Texto Completo acta: E6919
CIRCULAR
Nº 97-2012
Asunto: Sobre
la Acción de Inconstitucionalidad N°
10-009086-0007-CO, y sentencia de
la Sala Constitucional
N° 2012-5284.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
La Corte Plena, en sesión N° 22-12, celebrada
el 25 de junio de 2012, artículo XIII, tomó nota de lo resuelto por
la Sala Constitucional
en sentencia N° 2012-5284, de las quince horas dos minutos del veinticinco de
abril de dos mil doce, dictada en
la Acción de Inconstitucionalidad N°
10-009086-0007-CO, promovida por Luis Alberto Rojas Vallecillo, en la que se
declaró con lugar la acción y en consecuencia debe interpretarse la frase final
del artículo 5° de la Ley
General de Pensiones con cargo al Presupuesto Nacional, Ley
Nº 7302 y el artículo 15 de su Reglamento, Decreto Ejecutivo Nº 33080-MTSS-H en
el sentido que ambas normas incluyen el rubro salarial denominado desarraigo.
San José, 2 de julio del 2012.
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