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 Normativa >> Resolución 016 >> Fecha 05/02/2013 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 016
Mantiene suspensión de la norma técnica 4.2.3 y 4.3.11 de las "Normas Técnicas sobre Presupuesto Público (N-1-2012-DC-DFOE/)" aprobada mediante resolución N° R-DC-24-2012 del 26 de marzo del 2012
Texto Completo acta: ECDE8

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA



R-DC-016-2013.-Contraloría General de la República.-Despacho Contralor.-San José, a las nueve horas del cinco de febrero de dos mil trece.



Considerando:

1º-Que mediante Resolución R-DC-24-2012 de las 9:00 horas del 27 de febrero del 2012 se emiten las "Normas Técnicas sobre Presupuesto Público, N-1-2012-DC-DFOE", dirigidas a los sujetos pasivos afectos a la aprobación presupuestaria por parte del órgano contralor, publicadas en el Alcance N° 39 a La Gaceta N° 64 del 29 de marzo del 2012.



2º-Que de acuerdo con el numeral VI de dicha resolución, las Normas Técnicas rigen a partir de la fase de formulación del presupuesto inicial correspondiente al ejercicio económico del 2013, salvo lo establecido en la norma 4.3.11 relativo a la cantidad de variaciones presupuestarias y monto máximo a variar por modificación presupuestaria cuya vigencia se dio a partir de la publicación de la citada normativa.



3°-Que la Contraloría General a la luz de una mejor aplicación de la normativa de mérito y considerando algunas observaciones, consultas y gestiones planteadas por diferentes instituciones, ha determinado con fundamento en el principio de flexibilidad, la necesidad de efectuar algunos ajustes a la citada norma 4.3.11 y otras relacionadas, conservándose el objetivo de ordenar y aclarar el uso de la figura de modificaciones presupuestarias como un instrumento válido de variación al presupuesto institucional que debe emplearse bajo la óptica de una adecuada planificación y ejecución presupuestaria.



4°-Que por medio de R-DC-62-2012.-Despacho Contralor.-San José, a las quince horas del cinco de junio de dos mil doce, se suspendió la aplicación de la citada norma 4.3.11 manteniendo en vigencia en lo que se refiere a las modificaciones presupuestarias las regulaciones contenidas en el "Reglamento sobre variaciones al presupuesto de los entes y órganos públicos, municipalidades y entidades de carácter municipal, fideicomisos y sujetos privados R-1-2006-CO-DFOE", hasta tanto el órgano contralor publique la reforma al citado numeral.



5º-Que además de la norma indicada, es necesario ajustar las normas 4.2.3,  4.2.10 y  4.3.13, 4.2.11 de las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público, relacionadas con el tema de las modificaciones presupuestarias y los niveles de aprobación externa, en aras de mejorar su aplicación práctica.



6º-Que como resultado de una revisión integral de otros aspectos regulados por medio de las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público, esta Contraloría General considera oportuno clarificar el tema de la aprobación de los presupuestos de los fideicomisos suscritos con fondos públicos y por lo tanto se hace necesario modificar la norma 6.2 referida a las "Responsabilidades del fideicomitente y del fiduciario en relación con el cumplimiento del bloque de legalidad y la técnica presupuestaria".



7º-Que en virtud de que el órgano contralor someterá a consulta general una propuesta de reforma de las normas 4.2.3, 4.2.10, 4.2.11, 4.3.11, 4.3.13 y la 6.2, que regulan aspectos relacionados con la aprobación interna, la aprobación de las modificaciones presupuestarias y la aprobación presupuestaria de los fideicomisos, por seguridad jurídica resulta necesario aclarar la vigencia de la aplicación de dichos numerales.



RESUELVE:

I.-Informar a la Administración Pública, los órganos parlamentarios, los sujetos pasivos de su fiscalización y al público en general, que pueden presentar observaciones en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente comunicado, al proyecto de reforma de las "Normas Técnicas sobre Presupuesto Público, N-1-2012-DC-DFOE", específicamente la propuesta de reforma de las normas 4.2.3, 4.2.10, 4.2.11, 4.3.11, 4.3.13 y la 6.2, así como a la adición y derogatoria de otros aspectos relacionados con esas normas. Para lo anterior,  pueden consultar el proyecto de reforma, así como presentar las observaciones: en el sitio Web institucional www.cgr.go.cr, ingresando al link de "servicios", "avisos al público"; o en el 5° piso del edificio principal de la Contraloría General, en la Secretaría Técnica de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa.




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II.-Mantener suspendida la aplicación de lo dispuesto por las normas 4.2.3 y 4.3.11 de las "Normas Técnicas sobre Presupuesto Público, N-1-2012-DC-DFOE", esta última solamente en cuanto a la cantidad y monto máximo de modificaciones presupuestarias, hasta tanto el órgano contralor publique la modificación de los citados numerales, debiendo aplicarse las regulaciones contenidas en el "Reglamento sobre variaciones al presupuesto de los entes y órganos públicos, municipalidades y entidades de carácter municipal, fideicomisos y sujetos privados R-1-2006-CO-DFOE", que seguirá rigiendo para las instituciones contenidas en el ámbito de aplicación de las citadas Normas Técnicas, específicamente en lo que se refiere a las modificaciones al presupuesto institucional. En lo relativo al número máximo de presupuestos extraordinarios se mantiene vigente el límite de tres documentos presupuestarios aprobados durante el año.



Publíquese.




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Fecha de generación: 20/4/2024 09:14:29
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