Nº 41887-MP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140incisos 3) y
18) y 146 de la Constitución Política; 27 y 28 de la Ley N2 6227 de 2 de mayo de
1978 Ley General de la Administración Pública.
Considerando:
Primero.-Que en el 2015, 193 países asumieron el compromiso de cumplir
los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en el marco de la Asamblea
General de las Naciones Unidas. En el 2016, Costa Rica se convierte en el
primer país en firmar el marco internacional.
Segundo.-Que los Objetivos de Desarrollo Sostenible tienen como lema
"nadie se quede atrás", e involucra indicadores como fin de la pobreza, salud y
bienestar, educación de calidad, igualdad de género, reducción de las
desigualdades, ciudades y comunidades sostenibles y otros que determinan mejor
calidad de vida para niñas, niños y adolescentes.
Tercero.-Que la UNICEF (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia)
define "diez mensajes clave de UNICEF sobre el Programa para el Desarrollo
después de 2015" y además realiza un documento complementario donde expone tres
lineamientos específicos para el avance de la agenda 2030: "1. El desarrollo
sostenible empieza por unos niños seguros, sanos y bien instruidos;
2. Las sociedades seguras y sostenibles son a su vez, esenciales para
los niños; y 3. Las opiniones, opciones y la participación delos niños son
esenciales para el futuro sostenible que queremos" (UNICEF, 2013; p.3) en donde
al final del documento se insta a atender la opinión de niñas, niños y jóvenes
para construir el futuro, comprendiendo, además, que la población es creativa y
con capacidad de innovación.
Cuarto.-Que el Consejo de Alto Nivel de los ODS en Costa Rica, el
Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica y la Secretaría
Técnica de los ODS desarrollan en el 2017 el documento "La Gobernanza de los
Objetivos de Desarrollo Sostenible", donde establece que es preciso adoptar un
nuevo enfoque de gobernanza para abordar los 005 con eficacia para promover
objetivos y metas universales, indivisibles e interdependientes que contribuyan
a la igualdad de oportunidades. En ese mismo año se firma el Decreto Ejecutivo
Nº 40203-PLAN-RE-MINAE, que establece en su artículo 2 que "todas las
instituciones públicas, dentro del ámbito de sus competencias, dependencias y
autonomía, deberán prestar colaboración para el cumplimiento de los ODS en
Costa Rica, conforme al principio de la debida coordinación institucional".
Quinto.-Que el Programa Interdisciplinario de Estudios y Acción Social
de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia (PRIDENA) surgió a partir de una
alianza estratégica entre la Vicerrectoría de Acción Social de la Universidad
de Costa Rica, la Escuela de Trabajo Social de la Universidad de Costa Rica y
el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). Tiene como objetivo
promover espacios de investigación y acción social para la construcción de
ciudadanía, a través de la niñez y la adolescencia, en el marco del enfoque de
derechos de la niñez y adolescencia para contribuir al desarrollo de la
transformación social y la asesoría a las instituciones públicas y privadas que
tengan como meta contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de niñas,
niños y jóvenes.
Sexto.-Que PRIDENA tiene legitimidad nacional e internacional en la
elaboración y ejecución de sus proyectos, así como en el desarrollo de
simposios nacionales e internacionales que aportan herramientas innovadoras a
profesionales, estudiantes y organizaciones no gubernamentales para mejorar la
gestión de programas y proyectos sociales, así como la atención a niñas, niños
y jóvenes.
Séptimo.-Que los días 3, 4 y 5 de setiembre de 2019, PRIDENA, realizará
el V Simposio Internacional y IX Nacional sobre Derechos de la Niñez y la
Adolescencia, denominado: "Desigualdades, abordajes y experiencias en el
escenario del Desarrollo Sostenible", en el cual se trabajará para la mejora
continua de políticas, programas y proyectos sociales que tienen como objetivo
mejorar la calidad de vida de niñas, niños y jóvenes. Por tanto,
Decretan:
DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO DEL V SIMPOSIO
INTERNACIONAL Y IX NACIONAL SOBRE
DERECHOS DE LA NIÑEZ
Y LA ADOLESCENCIA
"Desigualdades, abordajes y experiencias
en el escenario del Desarrollo Sostenible"
Artículo 1º-Se declaran de interés público el V Simposio Internacional y
IX Nacional sobre Derechos de la Niñez y la Adolescencia, que tendrá lugar en
nuestro país, los días 3, 4 y 5, de setiembre de 2019 y que es organizado por
el Programa Interdisciplinario de Estudios y Acción Social de los Derechos de
la Niñez y la Adolescencia (PRIDENA).