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 Normativa >> Reglamento 08 >> Fecha 16/09/2016 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 08
Reforma Manual de procedimiento para el pago de los servicios ambientales
Texto Completo acta: 11184F

FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL



En Sesión Ordinaria 08-2016 celebrada el 16 de setiembre del 2016, se tomó el acuerdo décimo quinto.



Considerando



1°-Que mediante acuerdo número décimo primero tomado en la sesión ordinaria N°01-2009 del 28 de enero del 2009, la Junta Directiva del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (Fonafifo), aprueba el Manual de Procedimientos para el Pago de los Servicios Ambientales, el cual fue publicado en La Gaceta N°46 del día viernes 6 de marzo de 2009.



2°-Que el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, ha considerado oportuno y necesario modificar algunos aspectos puntuales del Manual de Procedimientos para el Pago de Servicios Ambientales vigente.



3°-Que de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento a la Ley Forestal N°7575, Decreto Ejecutivo N°215721-MINAE y sus reformas, la Junta Directiva del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal es la competente para emitir los procedimientos para ejecutar el Programa de Pago por Servicios Ambientales.



Por lo tanto:



La Junta Directiva del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal emite la siguiente modificación al Manuel de Procedimientos Administrativos:



Artículo 1°- Para que se modifique el párrafo del punto 7.5.1, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente forma:



7.5.1. Plano de la finca a escala natural, leíble toda la información contenida en el mismo y certificado por el Catastro Nacional o Notario Público.




Ficha articulo



Artículo 2°- Para que se modifiquen el texto de los anexos 3 y 5 punto 9, anexo 7 punto 11 y anexo 16 punto 5, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente forma:



1. El plano de la propiedad debe estar geo-referenciado con al menos tres puntos ubicados mediante GPS con proyección CRTM05. Dos de estos puntos como mínimo deben ser vértices del plano. Todos los puntos GPS, deben de estar a una distancia no menor a 50 metros entre ellos (deben indicarse en el croquis las ubicaciones de los puntos) y se debe aportar de forma digital mediante un archivo Shape de puntos (shp).



-Se debe presentar un solo archivo Shape de puntos que incluya en la tabla de atributos (dbf), la columna A, con el nombre "plano" tipo texto donde se incluye el número de plano indicado en la solicitud; la columna B con el nombre "punto" tipo numérica, donde se incluye el número de punto de GPS al que se hace referencia y la columna C con el nombre "codigo" tipo numérica solamente deberá de llenarse con los números que indique el Catálogo de referencia GPS. Cuyo formato a seguir es:



 



A



B



C



 



plano



punto



código



 



*Los nombres de las columnas van en minúscula, NO se aceptan tildes, espacios en blanco u otro carácter extraño en los títulos de las columnas



-Para normalizar el tipo de información que se requiere en los archivos Shape de puntos, a continuación se procede a indicar la numeración a utilizar de acuerdo al catálogo de referencia GPS, que se va implementar:



Código



Catalogo



1



Vértice del plano



2



Edificación (casa, corral, etc)



3



Infraestructura vial (camino, carretera)



40



Otro



-El archivo Shape debe venir nombrado con el número de solicitud asignado por la Oficina Regional, incluyendo al final del nombre la letra "p" (ejemplo, SJ01000116p)



-El archivo Shape debe de ser entregado en un disco compacto, o cualquier otro medio electrónico siempre y cuando se pueda corroborar la fecha de entrega.




Ficha articulo



Artículo 3°- Para que se modifique el texto de los anexos 3 y 5 punto 10, anexo 7 punto 11 y anexo 16 punto 6, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente forma:



El archivo digital debe de cumplir con:



-El archivo debe ser en formato Shape file (que contenga como mínimo las extensiones shp, shx,prj, dbf) polígono, no se admitirán otros formatos.



-El archivo Shape debe venir nombrado con el número de solicitud asignado por la Oficina Regional (ejemplo, SJ01000116)



-Se debe presentar un solo archivo Shape polígono que incluya en la tabla de atributos (dbf), la columna A, con el nombre "plano" tipo texto donde se incluye el número de plano incluido en la solicitud, la columna B con el nombre "uso" tipo numérica, donde solamente deberá de llenarse con los números que indique el Catálogo de Uso, la columna C con el nombre "hectareas" tipo numérica con el dato de la cuantificación del área en hectáreas según el uso de la finca y la Columna D con el nombre "detalle" tipo texto donde se incluye una breve descripción. Cuyo formato a seguir es:



     A



B



C



D



plano



uso



hectáreas



detalle



*Los nombres van en minúscula, NO se aceptan tildes, espacios en blanco u otro carácter extraño en los títulos de las columnas



**En la columna C (hectáreas) la sumatoria de las áreas deberá ser igual al área total de finca. Se permitirá un rango de tolerancia de más/menos 1 hectárea



-Para normalizar el tipo de información que se requiere en los archivos Shape polígono, a continuación se procede a indicar la numeración a utilizar de acuerdo al Catálogo de Uso que se va implementar:



 



USO



DESCRIPCIÓN



1



Superficie de PSA



2



Superficie del Resto Finca



3



Superficie de Caminos



4



Superficie de Cursos de Agua



5



Superficie de otros (contratos anteriores y/o aquellas coberturas que no están considerados en los puntos 2-3 y 4)



 



-El archivo Shape debe presentarse geo-referenciado en el sistema de coordenadas CRTM05 (oficializado mediante el Decreto N°33797-MJ-MOPT, publicado en La Gaceta N°108 del miércoles 6 de junio del 2007).



- El archivo Shape debe de ser entregado en un disco compacto, o cualquier otro medio electrónico siempre y cuando se pueda corroborar la fecha de entrega.




Ficha articulo



Artículo 4°- Para que se modifique el texto de los anexos 3 y 5 punto 14, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente forma:



14. Manifestación expresa de la existencia de otros contratos de PSA vigentes sobre la misma finca, indicando el área o número de árboles, la ubicación y certificando la cabida de los contratos.




Ficha articulo



Artículo 5°- En todos los demás aspectos no considerados en esta modificación, se mantiene invariable el Manual de Procedimientos para el Pago de los Servicios Ambientales vigente, publicado en el N°46 del día viernes 6 de marzo del 2009.




Ficha articulo



Artículo 6°- Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.




Ficha articulo





Fecha de generación: 26/2/2024 21:44:35
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