Artículo
2º-Definiciones, siglas y acrónimos. Se establecen las siguientes
definiciones, siglas y acrónimos:
1) Agenda de
Cooperación Internacional: programa nacional que determina las prioridades
nacionales, sectoriales, regionales e institucionales para un período
determinado, en función del Plan Nacional de Desarrollo vigente y otros
instrumentos de planificación. Lo anterior conforme el artículo 2.i) del
Decreto Ejecutivo Nº 35056-PLAN-RE de 12 de noviembre de 2008.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
2)
Agendas Sectoriales de Cooperación Internacional: las Agendas
Sectoriales de Cooperación Internacional conforme los alcances establecidos en
el artículo 3.a) del Decreto Ejecutivo Nº 35056-PLAN-RE de 12 de noviembre de
2008.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
3) BPIP: Banco de Proyectos de Inversión Pública (BPIP): es una base de datos de proyectos de inversión pública, independientemente de la
fase de inversión en que se
encuentran los proyectos. El BPIP es administrado por la Unidad de Inversiones Públicas del Mideplan, con el apoyo de las Unidades de Planificación Institucional, constituye un componente del SNIP
que provee información actualizada para la toma de decisiones en todo el ciclo de vida de los proyectos de inversión que presentan y ejecutan las entidades públicas.
(Enumerada la definición anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14
de noviembre del 2018)
(Así reformado el inciso 3) anterior por el artículo 34 del Reglamento para el funcionamiento
del Sistema Nacional de Inversión Pública
(SNIP), aprobado mediante decreto ejecutivo N° 43251 del 15
de setiembre de 2021)
4) CEA: la
Comisión de Eficiencia Administrativa, establecida en el artículo 17 de la Ley
de Planificación Nacional.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
5)
CEDOP: el Centro de Documentación de Planificación.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
6) Ciclo
de Planificación: son las etapas que integran el proceso de
planificación, las que se desglosan en prognosis, programación, ejecución,
seguimiento y evaluación.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
7)
Comisión de Coordinación Técnica Interinstitucional de Planificación,
Programación y Evaluación de la Gestión Institucional y Sectorial del Poder
Ejecutivo: la Comisión de Coordinación Técnica
Interinstitucional de Planificación, Programación y Evaluación de la Gestión
Institucional y Sectorial del Poder Ejecutivo creada mediante artículo 1º del
Decreto Ejecutivo Nº 36901-PLAN-H de 15 de noviembre de 2011.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
8)
Comités Intersectoriales Regionales: los Comités
Intersectoriales Regionales creados mediante artículo 28 del Reglamento
Orgánico del Poder Ejecutivo (Decreto Ejecutivo Nº 34582-MP-PLAN de 4 de junio
de 2008).
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
9)
Comités Sectoriales Regionales: los Comités Sectoriales Regionales creados
mediante artículo 26 del Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo (Decreto
Ejecutivo Nº 34582-MP-PLAN de 4 de junio de 2008).
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
10) CONIP: el Comité Nacional de Inversiones Públicas.
(Así adicionada la definición anterior por el artículo 1° del decreto
ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
11)
Consejos Sectoriales: los Consejos Sectoriales creados mediante
artículo 18 del Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo (Decreto Ejecutivo Nº
34582-MP-PLAN de 4 de junio de 2008).
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
12)
Consejo Técnico de Cooperación Internacional: el Consejo Técnico
de Cooperación Internacional creado mediante artículo 5º del Decreto Ejecutivo
Nº 35056-PLAN-RE de 12 de noviembre de 2008.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
13)
Consejos Cantonales de Coordinación Institucional: los
Consejos Cantonales de Coordinación Institucional creados mediante Ley Nº 8801
de 28 de abril de 2010.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
14)
Consejos Regionales de Desarrollo: los Consejos
Regionales de Desarrollo son las instancias regionales que coordinan y
articulan políticas, planes, programas y proyectos institucionales e
interinstitucionales, mediante la participación activa de los diferentes
segmentos involucrados en el desarrollo regional.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
15)
Contralorías de Servicios: las Contralorías de Servicios creadas en el
artículo 9º del Reglamento de Creación, Organización y Funcionamiento del Sistema
Nacional de Contralorías de Servicios (Decreto Ejecutivo Nº 34587-PLAN de 27 de
mayo de 2008).
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
16)
Cooperación Internacional: conjunto de acciones orientadas al
intercambio de experiencias y recursos entre países desarrollados y en vías de
desarrollo, así como entre estos últimos, para alcanzar metas comunes de
desarrollo basadas en criterios de solidaridad, equidad, efectividad, interés mutuo
y sostenibilidad.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
17)
Coordinación: la ordenación de las relaciones entre las
instituciones tendiente a racionalizar sus funciones y lograr la efectividad de
la gestión pública.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
18)
Desarrollo sostenible: proceso de cambio progresivo en la calidad de
vida del ser humano que lo coloca como centro y sujeto primordial del
desarrollo, por medio del crecimiento económico con equidad social y la
transformación de los métodos de producción y de los patrones de consumo, que
se sustenta en el equilibrio ecológico como el soporte vital del país. Este
proceso implica el respeto a la diversidad étnica y cultural nacional y local,
así como el fortalecimiento y la plena participación ciudadana, en convivencia
pacífica y en armonía con la naturaleza, sin comprometer y garantizando la
calidad de vida de las futuras generaciones.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
19)
Disposiciones generales: el conjunto de normas, reglamentos, directrices,
manuales, instructivos, circulares, procedimientos y demás preceptos de
carácter vinculante dictados por autoridades competentes, según los alcances
establecidos en la Ley General de la Administración Pública.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
20)
Enlaces de Cooperación Internacional: los funcionarios
públicos descritos en el artículo 15 del Decreto Ejecutivo Nº 35056-PLAN-RE de
12 de noviembre de 2008.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
21)
Evaluación: proceso limitado en tiempo y alcance con el que se
valoran de manera sistemática políticas, planes, programas y proyectos de
desarrollo en ejecución o concluidos y en aplicación de criterios
preestablecidos.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
22) Inversiones Públicas: Conjunto de recursos públicos destinados a mantener o incrementar la formación de capital, fijo o no fijo, que cada institución pretende ejecutar para producir bienes y servicios con sujeción a las metas y a las políticas enunciadas en los instrumentos de planificación vigentes.
(Enumerada la definición anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14
de noviembre del 2018)
(Así reformado el inciso 22) anterior por el artículo 34 del Reglamento para el funcionamiento
del Sistema Nacional de Inversión Pública
(SNIP), aprobado mediante decreto ejecutivo N° 43251 del 15
de setiembre de 2021)
23)
MIDEPLAN: el Ministerio de Planificación Nacional y Política
Económica.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
24)
Ministros Rectores Sectoriales: los Ministros Rectores Sectoriales
establecidos en el artículo 5º del Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo
(Decreto Ejecutivo Nº 34582-MP-PLAN de 4 de junio de 2008).
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
25)
Monitoreo: proceso puntual y continuo de captación de
información, según indicadores predefinidos, para determinar el estado actual
de la situación de políticas, planes, programas y proyectos.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
26)
Niveles de Planificación: son las diferentes escalas o dimensiones de
planificación, las cuales se desglosan en nacional, regional, sectorial,
institucional y local.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
27)
Ordenamiento Territorial: es un proceso mediante el cual se regula y
orienta la disposición y utilización del territorio con la finalidad de
racionalizar su uso en armonía con la naturaleza.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
28)
Participación Ciudadana: conjunto de medios tendientes a favorecer la
incorporación de las y los habitantes y las organizaciones privadas en los
procesos públicos de toma de decisiones y rendición de cuentas.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
29) PEI: Plan
Estratégico Institucional.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
30) PEN: Plan
Estratégico Nacional.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
31)
Plan: conjunto integrado de programas que responden al cumplimiento de objetivos
y metas de desarrollo.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
32)
Planificación: proceso de definición de objetivos y metas de
desarrollo en un tiempo y espacio determinados para la elaboración, ejecución y
evaluación de los planes, programas y proyectos con miras al logro de esos
objetivos y metas, utilizando racionalmente los recursos disponibles y
potenciales.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
33)
Planificación Operativa: proceso de formulación de los planes anuales
que definan las tareas de las diferentes partes de la organización conforme los
recursos disponibles, acordes con los instrumentos de planificación de niveles
superiores.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
34) PND: Plan
Nacional de Desarrollo.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
35) PNIP: El
Plan Nacional de Inversiones Públicas
está inmerso dentro del Plan Nacional de Desarrollo
y de Inversión Pública
(PNDIP) y contiene el conjunto
programas y proyectos de la
inversión pública estratégicos para el país."
(Enumerada la definición anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14
de noviembre del 2018)
(Así reformado el inciso 35) anterior por el artículo 34 del Reglamento para el funcionamiento
del Sistema Nacional de Inversión Pública
(SNIP), aprobado mediante decreto ejecutivo N° 43251 del 15
de setiembre de 2021)
36) PNS: los Planes
Nacionales Sectoriales.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
37) POI: los
Planes Operativos Institucionales establecidos en el artículo 4º de la Ley de
la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos (Nº 8131
de 18 de setiembre de 2001).
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
38)
Política: orientaciones vinculantes emitidas para resolver
problemas públicos relevantes.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
39) Portafolio: Es la agrupación de proyectos y programas para facilitar la gestión en aras del cumplimiento de las prioridades país y/o los objetivos
estratégicos presentes en los respectivos instrumentos de planificación.
(Así adicionada la definición anterior por el artículo 35 del Reglamento para
el funcionamiento del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), aprobado mediante decreto ejecutivo N° 43251 del 15
de setiembre de 2021)
40) PRD: los
Planes Regionales de Desarrollo.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
(Así modificada la numeración del inciso anterior por el artículo 35 del Reglamento para el funcionamiento
del Sistema Nacional de Inversión Pública
(SNIP), aprobado mediante decreto ejecutivo N° 43251 del 15
de setiembre de 2021, que lo traspaso
del antiguio inciso 39) al
40))
41)
Programa: Conjunto de proyectos interrelacionados dirigidos al
logro de objetivos específicos comunes.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
(Así modificada la numeración del inciso anterior por el artículo 35 del Reglamento para el funcionamiento
del Sistema Nacional de Inversión Pública
(SNIP), aprobado mediante decreto ejecutivo N° 43251 del 15
de setiembre de 2021, que lo traspaso
del antiguio inciso 40) al
41))
42)
Programación: conjunto articulado de acciones propuestas para
resolver necesidades identificadas. Incluye el establecimiento de actividades,
objetivos y metas, la asignación de recursos necesarios, la identificación de
los métodos de trabajo, la cantidad y calidad de los resultados, los tiempos y
la localización de las actividades.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
(Así modificada la numeración del inciso anterior por el artículo 35 del Reglamento para el funcionamiento
del Sistema Nacional de Inversión Pública
(SNIP), aprobado mediante decreto ejecutivo N° 43251 del 15
de setiembre de 2021, que lo traspaso
del antiguio inciso 41) al
42))
43) Programas
Institucionales de Inversión Pública: los Programas
Institucionales de Inversión Pública contemplados en el artículo 8º del Decreto
Ejecutivo Nº 32988-H-P-PLAN de 31 de enero de 2006.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
(Así modificada la numeración del inciso anterior por el artículo 35 del Reglamento para el funcionamiento
del Sistema Nacional de Inversión Pública
(SNIP), aprobado mediante decreto ejecutivo N° 43251 del 15
de setiembre de 2021, que lo traspaso
del antiguio inciso 42) al
43))
44)
Proyecto: conjunto de actividades integradas para lograr
objetivos específicos con un presupuesto establecido y en tiempo definido.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
(Así modificada la numeración del inciso anterior por el artículo 35 del Reglamento para el funcionamiento
del Sistema Nacional de Inversión Pública
(SNIP), aprobado mediante decreto ejecutivo N° 43251 del 15
de setiembre de 2021, que lo traspaso
del antiguio inciso 43) al
44))
45)
Secretarías Sectoriales: las Secretarías Sectoriales creadas mediante
el artículo 3º del Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo (Decreto Ejecutivo
Nº 34582-MP-PLAN de 4 de junio de 2008).
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
(Así modificada la numeración del inciso anterior por el artículo 35 del Reglamento para el funcionamiento
del Sistema Nacional de Inversión Pública
(SNIP), aprobado mediante decreto ejecutivo N° 43251 del 15
de setiembre de 2021, que lo traspaso
del antiguio inciso 44) al
45))
46)
Seguimiento: proceso continuo y sistemático de recolección de
datos para verificar lo realizado y sus resultados, durante la ejecución de las
actividades y a su conclusión, tanto en términos físicos como financieros, que
ofrece información necesaria para mejorar la gestión y el desempeño.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
(Así modificada la numeración del inciso anterior por el artículo 35 del Reglamento para el funcionamiento
del Sistema Nacional de Inversión Pública
(SNIP), aprobado mediante decreto ejecutivo N° 43251 del 15
de setiembre de 2021, que lo traspaso
del antiguio inciso 45) al
46))
47) SIGECI: Sistema
de Gestión de Proyectos de Cooperación Internacional, como sistema de
información de proyectos administrado por el Ministerio de Planificación
Nacional y Política Económica, para apoyar las gestiones de negociación,
programación, seguimiento y evaluación de los proyectos de cooperación
internacional, de acuerdo con los alcances del artículo 24 del Decreto
Ejecutivo Nº 35056-PLAN-RE de 12 de noviembre de 2008.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
(Así modificada la numeración del inciso anterior por el artículo 35 del Reglamento para el funcionamiento
del Sistema Nacional de Inversión Pública
(SNIP), aprobado mediante decreto ejecutivo N° 43251 del 15
de setiembre de 2021, que lo traspaso
del antiguio inciso 46) al
47))
48)
Sistema: conjunto articulado de instituciones, normas e
instrumentos, dispuesto para la consecución de fines comunes.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
(Así modificada la numeración del inciso anterior por el artículo 35 del Reglamento para el funcionamiento
del Sistema Nacional de Inversión Pública
(SNIP), aprobado mediante decreto ejecutivo N° 43251 del 15
de setiembre de 2021, que lo traspaso
del antiguio inciso 47) al
48))
49) SNP: el
Sistema Nacional de Planificación.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
(Así modificada la numeración del inciso anterior por el artículo 35 del Reglamento para el funcionamiento
del Sistema Nacional de Inversión Pública
(SNIP), aprobado mediante decreto ejecutivo N° 43251 del 15
de setiembre de 2021, que lo traspaso
del antiguio inciso 48) al
49))
50)
Subsistema: división inmediata de un sistema, encargado de un
campo de acción único y estratégico.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
(Así modificada la numeración del inciso anterior por el artículo 35 del Reglamento para el funcionamiento
del Sistema Nacional de Inversión Pública
(SNIP), aprobado mediante decreto ejecutivo N° 43251 del 15
de setiembre de 2021, que lo traspaso
del antiguio inciso 49) al 50))
51)
Rendición de cuentas: proceso continuo que deben implementar las y
los funcionarios públicos y las instituciones para informar a las autoridades
competentes y a los habitantes adecuadamente sobre su gestión.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
(Así modificada la numeración del inciso anterior por el artículo 35 del Reglamento para el funcionamiento
del Sistema Nacional de Inversión Pública
(SNIP), aprobado mediante decreto ejecutivo N° 43251 del 15
de setiembre de 2021, que lo traspaso
del antiguio inciso 50) al 51))
52)
Transparencia: es la obligación de los funcionarios y las
instituciones de garantizar el derecho constitucional de los habitantes al
acceso veraz y oportuno de información.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
(Así modificada la numeración del inciso anterior por el artículo 35 del Reglamento para el funcionamiento
del Sistema Nacional de Inversión Pública
(SNIP), aprobado mediante decreto ejecutivo N° 43251 del 15
de setiembre de 2021, que lo traspaso
del antiguio inciso 51) al 52))
53) UPI: las
Unidades de Planificación Institucional establecidas en los artículos 3º inciso
b) y 13 de la Ley de Planificación Nacional.
(Enumerada la definición anterior por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41483 del 14 de noviembre del 2018)
(Así modificada la numeración del inciso anterior por el artículo 35 del Reglamento para el funcionamiento
del Sistema Nacional de Inversión Pública
(SNIP), aprobado mediante decreto ejecutivo N° 43251 del 15
de setiembre de 2021, que lo traspaso
del antiguio inciso 52) al 53))