Artículo 5°-Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República. San José, a los diecisiete días
del mes de enero del dos mil diecinueve.
NORMA DE ATENCION INTEGRAL DE LA SALUD MENTAL Y DE
ABORDAJE PSICOSOCIAL EN SITUACIONES DE EMERGENCIAS Y
DESASTRES EN LOS ESCENARIOS DE SERVICIOS DE SALUD Y EN LA
COMUNIDAD
Los siguientes son actores sociales clave para el abordaje de la salud
mental y el apoyo psicosocial en situaciones de emergencias y desastres, su
labor en el proceso de acompañamiento y seguimiento articulado debe ser
interdisciplinaria, interinstitucional, intersectorial y comunitaria basada en
la gestión del riesgo.
1. Ministerio Salud.
2. Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias.
3. Caja Costarricense del Seguro Social.
4. Ministerio de Educación Pública.
5. Ministerio de Seguridad Pública.
6. Patronato Nacional de la Infancia.
7. Instituto Mixto de Ayuda Social.
8. Instituto Nacional de las Mujeres.
9. Benemérita Cruz Roja Costarricense.
10. Comités Regionales de Emergencia.
11. Comités Municipales de Emergencia.
12. Universidad de Costa Rica. Escuela de Psicología.
13. Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica.
14. Colegio Profesional de Trabajadores Sociales.
15. Organizaciones comunitarias.
16. Defensoría de los Habitantes.
17. Organizaciones no gubernamentales.
18. Organismos Internacionales, Naciones Unidas (Organización
Panamericana de la Salud, Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, El
Fondo de Población de las Naciones Unidas).
Siglas y definiciones.
SIGLAS
EDAN. Evaluación de daños y análisis de necesidades.
CATAPS. Comité Asesor Técnico de Apoyo Psicosocial.
CCSS. Caja Costarricense de Seguro Social.
CCO. Centro Coordinador de Operaciones.
CICOM. Célula de información y coordinación médica.
CRE. Comité Regional de Emergencias.
CME. Comités Municipales de Emergencia.
CCE. Comités Comunales de Emergencia.
CNE. Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias.
COE. Centro de Operaciones de Emergencia.
CPPC. Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica.
COLTRAS. Colegio de Trabajadores Sociales.
FIS. Ficha de Información Social.
IMAS. Instituto Mixto de Ayuda Social.
INAMU. Instituto Nacional de las Mujeres.
MEP. Ministerio de Educación Pública.
MS. Ministerio de Salud.
OPS. Organización Panamericana de la Salud.
OMS. Organización Mundial de la Salud.
ONG. Organización no Gubernamental.
PAP. Primeros Auxilios Psicológicos.
PANI. Patronato Nacional de la Infancia.
STSM. Secretaría Técnica de Salud Mental del Ministerio de Salud.
SNGR. Sistema Nacional de Gestión del Riesgo.
UCR. Universidad de Costa Rica.
UNICEF. Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia.
UNFPA. El Fondo de Población de las Naciones Unidas.
DEFINICIONES.
a) Abordaje Psicosocial: Proceso de apoyo y seguimiento
articulado, interdisciplinario, interinstitucional, intersectorial y
comunitario basado en la gestión del riesgo, orientado a restablecer la
cotidianeidad de las personas, la integridad emocional y reactivar sus redes sociales,
con un enfoque participativo, de derechos y de género, brindado por personal especializado
y no especializado".
El Manual para la protección y cuidado de la Salud Mental en situaciones
de Emergencias y Desastres, desarrollado por el Ministerio de Salud de Chile,
explica que el abordaje psicosocial incluye:
1. Asegurar los servicios básicos y de seguridad: En situaciones de
emergencias y desastres, el apoyo psicosocial comienza asegurando el bienestar
de las personas afectadas, cubriendo las necesidades básicas (distribución de
agua, alimento, abrigo y atención a los heridos) y proporcionando protección
contra el daño (evacuación, traslado a albergues).
2. Ofrecer apoyo familiar y comunitario: El apoyo psicosocial apunta
también a restaurar un sentido de normalidad en la vida de las personas
afectadas, de modo que puedan seguir adelante con las tareas cotidianas y las
exigencias de la reconstrucción.
3. Brindar apoyo psicológico: El apoyo o primera ayuda psicológica
consiste en la asistencia a las personas que han vivido una situación de crisis
con el fin de ayudarles a reorganizarse afectiva y cognitivamente para
continuar en la reconstrucción de sus vidas. Todas las intervenciones
psicológicas en situaciones de crisis se deben guiar por el principio de la continuidad,
es decir, que su objetivo debe ser recuperar y preservar la continuidad de las vidas
interrumpidas por el evento catastrófico.
4. Otorgar tratamiento especializado: Un número pequeño de personas
afectadas por situaciones de Emergencias o Desastres desarrollará o estará en
riesgo de desarrollar algún trastorno psicológico o psiquiátrico. Estas
personas necesitarán apoyo profesional psicológico o psiquiátrico.
b) Atención integral: Atención de las necesidades en salud que se
considera al ser humano como ente biopsicosocial en constante interacción con
su ambiente.
c) Grado de afectación:
El impacto psicosocial ante situaciones de emergencias y desastres va a
depender de los siguientes factores1:
1Guía práctica de salud mental en situaciones
de desastres, 2006. Washington, D.C.: OPS
✓ La naturaleza misma
del evento, en la cual se conjugan factores relacionados al tipo de amenaza
(natural-antrópica), si el evento es esperado o inesperado. Por lo general, los
eventos inesperados producen un mayor impacto, implicando una situación de estrés
prolongada y los de afectación colectiva.
✓ Las características
de la personalidad de las personas afectadas, en donde se debe valorar su capacidad
de afrontamiento ante estos eventos y las condiciones de vulnerabilidad preexistentes
según grupo poblacional.
✓ El entorno y las
circunstancias, características preexistentes a nivel de comunidades, niveles socioeconómicos
y culturales, acceso a servicios básicos, organización local, es decir factores
que pueden generar condiciones de vulnerabilidad ante este tipo de situaciones.
Los desastres inciden más duramente en las poblaciones más pobres, quienes
tienen limitaciones de acceso a los servicios sociales y, en particular, a los
de salud mental.
Además de estos factores, se deben tomar en cuenta los problemas
inducidos por la emergencia o desastres como la separación de los miembros de
la familia, la desintegración de las estructuras comunitarias o problemas
generados por la asistencia humanitaria en donde se puede debilitar las estructuras
de base local o los mecanismos de apoyo.
Para efectos de la aplicación de esta norma, se priorizan los siguientes
niveles de afectación:
Nivel primario: afectados directos de las emergencias o desastres, sufriendo
pérdidas materiales o daño físico o emocional.
Nivel secundario: familiares, allegados, amigos de los afectados,
personas que podrían haber sido víctimas pero que no se encontraban en el lugar
de los acontecimientos por diferentes motivos, comunidad afectada pero no
directamente impactada, integrantes de los equipos de primera respuesta, cuerpos
de socorro, miembros de rescate y personal de apoyo.
Nivel terciario: Personas no implicadas directamente pero que pueden
estar afectadas por emociones o reacciones psicológicas, tales como personas
que se enteran de los sucesos por medio de los medios de comunicación.
d) Primeros auxilios psicológicos (PAP): (Organización
Panamericana de la Salud, 2010) Son la primera ayuda que se brinda a las
personas que se encuentran afectadas ante una emergencia, crisis o desastre. Se
brindan cuando las dolencias de las personas no obedecen a los daños físicos sino
a las emociones de ese momento, tales como: miedo, tristeza, angustia, llanto y
dolor. La técnica de primera ayuda requiere de un entrenamiento previo para su
aplicación. Los objetivos de los PAP son:
a. Proporcionar alivio al sufrimiento emocional de inmediato
b. Reducir el riesgo de que las reacciones esperadas por el impacto del
evento adverso se transformen en algo más grave.
c. Ayudar a satisfacer las necesidades básicas y de supervivencia que
padecen muchos de los que sobreviven a las emergencias y los desastres.
e) Salud. Estado de bienestar físico, mental y social y no
únicamente la ausencia de enfermedad.
f) Salud Mental. Proceso de bienestar y desempeño personal y colectivo
caracterizado por la autorrealización, la autoestima, la autonomía, la
capacidad para responder a las demandas de la vida en diversos contextos:
familiares, comunitarios, académicos, laborales y disfrutar la vida en armonía
con el medio ambiente2.
g) Sector Salud. Conjunto de instituciones públicas,
centralizadas y descentralizadas, que tienen una competencia explícita y legal
dirigida a proveer servicios de salud a la población.
h) Servicios de salud: Servicios en los que profesionales en
ciencias de la salud debidamente autorizados, realizan actividades generales o
especializadas de promoción de la salud, prevención, recuperación o
rehabilitación ya sea en establecimientos, unidades móviles o lugares
autorizados temporalmente para dicho fin.
i) Triage/Triaje. Término francés empleado para referirse a la
clasificación de los pacientes de acuerdo a la urgencia de la atención. También
denominado triaje, se trata de un método que permite organizar la atención de
las personas según los recursos existentes y las necesidades de los individuos.
Capítulo I
Contenidos técnicos.
Esta normativa está basada en los enfoques y principios establecidos a
continuación:
Enfoque de Gestión del Riesgo. Este enfoque según lo que indica la Ley N°
8488 hace referencia a un "Modelo sostenible y preventivo, al que se incorporan
criterios efectivos de prevención y mitigación de desastres dentro de la
planificación territorial, sectorial y socioeconómica, así como a la
preparación, atención y recuperación ante las emergencias"
Enfoque de derechos humanos. Este enfoque adopta el marco internacional y
nacional de los derechos humanos, es decir, aquellos derechos inherentes a la
persona humana y su dignidad, teniendo como fin garantizar la igualdad,
dignidad, justicia social y libertad para todas las personas sin discriminación
alguna.
De esta forma, el enfoque de derechos humanos reconoce a todas las
personas como sujetas de derechos independientemente de su identidad de género,
edad, etnia, nacionalidad, diversidad funcional, orientación sexual, clase
social, orientación política o cualquier otra condición, como se explicita en
los Artículos 1, 2 y 7 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
De acuerdo con los tratados internacionales y leyes de la República, el
Estado está obligado a respetar y cumplir lo consignado en estos derechos.
Es así que, a partir de este enfoque, vivir una vida digna es
considerado como derecho fundamental, asimismo gozar de una óptima salud,
siendo particularmente relevante la salud mental (artículo 3, artículo 25 de la
Declaración Universal de los Derechos Humanos3).
3Declaración Universal de los Derechos Humanos
(10 diciembre, 1948).
Enfoque de género. Reconoce y cuestiona la existencia histórica de
condiciones de desigualdad de poder y oportunidades entre hombres y mujeres, así
como con otras personas con identidad de género diversas a estas.
Este enfoque toma en cuenta las particularidades y las implicaciones
sociales de la desigualdad de género y busca generar acciones orientadas a la
ruptura de patrones socioculturales que sostienen dichas brechas, a la eliminación
de toda forma de discriminación y al alcance de la igualdad de condiciones y
oportunidades.
La aplicación de este enfoque contempla la toma de consciencia de las
implicaciones de la construcción de género en situaciones de emergencias y
desastres, para plantear acciones pertinentes.
Se deben considerar, especialmente, las diferencias existentes entre
grupos de mujeres particularmente vulneradas, como lo son las niñas y las
personas adolescentes, indígenas, afrodescendientes, migrantes, mujeres con diversidad
funcional, en condición de pobreza, diversidad sexual, mujeres adultas mayores.
A su vez, retomando la Convención Sobre la Eliminación de Todas las
Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW)4, será necesario realizar
todas aquellas acciones afirmativas, de carácter temporal, encaminadas a
acelerar la igualdad de facto entre hombres y mujeres, hasta alcanzar las condiciones
de igualdad de oportunidad y trato.
4Convención sobre la eliminación de todas las
formas de discriminación contra la Mujer (18 de diciembre, 1979).
La diferenciación según género en la atención de la población afectada
por un desastre surge como una respuesta a la visibilización de la exclusión y
discriminación de la que son objetos las mujeres en esta situación, y que
ocurre también en los diferentes ámbitos sociales, políticos y económicos en
los que se desarrollan dentro de la sociedad. Es así como se han decretado Declaraciones,
Convenciones, Leyes y diversos marcos legales internacionales y nacionales, que
deben ser acatados por los países parte, en los que se apoya la igualdad y se
promueve la eliminación de todas las formas de discriminación, violencia y
abuso. Entre ellas se destaca a nivel nacional la Ley Aprobación del Protocolo
Facultativo de la Convención para Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación contra la Mujer (Ley N°8089).
Es por ello, que en la Política Centroamericana de Gestión Integral de
Riesgo de Desastres (PCGIR) dentro los principios establecidos de carácter
general, se encuentra la Equidad de Género, promulgándose la generación de
oportunidades iguales para mujeres y hombres, con equilibrio de participación y
trato (Oportunidad /Participación /Beneficios). Con el fin de reducir las
brechas de género, es necesario avanzar inicialmente visibilizando la forma
diferenciada en que mujeres y hombres se ven afectados por desastres y los
roles también diferenciados que se les asignan frente a la gestión del riesgo y
a los procesos de desarrollo (CEPREDENAC, 2011, p.15).
Es importante aclarar que el Enfoque de Género toma en cuenta el apoyo
de los marcos legales al desarrollo de las mujeres, como también, a la atención
diferenciada, tanto para hombres como mujeres según sus necesidades y
construcción de género. A partir de estos postulados se debe desarrollar el proceso
de recuperación ante el desastre, en los ámbitos sociales, políticos y
económicos.
Dentro de la sociedad patriarcal a los hombres se le encarga
constantemente de demostrar que son hombres, a través de los marcadores de la
virilidad (Campos, 2007). Estos llevan a los hombres a sostener creencias y
conductas irracionales relacionadas con enfrentar peligros, capacidad para ejercer
control, una potencia sexual alta, y mostrarse fuertes y duros a nivel emocional,
es decir negar el miedo y todos los sentimientos de indefensión,
vulnerabilidad, angustia, tristeza, entre otros que los ponga una situación
contraria a los marcadores de virilidad. Al negar estas emociones limitan la capacidad
de procesarlas, reduce su posibilidad de recuperación y los lleva a utilizar
estrategias de afrontamiento autodestructivas, de agresión interpersonal y de
abuso de sustancias, que pueden limitar su capacidad de pedir ayuda, así como
el aumento en la incidencia de casos de aislamiento, depresión, suicidio y
violencia doméstica (Saénz y Salas, 1999; Weiss, Zara, y Parkinson, 2013).
Es importante reconocer que los hombres pueden generar grandes cambios,
y ser modelos positivos, en la prevención del riesgo y la equidad de género,
tal como lo propone el Informe de la Conferencia para la Reducción del Riesgo
en Desastre y Equidad/Igualdad de Género, llevado a cabo en Hawai en el 2004,
establece que los hombres: a) necesitan abogar por la igualdad/equidad de
género, b) necesitan ser socios de pleno derecho en el entrenamiento de
sensibilidad de género, c) ser líderes comprometidos a dar resultados de
equidad/igualdad de género en sus propias organizaciones, d) necesitan
reconocer que las mujeres tienen una gran cantidad de conocimientos y de
aptitudes para hacer frente a los desastres, y que más mujeres necesitan ser
entrenadas en primera respuesta, y e) se necesitan herramientas y metodologías
para sensibilizar y capacitar a los hombres para poner en práctica la igualdad
de género incidencias de violencia contra las mujeres.
Enfoque de diversidad. Este enfoque parte del reconocimiento y respeto
de la diversidad existente en todas las personas, la cual puede derivarse de la
cultura, pertenencia a un pueblo o grupo, clase social, nacionalidad, edad,
orientación sexual, identidad de género, diversidad funcional, filiación política,
religiosa o cualquier otra condición, tomando en cuenta sus necesidades particulares
para garantizar su integración en todas las acciones por realizar, eliminando
todas las formas de discriminación y exclusión.
Enfoque de Salud Mental. Este enfoque permite visualizar la salud mental5
como una construcción colectiva, histórica y social que surge de las
condiciones de vida e interacción entre las personas, grupos sociales,
comunidades y el ambiente en que se encuentran, con lo cual las acciones se
orientan hacia la promoción y fortalecimiento de factores protectores desde las
comunidades y grupos, evitando la excesiva medicalización.
5Política Nacional de Salud Mental 2012-2021.
Costa Rica.
Enfoque Psicosocial. Lo psicosocial no es una dimensión desarticulada
del proceso de atención de población afectada ante situaciones de emergencias o
desastres, es un abordaje transversal en todas las decisiones que se toman en
este tipo de eventos, ya que se producen diferentes problemáticas en los
niveles: individual, familiar, comunitario y social, deteriorando los mecanismos
de protección y aumentan los riesgos de que se presenten numerosos tipos de
problemas sociales o de conducta.6
6Guía del IASC sobre Salud Mental y Apoyo
Psicosocial en Emergencias Humanitarias y Catástrofes 2007. Ginebra.
Principio de pertinencia cultural. Todas las acciones por realizar deberán ser contextualizadas
y considerar la diversidad cultural y la cosmovisión de las personas, grupos y comunidades
con quienes se va a trabajar, demostrando respeto y asegurando la preservación
de su cultura.
La aplicación de este principio es particularmente relevante para el
trabajo con poblaciones y comunidades indígenas, afrodescendientes y con
personas que se trasladan en flujos migratorios.
Este principio responde a una Costa Rica que se declara República
multiétnica y pluricultural, según establece el artículo 1 de la Constitución
Política7 de este país.
7Reforma constitucional del artículo 1 de la
Constitución Política de Costa Rica (1949). 24 de agosto, 2015.
Principio de acción sin daños ("primum non nocere"). Según los principios
éticos y las normativas de su ámbito profesional. Lo anterior implica
especialmente, guardar la confidencialidad, respeto a los aspectos culturales y
costumbres de las poblaciones abordadas, no utilizar técnicas o metodologías experimentales,
invasivas y sin sustento técnico-científico que puedan afectar a la población.
Principio de Protección de la vida. Quienes se encuentran en el territorio
nacional deben ser protegidos en su vida, su integridad física, sus bienes y el
ambiente, frente a los desastres o sucesos peligrosos que puedan ocurrir.8
8Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y
Atención de Emergencias (CNE). (2015). "Política Nacional de Gestión del Riesgo
2016-2030". San José, C.R.: CNE.
Principio de participación activa e integración. Se deberá involucrar
a todas las personas y actores sociales pertenecientes a un espacio geográfico
poblacional determinado, para desarrollar alianzas estratégicas que permitan
buscar soluciones a los problemas existentes, desde el empoderamiento, generando
mejoras en el desarrollo y el bienestar.
De esta forma, se considera que la salud mental es el resultado de
acciones conjuntas de las y los actores sociales en interacción con su medio
ambiente, por lo que protegerla y mejorarla solo puede lograrse mediante la
movilización sinérgica de la diversidad de actores sociales existentes, en la
planificación, implementación y seguimiento de las acciones. Partiendo de ello,
ha de entenderse la participación social como:
"La capacidad real que poseen las personas y las comunidades para
incidir de manera efectiva en los asuntos de interés común que afectan su
desarrollo individual y colectivo. Cualquier persona tiene derecho a una
asistencia digna, a ser partícipe de programas que lo motiven a conocer y
reflexionar acerca de los factores de riesgo que puedan amenazar su ambiente, a
educarse para protegerse de ellos, a participar en procesos para el desarrollo de
un ambiente adecuado para la convivencia." (Colombia, 2000, cit. por Política
Nacional de Salud Mental, 2012-2021).
La integración, implica la creación de espacios abiertos a la diversidad
de voces y perspectivas, respetuosos y no excluyentes, donde las personas y
grupos involucrados tengan una participación activa y se reconozcan en su
calidad de seres con derechos, y no como objetos.
Es así como el abordaje psicosocial busca empoderar a los individuos y a
las comunidades afectadas por emergencias y desastres, con el fin de que puedan
integrarse activamente a las actividades de ayuda y desarrollo que se realicen
por parte de las instituciones y equipos de intervención.
CAPÍTULO II
Instancias claves
1) - El Ministerio de Salud, además de las responsabilidades
conferidas por Ley, los representantes del Ministerio de Salud deberán:
Garantizar la atención integral de la salud mental y el abordaje
psicosocial en situaciones de emergencias y desastres en los escenarios de
servicios de salud y en la comunidad, mediante elaboración, implementación y
seguimiento de normativa nacional específica.
Coordinar la evaluación de daños y necesidades psicosociales, en
coordinación con el SNGR, Comités de Emergencia y representantes comunitarios.
Dirigir, conducir, articular y supervisar las acciones en salud mental y
apoyo psicosocial, mediante estrecha coordinación con la CNE y según
recomendaciones técnicas del CATAPS.
Elaborar y actualizar una base de datos nacional con servicios, recursos
materiales y humanos capacitados para la atención integral de la salud mental y
el abordaje psicosocial en situaciones de emergencias y desastres.
Capacitar y entrenar al personal del Ministerio de Salud de los niveles
central, regional y local para el abordaje oportuno, coordinado y eficiente en
la respuesta ante las consecuencias de las emergencias y desastres.
Evaluación, seguimiento y elaboración de informes de las intervenciones
realizadas.
Coordinar la Sala de Situación en Salud asegurando la incorporación de
la atención integral de la salud mental y el abordaje psicosocial en
situaciones de emergencias y desastres para la toma de decisiones.
Coordinar todas las intervenciones en salud mental y apoyo psicosocial,
en estrecha vinculación con los Comités Municipales de Emergencia.
Dar seguimiento a los informes emitidos por las diferentes instituciones
en coordinación con la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de
Emergencias y elaborar informes periódicos del seguimiento a la atención
psicosocial realizada por las células de salud mental y abordaje psicosocial
para emergencias y desastres.
Tener presencia permanente en el CATAPS y desde esta instancia brindar
la asesoría técnica en materia de salud mental y abordaje psicosocial en la
respuesta ante las consecuencias del evento, al COE y a otras instancias del
SNGR que lo soliciten.
Garantizar el desarrollo de estrategias de autocuidado de su personal
interviniente en las emergencias y desastres.
Orientar a los medios de comunicación con lineamientos derivados del
derecho a la salud, para salvaguardar la privacidad y proteger la salud mental
de las personas afectadas.
2) -Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias.
Además
de las responsabilidades conferidas por Ley, los representantes de la Comisión
Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias deberán:
Coordinar el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos y activar las
instancias operativas necesarias.
Trasladar la información sobre situaciones de emergencias a la
Secretaría Técnica de Salud Mental del Ministerio de Salud y a los integrantes
del CATAPS mediante su representante en caso de requerir asesoría técnica
específica.
Coordinar con la Secretaría Técnica de Salud Mental del Ministerio de
Salud, la atención de demandas de apoyo psicosocial, a efectos de que sean
atendidas por las células de salud mental y apoyo psicosocial disponibles y
registradas.
Coordinar y brindar apoyo logístico al CATAPS en caso de activación.
Apoyar desde el punto de vista logístico, todas las operaciones de
carácter psicosocial que realicen las brigadas y equipos de trabajo, en
coordinación con los Comités de Emergencias.
Dar seguimiento a los informes emitidos por las diferentes
instituciones.
Dar seguimiento a las recomendaciones realizadas por el CAT
Capacitar y entrenar al personal interviniente para el abordaje
oportuno, coordinado y eficiente en la respuesta ante las consecuencias de las
emergencias y desastres.
Garantizar el desarrollo de estrategias de autocuidado de su personal
interviniente en las emergencias y desastres.
3) -Caja Costarricense de Seguro Social. Además de las responsabilidades
conferidas por Ley, los representantes de la Caja Costarricense de Seguro
Social deberán:
Brindar atención psicosocial de primer orden y especializada en salud
mental, a las y los funcionarios de la institución afectados por emergencias y
desastres, y sus familias.
Brindar atención psicosocial de primer orden y especializada, en salud
mental a las personas afectadas por emergencias y desastres que acuden a los
establecimientos de salud.
Detectar y brindar apoyo en la comunidad a las personas afectadas por
emergencias y desastres, por Asistentes Técnicos de Atención Primaria en
primera instancia, para su derivación al médico de EBAIS para su valoración y
referencia interna a los profesionales de atención psicosocial y salud mental
que corresponde.
Capacitar y entrenar al personal de la CCSS interviniente en salud
mental y apoyo psicosocial en emergencias y desastres, con enfoque
interdisciplinario.
Asegurar el autocuidado del personal de la CCSS interviniente en
emergencias y desastres.
Conformar células multidisciplinarias de servicios de salud para la
atención psicosocial en emergencias y desastres (incluye células para la
atención en salud mental especializada) en cada establecimiento de salud y en
la red de servicios de salud.
Asegurar en la constitución de Equipo Médicos de Emergencias de nivel 1,
2 y 3 así como en las células especializadas que exista un punto focal que
asegure la implementación de estrategias de autocuidado de su personal.
Las células comunitarias de atención psicosocial y salud mental
referirán al médico del EBAIS (primer nivel de atención) a las personas que
requieran atención en los servicios de la CCSS para su atención temprana y
referencia oportuna a los profesionales de atención psicosocial y salud mental
en el nivel que corresponde.
Realizar informes periódicos de la atención psicosocial facilitada, y
referencias atendidas y emitidas por las disciplinas de Psicología, Enfermería
y Trabajo Social.
Realizar Evaluación de Daños y Necesidades Psicosociales (EDAN
Psicosocial) de los servicios de atención afectados por emergencias y
desastres.
Acompañamiento a las familias de las personas fallecidas en los
establecimientos de salud para apoyo psicosocial y reconocimiento de cadáveres.
Garantizar el desarrollo de estrategias de autocuidado de su personal
interviniente en las emergencias y desastres.
4) -Comités de Emergencia. Además de las responsabilidades conferidas
por Ley, los representantes de los Comités de Emergencia deberán:
Generar una base de datos con información de población en situación de
vulnerabilidad social previa a la emergencia o desastre, articulando registros
de CCSS, programas sociales (IMAS/Municipalidad/ONGs), Oficinas de la Mujer,
PANI, entre otros.
Coordinar y planificar con la Secretaría Técnica de Salud Mental del
Ministerio de Salud las intervenciones para el abordaje de la salud mental y
apoyo psicosocial.
Fomentar la sensibilización y capacitación de personal de instituciones,
organizaciones y comunidades en temas de salud mental, apoyo psicosocial e
intervención de primer orden.
Apoyar los procesos de evaluación de daños y análisis de necesidades en
salud mental coordinado por la Secretaría Técnica de Salud Mental del
Ministerio de Salud.
Activar recurso local capacitado, entrenado y registrado debidamente en
la Secretaría Técnica de Salud Mental del Ministerio de Salud para apoyar los procesos
de contención emocional y apoyo psicosocial en la fase de respuesta y primer
impacto.
Evidenciar mediante el informe de situación las necesidades en materia
de salud mental y apoyo psicosocial generadas por el evento.
Coordinación y seguimiento del trabajo realizado por los entes de apoyo
en materia psicosocial.
Implementar las recomendaciones emanadas por el CATAPS.
Garantizar el desarrollo de estrategias de autocuidado de su personal
interviniente en las emergencias y desastres.
5) -Ministerio de Seguridad Pública. Además de las responsabilidades conferidas
por Ley, los representantes del Ministerio de Seguridad Pública deberán:
FUERZA PÚBLICA Y OTROS CUERPOS POLICIALES COMPETENCIAS DIRECTAS:
Verificar el estado general de la situación o emergencia.
Establecer perímetros de seguridad.
Realizar patrullajes como medida para asegurar la zona.
Establecer controles para el aseguramiento de bienes.
Resguardar sitios de suceso (Ej. Muertes).
Establecer controles para el ingreso o egreso de personas en la zona.
Mantener el orden público.
Auxilio a las instituciones intervinientes.
Tomar medidas y ejecutar acciones para la protección de la salud de los
funcionarios policiales intervinientes.
COLABORACIONES COMPLEMENTARIAS:
Facilitar recursos logísticos (Ej. Buses, lanchas, helicópteros)
Custodia de albergues (si hay gente violenta o robos).
Realizar inspecciones y monitoreo sobre el estado de la zona.
Coordinar evacuaciones de personas.
Distribución de medicamentos y otros productos.
Colaborar en operaciones de búsqueda de cuerpos y rescate de personas.
6) -Patronato Nacional de la Infancia. Además de las responsabilidades
conferidas por Ley, los representantes del Patronato Nacional de la Infancia
deberán:
Participar con enlaces ante los Comités Municipales de Emergencias (CME)
en todos los cantones del País
Desarrollar las acciones para garantizar la protección especial y
atención integral a los niños, niñas y adolescentes que hayan sido afectados
por un evento adverso natural o antrópico, cuando exista ausencia o
incompetencia de las figuras parentales y otros adultos responsables.
Definir y orientar las pautas de actuación de las instituciones para la
atención de las personas menores de edad que se encuentren ubicados
temporalmente en los albergues o refugios temporales en el marco del enfoque de
derechos de Niñez
Monitorear, a través de las Oficinas Locales durante la atención de la
emergencia, el oportuno y adecuado cumplimiento de los derechos de los niños,
niñas y adolescentes que se encuentren ubicados en los albergues o refugios
temporales que la CNE habilite para la atención de las familias
Coordinar con todas aquellas instituciones representadas localmente a
través de los CME, las acciones propias, tendientes a garantizar la protección
y el adecuado ejercicio de derechos de las PME.
Mantener en el marco del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (SNGR)
disponibilidad, comunicación y coordinación a través de las Oficinas Locales,
Direcciones Regionales correspondientes, el representante PANI ante el COE y la
Comisión Institucional de Gestión de Riesgo, durante y posterior al evento
adverso.
Promover las acciones necesarias a través de preparativos y respuesta a
lo interno de la Institución para minimizar y reducir el impacto hacia el
personal, niños, niñas y adolescentes en Oficinas Locales, Direcciones
regionales, albergues, y oficinas departamentales ante la ocurrencia de eventos
adversos.
Levantar un listado de los integrantes del (los) núcleo familiar (es)
afectado (os) por el evento adverso, y que se encuentren en albergues o
refugios temporales habilitados por la CME, para determinar la situación de las
PME.
Poner a disposición de la CME en el marco del SNGR en la medida de sus
posibilidades (a solicitud de la misma) el recurso técnico, personal, equipo,
materiales y suministros, que se utilizarán directamente en la atención de
necesidades urgentes suscitadas por el evento adverso y en el que se encuentren
afectadas personas menores de edad.
Destinar en sus presupuestos ordinarios anuales, a nivel regional,
aquellas partidas sensibles (alimentación, ropa, medicamentos, entre otros) que
le permitan primeramente atender sus propias necesidades en la región, y
contribuir en la medida de las posibilidades con los CME a mitigar el impacto
en las familias afectadas por los eventos adversos, en todas las comunidades
del país. Garantizar el desarrollo de estrategias de autocuidado de su personal
interviniente en las emergencias y desastres.
7) -Instituto Mixto de Ayuda Social. Además de las responsabilidades conferidas
por Ley, los representantes del Instituto Mixto de Ayuda Social deberán:
Participar en los Comités Municipales, Regionales y en el COE a nivel
nacional.
Atender a la población referida por el comité de emergencias municipal,
regional y nacional.
Aplicar la Ficha de Información Social (FIS) a las personas afectadas en
el evento adverso.
Realizar las valoraciones socioeconómicas de las familias afectadas,
para determinar, de acuerdo con los parámetros institucionales establecidos, el
otorgamiento de los beneficios de la oferta programática institucional.
Referir a las familias que requieren apoyo psicosocial a las instancias
correspondientes.
Brindar informes periódicos.
Garantizar el desarrollo de estrategias de autocuidado de su personal
interviniente en las emergencias y desastres.
8) - Consejo Nacional de Personas con Discapacidad
Brindar el apoyo psicosocial y velar por el respeto y cumplimiento de
los derechos humanos de la población con discapacidad afectada en una situación
de emergencia.
Activar el Comité Técnico Interdisciplinario y realizar las coordinaciones
necesarias según el tipo de emergencia o desastre y la zona geográfica donde
ésta se presente.
Constituir el equipo base que estará destacado en la atención de la
emergencia o desastre.
Detección y registro inicial de personas con alguna discapacidad e
identificar los recursos institucionales para la construcción de estrategias de
atención.
Evaluación de daños y análisis de las necesidades para brindar la
atención y protección inmediata a la población con discapacidad afectada, desde
un enfoque de derechos. Brindando el seguimiento pertinente.
Coordinación con los centros de salud para la atención médica
especializada a las personas con discapacidad, para que tengan acceso al apoyo
especializado (tratamiento psiquiátrico, sonda PEG, tratamiento medicamentoso,
entre otros).
Identificar, reactivar y movilizar los recursos comunitarios e
institucionales pertinentes para el trabajo con redes.
Determinar el recurso humano institucional que va a intervenir de forma
rotativa en cada situación de emergencia o desastre, para garantizar una
respuesta oportuna a las necesidades de las personas con discapacidad, con un
enfoque de derechos.
Elaboración y entrega de informe de situación con recomendaciones para
la toma de decisiones en el ámbito de competencia.
Valoración de ingreso de las personas con discapacidad afectadas al
Programa Pobreza y Discapacidad del CONAPDIS.
Asesoría e inspección sobre la accesibilidad de los servicios en el
proceso de rehabilitación y reconstrucción.
Garantizar el desarrollo de estrategias de autocuidado de su personal
interviniente en las emergencias y desastres.
9) - Universidad de Costa Rica. Escuela de Psicología. Los representantes
de la Universidad de Costa Rica. Escuela de Psicología deberán:
Apoyar en la capacitación de Comités Municipales de Emergencias e
instancias del SNGD en temáticas de apoyo psicosocial, mediante proyecto ED-74.
Fortalecer capacidades organizativas comunitarias en acompañamiento
psicosocial, mediante proyecto ED-74 (Brigada), Módulos de Psicología de la
Organización Comunitaria y Módulo de Psicología y Desastres.
Apoyar al CME en Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades
Psicosociales en coordinación con el Ministerio de Salud.
Apoyar a la atención psicosocial de comunidades afectadas en
coordinación con Comités Municipales, CATAPS, CNE y Ministerio de Salud según
la normativa vigente.
Asegurar formación especializada en atención psicosocial ante
emergencias y desastres para brigadistas UCR, mediante módulos de capacitación,
pasantía Brigada UCR, entre otros mecanismos.
Fortalecer la respuesta de atención psicosocial local: apoyo CME,
recurso humano especializado de instituciones, personas albergadas, personal
que atiende emergencias, entre otros, siguiendo la normativa vigente.
Coordinar acciones de acompañamiento psicosocial con otras instancias de
intervención como brigadas, equipos voluntarios, siguiendo la normativa
vigente. Generar planes de acompañamiento psicosocial según solicitud de los
Comités Municipales de Emergencias y recomendaciones técnicas del CATAPS.
Presentar al Comité Municipal de Emergencias los informes de
acompañamiento psicosocial realizado.
Elaborar estrategias de seguimiento de las acciones realizadas por la
Brigada en coordinación con el CME y la Secretaría Técnica de Salud Mental.
Brindar informe y devolución en las comunidades atendidas.
Fortalecer la coordinación y articulación de proyectos de la atención
psicosocial ante emergencias y desastres a lo interno de la UCR.
Garantizar el desarrollo de estrategias de autocuidado de su personal
interviniente en las emergencias y desastres.
10) - Colegio de Trabajadores Sociales de Costa Rica. Los representantes
del Colegio de Trabajadores Sociales de Costa Rica deberán:
Delimitar, bajo la normativa vigente, la intervención psicosocial de las
y los profesionales colegiados del COLTRAS.
Brindar en conjunto con los equipos interdisciplinarios un
acompañamiento psicosocial a las personas afectadas.
Brindar capacitación en Gestión del Riesgo y atención de emergencias,
incluido la atención psicosocial a los profesionales de la disciplina.
Convocar a profesionales debidamente capacitados a unirse a los grupos
formales conformados para la atención de emergencias, cuando así se requiera,
apegándose al cumplimiento de la normativa vigente.
Valorar y referir las personas que lo requieran a la institución que
corresponda, según sea el caso, con el fin de que estas obtengan la atención
precisa, cuando así se requiera, apegándose al cumplimiento de la normativa
vigente.
Colaborar en la asesoría y coordinación que la CNE establezca para el
ingreso de los equipos de trabajo para la intervención psicosocial.
Cooperar en la recuperación de las comunidades.
Asesorar, acompañar y fiscalizar la intervención de profesionales en
trabajo social en los procesos de intervención en gestión de riesgo y atención
de emergencias.
Garantizar el desarrollo de estrategias de autocuidado de su personal
interviniente en las emergencias y desastres.
11) - Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica. Los representantes
del Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica deberán:
Funciones administrativas
Asesorar, acompañar y fiscalizar la intervención de profesionales en
psicología en los procesos de intervención en gestión de riesgo y atención de
emergencias.
Promover e incentivar a las universidades para que las escuelas de
psicología incluyan en el plan de estudios de psicología la materia de "gestión
de riesgos".
Promover y capacitar en temas de gestión de riesgos, a las y los
agremiados del país; con el propósito de tener más profesionales con destrezas
para intervenir en situaciones de riesgo, emergencias y desastres.
Convocar a profesionales debidamente capacitados a unirse a los grupos
formales conformados para la atención de emergencias, cuando así se requiera,
apegándose al cumplimiento de la normativa vigente.
Funcionaes de apoyo en campo
Brindar acompañamiento psicosocial con un enfoque interdisciplinario
para las personas y familias afectadas por un incidente o emergencias (post
72h) en: intervención en crisis, apoyo emocional, intervenciones grupales a los
diversos grupos poblacionales, cuando así se requiera, apegándose al
cumplimiento de la normativa vigente.
Realizar funciones interdisciplinarias e interinstitucionales en
coordinación con profesionales vinculados con el tema de gestión de riesgos y
acompañamiento psicosocial, cuando así se requiera, apegándose al cumplimiento
de la normativa vigente.
Valorar y referir las personas que lo requieran a la institución que
corresponda, según sea el caso, con el fin de que estas obtengan la atención
precisa, cuando así se requiera, apegándose al cumplimiento de la normativa
vigente. Garantizar el desarrollo de estrategias de autocuidado de su personal
interviniente en las emergencias y desastres.
12) - Organizaciones No Gubernamentales (ONG´s) Los representantes
del Cáritas deberán: revisar estas competencias, ya que se le había solicitado
a Isabel que las mismas fueran genéricas para ONG´s.
Dar a conocer a los entes rectores sus ámbitos de acción en el proceso
atención de las emergencias: respuesta, rehabilitación y
reconstrucción/recuperación, y mantenerlas actualizada la información.
Registrarse como equipo de intervención bajo los parámetros dados por la
normativa vigente.
Elaborar su plan de intervención en la atención de cada emergencia
articulándolo con el proceso de construcción del Plan Nacional de la Emergencia
y el Marco de Recuperación diseñado bajo la rectoría de la CNE.
Seguir las recomendaciones de intervención propuestas por el SNGR.
Apoyar a las instancias del SNGR, en función de las necesidades.
Integrarse a los comités municipales de emergencias correspondientes a
las zonas afectadas por una emergencia, con el propósito de articular su trabajo.
13) - Benemérita Cruz Roja Costarricense
Previa coordinación y acorde a la disponibilidad de los facilitadores,
capacitar a personal voluntario y/o remunerado interno en Primeros Auxilios
Psicológicos, según los lineamientos institucionales internos.
Coordinar de manera articulada con la CNE para el ingreso de los equipos
de trabajo internos de apoyo psicosocial, lo cual incluye voluntariado con formación
en psicología, personal remunerado o voluntario con formación en primeros
auxilios psicológicos y/o dinamización social.
Atención psicosocial al personal interno de Benemérita Cruz Roja
Costarricense que atiende emergencias, mediante intervenciones en crisis,
procesos grupales o procesos individuales breves, mediante profesionales en
psicología voluntarios.
Apoyo a otras organizaciones en la atención psicosocial a comunidades y
personas en alojamientos temporales mediante técnicas de dinamización social,
con énfasis en grupos en condiciones de vulnerabilidad, tales como personas
menores de edad, personas con discapacidad o personas adultas mayores.
Brindar informes periódicos de la intervención institucional a las
instancias de coordinación nacional del SNGR.
Brindar recursos humanos para el apoyo de las acciones según corresponda
en caso de solicitarlo y acorde a la disponibilidad del mismo.
Cooperar con el adecuado funcionamiento de los alojamientos temporales
según las diferentes necesidades detectadas en la población.
Presencia y asesoría en el CATAPS.
Realizar acciones de autocuidado para el personal interno que atiende el
incidente, mediante técnicas de dinamización social.
Orientar a las personas para que asistan a las instancias
correspondientes, según sus necesidades (IMAS, CCSS, PANI).
CAPITULO III
Mesa Técnica Operativa
En función de las recomendaciones realizadas por el Comité Asesor
Técnico de Apoyo Psicosocial, el Ministerio de Salud como ente rector
solicitará a la Secretaría Técnica de Salud Mental la activación de la Mesa
Técnica Operativa, la cual estará conformada por representantes de las siguientes
instituciones
Secretaría Técnica de Salud Mental (coordinación)
Comisión Nacional de Prevención del Riesgo y Atención de Emergencias.
Caja Costarricense del Seguro Social.
Se valorará la convocatoria de otras instancias del SNGR como Colegios Profesionales,
Brigada de Atención Psicosocial en Situación de Emergencias de la Escuela de
Psicología de la Universidad de Costa Rica, Benemérita Benemérita Cruz Roja Costarricense
y otros equipos de intervención, en función de las necesidades específicas
detectadas y a las cuales se les deba de dar un abordaje integral en salud
mental.
La mesa técnica operativa se activará por recomendación del CATAPS o por
instrucción del jerarca del Ministerio de Salud y analizará la información
recibida en el COE, generada por los comités de emergencias y/o el de enlace de
la CNE, posteriormente se establecerán prioridades y valorará la activación de
los equipos y/o células de salud mental y atención psicosocial.
La mesa técnica operativa activará los equipos que cumplan con el perfil
contenido en esta norma y previo análisis de la capacidad de autogestión e
intervención de las mismas.
La mesa técnica operativa, con la asesoría del CATAPS, establecerá las
líneas de acción bajo las cuales se harán las intervenciones.
La mesa técnica operativa utilizará los instrumentos aprobados y
avalados por el CATAPS, en caso que se requiera la aplicación de otro
instrumento distinto se le solicitará la recomendación a dicho ente técnico.
Los equipos y/o células activadas deberán cumplir con todos los
requerimientos solicitados y en el tiempo establecido por la mesa técnica
(intervenciones de seguimiento, presentación de informes)
Finalizada la intervención de los equipos y/o células, la mesa técnica
solicitará los informes de cierre a las coordinaciones de los equipos, y las
convocará a sesión de trabajo para realizar evaluación delos procesos.
Una vez desactivada la mesa técnica operativa, la misma presentará un
informe al CATAPS.
CAPITULO IV
Conformación de las Células en Salud Mental y Abordaje Psicosocial para
Emergencias y
Desastres (CESMAP)
Sobre las Células en Salud Mental y Abordaje Psicosocial para
Emergencias y Desastres
(CESMAP)
Las células especializadas de Salud Mental y Abordaje Psicosocial para
Emergencias y Desastres son equipos de profesionales y voluntarios
pertenecientes al área de la salud mental y el abordaje psicosocial, que deben
ajustarse a los perfiles profesionales definidos por las instancias rectoras en
salud pública y prevención de riesgo y atención de emergencias del país. Estos
equipos realizan acciones en favor de las poblaciones afectadas por emergencias
y desastres y de apoyo al Sistema Nacional de Gestión del Riesgo. Las CESMAP
pueden ser tanto institucionales como de organizaciones no gubernamentales y de
la sociedad civil, y su respuesta puede ser nacional o también internacional.
Objetivo de las Células en Salud Mental y Abordaje Psicosocial para
Emergencias y Desastres (CESMAP)
Propiciar la integración del abordaje integral de la salud mental y
apoyo psicosocial, de las personas en situaciones de emergencia y desastres,
mediante el manejo oportuno, coordinado y eficiente de los factores que
configuran el riesgo asociado a emergencias, con el fin de reducir sus causas y
su impacto en el corto, mediano y largo plazo; bajo el marco humanitario y de
estándares de calidad.
Principios rectores de los CESMAP
Todos los CESMAP y las personas profesionales que los forman, deben
cumplir con estos principios rectores:
a. Proporcionar atención segura, oportuna, eficaz, eficiente, equitativa
y centrada en las personas.
b. Ofrecer una respuesta enfocada a las necesidades, de acuerdo al
contexto y características de la población y el tipo de emergencia o desastre.
c. Adoptar un enfoque de respuesta basado en los derechos humanos y
asegurar que sus servicios estén accesibles a todos los sectores de la
población afectada por la emergencia o desastre, especialmente los grupos
vulnerables.
d. Realizar un abordaje basado en el enfoque de acción sin daños
("primum non nocere") y en los principios éticos según las normativas de su
ámbito profesional. Lo anterior implica especialmente, guardar la
confidencialidad, respeto a los aspectos culturales y costumbres de las
poblaciones abordadas, no utilizar técnicas o metodologías experimentales,
invasivas y sin sustento técnico-científico que puedan afectar a la población.
e. Las CESMAP deben registrarse oportunamente y mantenerse actualizados
en los registros de la STSM.
f. Las CESMAP deben integrarse en una respuesta coordinada bajo las
autoridades (COE, CNE, CME, Secretaría Técnica de Salud Mental del Ministerio
de Salud), y colaborar con el SNGR, el CICOM (Célula de Información y
Coordinación Médica), otras células, el Clúster de Salud y la comunidad
internacional de respuesta humanitaria en caso de haber solicitud de cooperación
internacional por parte del gobierno.
Estándares Fundamentales de los CESMAP
a. Registrarse ante la Secretaría Técnica de Salud Mental del Ministerio
de Salud como parte de las acciones obligatorias de pre-despliegue y colaborar
con los mecanismos interinstitucionales de coordinación de respuesta nacional y
local, así como con otras células.
b. Informar el tipo de célula, capacidad y servicios que pueden ofrecer,
con base a la clasificación incluida en esta norma y las necesidades de
intervención.
c. Mantener informadas, en intervalos regulares, durante la respuesta y
antes de la salida, a las autoridades nacionales y al Clúster de Salud (en caso
de ser cooperantes internacionales), utilizando los formatos establecidos para
esto.
d. Mantener registros confidenciales de las intervenciones y las
posibles complicaciones.
e. Mantener para cada persona atendida un informe de la intervención
realizada y de la referencia para el seguimiento planificado, según sea necesario.
En caso de enviarse referencia al establecimiento de salud, la referencia debe
contener datos personales de la persona referida, tipo de abordaje brindado y
el tratamiento farmacológico otorgado.
f. Formar parte del sistema de referencia a servicios de salud, para lo
cual existe una boleta de referencia elaborada por el CATAPS y que aparece como
adjunto en esta norma.
g. Adherirse a las directrices profesionales: todo su personal debe
estar incorporado y al día con las obligaciones con el colegio profesional
respectivo para ejercer de acuerdo a las disposiciones específicas de los
colegios profesionales respectivos, y tener licencia de los colegios
profesionales vigente para la práctica asistencial que le sea asignada.
h. El personal que integre las células debe cumplir con los
requerimientos de los perfiles establecidos por las instancias rectoras en
salud pública y de prevención de riesgos y atención de emergencias.
i. Ser autosuficientes y no requerir apoyo logístico, a menos que se
acuerde lo contrario antes del despliegue. Además contar con un seguro médico y
de riesgos según el caso.
j. Cumplir con las normas mínimas de higiene y saneamiento, incluido el
manejo integral de residuos.
k. Los CESMAP deben tener mecanismos para hacer frente a las quejas de
las personas usuarias y las acusaciones de negligencia.
l. Contar con un sistema para mantener la salud y seguridad de las
personas de su equipo, incluyendo estrategias de repatriación y de salida, en
el caso de las células internacionales.
m. Las células podrían integrar expertos en temas específicos que les
apoyen previo y durante la atención de emergencias. El personal experto deberá
igualmente llenar un formulario de registro y cumplir con los requerimientos
establecidos.
n. En el caso de grupos de apoyo para el desarrollo de actividades
lúdicas en albergues y comunidad, deberán igualmente registrarse y presentar
los requisitos establecidos al CME, evitando el uso de propagandas y lemas
comerciales. Además, deben ser autosuficientes y contar con los seguros de
riesgo del caso.
Aspectos organizativos del abordaje en salud mental y apoyo psicosocial
en situaciones de emergencia.
La Mesa Técnica Operativa coordinada por la Secretaría Técnica de Salud
Mental del Ministerio de Salud, coordinará las acciones requeridas para la integración
y funcionamiento de las CESMAPS, tomando como insumo las necesidades identificadas
por la Comisión Nacional de Prevención del Riesgo y Atención de Emergencias en
materia de apoyo psicosocial y salud mental.
La información generada por las células, debe ser canalizada a la Mesa
Técnica Operativa por medio del informe de acciones realizadas y al finalizar
las operaciones, deberán entregar un informe final según los formatos
establecidos. Estos informes deben ser enviados a la Mesa Técnica Operativa mediante
los canales determinados para tal fin.
Durante la situación de emergencia el CATAPS dará apoyo técnico a la
Mesa Técnica Operativa, al COE y a la CNE.
Las acciones en salud mental y apoyo psicosocial en la fase de rehabilitación
y reconstrucción serán coordinadas y supervisadas por la CNE con el apoyo de la
Secretaría Técnica de Salud Mental.
La atención de primer orden a personas afectadas por situaciones de
emergencia incluye la evaluación de impacto, estrategias de acompañamiento de
primer orden, referencia y contrarreferencia. Los primeros auxilios
psicológicos pueden ser brindados por personas entrenadas de la comunidad.
Solamente los profesionales en salud mental y atención psicosocial en
emergencias y desastres vinculados a una institución u organización formal que
cuenten con capacitación, podrán realizar intervenciones de segundo orden.
Clasificación de las Células en Salud Mental y Abordaje Psicosocial para
Emergencias y Desastres (CESMAP)
. Célula de Evaluación de Daños y Necesidades en Salud Mental y
Abordaje Psicosocial
Esta célula estará conformada por equipos profesionales multidisciplinarios
(psiquiatría, psicología, trabajo social, planificación social, sociología,
antropología y enfermería con énfasis en salud mental) y representantes
comunitarios (Comités de Emergencia, asociaciones y grupos locales), sensibilizados,
capacitados y entrenados en la atención integral de la salud mental y abordaje psicosocial,
que cumplan con los requisitos legales para ejercer. En función de las necesidades
que se presentan en la emergencia, estas células pueden ser de carácter mixto,
en tanto se puede tener representación del sector público y privado, así como
representación de otras CESMAP.
Estas células serán capacitadas, supervisadas y coordinadas directamente
por el Ministerio de Salud e integradas al SNGR y su objetivo principal es
gestionar la evaluación de daños y necesidades psicosociales, en coordinación
con el SNGR, ONG y representantes comunitarios.
Esta célula deberá recabar o asegurar la recolección de la información
específica sobre la evaluación de daños y necesidades psicosociales, para la toma
de decisiones de acciones de intervención según su prioridad y su adecuado
seguimiento:
1. EDAN preliminar: recaba la información básica de los primeros
respondientes, actores comunitarios y el SNGR, incluye información recabada de
previo a la emergencia y la valoración rápida del impacto del evento.
2. EDAN inicial: se realiza en las primeras 72 horas post impacto.
3. EDAN intermedia: debe realizarse en las primeras 4 semanas post
impacto.
4. EDAN final: se realiza después de concluida la etapa intermedia.
Las acciones básicas que constituyen la respuesta mínima son las
siguientes, las cuales deben ser tomadas con punto base de la evaluación de la
situación9:
9Guía del IASC sobre Salud Mental y Apoyo
Psicosocial en Situaciones de Emergencia 2007. Ginebra.
A. Funciones comunes a todas las esferas:
1) Coordinación.
2) Diagnóstico de la situación, seguimiento y evaluación.
3) Protección y normas de derechos humanos.
4) Recursos humanos.
B. Esferas básicas de salud mental y apoyo psicosocial:
5) Organización comunitaria y apoyo a la comunidad.
6) Servicios de salud.
7) Educación.
8) Difusión de la información.
C. Consideraciones sociales en las esferas sectoriales
9) Seguridad alimentaria y nutrición.
10) Provisión de albergues.
11) Abastecimiento de agua y saneamiento.
. Célula en manejo de información y comunicación con enfoque
psicosocial
Estas células podrán estar conformadas por profesionales en comunicación
social, psicología, sociología, trabajo social, enfermería en salud mental,
antropología, educación no formales y psicopedagogía, y deben mantener enlaces
continuos con el SNGR especialmente con los grupos comunitarios organizados.
Su objetivo principal es la elaboración, revisión y ajuste de material
informativo con contenido psicosocial y de salud mental y acompañar procesos de
comunicación e información a nivel local, cuando se requiera.
Esta célula coordina directamente con el CATAPS para la asesoría
técnica, los materiales avalados por el CAT Psicosocial, serán remitidos al COE
para su divulgación.
. Célula de abordaje de albergues
Son células multidisciplinarias conformadas por profesionales en
ciencias sociales, capacitados en apoyo psicosocial y salud mental en
emergencias y desastres. Estos equipos pueden estar conformados por personas
representantes de instituciones de bienestar social como: PANI, IMAS, CONAPDIS,
MINSA, MEP, instituciones de primera respuesta como: Cruz Roja y Fuerza
Pública, ONG´s, equipos o brigadas certificadas. Su ámbito de acción son los
albergues y las acciones a realizar deben estar coordinadas con el CME y la
persona representante del Ministerio de Salud. Los informes van a dar soporte a
la priorización de necesidades de activación de otras células y al trabajo de
la célula de EDAN.
. Célula de apoyo a servicios de salud
Son células multidisciplinarias conformadas por profesionales
capacitados en apoyo psicosocial y salud mental en emergencias y desastres, de
disciplinas como: psicología, trabajo social, medicina familiar y comunitaria,
psiquiatría, enfermería con énfasis en salud mental, cuidados paliativos, pediatría.
Se recomienda que sean células adscritas a los establecimientos de salud o al nivel
regional, según capacidades internas
El objetivo principal de estas células es procurar el cuidado y
autocuidado del personal de los servicios de salud, brindar atención
psicosocial a afectados directos, sus familiares y allegados que se presentan a
los servicios de salud, brindar acompañamiento en el reconocimiento de
fallecidos y retiro de pertenencias. Dar seguimiento a las personas afectadas
que han sido atendidas en los establecimientos de salud.
Realizan acciones en procura del bienestar y cuidado del personal que
brinda servicios de salud.
Garantizan la atención y seguimiento de pacientes con trastornos
mentales crónicos, descompensados o reactivos, que acudan a los servicios de
salud o sean referidos por cuerpos de socorro o las CESMAP.
. Células comunitarias
Estas células incluyen:
Células de unidades de primera respuesta.
Estas células actúan en la escena de emergencia y se especializan en
brindar atención psicosocial de primer orden a personas afectadas directa e
indirectamente en el lugar. Están conformadas por personal extra-hospitalario
de primera respuesta capacitado en atención psicosocial de primer orden.
Células de respuesta local comunitaria.
Estas células están integradas por miembros de la comunidad y actores
locales involucrados, previamente organizados, capacitados y articulados al
CME. Se avocan a brindar atención psicosocial de primer orden, restablecer
contactos y procurar la seguridad y las condiciones básicas de las poblaciones
afectadas así como el apoyo al levantamiento de información.
Células externas de abordaje comunitario.
Están integradas por equipos de profesionales o voluntarios capacitados
en intervenciones en salud mental en situaciones de emergencias y desastres, cuyos
objetivos son el trabajo de intervención "casa por casa", identificación de
casos para remisión a los centros de salud, intervención de primer orden.
Colaboran con el levantamiento de información útil para la toma de
decisiones de los comités locales y autoridades.
Dentro de sus acciones prioritarias se encuentra el fortalecimiento de
las capacidades de organización comunitaria.
Células para el abordaje de poblaciones prioritarias (niñas, niños,
adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, personas adultas mayores,
personas indígenas, personas privadas de libertad, personas albergadas,
personas que viven con VIH y otras condiciones crónicas; personas LGBTI, migrantes,
solicitantes de asilo, personas refugiadas).
Estas células se especializan en el abordaje de poblaciones
prioritarias, su rol es de asesoría a otras células o de intervención directa
con la población prioritaria.
Requisitos para el trabajo en campo de abordaje en salud mental y apoyo
psicosocial en situaciones de emergencia.
Los documentos consignados en este apartado como requisitos para el
trabajo de campo deberán ser de conocimiento y uso obligatorio de las
diferentes células y serán elaborados por el CAT Psicosocial o con las
recomendaciones técnicas del CATAPS en un plazo no mayor a 6 meses posteriores
a la publicación de esta norma:
Requisitos:
- Registro
1. Envío de formulario de registro a la STSM.
2. Listado de profesionales y voluntarios capacitados en atención
psicosocial de emergencias y desastres, y equipo de apoyo logístico, con una
copia de la hoja de vida, copia de credenciales (copia del certificado de
incorporación al Colegio Profesional) y de certificados
3. Copia de la cédula de identidad y el carné del colegio profesional.
4. De preferencia, constancia de vacunación contra el tétano, influenza
y hepatitis.
5. Seguros médicos y póliza de riesgos.
6. Programa de capacitación continua del grupo.
7. Certificados de formación en emergencias y desastres, atención
psicosocial y de salud mental valorado por la Secretaría Técnica de Salud
Mental, con el asesoramiento y recomendaciones del CATAPS.
8. En el caso de CESMAPS internacionales deben enviar al STSM los
documentos indicados en los puntos 1 y 2 (incluyendo el apostillado del título
profesional), copia del pasaporte, constancia de vacunación, visas; seguro
médico y de accidentes. Es indispensable que los equipos dominen el idioma
español y especialmente el idioma o dialectos de los grupos a intervenir.
- Recursos humanos
1. Persona que coordina el equipo (profesional colegiado en el área de
la salud mental).
2. Personal de apoyo con base en el perfil de la célula.
3. Encargado (a) del manejo de información (puede ser personal
asistencial).
4. Técnicos o profesionales para el Apoyo Logístico (comunicaciones,
transporte, alimentación, hospedaje)
5. Encargado de seguridad (de ser necesario)
En el caso de las células de respuesta local comunitaria están
integradas por miembros de la comunidad y actores locales involucrados,
previamente organizados, capacitados y articulados al CME. Se avocan a brindar
atención psicosocial de primer orden, restablecer contactos y procurar la seguridad
y las condiciones básicas de las poblaciones afectadas así como el apoyo al levantamiento
de información.
En el caso de células conformadas por estudiantes, deberán contar con
coordinadores profesionales, debidamente inscritos al Colegio profesional
respectivo, con preparación, capacitación, entrenamiento y experiencia
comprobables. Se recomienda que cada profesional coordinador tenga a su cargo
como máximo 7 personas.
- Identificación
1. Signos externos de identificación del grupo (gafetes, camisetas,
implementos de seguridad).
2. Gafete. (Incluye tipo de sangre, padecimientos y alergias).
- Procedimientos y documentos
Los siguientes documentos deberán ser de conocimiento y uso obligatorio
de las diferentes células y serán elaborados con las recomendaciones técnicas
del CATAPS en un plazo no mayor a 6 meses posteriores a la publicación de esta
norma:
a. Consideraciones éticas y humanitarias de la asistencia en desastres
escritas y conocidas por todos los integrantes del equipo.
b. TRIAGE psicosocial.
c. Instrumento único de recolección de información.
d. Procedimiento de Primeros Auxilios Psicológicos.
e. Guías para abordaje de poblaciones vulnerables.
f. Normativas, procedimientos existentes.
g. Procedimientos generales:
Las células deberán contar con los siguientes procedimientos:
✓ Procedimiento de
activación y desactivación.
✓ Procedimiento de
estrategias autocuidado y desmovilización
✓ Procedimiento de
atención de contingencias y evacuación en el terreno.
✓ Procedimiento de
comunicación de malas noticias.
✓ Procedimiento manejo
de información.
✓ Procedimiento de
supervisión de equipo.
- Procedimientos específicos
En la siguiente tabla se especifican los procedimientos específicos
solicitados a las células para realizar sus intervenciones.
TIPO
|
PROCEDIMIENTOS MÍNIMOS SOLICITADOS
|
Célula de
EDAN en salud mental y apoyo psicosocial
|
Procedimiento operativo para la
EDAN
|
Célula en manejo de información y comunicación con enfoque psicosocial
|
Procedimiento operativo que indique la metodología de captura de datos, sistematización de información y su envío a las autoridades (CCO).
|
Célula de apoyo a servicios de salud
|
Procedimiento de apoyo al cuidado del personal de salud. Procedimiento para el manejo
de información a familiares y allegados.
Procedimiento para el acompañamiento en la identificación de fallecidos
y retiro de pertenencias.
Procedimientos de abordaje clínico de casos. Procedimiento para
intervención de segundo
orden.
|
Células comunitarias
|
Procedimiento de atención comunitaria. Procedimiento de referencia
a los servicios de salud.
Procedimiento para
el
manejo de
información (direccionamiento al CCO).
Procedimientos según
la especificidad de la intervención. Procedimiento para el acompañamiento a los familiares en la identificación
de
fallecidos y retiro
de
pertenencias, con entrenamiento
en psicología forense.
Procedimiento para intervención de segundo orden (personal especializado).
Instrumento único de recolección
de información
|
Requisitos mínimos para el reporte de la información de la intervención
en campo
Los siguientes documentos deberán ser de conocimiento y uso obligatorio
de las diferentes células y serán elaborados con las recomendaciones técnicas
del CATAPS en un plazo no mayor a 6 meses posteriores a la publicación de esta
norma:
a. Bitácora (plan de trabajo).
b. Reporte de situación diario.
c. Reporte de informe final.
d. Registro de referencias.