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 Normativa >> Resolución 48 >> Fecha 20/08/2019 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 48
Asigna la competencia a la Dirección de Valoraciones Administrativas y Tributarias la atención de las solicitudes de avalúos amparados en el artículo 26 del Reglamento del Impuesto Sobre la Renta

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN



DGT-R-48-2019.-Dirección General de Tributación.-San José, a las ocho horas cinco minutos del veinte de agosto del dos mil diecinueve.



Considerando:



I.-Que el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755 del 03 de mayo de 1971, en adelante Código Tributario, faculta a la Administración Tributaria para dictar normas generales para la correcta aplicación de las leyes tributarias dentro de los límites que fijen las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.



II.-Que el texto del artículo 26 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta, que regulaba los avalúos de inmuebles que se destinaban a la venta de terrenos fraccionados en lotes urbanizados, se derogó mediante reforma introducida a ese reglamento, por el Decreto N° 41818-H de 17 de junio del 2019.



III.-Que antes de la entrada en vigencia de la reforma indicada, el 01 de julio del 2019, ingresaron a las administraciones tributarias algunas solicitudes tendentes a obtener avalúos, al amparo del artículo 26 derogado, las que se encuentran pendientes de atención.



IV.-Que mediante el oficio DVAT-144-2019 de 23 de julio del 2019, la Dirección de Valoraciones Administrativas y Tributarias, presentó ante esta Dirección General de Tributación, solicitud de asignación de competencia para la atención de las solicitudes pendientes, para un trámite más expedito, además de que para su atención no es necesario realizar trabajo de campo ni la emisión de avalúos, por lo que no se requiere, necesariamente, la intervención de profesionales especialistas en valuaciones.



V.-Que por las razones previamente expuestas y a tenor de los artículos 77 inciso e) párrafo tercero del Reglamento de Procedimiento Tributario, 6° incisos c) y l), y 56 incisos l) y t) del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección General de Tributación y 87 de la Ley General de la Administración Pública, aplicada supletoriamente a tenor del ordinal 155 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, es pertinente asignar la competencia a la Dirección de Valoraciones Administrativas y Tributarias, para la atención de las solicitudes de avalúos pendientes de atender, amparadas en el artículo 26 del Reglamento del Impuesto Sobre la Renta, derogado, cuyos inmuebles se ubican en todo el territorio nacional. Por tanto,



RESUELVE:



Artículo 1º-Se asigna la competencia a la Dirección de Valoraciones Administrativas y Tributarias, para la atención de las solicitudes de avalúos amparados en el artículo 26 del Reglamento del Impuesto Sobre la Renta, texto derogado, pendientes de resolver, cuyos inmuebles se ubican en todo el territorio nacional.




 




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Artículo 2º-Vigencia. Rige a partir de la fecha de esta resolución.



 




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Fecha de generación: 26/4/2024 01:24:43
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