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 Normativa >> Ley 9836 >> Fecha 26/03/2020 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 9836
Fortalecimiento financiero del régimen no contributivo de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS)
Texto Completo acta: 135A69

N° 9836



LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA



DECRETA:



FORTALECIMIENTO FINANCIERO DEL RÉGIMEN NO CONTRIBUTIVO



DE LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL



ARTÍCULO ÚNICO- Se reforma el artículo 4 de la Ley 9383, Ley Marco de Contribución Especial de los Regímenes de Pensiones, de 29 de julio de 2016. El texto es el siguiente:



Artículo 4- Destino de los recursos. Los recursos que se obtengan con la contribución especial, solidaria y redistributiva, establecida en la presente ley, ingresarán a la caja única del Estado. El Poder Ejecutivo deberá garantizar que dichos recursos se asignen para el pago oportuno de los regímenes especiales de pensiones con cargo al presupuesto nacional y para el financiamiento directo del Régimen No Contributivo, administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).



El monto destinado al Régimen No Contributivo, administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), no podrá ser inferior a la suma equivalente al aumento en la recaudación por concepto de contribución especial en los regímenes con cargo al presupuesto nacional, según la reforma establecida en la Ley 9796, Ley para Rediseñar y Redistribuir los Recursos de la Contribución Especial Solidaria, de 5 de diciembre de 2019.



Rige a partir de su publicación.



Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil veinte.




Ficha articulo





Fecha de generación: 24/4/2024 18:27:31
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