Nº
37815-MICITT-MINAE-COMEX
- LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
- Y LOS MINISTROS DE
CIENCIA, TECNOLOGÍA
- Y TELECOMUNICACIONES,
DE AMBIENTE Y ENERGÍA
- Y LA MINISTRA DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en los
artículos 140 incisos 3), 18) y 20) y 146 de la Constitución
Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso
2) acápite b) de la Ley
General de Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo
de 1978; la Ley
de Promoción de Desarrollo Científico y Tecnológico, Ley Nº 7169 del 26 de
junio de 1990; y
- Considerando:
I.-Que mediante Decreto Ejecutivo N° 33748-MICIT
del 28 de febrero de 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 92 del
15 de mayo de 2007; se creó la "Comisión Nacional para la Innovación,
adscrita al Ministerio de Ciencia y Tecnología (MICIT)" cuya misión era
promover la creación del "Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología para la Innovación".
Asimismo, el artículo 1 de dicho Decreto Ejecutivo estableció que la vigencia
de la "Comisión Nacional para la Innovación" sería de seis meses
contados a partir de la publicación de esa norma, por lo que, siendo que el
plazo de vigencia por el cual se creó ese órgano ya expiró, se estima
pertinente su derogación.
II.-Que mediante el Decreto Ejecutivo N°
35313-MICIT-MINAET-COMEX del 5 de mayo de 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 122 del
25 de junio de 2009; se creó el "Consejo Nacional de Innovación" (CNI),
el cual se encargaría de recomendar políticas, acciones y planes políticos
necesarios para lograr un mayor desarrollo de la innovación en Costa Rica
(artículo 3); la "Comisión Técnica de Innovación Nacional" (COTIN), la
que actuaría como un órgano de consulta y apoyo a la gestión de la Secretaría de
Innovación (artículo 7) y la "Secretaría Técnica de Innovación", la cual
se encargaría de impulsar las políticas, planes, programas y acciones emanados
del Consejo Nacional de Innovación y actuaría como facilitador del mismo
(artículo 10).
III.-Que en virtud del Principio de Coordinación
del Estado, el cual se deriva del artículo 140 incisos 8) y 18) de la Constitución
Política, corresponde al Poder Ejecutivo "Vigilar el buen
funcionamiento de los servicios y dependencias administrativos" con el fin de
lograr la unidad de la actuación administrativa del Estado, así como "Darse el
Reglamento que convenga para el régimen interior de sus despacho, y expedir los
demás reglamentos y ordenanzas necesarios para la pronta ejecución de las
leyes." Del mismo modo, para el buen desempeño de la Administración
Pública, es necesario coordinar, dar seguimiento y evaluar
los resultados de las diferentes actividades que realicen las instituciones
públicas para ejecutar las políticas públicas. En este sentido, el Gobierno de
la República, por la
importancia que representan para el desarrollo sostenible y equitativo del
país, ha identificado cuatro áreas de atención estratégica en las cuales se
considera relevante llevar a cabo un proceso de coordinación estratégica de
alto nivel, estas áreas son la seguridad ciudadana y la paz social, el
bienestar social y la atención de la familia, la competitividad e innovación y
la sostenibilidad ambiental.
IV.-Que en virtud de lo anterior, el Poder
Ejecutivo emitió el Decreto Ejecutivo N° 36024-MP-PLAN del 11 de mayo de 2010,
publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N° 91 del 12 de mayo de 2010, reformado
integralmente por el Decreto Ejecutivo N° 36467-MP-PLAN del 15 de febrero de
2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 83 del 2 de mayo de 2011, el
cual creó los "Consejos Presidenciales", como órganos de orientación, asesoría
y coordinación en políticas públicas, diseño de planes, metas y objetivos, y
seguimiento en varias áreas de atención. En este sentido, dicho Decreto
Ejecutivo creó, entre otros, un "Consejo Presidencial de Competitividad e
Innovación", el cual cuenta con el apoyo de una "Secretaría Técnica" y de un
"Órgano Asesor", instancias que cumplen un papel similar en cuanto a los
objetivos y a la conformación de los órganos creados por el Decreto Ejecutivo
N° 35313-MICIT-MINAET-COMEX del 05 de mayo de 2009.
V.-Que asimismo, el "Consejo Presidencial de
Competitividad e Innovación" al ser un órgano constituido con el propósito de
colaborar con la
Presidencia de la República en la propuesta de objetivos
estratégicos, metas sectoriales, planes de acción, políticas y directrices en
el área de la innovación, se considera que, dada la similitud de este con las
funciones y atribuciones encomendadas en el Decreto Ejecutivo N°
35313-MICIT-MINAET-COMEX al "Consejo Nacional de Innovación", resulta necesaria
la derogatoria de este último, en procura de la unión de esfuerzos y la
maximización de la gestión de la Administración.
VI.-Que en aras de la consecución del interés
público y el cumplimiento de los objetivos del Estado, al amparo de los
Principios de Autoorganización, Buen Gobierno y Simplificación Administrativa,
dado que las funciones y atribuciones encomendadas al "Consejo Nacional de
Innovación" y, en su momento, a la extinta "Comisión Nacional para la Innovación",
actualmente han sido asumidas por el "Consejo Presidencial de Competitividad e
Innovación", se considera que con el propósito de alcanzar una gestión pública
fundamentada en la eficacia, eficiencia, transparencia y rendición de cuentas y
así evitar la duplicidad de funciones, es procedente derogar los Decretos
Ejecutivos en mención. Por tanto,
- Decretan:
- DEROGATORIA DEL DECRETO
EJECUTIVO N° 33748-MICIT
- DEL 28 DE FEBRERO DE 2007,
PUBLICADO EN EL DIARIO
- OFICIAL LA
GACETA N° 92 DEL 15 DE MAYO DE 2007
- Y DEL DECRETO EJECUTIVO N°
35313-MICIT-MINAET-COMEX
- DEL 5 DE MAYO DE 2009,
PUBLICADO EN EL DIARIO
- OFICIAL LA GACETA N° 122 DEL
25 DE JUNIO DE 2009
Artículo 1º-Deróguese el Decreto Ejecutivo N° 33748-MICIT del 28 de
febrero de 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 92 del
15 de mayo de 2007, denominado "Crea Comisión Nacional para la Innovación,
adscrita al Ministerio de Ciencia y Tecnología (MICIT)"; y el Decreto
Ejecutivo N° 35313-MICIT-MINAET-COMEX del 5 de mayo de 2009, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta
N° 122 del 25 de junio de 2009, denominado "Crea Consejo
Nacional de Innovación (CNI), la Comisión Técnica de Innovación Nacional (COTIN) y
la
Secretaría Técnica de Innovación".