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 Normativa >> Ley 9062 >> Fecha 08/08/2012 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 9062
Reforma Ley que Regula a la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE)
Texto Completo acta: E913A

N° 9062



LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA



DECRETA:



REFORMA DEL ARTICULO 6 DE LA LEY N.° 6588, LEY QUE REGULA A



LA REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO (RECOPE)



ARTÍCULO ÚNICO.-     Se reforma el artículo 6 de la Ley N.° 6588, Ley que Regula a la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope), emitida el 30 de julio de 1981. E texto dirá:



"Artículo 6.-     Los objetivos de la Refinadora Costarricense de Pololeo, S.A. son los siguientes: refinar, transportar, comercializar o granel el petróleo y sus derivados: mantener y desarrollar las instalaciones necesarias para ello y ejercer, en lo que le corresponda, los planes de desarrollo del sector energía, conforme al plan nacional de desarrollo. La Reinadora no podrá otorgar préstamos, hacer donaciones, conceder subsidios o subvenciones, ni construir oleoductos interoceánicos, sin la previa autorización legal, salvo el caso del Hospicio de Huérfanos de San José , al cual se le podrán otorgar, en forma directa, donaciones de chatarra.



La Refinadora Costarricense de Petróleo, S.A. podrá asignarle al Ministerio de Ambiente y Energía los recursos financieros, humanos, técnicos y logísticos que se requieran para el cumplimiento de las obligaciones encomendadas a este en la Ley de Hidrocarburos.



Asimismo, la Refinadora Costarricense de Petróleo, S.A. podrá participar, individualmente o en titularidad compartida, en las licitaciones que promueva la Dirección Genera ! de Hidrocarburos para la exploración y la explotación de los hidrocarburos, de conformidad con las disposiciones de la I ev de Hidrocarburos."



Rige a partir de su publicación



Dado en la Presidencia de la República , San José , a los ocho días del mes de agosto del años dos mil doce.




Ficha articulo





Fecha de generación: 26/4/2024 01:04:52
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