Nº
39330-MOPT-H-PLAN-MIVAH
(Este decreto
ejecutivo fue derogado por el artículo 7° del decreto Ejecutivo N° 43803 del 29
de noviembre del 2022, "Declara de interés público el desarrollo del
proyecto denominado "Ciudad Gobierno")
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
EL MINISTRO A.I. DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,
EL MINISTRO DE HACIENDA, LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN
NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA Y EL MINISTRO
DE VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS HUMANOS
En uso de las facultades que le confieren los artículos 14 inciso 3 y
18) y 146 de la Constitución Política; 27 inciso l) y 28 inciso 2), acápite b)
de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, denominada "Ley General de
Administración Pública"; Ley Nº 8131 de fecha 16 de octubre del 2001,
denominada "Ley de la Administración Financiera y de Presupuestos
Públicos"; Ley Nº 3155 de fecha 5 de agosto de 1963, denominada "Ley
Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes y sus reformas";
y Ley Nº 5525 de fecha 2 de mayo de 1974, denominada "Ley de
Planificación Nacional".
Considerando:
I. Que el Plan Nacional de Desarrollo contempla la ejecución del Programa
Ciudad Gobierno con el fin de obtener mejora en la calidad de los servicios y
en las condiciones físicas en que se prestan, así como el ahorro en gasto por
concepto de alquileres.
II. Que la función administradora de la organización estatal y la permanente
búsqueda de las condiciones idóneas en el desempeño de los recursos humanos,
requieren de espacios adecuados para una eficaz y oportuna gestión de
prestación de bienes y servicios en función de los ciudadanos.
III. Que la actual dispersión geográfica de la ubicación de las entidades que
prestan servicios concurrentes y complementarios de la Administración, no
contribuye a facilitar el acceso de los administrados a dichos servicios.
IV. Que el Plan Nacional de Desarrollo 2015-2018 "Alberto Cañas
Escalante", señala que los gastos crecientes por concepto de alquileres de
locales y gastos por los servicios públicos, agudiza la situación fiscal, alcanzando
cifras que para el año 2015 superan los treinta mil millones de colones en el
Gobierno Central.
V. Que la Administración está avocada a la búsqueda de alternativas de
inversión racional de los recursos públicos, mediante la propuesta de
soluciones novedosas y eficientes en materia de infraestructura pública.
VI. Que los esfuerzos de la presente Administración están encauzados al
logro de una sana gestión de los recursos del Estado, asignándolos según la
escala de prioridades que más favorece el desarrollo social y económico del
país.
VII. Que la inversión pública constituye un agente dinamizador del empleo y
la formación de riqueza nacional, condiciones importantes que se articulan con
los esfuerzos que se hacen por mejorar las cifras económicas nacionales.
VIII. Que un equipo de profesionales del Gobierno ha logrado diseñar y
articular un novedoso proyecto denominado "Ciudad Gobierno",
para el desarrollo arquitectónico de un conjunto de edificios, donde se
instalen ministerios e instituciones cuyas funciones sean relacionadas, con lo
cual se mejore sensiblemente el servicio que presta el Estado a los
administrados.
IX. Que la ubicación del proyecto coincide con el interés de mejorar el
ambiente urbano en esa zona de la Ciudad de San José, lo cual redundará en un
mejoramiento y embellecimiento general de la ciudad capital.
X. Que este proyecto dará inicio con una primera etapa para la construcción
del Edificio del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, declarado de
interés público mediante el Decreto Ejecutivo Nº39007-MOPT-H-PLAN de fecha 08
de mayo del 2015, el cual es de aproximadamente 30.730 m². La segunda etapa de
este proyecto se detalla en el artículo 2º del presente Decreto.
XI. Que la construcción de este complejo arquitectónico tiene previsto
múltiples ventajas como:
a. Aprovechar los terrenos del Estado cuyo uso actual puede optimizarse.
b. Establecimiento de vías y medios de transporte, que concederán mayor
dinamismo y eficiencia al sistema actual, con ahorros de combustible y tiempo
importantes.
c. Canalización de recursos privados para financiar obra pública, con lo
cual se impacta positivamente la situación fiscal a la vez que se enfrenta un
viejo problema de falta de infraestructura.
d. El Desarrollo arquitectónico de estos edificios conlleva todas las
acciones posibles para hacerlo armónico con los esfuerzos por impactar
positivamente el cambio climático.
e. Con la implementación del proyecto, se invierten recursos en la
adquisición de terrenos para uso institucional.
XII. Que el Poder Ejecutivo, consciente de la importancia de los fines que
persigue este proyecto y su necesaria articulación de esfuerzos públicos y
privados, encauzados a la protección del ambiente, a elevar la eficiencia de la
Administración, a la contención del gasto y a favorecer las acciones que
fomenten la inversión pública de calidad, apoya este tipo de iniciativas y las
alianzas necesarias para el desarrollo óptimo del proyecto.
XIII. Que este esfuerzo de desarrollo institucional marca la pauta para que las
futuras necesidades de espacio institucionales sean hechas como fases
posteriores de Ciudad Gobierno, hasta convertir este espacio en un verdadero
Centro Cívico Institucional, donde confluyen la mayoría de instituciones del
Estado y con ello minimizar los costos de los servicios que presta la
Administración y maximizar la agilidad en la prestación de los mismos. Por
tanto,
DECRETAN:
Declara de interés público y nacional la formulación y
ejecución del proyecto denominado "Ciudad Gobierno"(*)
(*) (Así modificada
la denominación del título anterior por
el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 42310 del 6° de julio de 2020)
Artículo 1º-Declaratoria. Se declara de interés público y
nacional la ejecución del proyecto denominado "Ciudad Gobierno"
segunda etapa y, en consecuencia, todas aquellas gestiones, actividades e
iniciativas relacionadas directamente con su desarrollo.