R-SINAC-DE-108-2017
SISTEMA NACIONAL DE AREAS DE CONSERVACION, a las nueve horas
nueve minutos del tres de noviembre del dos mil diecisiete.
RESULTANDO:
PRIMERO. Que de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ejecutivo N° 38863-MINAE, Reglamento
para el trámite de los permisos y control del aprovechamiento maderable, en
terrenos de uso agropecuario, sin bosque y situaciones especiales en Costa Rica
y Oficialización del "Sistema de información para el control del
Aprovechamiento Forestal (SICAF), artículo 27 sobre los requisitos para
certificados de origen, en su inciso e) establece que los Certificados de
Origen presentados a la Administración Forestal del Estado para aprovechamiento
de sistemas agroforestales de árboles regenerados en forma natural, deberán
cumplir los requerimientos técnicos y ajustarse a la lista oficial de especies
que defina y publique la AFE, en el Diario Oficial La Gaceta, por lo cual se
hace necesario dicho listado de especies.
CONSIDERANDO:
PRIMERO. Que la Ley Forestal N° 7575, en su artículo primero, establece como
función esencial y prioritaria del Estado, velar por la conservación,
protección y administración de los bosques naturales y por la producción, el
aprovechamiento, la industrialización y el fomento de los recursos forestales
del país destinados a este fin, de acuerdo al principio de uso adecuado y
sostenible de los recursos naturales renovables.
SEGUNDO. Que de conformidad con el artículo 3 de la Ley Forestal 7575, el
aprovechamiento maderable, es toda acción de corta, eliminación de árboles
maderables en pie o utilización de árboles caídos, que genere o pueda generar
algún provecho, beneficio, ventaja, utilidad o ganancia para la persona que la
realiza o para quien ésta representa.
TERCERO. Que en el Diario Oficial La Gaceta Nº 66 del 7 de abril del 2015 se
publicó el Decreto Ejecutivo Nº 38863-MINAE, correspondiente al Reglamento para
el trámite de los permisos y control del aprovechamiento maderable, en terrenos
de uso agropecuario, sin bosque y situaciones especiales en Costa Rica y
Oficialización del "Sistema de Información para el control del
Aprovechamiento Forestal" (SICAF).
CUARTO. Que en el artículo 27 del Decreto Ejecutivo Nº 38863-MINAE sobre los
Requisitos para Certificados de Origen, en su inciso e) establece que los
Certificados de Origen presentados a la Administración Forestal del Estado para
aprovechamiento de sistemas agroforestales de árboles regenerados en forma
natural, deberán cumplir los requerimientos técnicos y ajustarse a la lista
oficial de especies que defina y publique la AFE, en el Diario Oficial La
Gaceta.
POR TANTO:
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL
DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN
RESUELVE:
Lista de especies cultivadas o regeneradas naturalmente que las Áreas de
Conservación han establecido oficialmente para los Certificados de Origen en
Sistemas Agroforestales.
PRIMERO. La presente resolución tiene como objeto establecer la lista de especies
que cada Área de Conservación han considerados para árboles cultivados o
regenerados naturalmente para los Certificados de Origen en Sistemas
Agroforestales.
SEGUNDO. La presente resolución tiene como objeto establecer
la lista de especies que cada Área de Conservación han considerados para
árboles cultivados o regenerados naturalmente para los Certificados de Origen
en Sistemas Agroforestales.
(Así reformado el
párrafo anterior por resolución N° R-SINAC-CONAC-027-2022
del 11 de mayo de 2022)
(*)TERCERO. En la presente resolución se emplearán las
siguientes abreviaturas con su respectivo significado:
CONAC Consejo Nacional de Áreas de
Conservación
AC Área de Conservación
ACAHN Área de Conservación Arenal Huetar
Norte
ACAT Área de Conservación Arenal Tempisque
ACC Área de Conservación Central
ACG Área de Conservación Guanacaste
ACLAC Área de Conservación La Amistad Caribe
ACLAP Área de Conservación La Amistad
Pacífico
ACOPAC Área de Conservación Pacífico Central
ACOSA Área de Conservación Osa
ACT Área de Conservación Tempisque
ACTo Área de Conservación Tortuguero
AFE Administración Forestal del Estado
DAP Diámetro a la Altura del Pecho a 1,30
metros (m.) del suelo
SINAC Sistema Nacional de Áreas de
Conservación
(*) (Así reformado
el párrafo anterior por resolución N° R-SINAC-CONAC-027-2022
del 11 de mayo de 2022)
(*)CUARTO. La lista de especies que cada Área de
Conservación consideraron para árboles cultivados o regenerados naturalmente
para los Certificados de Origen en Sistemas Agroforestales, son las siguientes:
Área de Conservación
|
Nombre común
|
Nombre científico
|
ACC
|
Cedro amargo
|
Cedrela odorata
|
Laurel
|
Cordia alliodora
|
Gallinazo
|
Schizolobium parahyba
|
Guachipelín
|
Diphysa americana
|
Indio desnudo
|
Bursera simaruba
|
Madero negro
|
Gliricidia sepium
|
Poró (Poró gigante)
|
Erythrina poeppigiana
|
Guácimo blanco
|
Goethalsia meiantha
|
Roble sabana
|
Tabebuia rosea
|
ACG
|
Laurel
|
Cordia alliodora
|
Área de Conservación
|
Nombre común
|
Nombre científico
|
|
Madero negro
|
Gliricidia sepium
|
Guácimo
|
Guazuma ulmifolia
|
Nance
|
Byrsonima crassifolia
|
Jocote
|
Spondias purpurea
|
Gallinazo
|
Schizolobium parahyba
|
Roble sabana
|
Tabebuia rosea
|
Roble encino
|
Quercus oleides
|
Jicaro
|
Crescentia allata
|
Jicaro
|
Crescentia cujete
|
ACT
|
Cedro amargo
|
Cedrela odorata
|
Laurel
|
Cordia alliodora
|
Roble sabana
|
Tabebuia rosea
|
Corteza Amarilla
|
Handroanthus ochraceus
|
Gallinazo
|
Shizolobium parahyba
|
Guácimo
|
Guazuma ulmifolia
|
Carao
|
Cassia grandis
|
Guachipelín
|
Diphysa americana
|
Saíno
|
Caesalpinia eriostachys
|
Quebracho
|
Lysiloma divaricatum
|
Madero negro
|
Gliricidia sepium
|
Gavilancillo
|
Albizia adinocephala (niopoides)
|
Nance
|
Byrsonima crassifolia
|
Brasil
|
Haematoxylum brasiletto
|
Poro poro
|
Cochlospermum vitifolium
|
Mora
|
Maclura tinctoria
|
Palo arco
|
Myrospermum frutescens
|
Molidero
|
Eugenia salamensis
|
Jocote
|
Spondias purpurea
|
Chaperno
|
Lonchocarpus costaricense
|
Jobo
|
Spondias mombin
|
Aceituno
|
Simaruba glauca
|
Indio desnudo
|
Bursera simaruba
|
Corteza negro
|
Handroanthus impetiginosus
|
ACAT
|
Laurel
|
Cordia alliodora
|
Madero negro
|
Gliricidia sepium
|
Guácimo
|
Guazuma ulmifolia
|
Guachipelín
|
Diphysa americana
|
ACAHN
|
Cedro amargo
|
Cedrela odorata
|
Laurel
|
Cordia alliodora
|
Lagartillo
|
Zanthoxylon kellermanii
|
ACOPAC
|
Gallinazo
|
Schizolobium parahyba
|
Laurel
|
Cordia alliodora
|
Cedro amargo
|
Cedrela odorata
|
Guachipelin
|
Diphysa americana
|
Área de Conservación
|
Nombre común
|
Nombre científico
|
|
Roble Sabana
|
Tabebuia rosea
|
Madero Negro
|
Gliricidia sepium
|
Cebo
|
Vochysia guatemalensis
|
Botarrama
|
Vochysia ferruginea
|
Poró gigante
|
Erithryna poeppigiana
|
Guacimo ternero
|
Guazuma ulmifolia
|
ACLAP
|
Amarillón
|
Terminalia amazonia
|
Botarrama
|
Vochysia ferruginea
|
Cedro Amargo
|
Cedrela odorata
|
Cedro Nogal
|
Juglans olanchana
|
Cedro Rosado
|
Acrocarpus fraxinifolius
|
Gallinazo
|
Schizolobium parahyba
|
Guachipelín
|
Diphysa americana
|
Jacaranda
|
Jacaranda copaia
|
Madero negro
|
Gliricidia sepium
|
Mayo Blanco
|
Vochysia guatemalensis
|
Poró gigante
|
Erithryna poeppigiana
|
Kiri
|
Paulownia elongata
|
ACLAC
|
Laurel
|
Cordia alliodora
|
Cedro Amargo
|
Cedrela odorata
|
Anonillo
|
Rollinia pittieri
|
Guácimo ternero (blanco)
|
Guazuma ulmifolia
|
Cenízaro
|
Samanea saman
|
Botarrama o Chancho colorado
|
Vochysia ferruginea
|
Cebo o Chancho blanco
|
Vochysia guatemalensis
|
Aceituno
|
Simarouba glauca
|
Aceituno
|
Simarouba amara
|
Poró Gigante
|
Erythrina poeppigiana
|
Chilamate
|
Ficus insipida
|
Jobo
|
Spondias mombin
|
Capulín
|
Trema micrantha
|
Lagartillo
|
Zanthoxylon kellermanii
|
ACOSA
|
Cedro amargo
|
Cedrela odorata
|
Laurel
|
Cordia alliodora
|
Balsa
|
Ochroma pyramidale
|
Amarillón
|
Terminalia amazonia
|
Guanacaste
|
Enterolobium cyclocarpum
|
Cenízaro
|
Samanea saman
|
Mayo
|
Vochysia guatemalensis
|
Mayo Blanco
|
Vochysia allenii
|
Botarrama
|
Vochysia ferruginea
|
Poró gigante
|
Erythrina poeppigiana
|
Pilón
|
Hyeronima alchorneoides
|
Jobo
|
Spondias mombin
|
Área de Conservación
|
Nombre común
|
Nombre científico
|
|
Surá
|
Terminalia oblonga
|
Jacaranda
|
Jacaranda copaia
|
ACTo
|
Cedro amargo
|
Cedrela odorata
|
Laurel
|
Cordia alliodora
|
Anonillo
|
Rollinia pittieri
|
Chancho
|
Vochysia guatemalensis
|
Balsa
|
Ochroma pyramidale
|
(*) (Así reformado el párrafo anterior por
resolución N° R-SINAC-CONAC-027-2022
del 11 de mayo de 2022)
QUINTO. Cuando un
administrado presenta ante la Administración un Certificado de Origen de
árboles regenerados o cultivados bajo sistemas agroforestales y el mismo contiene
especies forestales no incluidas en la lista oficial del Área de Conservación
respectiva; la Administración procederá a recibir la documentación de acuerdo
al anexo único de la presente resolución, peso sin estampar el sello de
recibido en el certificado de origen. La Administración en los plazos de Ley
procederá a coordinar una visita técnica para verificar si el sitio corresponde
o no a un sistema agroforestal y con base en esta evaluación se determinará si
se acepta o rechaza el documento como tal. En ambos casos se notificará
formalmente al regente forestal sobre lo resuelto.
(Así reformado el
párrafo anterior por resolución N° R-SINAC-CONAC-027-2022
del 11 de mayo de 2022)
SEXTO. En aquellos casos donde se presente ante la
AFE un Certificado de Origen de árboles regenerados o cultivados bajo sistemas
agroforestales y el mismo contiene especies forestales no incluidas en la lista
oficial del Área de Conservación respectiva, la AFE está obligada a realizar
las visitas de campo necesarias para verificar que la información contenida en
los certificados de origen es fidedigna, y así cumplir con el mandato
constitucional de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
(Así reformado el
párrafo anterior por resolución N° R-SINAC-CONAC-027-2022
del 11 de mayo de 2022)
SÉTIMO. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
(Así reformado el
párrafo anterior por resolución N° R-SINAC-CONAC-027-2022
del 11 de mayo de 2022)
Anexo
1
Boleta
para recepción de Certificados de Origen con especies no oficiales
1. Fecha: _______________
2. Nombre de la persona que entrega la documentación:
_________________________________________________.
3. N° cédula de la persona que entrega la documentación:
_______________________________________________.
4. Número de Cédula del funcionario que recibe:
______________________________________________________.
5. Folio real de la finca: __________________________________________________________________________.
6. Numero de contrato de regencia:
_________________________________________________________________.
7. Número de certificado de origen:
________________________________________________________________.
8. Nombre del regentado:
_________________________________________________________________________.
9. Nombre del regente forestal:
____________________________________________________________________.
10. Número de teléfono y correo electrónico del regente forestal:
___________________________________________________________________________________________________.
11. Nombre del funcionario que recibe:
_______________________________________________________________.
12. Número de Cedula del funcionario que recibe:
______________________________________________________.
13. Lista de especies forestales que no están incluidas en
la Lista oficial de especies cultivadas o regeneradas naturalmente que las
áreas de conservación han establecido para los certificados de origen en
sistemas agroforestales:
___________________________________________________________________________________________________.
Con base en lo que establece el Decreto Ejecutivo número
38863-MINAE, y la Lista de especies cultivadas o regeneradas naturalmente que
las áreas de conservación han establecido oficialmente para los certificados de
origen en sistemas agroforestales, se le notifica en este acto a la persona tramitante lo siguiente:
Se le recibe la siguiente documentación
( ) Copia del Formulario de regencia forestal Inscrito ante
CIA.
( ) Copia certificada del plano catastrado.
Otro
___________________________________________________________________________________________________.
En el caso del Original y copia del certificado de origen
N°_______________ se reciben ambos sin estampar el sello de recibido, por
cuanto es necesario que esta oficina haga una visita de campo a efectos de
verificar la existencia de un sistema agroforestal de árboles regenerados en
forma natural, en asocio con una especie agronómica. A partir de esta visita se
resolverá si se estampa el sello de recibido o si por el contrario se envía el
caso a la Fiscalía del Colegio de Ingenieros Agrónomos para lo que corresponda.
(Así adicionado por resolución
N° R-SINAC-CONAC-027-2022 del 11 de mayo de 2022)
Ficha articulo