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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40435 >> Fecha 15/05/2017 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 40435
Publica Resolución N° 376-2016 (COMIECO-LXXVII) de fecha 01 de septiembre del 2016 y sus Anexos: Acelerar la Ejecución de las 5 medidas prioritarias de corto plazo contempladas en la "Estrategia Centroamericana de Facilitación del Comercio y Competitivida
Texto Completo acta: 117F70

N°40435-COMEX



EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA



Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTEREOR



De conformidad con las facultades y atribuciones que les conceden los artículos 50, 140 incisos 3),



8), 10), 18) y 20); y 146 de la Constitución Política; los artículos 4, 25, 27 párrafo 1, 28 párrafo 2 inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; el articulo III del Tratado General de Integración Económica Centroamericana, Ley N° 3150 del 29 de julio de 1963; los artículos 1, 3, 5, 7, 15, 26, 30, 36, 37, 38, 39, 46, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, Ley de Aprobación N° 7629 del 26 de septiembre de 1996; y



CONSIDERANDO:



I.- Que durante la XLIII Reunión Ordinaria de Jefes de Estado y de Gobierno de los países miembros del Sistema de la Integración Centroamericana (SIECA), mediante la Declaración de Punta Cana del 27 de junio de 2014, los Presidentes instruyeron al Consejo de Ministros de Integración Económica a "presentar en 90 días una propuesta de procedimientos comunes de trámites «ro,7Ierizos) e indicadores de medición y evaluación" (párrafo 9) y "adoptar e implementar una Estrategia Centroamericana de Facilitación de Comercio y Competitividad con Énfasis en la Gestión Coordinada de Fronteras" (párrafo 10).



II.- Que el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), mediante Acuerdo N° 01-2015 (COMIECO-LXXIII) de fecha 22 de octubre de 2015; aprobó la "Estrategia Centroamericana de Facilitación del Comercio y Competitividad con énfasis en Gestión Coordinada de Fronteras".



III.- Que el Consejo de Ministros de Integración Económica, mediante Resolución N° 376-2016 (COMIECO-LXXVII) de fecha 01 de septiembre de 2016, de conformidad con el numeral 2 de la parte dispositiva de dicha Resolución, acordó "acelerar la Ejecución de las 5 medidas prioritarias de corto plazo contempladas en la Estrategia Centroamericana de Facilitación del Comercio y Competitividad con énfasis en Gestión Coordinada de Fronteras", en la forma que dispone el Anexo a la Resolución en mención, el cual forma parte integral de la misma



IV.- Que Costa Rica mediante Decreto Ejecutivo N° 39675-COMEX de fecha 03 de marzo de 2016; publicado en el Alcance N° 85 al Diario Oficial La Gaceta 102 de! 27 de mayo de 2016, promulgó el Acuerdo N° 01-2015 (COMIECO-LXXIII) de fecha 22 de octubre de 2015 y su Anexo: "Estrategia Centroamericana de Facilitación del Comercio y Competitividad con énfasis en Gestión Coordinada de Fronteras", por lo que, con el propósito de adecuar la normativa nacional de conformidad a lo dispuesto en el apartado 2 de la parte dispositiva de la Resolución N° 376-2016 (COMIECO-LXXVII) de fecha 01 de septiembre de 2016, resulta procedente modificar dicho Decreto Ejecutivo.



V.- Que en cumplimiento de lo indicado en dicha Resolución, se procede a su publicación.



Por tanto;



 



DECRETAN:



Publicación de la Resolución N° 376-2016 (COMIECO-LXXVII) de fecha 01 de septiembre



de 2016 y su Anexo: Acelerar la Ejecución de las 5 medidas prioritarias de corto plazo



contempladas en la "Estrategia Centroamericana de Facilitación del Comercio y



Competitividad con énfasis en Gestión Coordinada de Fronteras".



 



Artículo 1.- Publíquese la Resolución N° 376-2016 (COMIECO-LXXVII) del Consejo de Ministros de Integración Económica, de fecha 01 de septiembre de 2016 y su Anexo: Acelerar la Ejecución de las 5 medidas prioritarias de corto plazo contempladas en la "Estrategia Centroamericana de Facilitación del Comercio y Competitividad con énfasis en Gestión Coordinada de Fronteras", que a continuación se transcriben:



RESOLUCIÓN No. 376-2016 (COMIECO-LXXVII)



EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (COMIECO)



CONSIDERANDO:



Que de conformidad con el Artículo III del Tratado General de Integración Económica Centroamericana, suscrito el 13 de diciembre de 1960, los Estados Signatarios se otorgan el libre comercio y el tratamiento nacional para todos sus productos originarios de sus respectivos territorios; y estarán exentos de toda restricción o medida de carácter cuantitativo, con la excepción de las medidas de control legalmente aplicables por razones de sanidad, seguridad o policía.



Que los artículos 55 y 38 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala, suscrito el 29 de octubre de 1993 modificado por la Enmienda del 27 de febrero de 2002, el Consejo de Ministros de Integración Económica -COMIECO- tiene bajo su competencia los asuntos de la Integración Económica Centroamericana y, como tal, le corresponde aprobar los actos administrativos del Subsistema Económico;



Que el perfeccionamiento de la zona de libre comercio, es la primera etapa estratégica establecida por el Tratado General de Integración Económica CA y su Protocolo de Guatemala, para la construcción de la Unión Aduanera y del Mercado Común, para alcanzar la Unión Económica Centroamericana.



Que de acuerdo con el artículo 15 de ese mismo instrumento jurídico regional, los Estados Parte se comprometen a constituir una Unión Aduanera entre sus territorios; y que de conformidad con el Convenio Marco para el Establecimiento de la Unión Aduanera, suscrito el 12 de diciembre del 2007, la primera etapa de la misma está constituida por la promoción de la circulación de bienes y facilitación del comercio.



POR TANTO:



Con fundamento en lo dispuesto por el articulo lii del Tratado General de Integración Económica Centroamericana; y en los artículos 1,3, 5, 7, 15, 26, 36, 37, 38, 39, 46, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General -Protocolo de Guatemala.



En cumplimiento de las órdenes emanadas de la Reunión de Presidentes, en sus Declaraciones de Punta Cana, Placencia y Antigua Guatemala.



RESUELVE:



1. Reafirmar la importancia estratégica del comercio intrarregional de los países miembros del Subsistema de Integración Económica Centroamericana.



2. Acelerar la ejecución de las 5 medidas prioritarias de corto plazo contempladas en la Estrategia Centroamericana de Facilitación del Comercio y Competitividad con Énfasis en la Gestión Coordinada de Fronteras, de conformidad con el Anexo de esta Resolución.



3.     Se instruye a la SIECA que gestione la cooperación que pueda apoyar a los países en la implementación de la 5 medida5 prioritarias de corto plazo



4.     En el caso de Panamá remitirá a la brevedad posible las fechas indicativas propuestas en el Anexo de esta resolución.



La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su firma y será publicada por los Estados Parte.



Managua, Nicaragua 01 de septiembre del 2016



 





 



infrascrita Secretaria General de la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA) CERTIACA: Que las dos (2) fotocopias que anteceden a la presente hoja de papel bond, así como cuatro (4) del anexo adjunto, todas impresas únicamente en su anverso, rubricadas y selladas con el sello de la SIECA, reproducen fielmente la Resolución No. 376-2016 (COMIECO-LXXVII), adoptada por el Consejo de Ministros de integración Económica, el uno de septiembre de dos mil dieciséis, de cuyos originales se reprodujeron. Y para remitir a los Estados Parte para su correspondiente publicación, extiendo la presente copia certificada en la ciudad de Guatemala, el trece de septiembre de dos mil dieciséis. ------------------------------------------------------------------------------



 





ANEXO



 



MEDIDAS



LINEAMIENTOS



RESPONSABLE



FECHAS INDICATIVAS



Declaración anticipada de mercancías



 



Dirección General de Aduanas (Autoridades Aduaneras)



 



 



Elaboración y publicación de disposición administrativa que ponga en vigor la obligatoriedad de la declaración anticipada y los procedimientos que respalde la transmisión electrónica anticipada.



Autoridades Aduaneras



Nov-20161



1A excepción de Costa Rica que requiere de un plazo mayor para la reforma legal que establece la obligatoriedad de la Declaración Anticipada.



Desarrollar el sistema informático para declaración anticipada Caso de HN



Autoridades Aduaneras



Nov-2016



Transmisión de FAUCA anticipado en funcionamiento.



Autoridades Aduaneras



Definir por parte de Panamá



Divulgación del sistema de declaración anticipada de mercancías



Autoridades Aduaneras



Nov-20162



2A excepción de Costa Rica que requiere de un plazo mayor para la divulgación de la Declaración Anticipada.



Módulo de contenedores instalados. Las faltas del módulo de contenedores no representan un obstáculo para implementar la declaración anticipada



Autoridades Aduaneras, autoridades migratoria y sanitarias, con apoyo de SIECA y BID



Feb-2014



Agilización y coordinación de controles migratorios



 



Direcciones Generales de Migración



 



 



Selección de alternativa entre: uso de módulo migratorio TIM o desarrollo de sistemas de intercambio web, realizada



Autoridades de Migración



Oct-2016



 



MEDIDAS



LINEAMIENTOS



RESPONSABLE



FECHAS INDICATIVAS



 



Elaborar la guía técnica de transmisión electrónica de los datos.



Autoridades de Migración y la SIECA



Oct-2016



Marco legal/normativo/acuerdos que habilite el intercambio de información migratoria



Autoridades de Migración y la SIECA



Dic-20163



3A excepción de Costa Rica quien hará las consultas con su autoridad migratoria.



Protocolo de Acuerdo de actuación definido de manera conjunta entre pares de países para intercambiar información migratoria de los conductores de camiones de carga y aceptación o no de su ingreso al país



Autoridades de Migración y la SIECA



Nov-20164



4A excepción de Costa Rica quien hará las consultas con su autoridad migratoria.



Protocolo de Acuerdo de actuación adoptado de manera conjunta entre pares de países para intercambiar información migratoria de los conductos de camiones de carga y aceptación o no de su ingreso al país



Autoridades de Migración y la SIECA



Ene-20175



5A excepción de Costa Rica quien hará las consultas con su autoridad migratoria.



Desarrollar los servicios web para el intercambio de información de consulta y respuesta en cada país.



Autoridades de Migración con el apoyo técnico del BID



Dic-20166



6Sujeto a confirmación del BID para el desarrollo de las aplicaciones informáticas.



Acuerdo de actuación entre pares de países adoptados.



Autoridades de Migración con el apoyo técnico de la SIECA



Ene-20177



7A excepción de Costa Rica quien hará las consultas con su autoridad migratoria.



Módulos de contenedores instalados



Autoridades Aduaneras, autoridades migratoria y sanitarias, con apoyo de SIECA y BID



Feb-2017



 



MEDIDAS



LINEAMIENTOS



RESPONSABLE



FECHAS INDICATIVAS



Certificados fito y zoosanitarios electrónicos



 



Autoridades Sanitarias y Fitosanitarias (MAGA, MAG, SENASA, IPSA, MIDA/AUPSA). SIECA, Ventanillas Únicas.



 



Elaborar la guía técnica de transmisión electrónica de los datos considerando la resolución 338-2014 COMIECO (Directriz Sanitaria y Fitosanitaria Centroamericana).



Autoridades Sanitarias y Fitosanitarias (MAGA, MAG, SENASA, IPSA, MIDA/AUPSA). SIECA, Ventanillas Únicas.



Oct-2016



Desarrollar los servicios web para el intercambio de información de consulta y respuesta en cada país.



Autoridades Sanitarias y Fitosanitarias (MAGA, MAG, SENASA, IPSA, MIDA/AUPSA). SIECA, Ventanillas Únicas y BID.



Nov-2016



 



Protocolo de intercambio de información.



Autoridades Sanitarias y Fitosanitarias (MAGA, MAG, SENASA, IPSA, MIDA/AUPSA). SIECA, Ventanillas Únicas.



Dic-2016



Acuerdo de intercambio de información fito y zoo sanitario suscrito. Elaboración y firma por el COMIECO.



COMIECO y el CAC.



Nov-2016



Programas Piloto de intercambio finalizados



Autoridades Sanitarias y Fitosanitarias (MAGA, MAG, SENASA, IPSA, MIDA/AUPSA). SIECA, Ventanillas Únicas.



Enero 2017



Programa de capacitación y divulgación implementado



Autoridades Sanitarias y Fitosanitarias (MAGA, MAG, SENASA, IPSA, MIDA/AUPSA). SIECA



Enero 2017



Firma electrónica8



8El cumplimiento de este indicador no limita la implementación de la medida.



Las autoridades competentes.



Diciembre 2017



 



Pago electróncio9



9El cumplimiento de este indicador no limita la implementación de la medida.



Las autoridades competentes.



Diciembre 2017



Registro de Unidades de carga con dispositivos de radio



 



SIECA y BID



Marzo 2017



 



MEDIDAS



LINEAMIENTOS



RESPONSABLE



FECHAS INDICATIVAS



Frecuencia (RFID)



 



 



 



 



Instalación de RFID e interconexión desarrollado



Autoridades Aduaneras con apoyo de SIECA



Agosto 2017



Instalación de cámaras en paso fronterizo



Licitación y compra de equipo de acuerdo a las necesidades expresadas por los países, por parte del BID y la SIECA.



SIECA y BID



Abril 2017



 



Cámaras instaladas



Autoridades Aduaneras con apoyo de SIECA



Mayo 2017



 




 




Ficha articulo



Artículo 2.- Modifíquese el Decreto Ejecutivo N° 39675-COMEX de fecha 03 de marzo de 2016; denominado "Publicación del Acuerdo N° 01-2015 (COMIECO-LXXIII) de fecha 22 de octubre de 2015 y su Anexo: Estrategia Centroamericana de Facilitación del comercio y Competitividad con énfasis en Gestión Coordinada de Fronteras", publicado en el Alcance N° 85 al Diario Oficial La Gaceta N° 102 del 27 de mayo de 2016, de conformidad a lo dispuesto en el apartado 2 de la parte dispositiva de la Resolución N° 376-2016 (COMIECO-LXXVII) de fecha 01 de septiembre de 2016 y su Anexo, que se publican mediante el presente Decreto Ejecutivo.




 




Ficha articulo



Artículo 3.- El presente Decreto Ejecutivo rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.



Dado en la Presidencia de la República, a los quince días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.



 




Ficha articulo





Fecha de generación: 26/4/2024 05:12:14
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