articulo
5º-Trámite: Solicitud de Licencia Para el
Ejercicio de Actividades Lucrativas
Marco legal: Código
Municipal Ley Nº 7794 artículo 79; Ley de Patentes Municipales del Cantón de
Desamparados, Nº 7279; artículo 1; Ley General de Salud, Nº 5395, artículos
216, 218 y 317; Decreto Ejecutivo 36324-S, publicado en La Gaceta Nº 25
del 4 de febrero del 2011; Ley Orgánica de la Caja Costarricense del Seguro
Social, Nº 17, artículo 74, Código de Trabajo, artículo 202; Ley SENASA, Nº
8795. Reforma de Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, Nº 8783 de
13 de octubre de 2009, Resolución DGT-R-031-2011 del Ministerio de Hacienda La
Gaceta Nº 204 de 25 de octubre de 2011.
Requisitos:
Para obtener la licencia correspondiente, el
interesado deberá presentar:
a. El formulario "Solicitud de
licencia para el ejercicio de actividades lucrativas" (comercio, servicio,
industria).
b. El formulario de inscripción en el
Registro Único de Contribuyentes de la Dirección General de Tributación.
c. El Permiso de funcionamiento
emitido por el Ministerio de Salud y/o SENASA.
d. Constancia original de la póliza o
exoneración expedida por el Instituto Nacional de Seguros.
e. Si el solicitante es el propietario
del inmueble donde se ubicará la actividad lucrativa, debe aportar:
. Copia de la cédula de identidad de
nacionales o comprobante del número de DIMEX (Dirección General de Migración y
Extranjería) en caso de extranjeros.
f. En caso que el solicitante no sea
el propietario del inmueble deberá aportar:
. Contrato de arrendamiento.
. Copia de la cédula del inquilino y
del propietario del inmueble.
g. Si el solicitante es persona
jurídica debe presentar:
. Información del representante
legal (número de cédula, nombre, domicilio fiscal, Nº de teléfono, Nº de fax,
correo electrónico).
. Certificación de personería
jurídica con un plazo máximo de un mes de extendida.
h. Para la actividad de sala de belleza deberá aportarse
adicionalmente, el certificado de idoneidad extendido por la Asociación de
Peluqueros.
i. Para juegos de video y video club:
. Aprobación de la Oficina de
Control y Calificación de Espectáculos Públicos.
j. Estar al día con las obligaciones
de la Caja Costarricense de Seguro Social.
k. Estar al día con FODESAF (Fondo de
Desarrollo de Asignaciones Familiares).
l. Certificación de SUTEL en caso de
servicios de Internet.
Ficha articulo
6º-Trámite: Solicitud Para el Traslado o
Traspaso de Patentes de Licores Activas e Inactivas.
Marco Legal: Ley de
Licores, Nº 10 del 7 de octubre de 1936 y su Reglamento; Decreto Ejecutivo Nº
17757-G del 28 de setiembre de 1987; Ley Horario de Funcionamiento de Expendios
de Licores y sus reformas; DE-Nº 26.094-MP del 16 de junio de 1997, Normas para
la Eficiente Aplicación de la Ley Nº 7279 de 31 de mayo de 1995, Ley Orgánica
de la Caja Costarricense del Seguro Social, Nº 17 del 22 de octubre de 1943,
artículo 74. Reforma de Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, Nº
8783 de 13 de octubre de 2009, Resolución DGT-R-031-2011 del Ministerio de
Hacienda La Gaceta Nº 204 de 25 de octubre de 2011.
Requisitos:
Para el traslado y traspaso de patentes de
licores activas e inactivas deberá cumplirse con los siguientes requisitos:
a. Solicitud dirigida a la Unidad de
Fiscalización Tributaria autenticada por abogado o notario público.
b. Cuando se trate de un traspaso de una
patente existente, es necesario una certificación del Registro Judicial.
c. Estar al día con FODESAF.
d. En caso de personas jurídicas.
. Certificación de la personería
jurídica con un plazo máximo de un mes de extendida.
. Copia de la cédula de identidad
del representante legal.
d.- En caso de personas físicas.
Copia de la cédula de identidad de nacionales o
comprobante del número de DIMEX (Dirección General de Migración y Extranjería)
en caso de extranjeros.
Ficha articulo
7º-Trámite:
Solicitud de Autorización Para Máquinas de Juego (Juegos Electrónicos, Máquinas
Pin Ball, Atrapa Peluches, Juegos Que Simulen Juegos Deportivos o de Destreza
en Que Intervenga el Jugador a Través de su Habilidad y Destreza, Mediante el
Pago de Monedas o Fichas).
Marco Legal: Código
Municipal, artículo Nº 79, Ley de Patentes del cantón de Desamparados, Nº 7279; Ley de Juegos Nº de 31 de agosto de 1922, Reglamento de la
Ley de Juegos Nº Decreto Ejecutivo Nº 3510-G del 24 de Enero de 1974,
Reglamento a la Ley de Juegos Nº 3,
Decreto Ejecutivo Nº 8722-G del 13 de junio de 1978, Ley Nº 8767, ley de
Protección de los niños, las niñas y las personas adolescentes contra la
Ludopatía.
Requisitos:
1. Presentar solicitud de la licencia de funcionamiento de las
máquinas en caso de que se instalen en local comercial existente con licencia
para actividades lucrativas.
2. Si es una actividad independiente,
cumplir con los otros requisitos estipulados en el trámite indicado en el
apartado 7 (solicitud de licencia para el ejercicio de actividades lucrativas).
3. Dictamen suscrito por un ingeniero
electrónico, donde se explique en detalle el funcionamiento de cada máquina
solicitada y los resultados y productos de estas, adjuntando diagrama de
procesos del sistema empleado por las máquinas solicitadas.
4. Fotografías tamaño postal a
colores, de cada máquina solicitada.
5. En todos aquellos requisitos en que
se solicite copia se debe aportar el original para constatar el mismo, en su
defecto debe presentarse una copia certificada.
6. El local donde se ubiquen las
máquinas deben estar separadas conforme lo establece la ley Nº 8767.
Ficha articulo
8º-Trámite: Solicitud Para la Realización de
Espectáculos Públicos, Concierto, Baile, Feria, Turnos, Afines y
Concentraciones Masivas.
Marco legal: Ley de
Espectáculos Públicos, Ley Nº 6844; Reglamento de Ferias, Turnos y Afines para
el Cantón de Desamparados, Reglamento aprobado en Sesión ordinaria Nº 143 de 21
de junio de 1991, Reglamento de Actividades y Espectáculos Públicos del Cantón
de Desamparados, publicado en "La Gaceta" Nº 238 de 11 de diciembre de
1996, Decreto Ejecutivo 28643-S-MOPT-SP, publicado en "La Gaceta" Nº 100
de 25 de mayo de 2000: Creación del Comité Asesor Técnico en Concentraciones
Masivas; Ley Orgánica de la Caja Costarricense del Seguro Social, Nº 17, del 22
de octubre de 1943, artículo 74, Reglamento de Armas y Explosivos y Reglamento
General para el otorgamiento de Permisos Sanitarios.
Requisitos:
Para obtener la autorización municipal se
requiere:
a. Presentar la solicitud
correspondiente a la actividad, con un plazo mínimo de quince días (15) de
antelación a la celebración de la actividad, completando toda la información
requerida en el formulario.
b. Copia de la cédula física o
jurídica del solicitante.
c. Acreditación del representante de
la organización, grupo que ejecuta la actividad
d. Permiso de funcionamiento expedido
por el Ministerio de Salud.
e. Constancia de póliza de riesgos del
Instituto Nacional de Seguros.
f. Contrato de seguridad privada,
cuando la actividad lo requiera
g. Permiso del Ministerio de Obras
Públicas, cuando se requiere el cierre de vías
h. Evaluación emitido por el Comité
Asesor Técnico de Concentraciones Masivas de acuerdo al Decreto Ejecutivo
Nº 28.643-S-MOPT-SP.
i. Estar al día en el pago de sus
obligaciones con la Caja Costarricense del Seguro Social, de conformidad con el artículo 74 de su Ley
Orgánica.
j. Estar al día con FODESAF (Fondo de
Desarrollo de Asignaciones Familiares).
Ficha articulo
9º-Trámite:
Solicitud de Aplazamiento y Fraccionamiento del Pago de Deudas por Tributos Municipales
(Arreglo de Pago).
Marco Legal: Código
de Normas y Procedimientos Tributarios y sus reformas Ley Nº 4755, artículo 38.
Requisitos:
Personas físicas:
- Completar el formulario de
solicitud de "Aplazamiento y Fraccionamiento del Pago de Deudas por Tributos
Municipales" (Arreglo de Pago) proporcionando la información requerida.
- En caso de que el solicitante se
encuentre en Cobro Judicial, debe cancelar previo los costos de honorarios, del
abogado correspondiente.
- Cancelar al menos el 30% del monto
de la deuda morosa.
- Copia de cédula de identidad, si
el solicitante no es el interesado deberá aportar una autorización por escrito
autenticada por un abogado, y copia de la cédula de identidad de ambos.
Personas jurídica:
- Completar el formulario de solicitud
de "Aplazamiento y Fraccionamiento del Pago de Deudas por Tributos Municipales"
(Arreglo de Pago) proporcionando la información requerida.
- Cancelar al menos el 30% del monto
de la deuda morosa.
- Personería jurídica vigente (un
mes)
- Copia de la cedula de identidad
del representante legal.
- Si el solicitante no es el
representante legal deberá aportar además, una autorización por escrito
autenticada por un abogado y copia de la cédula de identidad del autorizado.
TRAMITES ATINENTES AL
ÁREA DE GESTIÓN SOCIAL.
REQUISITOS PARA
SOLICTUD DE BECA MUNICIPAL.
Marco legal: Ley
7794 Código Municipal, artículo Nº 62 y su reforma del 7 de octubre del 2009 (Gaceta
Nº 195). Reglamento de Beca aprobado por el Concejo Municipal en Sesión Nº 405
del 24 de Julio del 2007 y su reforma en sesión Nº 48 del 17 de Agosto del
2010. Requisitos que deben presentarse para la Valoración Socioeconómica en el
proceso de otorgamiento de la beca:
1. Formulario de solicitud debida y
completamente lleno con los datos que se solicitan. (Se retiran únicamente en
las oficinas municipales, Área de Gestión Social).
2. Fotocopia de las cédulas del padre
y de la madre o de la persona responsable.
3. Fotocopia de la cédula de menor o
identificación del solicitante. (En caso de ser menor de 12 años presentar
constancia de nacimiento).
4. Copia del recibo o constancia de
matrícula para el curso lectivo (año respectivo).
5. Fotocopia completa de la nota del
año pasado del solicitante. (No se aceptan
fotocopias con tachones u otra marca que ponga en duda su legitimidad).
6. Copia
de cada uno de los últimos recibos de: agua, luz, teléfono, alquiler de
casa (en caso de no ser propia) y pago de hipoteca préstamos.
7. Constancia salarial de quienes
trabajan (el padre, la madre y otros miembros del grupo familiar). En caso de
no ser asalariados llenar la declaración jurada de ingresos adjunta no de
Contador Público.
8. Constancia de Pensiones
Alimenticia, de Régimen No Contributivo o de Invalidez, Vejez y Muerte que
reciba cualquiera de los miembros del grupo familiar.
9. Declaración jurada de residencia
adjunta debidamente llena, indicando detalladamente en parte del cantón
vive.
10. Los solicitantes de educación
especial deben presentar dictamen médico actualizado e informe del Centro
Educativo en caso de no contar con nota.
11. Certificación de si tiene o beca
de otra institución (en caso de estudiantes de escuela se solicita en el Centro
Educativo o en FONABE, en el caso de estudiantes de colegio se solicita en
IMAS).
Observaciones:
1. La persona interesada en solicitar
beca por primera vez, debe contactar al Concejo de Distrito correspondiente en
los últimos dos meses de cada año.
2. Los postulantes de la beca
Municipal deben de residir en el Cantón de Desamparados independientemente del
centro educativo en el que estudien.
3. Todos los requisitos deben venir a
nombre de ambos padres o encargados (en caso de que no viva con alguno de ellos
favor indicarlo).
4. Solamente se recibirán formularios
completos y en el tiempo establecido de lo contrario no se tramitará la
solicitud.
5. Recibir un formulario para
solicitud de beca no es garantía de que esta sea otorgada ya que la aprobación
de la misma depende de la valoración socioeconómica que se realice.
Desamparados, 27 de marzo del 2012
Ficha articulo
Fecha de generación: 13/9/2024 16:47:25
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