Artículo 9-Trámite de las
donaciones. Las solicitudes de donación recibidas por el Presidente del
Comité Ejecutivo seguirá los siguientes pasos:
1) Confeccionar un expediente en el
cual se archiven todos los documentos relacionados con la solicitud.
2) Solicitar los criterios técnicos y
legales necesarios que sustenten el posterior acuerdo de donación.
3) Determinar la disponibilidad de lo
solicitado por el solicitante, para lo cual solicitará a la UAF un listado con
la descripción de los bienes y las placas correspondientes.
4) Emitir las recomendaciones sobre
la viabilidad técnica y legal que correspondan, así como de la disponibilidad
de los bienes solicitados.
5) Elevar la solicitud al Comité
Ejecutivo junto con el expediente correspondiente.
6) El Comité Ejecutivo tomará la
decisión en forma razonada, tomando en consideración la solicitud de la
donación, la viabilidad legal, la disponibilidad de los bienes y el criterio
técnico e interés institucional correspondientes.
7) En caso de haber sido aprobada, la
UAF llevará a cabo la exclusión de los bienes del inventario del CON y
coordinará la entrega con el interesado.
8) La UAF levantará un acta de
entrega de los bienes donados.