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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37815 >> Fecha 05/06/2013 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 37815
Deroga Decretos Ejecutivos N° 33748 "Crea Comisión Nacional para la Innovación, adscrita al Ministerio de Ciencia y Tecnología (MICIT)" y el N° 35313 "Crea Consejo Nacional de Innovación, la Comisión Técnica de Innovación Nacional y la Secretaría Técnica"
Texto Completo acta: F0E62

Nº 37815-MICITT-MINAE-COMEX



LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y LOS MINISTROS DE CIENCIA, TECNOLOGÍA
Y TELECOMUNICACIONES, DE AMBIENTE Y ENERGÍA
Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Promoción de Desarrollo Científico y Tecnológico, Ley Nº 7169 del 26 de junio de 1990; y



Considerando:

I.-Que mediante Decreto Ejecutivo N° 33748-MICIT del 28 de febrero de 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 92 del 15 de mayo de 2007; se creó la "Comisión Nacional para la Innovación, adscrita al Ministerio de Ciencia y Tecnología (MICIT)" cuya misión era promover la creación del "Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología para la Innovación". Asimismo, el artículo 1 de dicho Decreto Ejecutivo estableció que la vigencia de la "Comisión Nacional para la Innovación" sería de seis meses contados a partir de la publicación de esa norma, por lo que, siendo que el plazo de vigencia por el cual se creó ese órgano ya expiró, se estima pertinente su derogación.



II.-Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 35313-MICIT-MINAET-COMEX del 5 de mayo de 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 122 del 25 de junio de 2009; se creó el "Consejo Nacional de Innovación" (CNI), el cual se encargaría de recomendar políticas, acciones y planes políticos necesarios para lograr un mayor desarrollo de la innovación en Costa Rica (artículo 3); la "Comisión Técnica de Innovación Nacional" (COTIN), la que actuaría como un órgano de consulta y apoyo a la gestión de la Secretaría de Innovación (artículo 7) y la "Secretaría Técnica de Innovación", la cual se encargaría de impulsar las políticas, planes, programas y acciones emanados del Consejo Nacional de Innovación y actuaría como facilitador del mismo (artículo 10).



III.-Que en virtud del Principio de Coordinación del Estado, el cual se deriva del artículo 140 incisos 8) y 18) de la Constitución Política, corresponde al Poder Ejecutivo "Vigilar el buen funcionamiento de los servicios y dependencias administrativos" con el fin de lograr la unidad de la actuación administrativa del Estado, así como "Darse el Reglamento que convenga para el régimen interior de sus despacho, y expedir los demás reglamentos y ordenanzas necesarios para la pronta ejecución de las leyes." Del mismo modo, para el buen desempeño de la Administración Pública, es necesario coordinar, dar seguimiento y evaluar los resultados de las diferentes actividades que realicen las instituciones públicas para ejecutar las políticas públicas. En este sentido, el Gobierno de la República, por la importancia que representan para el desarrollo sostenible y equitativo del país, ha identificado cuatro áreas de atención estratégica en las cuales se considera relevante llevar a cabo un proceso de coordinación estratégica de alto nivel, estas áreas son la seguridad ciudadana y la paz social, el bienestar social y la atención de la familia, la competitividad e innovación y la sostenibilidad ambiental.



IV.-Que en virtud de lo anterior, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto Ejecutivo N° 36024-MP-PLAN del 11 de mayo de 2010, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 91 del 12 de mayo de 2010, reformado integralmente por el Decreto Ejecutivo N° 36467-MP-PLAN del 15 de febrero de 2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 83 del 2 de mayo de 2011, el cual creó los "Consejos Presidenciales", como órganos de orientación, asesoría y coordinación en políticas públicas, diseño de planes, metas y objetivos, y seguimiento en varias áreas de atención. En este sentido, dicho Decreto Ejecutivo creó, entre otros, un "Consejo Presidencial de Competitividad e Innovación", el cual cuenta con el apoyo de una "Secretaría Técnica" y de un "Órgano Asesor", instancias que cumplen un papel similar en cuanto a los objetivos y a la conformación de los órganos creados por el Decreto Ejecutivo N° 35313-MICIT-MINAET-COMEX del 05 de mayo de 2009.



V.-Que asimismo, el "Consejo Presidencial de Competitividad e Innovación" al ser un órgano constituido con el propósito de colaborar con la Presidencia de la República en la propuesta de objetivos estratégicos, metas sectoriales, planes de acción, políticas y directrices en el área de la innovación, se considera que, dada la similitud de este con las funciones y atribuciones encomendadas en el Decreto Ejecutivo N° 35313-MICIT-MINAET-COMEX al "Consejo Nacional de Innovación", resulta necesaria la derogatoria de este último, en procura de la unión de esfuerzos y la maximización de la gestión de la Administración.



VI.-Que en aras de la consecución del interés público y el cumplimiento de los objetivos del Estado, al amparo de los Principios de Autoorganización, Buen Gobierno y Simplificación Administrativa, dado que las funciones y atribuciones encomendadas al "Consejo Nacional de Innovación" y, en su momento, a la extinta "Comisión Nacional para la Innovación", actualmente han sido asumidas por el "Consejo Presidencial de Competitividad e Innovación", se considera que con el propósito de alcanzar una gestión pública fundamentada en la eficacia, eficiencia, transparencia y rendición de cuentas y así evitar la duplicidad de funciones, es procedente derogar los Decretos Ejecutivos en mención. Por tanto,



Decretan:
DEROGATORIA DEL DECRETO EJECUTIVO N° 33748-MICIT
DEL 28 DE FEBRERO DE 2007, PUBLICADO EN EL DIARIO
OFICIAL LA GACETA N° 92 DEL 15 DE MAYO DE 2007
Y DEL DECRETO EJECUTIVO N° 35313-MICIT-MINAET-COMEX
DEL 5 DE MAYO DE 2009, PUBLICADO EN EL DIARIO
OFICIAL LA GACETA N° 122 DEL 25 DE JUNIO DE 2009

Artículo 1º-Deróguese el Decreto Ejecutivo N° 33748-MICIT del 28 de febrero de 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 92 del 15 de mayo de 2007, denominado "Crea Comisión Nacional para la Innovación, adscrita al Ministerio de Ciencia y Tecnología (MICIT)"; y el Decreto Ejecutivo N° 35313-MICIT-MINAET-COMEX del 5 de mayo de 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 122 del 25 de junio de 2009, denominado "Crea Consejo Nacional de Innovación (CNI), la Comisión Técnica de Innovación Nacional (COTIN) y la Secretaría Técnica de Innovación".




Ficha articulo



Artículo 2º-El presente Decreto Ejecutivo rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.



Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los cinco días del mes de junio del año dos mil trece.




Ficha articulo





Fecha de generación: 6/3/2024 00:03:46
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