Texto Completo acta: 128A03
MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
DEROGATORIA DEL INCISO F), ARTÍCULO 2º
Y DEL ÚLTIMO PÁRRAFO, ARTÍCULO 6º DEL
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO
DE LICENCIAS PARA COMERCIALIZACIÓN
DE PÓLVORA, FUEGOS ARTIFICIALES
Y MATERIALES PIROTÉCNICOS
AUTORIZADOS EN EL CANTÓN
DE CURRIDABAT
Por acuerdo N° 16, de las 20:07 horas del 27 de noviembre de 2018, que
consta en el artículo 2º del acta de la sesión ordinaria Nro. 135-2018, el
Concejo de Curridabat dispuso la derogatoria del inciso f) del artículo 2°; y
el último párrafo del artículo 6º, del Reglamento para el otorgamiento de
licencias para la comercialización de pólvora, fuegos artificiales y materiales
pirotécnicos autorizados en el Cantón de Curridabat, publicado en La Gaceta N°
55 del 19 de marzo de 2014. El primero, en virtud de la imposibilidad material
de cumplir con la certificación de la Unidad de Ingeniería de Bomberos, que ya
no las emite. El segundo, por cuanto dispone la prohibición de que el local
pueda obtener licencia para la venta de pólvora, contrario a sentencia
judicial. Rige a partir de su publicación.
Curridabat, 30 de noviembre del 2018
Ficha articuloFecha de generación: 8/7/2025 12:17:53