Artículo 8º- Informe: Para cumplir con los controles que al efecto debe
llevar la Dirección General de Hacienda específicamente la División de
Incentivos Fiscales, el proyecto "Del campo al plato: la integración de la biodiversidad
en las cadenas de valor agroalimentarias", deberá rendir un informe
semestral, que brindará en los primeros diez días de enero y los primeros diez
días de julio de cada año, con la siguiente información:
Encabezado
1. Razón social del beneficiario.
2. Cédula jurídica del beneficiario: Numérico, sin guiones de 10 dígitos
(9999999999)
3. Período del informe (Semestre y Año).
4. Número de Resolución: Alfanumérico
5. Fecha de Resolución: dd/mm/aaaa
Detalle del Informe según el anexo adjunto a esta resolución.
CONSIDERACIONES GENERALES
1. El informe debe ser elaborado con la herramienta Excel y enviarlo con
firma digital al correo electrónico inforg@hacienda.go.cr de la Subdirección de
Programación de la División de Incentivos Fiscales de la Dirección General de
Hacienda.
2. Llenar formulario en Fuente (letra) Verdana!important, tamaño mínimo 9.
3. Indicar los Totales Generales de: Valor de la compra, y Total Monto
Exonerado, al final de la columna que correspondiente.
4. Se debe numerar cada página del informe. Ejemplo: 1/2, 2/2,.
5. El Informe deberá ser presentado según el anexo que contiene esta
resolución, ante en la Dirección General de Hacienda dirigido a la División de
Incentivos Fiscales.
6. El proyecto "Del campo al plato: la integración de la biodiversidad
en las cadenas de valor agroalimentarias", deberá conservar en debido orden un
archivo consecutivo de las órdenes de compra emitidas.
7. Será responsabilidad del proyecto "Del campo al plato: la integración
de la biodiversidad en las cadenas de valor agroalimentarias", hacer los
ajustes que correspondan para el adecuado control del procedimiento aquí
autorizado.
Es conforme.
Notifíquese: al señor Andreas Villar, Jefe de Misión Director Residente
GIZ CR, Rohrmoser, II Etapa del CC Plaza Mayor, 200m norte, 50m oeste, edificio
blanco mano derecha y al Departamento de Inmunidades y Privilegios del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Publíquese.

INSTRUCTIVO DE LLENADO
FORMULARIO INFORME SEMESTRAL DE COMPRAS LOCALES
EXONERADAS AUTORIZADAS MEDIANTE RESOLUCION
A continuación se detalla la información que se debe proporcionar en
cada uno de los campos del formulario en cuestión:
Encabezado
Razón Social del
Beneficiario: nombre o razón social del beneficiario de la exoneración.
Cédula Jurídica:
número de cedula jurídica del beneficiario.
Periodo
(Semestre y Año): I o II semestre y el año respectivo.
Número y fecha
de Resolución: número y fecha de la resolución emitida por la Dirección
General de Hacienda, mediante la cual se autoriza el procedimiento especial
para las adquisiciones bienes y servicios exonerados en el mercado local,
prescindiendo del trámite ante el Departamento de Gestion de Exenciones.
Formulario
Orden de compra
o contrato
o Número: número de orden de compra o contrato mediante el cual
se realizaron las compras.
o Fecha: fecha de la orden de compra o contrato mediante el cual
se realizaron las compras.
Factura
o Número: número de factura emitida por el proveedor
o Fecha: fecha de factura emitida por el proveedor
Dependencia o
unidad que usará el bien o servicio: área a la cual será destinado el bien
exonerado.
Proveedor
o Nombre: nombre o razón social de la persona física o jurídica
por medio de la cual se adquirieron los bienes o servicios exonerados
o Identificación: número de cedula física o jurídica del
proveedor
Valor de la
compra
o Dólares: monto total pagado en dólares a un proveedor por
concepto de todos los bienes o servicios exonerados adquiridos durante el
semestre, en cuyo caso la factura debe haber sido extendida en dicha moneda.
o Tipo de cambio: valor de la divisa aplicado en la adquisición
de bienes o servicios exonerados facturados en dólares
o Colones: resultado de la multiplicación de la columna "Monto
Compra Dólares" por el monto de la columna "Tipo de Cambio", en el caso de
bienes facturados en dólares, a efecto de obtener la conversión del monto
pagado en moneda nacional; o bien, monto total pagado en colones a un proveedor
por concepto de todos los bienes o servicios exonerados adquiridos durante el
semestre, facturados en moneda local.
Impuestos
Exonerados: monto total de los impuestos exonerados por concepto de los
bienes y servicios adquiridos a cada proveedor durante el semestre.
Las consultas pueden ser planteadas por medio del correo electrónico:
inforg@hacienda.go.cr , así como, a los teléfonos: 2284-5297 y 2284-5344.
