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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37143 >> Fecha 18/04/2012 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 37143
Reforma Crea Programa Nacional de Empleo y su Reglamento Respectivo
Texto Completo acta: E4885

N° 37143 - MTSS-COMEX



LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA



Y LAS MINISTRAS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL



Y DE COMERCIO EXTERIOR



De conformidad con las atribuciones que les conceden los artículos 50, 56, 72, 140 incisos 3), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, 27 inciso 1) y 28 párrafo 2, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y sus reformas; el artículo 21 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; el artículo 2 incisos c) y d) de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ley N° 1860 del 21 de abril de 1955; y



Considerando:



 



I.- Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 29044-TSS-COMEX del 30 de octubre de 2000 y sus reformas, se creó el "Programa Nacional de Empleo y su Reglamento respectivo", como un medio para fomentar el empleo y coadyuvar con el desarrollo de proyectos que incidan positivamente en las condiciones económicas y sociales de las comunidades y personas que participan en la ejecución de los mismos.



II.- Que entre los objetivos del Programa de cita, se encuentra promover la capacitación de personas trabajadoras desocupadas y subempleadas, con el propósito de aumentar sus posibilidades de integración al mercado laboral, confiriendo prioridad en la formación de  recursos humanos en zonas de menor desarrollo relativo.



III.- Que el Gobierno de la República considera necesario adecuar dicho Programa, de conformidad con los objetivos consignados en el Plan Nacional de Desarrollo 2011-2014, el cual señala como una de las principales acciones estratégicas dentro del Sector Trabajo, el establecimiento de programas de empleabilidad con énfasis en los sectores más vulnerables, promoviendo el acceso al trabajo decente para las personas jóvenes.



IV.- Que dichas adecuaciones al "Programa Nacional de Empleo y su Reglamento respectivo", persiguen promover la inserción laboral de las personas jóvenes en situación de vulnerabilidad mediante servicios especializados de capacitación dirigida, intermediación, orientación e información para el empleo, partiendo de las demandas del mercado de trabajo.



V.- Que de acuerdo con las consideraciones anteriores y en aras de la consecución del interés público y el cumplimiento de los objetivos del Estado, al amparo de los Principios de Autoorganización de la Administración y de Buen Gobierno, se hace necesario adecuar los alcances del Decreto Ejecutivo N° 29044-TSS-COMEX del 30 de octubre de 2000, para que sea más acorde con los cambios experimentados en el mercado laboral y con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2011-2014, de forma que contribuya al cumplimiento del Plan de Empleo bajo la rectoría y conducción del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por lo que, en consecuencia y por razones de oportunidad y eficiencia, resulta procedente reformar en lo conducente el citado Decreto Ejecutivo.



Por tanto;



Decretan:



Reforma a los incisos a) y g) del artículo 2, el artículo 15 y el inciso b) del artículo 16 del Decreto Ejecutivo N° 29044-TSS-COMEX del 30 de octubre de 2000, denominado "Creación Programa Nacional de Empleo y su Reglamento respectivo".



 



Artículo 1.- Refórmense los incisos a) y g) del artículo 2, el artículo 15 y el inciso b) del artículo 16, todos del Decreto Ejecutivo N° 29044-TSS-COMEX del 30 de octubre de 2000, denominado "Creación Programa Nacional de Empleo y su Reglamento respectivo", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 215 del 09 noviembre de 2000; para que se lean de la siguiente manera:



 



"Artículo 2.- Los objetivos generales del PRONAE son los siguientes:



 



a) Promover la capacitación de personas trabajadoras desocupadas y subempleadas de comunidades vulnerables, con el fin de aumentar sus posibilidades de integración al mercado laboral, confiriendo prioridad en la formación de los recursos humanos de interés nacional."



(.)



"g) Promover la formación ocupacional en Empresas Técnicas, mediante prácticas supervisadas, en experiencias con alto contenido formativo como estrategia para aumentar la empleabilidad en los jóvenes."



(.)



 



"Artículo 15.- Los proyectos serán financiados por un máximo de tres meses, sin embargo podrá prorrogarse la ayuda dependiendo de la naturaleza del proyecto, siempre y cuando exista criterio técnico de una Institución u Organización reconocida. En proyectos de capacitación ocupacional, el financiamiento se otorgará por el mismo tiempo de duración del Programa de Formación, siempre que no supere el ejercicio presupuestario del año."



 



"Artículo 16.- El aporte del trabajador o trabajadora al proyecto podrá ser reconocido mediante la aplicación del incentivo económico, denominado subsidio laboral, en la siguiente forma:



(.)



b) Para el Desarrollo de la Estrategia EMPLEATE del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que tiene la finalidad de promover empleos de calidad para las personas jóvenes en situación de vulnerabilidad, se asignará un subsidio específico por el período de duración del programa de capacitación ocupacional o formación.



Para el caso de las personas beneficiarias que requieran cubrir la totalidad de la inversión del programa de formación o capacitación se le otorgará el 100% del auxilio definido dentro del presupuesto anual institucional. Aquellas personas beneficiaras que no requieran cubrir la totalidad de la inversión del programa de formación o capacitación se le otorgará el 50% del auxilio definido dentro del presupuesto anual institucional."




Ficha articulo



Artículo 2.- Rige a partir de la fecha de su firma.



Dado en la Presidencia de la República. San José, a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil doce.




Ficha articulo





Fecha de generación: 26/4/2024 03:20:43
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