(Nota de Sinalevi: Mediante Fe de Erratas y publicada en el Alcance
Digital N° 32 a La Gaceta N° 30 del 12 de febrero del 2019, se acordó
incorporar el presente anexo)
ANEXO 1
NORMA
PARA LA HABILITACIÓN DE
SERVICIOS
DE HEMODIÁLISIS.
I.
OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
La
presente norma tiene como objetivo especificar las condiciones y requisitos,
que deben cumplir todos los servicios de hemodiálisis, para poder obtener el
Certificado de
Habilitación
por parte del Ministerio de Salud.
El ámbito
de aplicación es nacional y aplica para todos los servicios de salud que
desarrollan la actividad de hemodiálisis, ya sean públicos, privados o mixtos.
II.
JUSTIFICACIÓN.
El Estado
tiene la función indelegable de velar por la protección de la salud de la población
y garantizar el bienestar de los ciudadanos. La Ley General de Salud dispone
que las personas físicas o jurídicas públicas o privadas que requieran brindar
servicios de salud deben obtener el permiso o autorización del Ministerio de
Salud, previo a su instalación y operación; para lo cual deben garantizar que
reúnen o cumplen los requisitos legales generales y particulares establecidos.
Así
mismo, también la Ley General de Salud dispone la necesidad de crear
reglamentación específica para definir los estándares particulares que se deben
solicitar a cada tipo de servicio de salud según la actividad a desarrollar.
Ill. ACTUALIZACIÓN.
La
presente normativa deberá ser actualizada como máximo cada 5 años, sin
perjuicio de que se tengan que realizar actualizaciones en un tiempo menor.
IV.
DEFINICIONES.
Para
efectos de interpretación de la presente norma se establecen las siguientes
definiciones y abreviaturas:
a. Accesibilidad física: Condiciones
del establecimiento sin barreras constructivas o físicas para el libre tránsito
de todas las personas.
b.
Accesibilidad: Grado en
el que todas las personas pueden utilizar un objeto, visitar un lugar o acceder
a un servicio, independientemente de sus capacidades técnicas, cognitivas o fisicas.
c. Barrera de acceso físico: Toda limitante que interfiera con la movilidad de
las personas y el desplazamiento dentro o en el perímetro del establecimiento.
d.
Especialista en nefrología: profesional en medicina, graduado de un programa de
estudios de posgrado en el área de nefrología con la debida incorporación del
Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.
e.
Expediente de salud: Registro
individual y confidencial que reúne en un solo documento debidamente
identificado, información de interés concerniente al usuario,· así como
intervenciones realizadas en el servicio. Este registro se puede llevar tanto
en medios fisicos como digitales.
f.
Hemodiálisis: técnica
de depuración sanguínea extracorpórea en la cual la sangre es impulsada por una
bomba peristáltica y circula a través de una membrana altamente permeable donde
se produce eliminación de solutos por difusión (intercambio de solutos según
gradiente de concentración) y convección.
Dicha
difusión es posible al impulsar un líquido libre de toxinas, que contiene una
concentración apropiada de elecrrolitos en el Lado no
sanguíneo de la membrana y en dirección contraria al flujo sanguíneo.
g.
Personal de enfermería: Personal técnico que ejecuta labores generales de enfermería bajo la
instrucción y supervisión de una persona profesional de enfermería, entre ellos
están los auxiliares de enfermería, asistentes de pacientes y personal
administrativo.
h.
Profesional en enfermería: persona graduada por una facultad o escuela de enfermería universitaria
con grado mínimo de licenciatura y con la debida autorización del Colegio de
Enfermeras de Costa Rica para el ejercicio de la profesión.
i. Profesional
en medicina: persona profesional que ejerce la medicina, graduado por una/acuitad
de medicina como grado mínimo de licenciatura y con la debida incorporación del
Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.
V.
ESPECIFICACIONES.
Las
especificaciones de la norma están clasificadas en los siguientes rubros:
1.
Recursos humanos.
2. Planta
Física.
3.
Recursos Materiales.
4.
Documentación y gestión de la información.
5.
Seguridad e Higiene.
1.
Recurso Humano.
1.1. El
servicio debe contar con un profesional en medicina especialista en nefrología
que funja como encargado del servicio.
1. 2. El
servicio debe contar con el siguiente personal para la atención de los usuarios
durante todo el horario de funcionamiento:
1.2.1.
Profesionales en medicina especialistas en nefrología.
1.2.2. En
el caso que el servicio atienda pacientes pediátricos deberá contar con al
menos un especialista en nefrología pediátrica.
1.2.3.
Profesionales en enfermería.
1.2.4.
Personal de enfermería.
1.2.5.
Personal de apoyo administrativo.
1.2.6.
Personal para aseo capacitado para el manejo de material biopeligroso
y la desinfección de las instalaciones y del equipo.
1.3.
Todos los funcionarios que laboren en el servicio deberán portar un carné de
identificación en el cual se consigne como mínimo:
1.3.1.
Nombre completo.
1.3. 2.
Profesión u oficio.
1.3.3.
Código profesional (en los casos que aplique).
1.4. Los
profesionales en salud deben estar inscritos y activos en el colegio
profesional respectivo.
1.5. Todo
profesional en medicina y enfermería que labore en el servicio debe de contar
con la certificación vigente de entrenamiento en soporte cardiopulmonar básico.
1. 6. Al
menos un profesional en medicina y enfermería durante el periodo de operación
del servicio debe contar la certificación vigente de entrenamiento en soporte
cardiopulmonar avanzado.
2. Planta
Física.
2.1. El
servicio de hemodiálisis debe contar con las siguientes áreas identificadas:
2.1.1.
Área de espera para los usuarios (puede ser compartida con otros servicios).
2.1. 2.
Área de consultorios.
2.1.3.
Cada consultorio deberá:
2.1.3. 1.
Contar con espacio suficiente para que ingrese una persona en silla de ruedas,
con un acompañante.
2.1.3.2.
Estar ventilados e iluminados.
2.1.3.3.
Contar con un área para la entrevista al usuario.
2. 1.
3.4. Contar con un área para la exploraciónfisica del
usuario.
2.1.3.5.
Tener condiciones que permitan la atención del usuario con privacidad
2. 1. 4.
Sala de Hemodiálisis. Un área destinada para la realización de las sesiones de
hemodiálisis, con una superficie mínima de 3, 60 m2 por cada puesto.
2.1. 5. Vestidores
de pacientes.
2.1. 6.
Área de depósito de residuos, equipo y ropa usados (puede ser compartida con
otros servicios).
2.1. 7.
Área de almacenaje de camillas y sillas de ruedas (puede ser compartida con
otros servicios).
2.1.8.
Área para el mantenimiento de equipos de hemodiálisis (puede ser compartida con
otros servicios).
2. 1. 9.
Bodega para el almacenaje de recambios y material.
2.1.10.
Área de servicios sanitarios (puede ser compartido con otros servicios).
2.1.11.
Espacio exclusivo para almacenar equipo y suministros de limpieza (puede ser
compartido con otros servicios).
2.2
Movilidad y accesibilidad.
2.2.1.
Todas las áreas deben estar libres de barreras constructivas, de equipamiento y
mobiliario que impidan el tránsito libre a los usuarios.
2.2.2.
Todos los pasillos y circulaciones principales que den a la salida deben tener
un ancho mínimo de 120 centímetros.
2. 2. 3.
Todos los pasillos y circulaciones secundarios que den a las áreas internas
deben tener un ancho libre de al menos 90 centímetros.
2.2.4.
Cuando existan diferencias de nivel internas o externas en el consultorio
médico, estas deben ser salvadas por rampas.
2.2.5. En
caso de necesitar rampas, estas deben cumplir con las siguientes condiciones:
2.2.5. 1.
Ancho no menor de 90 centímetros.
2.2.5.2.
Pendiente no mayor al 12%.
2.2.5.3.
Piso antideslizante.
2.2. 6.
En los edificios con más de una planta:
2.2.6.1.
Cada nivel superior debe estar a una altura mínima de 2,4 metros de piso a
cielo o de losa a losa respecto al nivel de piso terminado del nivel inferior.
2.2. 6.2.
La accesibilidad a cada piso debe estar garantizada por medio de rampas que
cumplan las disposiciones de la Ley 7600 o por medio de ascensores, elevadores,
salva-niveles, o cualquier medio mecánico o hidráulico que garantice la
seguridad de las personas.
2.2. 7. Cuando haya
escaleras, estas deben:
2.2. 7.1.
Estar libres de alfombras o aditamentos similares.
2.2. 7.2.
Contar con iluminación.
2.2. 7.3.
Contar con pisos antiderrapantes, o con cinta
adherente antideslizante en sus orillas.
2.2. 7.4.
Contar con barandillas para sujeción de 90 centímetros de altura, medidos a
partir de las aristas de cada escalón.
2.2. 7.5.
Las barandillas deben estar pintadas o ser de material de un color que contrasten
con el color de las paredes.
2.2. 7. 6. Las
barandillas deben contar con separación entre los barrotes de 10 centímetros o
menos.
2.2. 7. 7. Los escalones
deben tener huella de ancho mínimo de 28 centímetros.
2.2. 7.8.
Los escalones deben tener contrahuella altura máxima de dieciocho 18
centímetros.
2.3.
Condiciones de supraestructura.
2. 3.1.
Las paredes en todas las áreas deben estar en buen estado para lo cual deben
estar libres de los siguientes defectos:
2.3.1.1.
Desplomes.
2.3.1.2.
Pandeos.
2.3.1.3.
Oxidación.
2. 3. 1
.4. Infiltraciones.
2.3.1.5.
Roturas.
2. 3.1.
6. Desprendimientos.
2. 3. 1. 7. Astillamientos.
2. 3.1.
8. Salientes punzo-cortantes.
2.3.2. El
cielo raso en todas las áreas deben estar en buen estado para lo cual deben estar
libres de los siguientes defectos:
2.3.2.1.
Desplomes.
2.3.2.2.
Pandeos.
2.3.2.3.
Oxidación.
2.3.2.4.
Goteras.
2.3.2.5.
Roturas.
2.3.2.6.
Desprendimientos.
2.3.2.7. Astillamientos.
2.3.2.8.
Salientes punzo-cortantes.
2. 3. 3.
Los pisos en codas las áreas deben estar en buen estado para lo cual deben
estar Ubres de los siguientes defectos:
2.3.3.1.
Grietas.
2.3.3.2.
Hundimientos.
2. 3. 3.
3. Infiltraciones.
2.3.3.4.
Partes sueltas.
2. 3. 3.
5. Astillamientos.
2.3.3. 6.
Salientes punzo-cortantes.
2.3.4.
Las ventanas en todas las áreas deben estar en buen estado para lo cual deben
estar libres de los siguientes defectos:
2.3.4.1.
Grietas.
2.3.4.2.
Desplomes.
2.3.4.3.
Pandeos.
2.3.4.4.
Oxidación.
2.3.4.5.
Partes sueltas.
2.3.4.6.
Roturas.
2.3.4. 7. Desprendimientos.
2.3.4.8. Astillamientos.
2. 3. 4.
9. Salientes punzo-cortantes.
2.3.5.
Las ventanas que estén a una altura menor de 1 metro del suelo deben estar
protegidas con barandillas, rejas, barrotes o similares.
2.3.6. Las
puertas en todas las áreas deben estar en buen estado para lo cual deben estar
libres de los siguientes defectos:
2. 3.
6.1. Grietas.
2.3.6.2.
Desplomes.
2.3.6.3.
Oxidación.
2.3.6.4.
Partes sueltas.
2. 3. 6.
5. Roturas.
2. 3. 6.
6. Desprendimientos.
2.3.6. 7.
Astillamientos.
2.3.6.8.
Salientes punzo-cortantes.
2. 4.
Iluminación y ventilación.
2. 4.1.
El servicio debe tener condiciones que permitan la ventilación ya sea por
medios naturales o artificiales.
2. 4. 2.
El servicio debe tener condiciones de iluminación, natural y artificial, que
permita realizar las actividades cotidianas.
2.4.3.
Las luces artificiales o lámparas deben estar debidamente protegidas.
3.
Recurso material.
3.1.
Aspectos generales. El servicio de salud debe disponer de:
3.1.1.
Rotulación que identifique cada una de las áreas del servicio, colocada
en lugares visibles.
3.1.2.
Una línea telefónica .fija o móvil, que permita la comunicación.
3.1.3.
Todo el mobiliario en todas las áreas debe estar en buen estado para lo cual
deben estar libres de los siguientes defectos:
3.1. 3.1.
Base inestable que sea propensa a caídas.
3.1.3.2.
Oxidación
3.1.3.3.
Roturas.
3.1. 3.
4. Astil/amientos.
3.1.3.5.
Salientes punzocortantes.
3.2. Cada
consultorio deberá contar con:
3.2.1.
Escritorio.
3.2.2. Sillas
para el médico y los usuarios.
3.2.3.
Camilla de exploración.
3.2.4.
Papel desechable para las camillas.
3.2.5.
Gradilla (puede estar incorporada a la camilla).
3. 2. 6.
Banco de exploración para el profesional.
3.2. 7. Fuente de luz
artificial accesoria.
3.2.8. Bajalenguas desechables.
3.2.9.
Guantes estériles desechables.
3.2.1 0.
Guantes no estériles desechables.
3.2.11. Cubrebocas desechables.
3.2.12.
Otoscopio.
3.2.13.
Conos de otoscopio.
3. 2.14.
Oftalmoscopio.
3.2.15.
Estetoscopio.
3. 2.16.
Esfigmomanómetro no mercurial.
3.2.17.
Termómetro no mercurial.
3.2.18.
Estación de lavado de manos, que debe cumplir con lo siguiente:
3.2.18.1.
Estar ubicada a una altura entre 75 y 100 cm del nivel de/piso.
3.2.18.2.
Contar con suministro de toallas no textiles desechables.
3.2.18.3.
Contar con un dispensador de papel toalla.
3.2.18.4.
Contar con suministro de jabón antibacterial líquido
3.2.18.5.
Contar con un dispensador con jabón líquido.
3. 2. 19.
Depósito de residuos ordinarios con tapa con activación de pie.
3.2.20.
Depósito de residuos bioinfecciosos con tapa con
activación de pie.
3.2.21.
Depósito para residuos punzocortantes con tapa.
3.2.22. Tallímetro (puede ser compartido con otros consultorios
cuando exista un área de preconsulta).
3.2.23.
Báscula (puede ser compartido con otros consultorios cuando exista un área de preconsulta).
3.2.24.
Cinta métrica (puede ser compartida con otros consultorios cuando exista un
área de preconsulta).
3.2.25.
Glucómetro (puede ser compartido con otros consultorios cuando exista un área
de preconsulta).
3.2.26.
Cintas para medir la glicemia en glucómetro, las cuales no deben estar vencidas
(puede ser compartido con otros consultorios cuando exista un área de preconsulta).
3.3. La
sala de hemodiálisis debe disponer de:
3.3.1. Un
sillón o cama automatizada que permitan posicionar en Trendelemburg
por cada puesto.
3.3.2.
Una máquina de hemodiálisis por cada puesto.
3.3.3.
Una máquina de hemodiálisis de reserva por cada 7
máquinas de hemodiálisis.
3.3.4.
Separaciones móviles que permitan la privacidad del paciente y el aislamiento
transitorio del puesto.
3.3.5.
Estación de lavado de manos, que debe cumplir con lo siguiente:
3.3.5.1.
Estar ubicada a una altura entre 75 y 100 cm del nivel del piso.
3.3.5.2.
Ser accionable con codo, pedal o sensor electrónico.
3.3.5.3.
Contar con suministro de toallas no textiles desechables.
3.3.5.4.
Contar con un dispensador de papel toalla.
3.3.5.5.
Contar con suministro de jabón amibacterial líquido
3.3.6.
Balanza calibrada para los pacientes.
3.3. 7. Tomas de oxígeno
y vacío por cada puesto de hemodiálisis.
3.3.8.
Mobiliario de almacenamiento de material estéril.
3. 3. 9.
Refrigerador de uso exclusivo para medicamentos y preparaciones.
3.3.10.
Panel de información y protocolización.
3. 3.11.
Repisa para preparación de medicamentos.
3.3.12.
Mobiliario de almacenamiento de material sucio.
3.3.13.
Sistema de aire acondicionado en buen estado.
3.4. El servicio
debe contar con el siguiente equipo para reanimación cardiopulomnar
y manejo avanzado de la vía aérea:
3. 4.1.
Tabla rígida para masaje cardiaco.
3.4.2.
Laringoscopio.
3.4.3.
Hojas de laringoscopio para adultos y niños.
3. 4. 4.
Tubos endotraqueales de diferentes tamaños.
3. 4. 5.
Guías para tubo endotraqueal.
3. 4. 6.
Pinza de McGuill.
3.4. 7. Mascarilla laringea.
3.4.8.
Equipo de resucitación avanzada de adultos y pediátrico.
3.4.9. Oxímetro de pulso.
3.4.10. Desfibriladorlmonitor bifásico no automático.
3.4.11.
Mascarilla de resucitación.
3.4.12.
Gel lubricante.
3. 4.13.
Gel conductor.
3.5. El
servicio debe contar con los siguientes medicamentos para reanimación cardiopulomnar y manejo avanzado de la vía aérea:
3.5.1.
Diuréticos en ampollas.
3.5.2.
Sulfato de magnesio.
3.5.3. Gluconato de calcio.
3.5.4.
Bicarbonato de sodio.
3.5.5.
Cloruro de potasio.
3.5. 6. Corticoesteroides.
3.5. 7. Atropina.
3.5.8.
Anticonvulsivantes.
3.5.9.
Anestésicos locales.
3.5.10.
Vasodilatadores.
3.5.11. Amiodarona.
3.5.12.
Adenosina.
3.5.13.
Antagonistas de calcio intravenoso.
3.5.14.
Epinefrina.
3.5.15. Trombolíticos.
3. 5.16.
Nitroglicerina sublingual.
3. 5.17.
Relajantes musculares, polarizantes y no despolarizantes.
3. 5.18.
Inductores tipo benzodiacepinas.
3. 5.19.
Inductores tipo anestésicos: Propofol y Ketamina.
3. 6. El
espacio para equipos y suministros de limpieza debe tener:
3.6.1.
Mecanismo de seguridad (cerrojo, candado u otros) para restringir el acceso.
3.6.2.
Pileta y escurridor.
3. 6. 3.
Mascarillas para el personal de aseo.
3. 6. 4.
Guantes de protección para el personal de aseo.
3. 7. Los
servicios sanitarios deben cumplir con los siguientes aditamentos:
3. 7.1.
Al menos un inodoro.
3. 7.2.
Por cada inodoro debe haber:
3. 7.2.1.
Un dispensador de papel, ubicado a altura entre 90 y 100 cm.
3. 7.2.2.
Un basurero con tapa y de accionar con el pie.
3. 7.2.3.
Papel higiénico.
3. 7.3.
Una estación de lavamanos por cada 2 inodoros.
3. 7.4.
Cada estación de lavado de manos debe cumplir con lo siguiente:
3. 7.4.1.
Estar ubicada a una altura entre 75 y 100 cm del nivel del piso.
3. 7.4.2.
Contar con suministro de toallas no textiles desechables.
3. 7.4.3.
Contar con un dispensador de papel toalla.
3. 7.4.4.
Contar con suministro de jabón antibacterial líquido
3. 7.4.5.
Contar con un dispensador con jabón líquido.
4.
Documentación y gestión de la información:
El
servicio debe contar con la siguiente documentación:
4.1.
Expedientes personales para los usuarios, ya sea en formato físico o digital.
4.2. Los
expedientes deben contener espacios al menos para la siguiente información:
4.2. 1.
Nombre completo del usuario.
4.2.2.
Número de identificación.
4.2.3.
Fecha de nacimiento.
4.2.4.
Edad.
4.2.5.
Sexo.
4.2.6.
Dirección completa.
4.2. 7. Número telefónico
de contacto en caso de emergencia.
4. 2. 8.
Nombre de la persona a contactar.
4.2.9.
Antecedentes personales patológicos y no patológicos.
4. 2.10.
Historia clínica.
4.2.11. Examenfísico.
4. 2.12.
Indicaciones médicas.
4.3. El
servicio de salud debe contar con un mecanismo de seguridad para custodiar los
expedientes, ya sea físico o digital, de forma que solo las personas encargadas
de la atención de los usuarios tengan acceso.
4.4. El
servicio debe tener los siguientes documentos actualizados:
4.4.1.
Protocolo de limpieza del servicio.
4.4.2.
Protocolo de manejo de residuos bioinfecciosos.
4.4.3.
Plan de continuidad de la cadena de frío en caso de interrupción prolongada del
fluido eléctrico (si el servicio ofrece vacunación).
4.4.4. Contrato
de recolección de residuos biopeligrosos (puede ser
colectivo).
5. Seguridad e Higiene.
El
servicio de salud debe cumplir con las siguientes condiciones:
5.1.
Tener basureros con tapa y de accionar con el pie en las áreas de uso común.
5.2.
Contar con un extintor de incendios tipo ABC, e l cual debe:
1.1.1.
Tener carga vigente.
1. 1. 2.
Estar ubicado en un lugar fácilmente accesible .
5. 3.
Contar con suministro constante de agua para el consumo humano.
5. 4.
Contar con un sistema de detectores de humo.
5. 5. La
distribución de todo el mo biliario
(excepto las camas o sillones de los puestos de hemodiálisis) debe permitir un
espacio de libre circulación de al menos 90cm.
5. 6. La
separación mínima entre camas o sillones de los puestos de hemodiálisis debe
ser de 120 cm.