Texto Completo acta: ECDEE
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
R-DC-62-2012.-Despacho Contralor.-San José, a las
quince horas del cinco de junio de dos mil doce.
- Considerando:
1º-Que mediante Resolución R-DC-24-2012 de las 9:00
horas del 27 de febrero del 2012 se emiten las "Normas Técnicas sobre
Presupuesto Público, N-1-2012-DC-DFOE", dirigidas a los sujetos pasivos afectos
a la aprobación presupuestaria por parte del órgano contralor, publicadas en el
Alcance Nº 39 a
La Gaceta Nº
64 del 29 de marzo del 2012.
2º-Que de acuerdo con
el numeral VI de dicha resolución, las Normas Técnicas rigen a partir de la
fase de formulación del presupuesto inicial correspondiente al ejercicio
económico del 2013, salvo lo establecido en la norma 4.3.11 relativo a la
cantidad de variaciones presupuestarias y monto máximo a variar por
modificación presupuestaria cuya vigencia se dio a partir de la publicación de
la citada normativa.
3º-Que en virtud de
que el órgano contralor someterá a consulta general una propuesta de reforma de
la norma 4.3.11, por seguridad jurídica resulta necesario aclarar la vigencia
de la aplicación de dicho numeral.
- RESUELVE:
I.-Informar a
la Administración
Pública, los órganos parlamentarios, los sujetos pasivos de
su fiscalización y al público en general, que pueden presentar observaciones en
el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la
publicación del presente comunicado, al proyecto de reforma de las "Normas
Técnicas sobre Presupuesto Público, N-1-2012-DC-DFOE", específicamente la
propuesta de reforma de la norma 4.3.11 denominada "Cantidad de variaciones
presupuestarias y monto máximo a variar por modificación presupuestaria", para
lo cual pueden consultarlo, así como presentar las observaciones: en el sitio
Web institucional www.cgr.go.cr, ingresando al link de "servicios" y ahí buscar
"avisos al público"; o en el 5° piso del edificio principal de
la Contraloría General,
en la
Secretaría Técnica de
la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa.
Ficha articulo
II.-Suspender la
aplicación de lo dispuesto por la norma 4.3.11 de las "Normas Técnicas sobre
Presupuesto Público, N-1-2012-DC-DFOE" en cuanto a la cantidad y monto máximo
de modificaciones presupuestarias, hasta tanto el órgano contralor publique la
modificación del citado numeral, debiendo aplicarse las regulaciones contenidas
en el "Reglamento sobre variaciones al presupuesto de los entes y órganos
públicos, municipalidades y entidades de carácter municipal, fideicomisos y
sujetos privados R-1-2006-CO-DFOE" en lo que se refiere a las modificaciones al
presupuesto institucional. En lo relativo al número máximo de presupuestos
extraordinarios se mantiene vigente el límite de tres documentos
presupuestarios durante el año.
Ficha articulo
III.-Aclarar que en
todo lo demás las Normas Técnicas rigen a partir de la fase de formulación del
presupuesto inicial correspondiente al ejercicio económico del 2013. Rige a
partir de su publicación.
Ficha articulo
Fecha de generación: 7/2/2025 22:04:03