Texto Completo acta: 115A0D
N° 9419
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DECLARACIÓN DEL 30 DE NOVIEMBRE COMO
DÍA NACIONAL DE LA MARIMBA COSTARRICENSE
ARTÍCULO 1.- Se declara la marimba como símbolo nacional de la cultura y el folclore
costarricense.
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ARTÍCULO 2.- El 30 de noviembre de cada año se denominará como Día Nacional de la
Marimba Costarricense.
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ARTÍCULO 3.- El Ministerio de Educación Pública y el Ministerio de Cultura y
Juventud, en coordinación con las municipalidades y demás instituciones
públicas, promoverán, organizarán y ejecutarán actividades locales y regionales
de celebración alusivas al Día Nacional de la Marimba Costarricense.
Dado en la ciudad de Nicoya, Guanacaste, a los dos días del mes de marzo
del año dos mil diecisiete.
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Fecha de generación: 26/4/2024 08:48:36