MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA
Resolución Nº 001-2018-DE
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA. Dirección de Energía. San José, a
las trece horas del dos de febrero del dos mil dieciocho.
RESULTANDO:
PRIMERO: Que el día 17 de enero del 2018, se recibió una solicitud para el
otorgamiento de la equivalencia de un documento normativo con un Reglamento
Técnico Costarricense (RTCR) por parte de la empresa Samsung Electronics Latinoamérica Z.L., S.A., Cedula jurídica
3-012-659212, representada por el señor Eon Woo Lee, identificación DIMEX 141000056432.
SEGUNDO: Que el día 26 de enero del 2018, se solicitó un subsane al interesado
para completar la información sobre Procedimiento de Evaluación de la
Conformidad (PEC) indicada en el artículo 10.2 del Decreto Ejecutivo
40510-MINAE, "Reglamento Técnico RTCR 482:2015 Productos eléctricos
Refrigeradores y Congeladores Electrodomésticos Operados por Motocompresor Hermético. Especificaciones de Eficiencia
Energética" y el artículo 4.3.2 del Decreto Ejecutivo 37662-MEIC-H-MICIT, "Procedimiento
para la demostración de la evaluación de la conformidad de los Reglamentos
Técnicos"; el cual fue subsanado a conformidad de la Dirección de Energía
el día 29 de enero del 2018.
TERCERO: Que el Ministerio de Ambiente y Energía, por medio de la Dirección de
Energía, mediante la nota DE-001-2018 realizó el análisis técnico con criterio
favorable de la solicitud planteada; lo anterior con fundamentado en el Decreto
Ejecutivo 37662-MEICH-MICIT "Procedimiento para la demostración de la
evaluación de la conformidad de los Reglamentos Técnicos"; el Decreto
Ejecutiva 38849-MEIC "Procedimiento para demostrar equivalencia con un
Reglamento Técnico de Costa Rica (RTCR)" y Decreto Ejecutivo 40510-MINAE "Reglamento
Técnico RTCR 482:2015 Productos eléctricos Refrigeradores y Congeladores
Electrodomésticos Operados por Motocompresor
Hermético. Especificaciones de Eficiencia Energética".
CUARTO: Que el Ministerio de Ambiente y Energía, por medio de la Dirección de
Energía, tiene competencia para el dictado del presente acto, conforme al
artículo 5.2 del Decreto 38849-MEIC.
CONSIDERANDO.
PRIMERO: Que por medio del criterio R01-PGDN-08 del 15 de diciembre de 2017, la
Dirección de Normalización del Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica
(INTECO) declaró que la Norma Oficial Mexicana "NOM-015-ENER-2012 Eficiencia
Energética de Refrigeradores y Congeladores Electrodomésticos. Limites, Métodos
de Prueba y Etiquetado", es equivalente con el Reglamento Técnico Costarricense
"RTCR 482:2015. Productos eléctricos Refrigeradores y Congeladores
Electrodomésticos Operados por Motocompresor
Hermético. Especificaciones de Eficiencia Energética", criterio que tendrá
validez hasta que sea avalado por la Autoridad Nacional Competente (ANC) y los
Certificados de Producto sean avalados por el Ente Costarricense de
Acreditación (ECA).
Segundo: Que en el
criterio R01-PGDN-08 de INTECO concluye que el Procedimiento de Evaluacion de la Conformidad (PEC) descrito en la Norma
"NOM-015-ENER-2012" establece modelos que se contemplan el Reglamento Técnico
"RTCR 482:2015" y el modelo de evaluación de la conformidad empleado debería
estar declarado en el certificado de producto emitido por un Organismo de
Certificación acreditado.
(Así reformado el
considerando anterior mediante resolución N° 003-2019-DE del 14 de febrero del
2019)
TERCERO: Que el Ministerio de Ambiente y Energía, en calidad de Autoridad
Nacional Competente (ANC) aprueba la solicitud de equivalancia
de la norma emitida en el criterio R01-PGDN-08 de INTECO que establece que la
Norma Oficial Mexicana NOM-015-ENER-2012 es equivalente al Reglamento Técnico
de Costa Rica "RTCR 482:2015".
POR TANTO:
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGIA
RESUELVE:
Primero: Con fundamento el Decreto Ejecutivo37662-MEIC-H-MICIT, el Decreto
Ejecutivo 38849-MEIC, el Decreto Ejecutivo 40510-MINAE y lo dispuesto en el
Considerando Tercero otorga la equivalencia de la Norma Oficial Mexicana "NOM-015-ENER-2012
Eficiencia Energética de Refrigeradores y Congeladores Electrodomésticos.
Limites, Métodos de Prueba y Etiquetado" con el Reglamento Técnico de Costa
Rica "RTCR 482:2015. Productos eléctricos Refrigeradores y Congeladores
Electrodomésticos Operados por Motocompresor
Hermético. Especificaciones de Eficiencia Energética", el el
alcance de la norma siempre y cuando cumpla con los modelo 4, 5 y 7 para el
procedimiento de evaluación de la conformidad del Decreto Ejecutivo N°
37662-MEIC-H-MICIT."
(Así reformado mediante resolución N° 003-2019-DE del 14 de febrero del
2019)