N° DM-0005-2021
EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que les confiere el artículo 11 y 185 de
la Constitución Política; los artículos 1, 4, 11 y 28 de la Ley Nº 6227, Ley
General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978 y sus reformas; Ley
N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos
Públicos de 18 de setiembre del 2001 y sus reformas; Reglamento a la Ley de la
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos; Decreto
Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y Aprobación de la Política
de Endeudamiento para el Sector Público Costarricense, Decreto Ejecutivo N°
41935-H del 16 de agosto del 2019.
Considerando:
I.-Que el artículo 185 de la Constitución Política establece que la
Tesorería Nacional es el centro de operaciones de todas las oficinas de rentas
nacionales; único que tiene facultad legal para agar a nombre del Estado y
recibir las cantidades que a títulos de rentas o por cualquier otro motivo,
deban ingresar a las arcas nacionales.
II.-Que
el artículo 59 inciso a) de la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera
de la República y Presupuestos Públicos publicada en La Gaceta N° 198 de
16 de octubre del 2001 y sus reformas, en adelante Ley N° 8131, establece
dentro de los objetivos del Subsistema de Tesorería mantener al menor costo
posible la liquidez necesaria, para cumplir oportunamente los compromisos
financieros de la ejecución del Presupuesto de la República; asimismo, en los
incisos d) y e) del mismo numeral 59, dispone como otros de los objetivos del
Subsistema de Tesorería, administrar la liquidez del Gobierno de la República
en procura del mayor beneficio de las finanzas públicas; y mantener al día el servicio
de la deuda pública.
III.-Que
el artículo 61 inciso j) de la Ley Nº 8131, establece como atribuciones de la
Tesorería Nacional definir los procedimientos de emisión, colocación y
redención de la deuda interna del Gobierno de la República.
IV.-Que
el artículo 89 de la Ley Nº 8131, dispone que para negociar los títulos de
deuda interna del Gobierno de la República correspondientes al crédito interno
aprobado en la ley de presupuesto nacional, la Tesorería Nacional podrá
utilizar los mecanismos que estime convenientes, siempre que respete las
limitaciones en cuanto al monto y otros aspectos que disponga dicha ley, además
indica que para ese efecto y mediante la reglamentación correspondiente, podrán
definirse las características, los procedimientos y, al menos, los aspectos
operativos, presupuestarios y contables, para lo cual se considerará el
criterio de los órganos rectores de los restantes subsistemas de la
Administración Financiera en las materias correspondientes. Entre las
características de los títulos podrán establecerse las tasas de interés fijas o
variables, la denominación en colones u otra moneda y la colocación con
descuentos y premios, de conformidad con la política de endeudamiento.
V.-Que
el artículo 106 del Reglamento a la Ley Nº 8131, Decreto Ejecutivo N°
32988-H-MP-PLAN, en adelante Reglamento a la Ley 8131, señala que el Ministerio
de Hacienda, por medio de la Tesorería Nacional, podrá financiarse a través de
la emisión de valores en los mercados locales o internacionales, conforme a los
procedimientos del mercado financiero y en estricto apego al ordenamiento
jurídico vigente. Seguido, el artículo 107 del mismo cuerpo normativo, indica
que para los efectos del artículo 106, la Tesorería Nacional estará sujeta a la
política de endeudamiento público, de mediano y largo plazo, aprobada por la
Autoridad Presupuestaria.
VI.-Que
el artículo 109 del Reglamento a la Ley N° 8131, establece que la Tesorería
Nacional definirá las estrategias de mercadeo e información de los productos
financieros del Ministerio de Hacienda, conforme a los principios de
publicidad, seguridad y transparencia. La colocación de los valores que
conforman la cartera de la Tesorería Nacional se realizará a través de los
diferentes mecanismos que ésta determine.
VII.-Que
mediante el Decreto Ejecutivo N° 41935-H del 16 de agosto del 2019, se aprueba
la Política de Endeudamiento para el Sector Público Costarricense que pretende
asegurar la obtención de recursos externos e internos en el mediano y largo
plazo de forma ordenada y responsable, logrando el fondeo al menor costo
posible, dentro de un nivel prudente de riesgo y bajo una senda de deuda
sostenible en el largo plazo mediante el establecimiento de lineamientos
sólidos, aplicables a las instituciones del Sector Público costarricense.
VIII.-Que
la Política de Endeudamiento para el Sector Público establece como parte de los
lineamientos relacionados con la Gestión de los portafolios de deuda del Sector
Público que las entidades y órganos del sector público que administren un
portafolio de deuda, deberán tener una estrategia de endeudamiento de mediano
plazo, que como mínimo considere los elementos de costo y riesgo, con el fin de
buscar un adecuado balance entre los instrumentos que componen el portafolio.
IX.-Que
mediante la DIRECTRIZ N° 0001-2021 publicada en La Gaceta número 23 del
03 de febrero del 2021, el Ministerio de Hacienda emite la Estrategia de Deuda
de Mediano Plazo para Gobierno Central propuesta por la Dirección de Crédito
Público del Ministerio de Hacienda al Ministro de Hacienda; documento que
instruye a la Dirección de Crédito Público y a la Tesorería Nacional, así como
a los Comités de coordinación para la gestión de la deuda del Gobierno Central
a realizar las acciones necesarias en el marco de sus competencias en materia
de gestión de la deuda utilizando como guía los objetivos y metas propuestas en
esta Estrategia de Deuda de Mediano Plazo para Gobierno Central.
X.-Que
la Estrategia de Deuda de Mediano Plazo busca alcanzar la composición deseada
de deuda del Gobierno, donde se hacen explícitas las preferencias públicas en
cuanto a costo y riesgo. Esto lleva a la práctica los objetivos de gestión de
deuda de las autoridades nacionales, como es: Garantizar que se satisfagan las
necesidades de financiamiento y que se cumplan con las obligaciones de pago del
Gobierno al menor costo posible y a un nivel prudente de riesgo y una senda
sostenible de endeudamiento en el mediano plazo.
XI.-Que
el Ministerio de Hacienda a traves de la Tesorería
Nacional ha elaborado el Plan de Emisión de la Deuda Interna Estandarizada del
Gobierno Central, el cual se enmarca en la indicada Política de Endeudamiento
para el Sector Público Costarricense y la Estrategia de Deuda de Mediano Plazo
para Gobierno Central, dictadas por el Ministerio de Hacienda.
XII.-Que
dicho Plan de Emisión de la Deuda Interna Estandarizada del Gobierno Central se
fundamenta en las mejores prácticas internacionales y su diseño es fuente de
referencia para los gestores de la deuda interna del MH, de manera que se
fomente el desarrollo de los mercados de deuda gubernamentales, para lograr que
ese mercado sea más eficiente y líquido.
XIII.-Que
conforme a lo expuesto en los considerandos que anteceden, deviene fundamental
emitir la presente Directriz que aprueba y se constituye en referencia para los
gestores de la deuda interna del Gobierno Central, respecto a los lineamientos
orientadores del Plan de Emisión de Deuda Interna Estandarizada del Gobierno
Central. Por tanto;
Se emite la siguiente,
DIRECTRIZ
PLAN DE EMISIÓN DE DEUDA INTERNA ESTANDARIZADA
DEL GOBIERNO CENTRAL
Artículo 1º-Se emite el Plan de Emisión de Deuda Interna Estandarizada del
Gobierno Central propuesto por la Tesorería Nacional del Ministerio de Hacienda
al Ministro de Hacienda; documento que se encuentra disponible en el sitio
electrónico del Ministerio de Hacienda https://www.hacienda.go.cr.
(Nota de Sinalevi: El presente
plan se extrajo del sitio web del Ministerio
de Hacienda y se transcribe a continuación:)
Plan de Emisión de la Deuda
Interna Estandarizada del Gobierno Central
Ministerio de Hacienda
Marzo 2021 2
Plan
de Emisión de la Deuda Interna Estandarizada del Gobierno Central
Contenido
Introducción
.......................................................................................................................................3
Contexto
.............................................................................................................................................4
Características de la base de
inversionistas ....................................................................................8
Mecanismos de colocación de
valores. .........................................................................................12
Alcance.
............................................................................................................................................16
Necesidades de financiamiento
anuales ..........................................................................................17
Fuentes de financiamiento
...............................................................................................................19
Selección de instrumentos
...............................................................................................................20
Operaciones de Gestión de
Pasivos (OGP).
......................................................................................25
Calendario subasta y
organización de las subastas.
.........................................................................25
Comunicación con el mercado
.........................................................................................................26
Revisión y Ajustes
.............................................................................................................................26
Coordinación con Gestión de
Caja ...................................................................................................26
Coordinación con BCCR
....................................................................................................................26
Balance de riesgos
............................................................................................................................26
Bibliografía consultada
.....................................................................................................................28
3
Plan
de Emisión de la Deuda Interna Estandarizada del Gobierno Central
Introducción
El
Plan de Emisión de la Deuda Interna Estandarizada del Gobierno Central
(PEDIEGC) se fundamenta en las mejores prácticas internacionales1, Y su diseño
es fuente de referencia para los gestores de la deuda interna del MH, de manera
que las decisiones de los involucrados fomenten el desarrollo de los mercados
de deuda gubernamentales, para lograr que ese mercado sea más eficiente y
líquido.
1 En el
manual del Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional titulado "Developing Government Bond Markets A Handbook" publicado en
Julio del 2001 el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional y el manual
Banco Mundial (2015). Issuance Plan for Government Securities: Guidance Note.
El Plan
de Emisión de la Deuda Interna Estandarizada se enmarca en la Política de
Endeudamiento para el Sector Público Costarricense dictada por el Ministerio de
Hacienda y la Estrategia de Deuda de Mediano Plazo para Gobierno Central.
El
Plan de Emisión define la emisión y colocación de la deuda interna
estandarizada del Gobierno de la República con el objetivo de alcanzar las
necesidades de financiamiento del Gobierno Central, que permitan cumplir
oportunamente los compromisos financieros de la ejecución del Presupuesto de la
República. El Plan de Emisión de la Deuda Interna Estandarizada del Gobierno
Central es formulado por la Tesorería Nacional. En este documento se analizan
las necesidades estimadas de financiamiento como porcentaje de Producto Interno
Bruto, selección de instrumentos, organización de las subastas, organización de
los vencimientos, operaciones de Gestión de Pasivos (OGP), calendario de
subastas, comunicación con el mercado, y esquema para la revisión y Ajustes del
Plan de Emisión.
Contexto
A
nivel macroeconómico se pueden identificar diferentes factores que influyen
tanto positiva como negativamente en el Mercado de Deuda Pública Costarricense
y por lo tanto, en el Plan de Emisión del Ministerio de Hacienda de Costa Rica.
Según la Revisión del Programa
Macroeconómico 2020 -2021 (Banco Central de Costa Rica, BCCR, 2020) el
crecimiento económico, medido por la variación real del producto interno bruto
(PIB) en el periodo 2012-2017 fue de 3.6%, específicamente para el año 2017 fue
de 3.4%, en el 2018 se observa una desaceleración por cuanto este indicador fue
de 2,7%, tendencia que se mantiene en el 2019 para un crecimiento del 2.1%. Al
panorama de la desaceleración económica se agrega la coyuntura de la pandemia
del COVID-19, donde el Programa Macroeconómico 2021 -2022 indica que según
estimaciones preliminares la producción de Costa Rica en el 2020 sufrió una
caída de 4,5% y BCCR prevé una recuperación económica gradual, con una tasa de
crecimiento real del PIB de 2,6% en 2021 y 3,6% un año después.
La
disminución de la actividad económica se explicaba principalmente por causas
internas, la reducción del consumo e inversión doméstico, el deterioro de la
situación fiscal, la dificultad en lograr un acuerdo para dar solución al
problema estructural de las finanzas públicas que motivó la huelga de
funcionarios públicos en los últimos meses del año 2018 y alta incertidumbre
sobre el futuro económico del país. Ya en el 2020 las medidas de contención de
la pandemia y de restricción provocan una contracción en diversos sectores,
pero principalmente en Hoteles y Restaurantes, Comercio, Construcción y
Transporte.
A
nivel externo también se encuentra explicación del menor crecimiento de la
economía costarricense por la reducción de las economías socios comerciales
debido a la Pandemia del COVID-19, lo que se agrega a otros factores como el
bajo del crecimiento de la demanda externa afectada por el conflicto político
de Nicaragua, las tenciones geopolíticas (por ejemplo, China - EEUU).
Aprobado
el plan fiscal, se espera una senda de sostenibilidad del endeudamiento, pero
se materializan vulnerabilidades ante la perturbación económica causada por la
pandemia del COVID-19.
Con respecto al régimen
monetario, el 31 de enero de 2018 se adoptó oficialmente un esquema monetario
flexible de meta explícita de inflación, que culmina el proceso de transición
iniciado en el 2005, cuyo objetivo es procurar a la sociedad costarricense una
inflación baja y estable. En ese sentido la economía costarricense se ha caracterizado
por contar con un indicador de inflación baja en los últimos cuatro años, con
tasas menores al 4% desde febrero de 2015, siendo el mayor período consecutivo
desde 1967 de inflación baja.
El
BCCR desde el punto de vista monetario no observa presiones inflacionarias, en
particular la inflación del 2020 fue de 0.89% y según el Programa
Macroeconómicos del BCCR 2021 - 2022, la inflación se mantendrá por debajo del
límite inferior del rango de tolerancia definido para la inflación en el
mediano plazo (3% ± 1 p.p.), debido a la persistencia de fuerzas desinflacionarias en la economía; en particular, una brecha
del producto negativa y un alto desempleo, combinados con una baja inflación
mundial y expectativas de inflación bajas.
La inflación del 2021 sería de 1.3% y 1.2% en el 2022, lo
anterior es un atenuante sobre las presiones de aumento del rendimiento exigido
a los títulos valores y finalmente una inflación baja y estable contribuye al
logro de la estabilidad macroeconómica, reduce la incertidumbre sobre el
comportamiento de los precios relativos, por ende, facilita la toma de
decisiones, entre ellas las de inversión y la adquisición de títulos valores.
En
materia cambiaria, el tipo de cambio promedio del Mercado de Monedas
Extranjeras (Monex) estuvo influenciado por dos
factores determinantes: el primero asociado a los efectos de las medidas
sanitarias de contención ante el COVID-19, y el segundo a la incertidumbre
acerca de la probabilidad de que se alcanzaran acuerdos para abordar suficientemente
la situación fiscal.
En
este sentido en el primer cuatrimestre del 2020 el tipo de cambio se mantuvo
relativamente estable, a pesar de que el país registró su primer caso de
COVID-19 el 6 de marzo. En el segundo cuatrimestre prevaleció una tendencia a
la depreciación del colón, explicado por factores estacionales. En el tercer
cuatrimestre, se observa una mayor volatilidad en comparación con los meses
previos y se mantuvo la depreciación. A pesar de la mayor flexibilidad en las
medidas de contención sanitaria, la economía costarricense experimentó un
incremento en la incertidumbre, asociado a la falta de un acuerdo nacional que
permitiera aprobar las medidas necesarias para alcanzar la sostenibilidad de
las finanzas públicas, lo que implico mayor presión sobre el mercado cambiario,
por ende, una mayor presencia del BCCR para contener los movimientos abruptos
en el tipo de cambio.
El
país enfrenta un serio problema estructural de déficit fiscal y endeudamiento
público, donde los ingresos del Gobierno Central no son suficientes para cubrir
todas las necesidades de la sociedad, situación que la pandemia contribuyó a
acrecentar por la consecuente contracción económica nacional e internacional,
donde los ingresos tributarios se contrajeron y hubo una moratoria tributaria
establecida en la Ley de alivio fiscal (Ley 9830). En tanto los gastos
aumentaron, por el incremento en las transferencias al sector salud para
atender las secuelas pandemia y el otorgamiento de subsidios (Bono Proteger)
para dar alivio a los sectores vulnerables afectados por el COVID-19.
Pese a
las erogaciones para atender la crisis sanitaria, los esfuerzos por
racionalizar y contener otros gastos llevaron a una reducción del gasto
primario2 de 5,7%. No obstante, la caída en los ingresos fue mucho mayor, lo
que llevó a un aumento en el déficit primario del Gobierno Central de 0,7 p.p.
con respecto a lo observado 12 meses atrás, para ubicarse en 3,4% del PIB en
2020. El mayor gasto por intereses contribuyó a un deterioro aún mayor del
déficit financiero del Gobierno Central, que se ubicó en 8,1% del PIB al
término del año (6,7% en 2019)
2 El gasto
primario se define como la diferencia entre ingresos y gastos excluyendo el
pago de los intereses.
La
estrategia de financiamiento de tal déficit por parte de la Tesorería Nacional,
mezcló el uso de recursos externos y de los depósitos en el BCCR, lo que
permitió mitigar presiones sobre las tasas de interés internas por la
colocación de títulos en el sistema financiero nacional.
Por el
resultado financiero del Gobierno Central, el saldo de la deuda del Sector
Público General y del Gobierno Central en diciembre del 2020 ascendió a 83,1% y
67,5% del PIB, respectivamente, es decir, alrededor de 11,7 p.p. y 10.9 p.p.
respectivamente superior a lo registrado en el 2019. Lo anterior significa que
para el 2021 el 42.9% de Presupuesto del Gobierno Central está orientado a
atender la amortización y pago de interés de la deuda.
El
país enfrenta un serio problema estructural de déficit fiscal y endeudamiento
público, donde los ingresos del Gobierno Central no son suficientes para cubrir
todas las necesidades de la sociedad.
Según
el plan de financiamiento para el I semestre del 2021 del Ministerio de
Hacienda, el déficit alcanzaría un 7% del PIB en el 2021, por lo cual es
necesario recurrir al endeudamiento público, rubro que tiene un comportamiento
creciente, tal que, al 2025 bajo un escenario base, el nivel de endeudamiento
rondaría el 83,7% del PIB.
Gráfico 1: Escenarios
de evolución de deuda (2015-2025) 
Múltiples
son las causas del déficit fiscal que enfrenta el país, algunas son de carácter
histórico, político y coyuntural, su origen obedece a elementos estructurales
de la política fiscal, e implica soluciones del mismo nivel y de alta
complejidad, lo cual requiere a su vez, de acuerdos nacionales para atender
este problema latente en las finanzas públicas.
Entre
esas causas, entidades como la Contraloría General de la República (CGR), el
Ministerio de Hacienda, la Asamblea Legislativa y la academia, en diferentes
momentos y documentos, han señalado como orígenes de esa problemática, a
elementos como el presupuesto de la República que está sujeto a disposiciones
constitucionales y/o legales que crean destinos específicos de los recursos,
por ejemplo, asignan a educación (8% del PIB), Poder Judicial (6%), asignación
de 7 % de lo recaudado en renta para el PANI y gasto electoral. La existencia
de egresos rígidos como el pago de remuneraciones, transferencias, la atención
del servicio de la deuda y el pago de pensiones con cargo al Presupuesto
Nacional, convierte al presupuesto en inflexible para la distribución de los
recursos; donde al Gobierno le queda únicamente un margen de maniobra de
alrededor del 4,0% en promedio del presupuesto para implementar nuevas
políticas de gasto, entre otros.
Ese
comportamiento y la incertidumbre sobre la aprobación de la Ley de
fortalecimiento de las finanzas públicas incidieron de manera directa en la
gestión del financiamiento del déficit fiscal, donde el Ministerio de Hacienda
tuvo que incrementar en los últimos meses del año 2018, las tasas de interés
para cubrir sus necesidades de financiamiento, ampliar los mecanismos de
captación interna, en especial con los contratos de colocación, mayor
regularidad o presencia en el mercado de valores, aplicar un fuerte programa de
canjes de deuda y la venta de Letras del Tesoro al Banco Central de Costa Rica
(BCCR), las cuales tenían que pagarse a finales del mismo año.
".Ante esta situación,
organismos internacionales, como el FMI, la OCDE, calificadoras de riesgos, ven
con urgencia concretar una solución integral y balanceada entre ingresos y
gastos del país de manera que permita reducir sustancialmente el déficit fiscal
y estabilizar la deuda pública, restablecer la sostenibilidad fiscal y remover
el principal riesgo para el crecimiento económico que enfrenta el país." 3
3 Marco
fiscal de mediano plazo, Dirección General de Presupuesto Nacional, Ministerio
de Hacienda., pág. 37
En
línea con tal necesidad, se han tomado una serie de medidas administrativas
para el controlar el gasto y en diciembre del 2018, se aprueba y entra en
vigencia la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley 9635), aspecto
con el cual se redujo la incertidumbre y se espera restablecer gradualmente la
sostenibilidad de las finanzas públicas en el mediano plazo, con ello mejorar
la confianza de ahorrantes, así como de las agencias financieras nacionales,
extranjeros y multinacionales, sobre la capacidad del Gobierno para honrar sus
obligaciones que permitirían el acceso a los recursos financieros requeridos
para financiar el déficit fiscal.
La
deuda pública costarricense se compone de las obligaciones que contraen, tanto a
nivel nacional como internacional, el Gobierno Central, el Banco Central de
Costa Rica (BCCR) y el resto del Sector Público No Financiero (SPNF).
Sin embargo, la tendencia de
la deuda pública se explica, principalmente, por el endeudamiento del Gobierno
Central, el cual incluye el Poder Ejecutivo, la Asamblea Legislativa, la
Contraloría General de la República, la Defensoría de los Habitantes, el Poder
Judicial y el Tribunal Supremo de Elecciones. En promedio el adeudo el Sector
Público correspondiente al Gobierno Central representa el 99.2% del total,
convirtiéndolo en el principal deudor, monto que la vez representa un 67.5% por
ciento del PIB en 2020.
La
deuda pública que acumulan el resto del SPNF y el BCCR representa, en promedio,
una tercera parte de la deuda pública total, con una relación deuda/PIB que se
ha mantenido estable, alrededor del 17 por ciento en los últimos doce años. Este
resultado se deriva de la amortización continua que efectúa el BCCR de sus
pasivos y de la naturaleza del endeudamiento que realizan las instituciones del
resto del SPNF que permitan potenciar el crecimiento económico y, a su vez,
aumentar los ingresos obtenidos por la venta de bienes y servicios. A
diferencia del resto del SPNF, el Gobierno Central se endeuda básicamente para
cubrir sus gastos corrientes ante la insuficiencia de ingresos corrientes.
La
deuda interna del Gobierno Central es el principal componente de la deuda
pública total y la que explica la dinámica de su comportamiento. Para el 2020,
el 76,25% de la deuda del Gobierno Central es deuda interna.
La
gestión de la deuda en Costa Rica es conducida por el Ministerio de Hacienda y
el Banco Central de Costa Rica. En principio, el Ministerio de Hacienda es
responsable de emitir y administrar aproximadamente el 93% de la deuda pública,
principalmente en vencimientos de más de 3 años, mientras que el Banco Central
gestiona deuda con vencimientos menores a 3 años, donde ambas organizaciones
han emitido deuda fuera de sus atribuciones en los últimos años. Si bien existe
un grado de coordinación y comunicación entre estas instituciones, no existe
una estrategia unificada de gestión de la deuda de mediano plazo.
Características
de la base de inversionistas
En
este apartado se realiza una breve descripción del mercado de valores
costarricense, y a su vez se comentarán las características de los
participantes, así como, de las limitaciones que presenta cada uno debido a la
diferente normativa establecida por los reguladores, o por políticas internas
que pueden afectar su participación en el mercado de valores nacional.
En el
mercado de valores existen una variedad de participantes que se definen como la
base de inversionistas, que demandan los títulos valores del Ministerio
Hacienda. El Cuadro N°1, muestra el número de los participantes por estrato o
segmento. Cada tipo de participante tienen giros de negocio, normativa
reguladora y objetivos distintos, y es esto lo que define en gran medida la
estructura de la demanda de bonos del gobierno.

El mercado de valores
costarricense es un mercado pequeño y cerrado, el mismo tiene diferentes
sectores participantes, los mismos regulados por; Superintendencia General de
Mercado de Valores (SUGEVAL), Superintendencia General de Entidades Financieras
(SUGEF), Superintendencia General de Pensiones (SUPEN), Superintendencia
General de Seguros (SUGESE), las cuales emiten diferentes lineamientos para el
actuar de los participantes, estos lineamientos en ocasiones impacta la gestión
del emisor soberano, ya que incide en la participación de éstos en la
adquisición de emisiones del Ministerio de Hacienda, en los plazos de
inversiones para cumplir con lo reglamentado por su ente regulador.
Aunado a lo anterior,
en el mercado existen dos grandes emisores que compiten por los recursos, el
Ministerio de Hacienda (MH) y el Banco Central, ambos persiguen objetivos
diferentes, por un lado, el MH busca captar recursos para financiar
parcialmente presupuesto, mientras que el BCCR incide en su política monetaria.
A continuación, se
presentan las principales características de cada sector participante en el
mercado de valores:
Cooperativas de Ahorro
y Crédito
Las Cooperativas de
Ahorro y Crédito se encuentran reguladas por SUGEF, su principal característica
es que las reguladas son las de nivel de activos netos al 31 de diciembre de
cada año superior a los ¢200,0 millones4, las cooperativas con un menor saldo
de activos realizan la reserva de liquidez en colones según la normativa del
BCCR5, generalmente apuntan a plazos de inversión en corto y mediano (5 a 7
años). Cada cooperativa tiene su propia política de Inversión interna, se basa
en los lineamientos y objetivos de cada cooperativa. Las cooperativas
participan en inversiones OTC mediante la plataforma Tesoro Directo y también
de Central Directo. Deben mantener la reserva de liquidez en colones únicamente
en títulos del BCCR. Por lo que en grupo de cooperativas se logran distinguir
dos perfiles, las cooperativas pequeñas menos reguladas, y las cooperativas
grandes que funcionan de manera análoga a un banco comercial.
4 Aprobado
en la Sesión 4856-96, artículo 2, numeral 2, celebrada el 31 de enero de 1996,
publicado en la Gaceta 34, del 16 de febrero de 1996. Actualizado al 2 de abril
de 2020 -sesión 5922-2020, artículo 9, numeral 1, del 18 de marzo del 2020
(fecha de entrada en vigencia de la reforma).
5 Las
Cooperativas de Ahorro y Crédito que realizan operaciones financieras con no
asociados y cuyo nivel de activos netos al 31 de diciembre de cada año sea
igual o superior a los ¢200.0 millones son sujetas al Encaje Mínimo Legal.
Asociaciones Solidaristas
Las Asociaciones Solidaristas no tienen una regulación específica en
términos de inversión, no obstante, se está desarrollando en CONASSIF una
normativa que se prevé inicie en 2021, la lista de entidades que serán
reguladas por la SUGEF son 5. Al igual que las cooperativas tienen la
obligación de mantener la reserva de liquidez en títulos del BCCR, ellas tienen
su propia reglamentación en términos de inversión, igual se clasifican según su
término de riesgo de acuerdo con las características y tamaño de cada entidad.
Las asociaciones participan generalmente invirtiendo en títulos OTC a través de
la plataforma de Tesoro Directo. 10
Fondos de Inversión
Los Fondos de Inversión
realizan sus inversiones dependiendo de las características de cada uno, por
ejemplo, los fondos de mercado de dinero, invierten a plazo no mayor a 180 días
podrían valorar otros plazos menores, pero también se encuentran los fondos ingreso y crecimientos, quienes
manejan diferentes opciones de inversión. Estos se beneficiarían de esquemas
como FondTesoros, de títulos con un atractivo para
ser negociados en mercado secundario.

Bancos
Comerciales
Los
Bancos Comerciales tienen como característica principal estar sujetos a los
indicadores que establece la SUGEF como su ente regulador, esto incide en la
demanda por los títulos valores. Entre los indicadores se encuentra el
requerimiento del Indicador de Cobertura de Liquidez (ICL), el cual fue
implementado a partir del 1 de enero del 2015, y representa una prueba de
estrés sobre la liquidez de un banco con un horizonte de 30 días, donde se
confrontan los activos líquidos de alta calidad (numerador) versus las salidas
de efectivo netas (denominador). Entre otros indicadores normativos se
encuentra la necesidad de cumplir con el indicador de Suficiencia Patrimonial
que incide la capacidad de los intermediarios en adquirir inversiones en el
Ministerio de Hacienda. Los Bancos también deben cumplir desde 2018 con la
Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) 9: Instrumentos
financieros, que busca establecer los principios para la información financiera
sobre activos financieros dentro de los estados financieros, necesaria para la
evaluación de los importes, calendario e incertidumbre de los flujos de
efectivo futuros de la entidad. Otro elemento que puede explicar la demanda del
sector es la metodología de cálculo del Valor en Riesgo, la misma toma en
consideración los precios de valoración para los 521 días en los que interviene
el VeR, y no se consideran emisiones en las cuales no
existen cotizaciones.
Los
bancos tienen como preferencia invertir en títulos estandarizados que sirvan
como garantía ICL, invertir en títulos no mayores a 3 años, invertir tanto en
colones y dólares para cumplir con la suficiencia patrimonial, también invertir
en Títulos con poco tiempo de inscritos porque sus políticas internas no les
permite tener concentraciones altas por series.
Operadoras
de Pensión
Las Operadoras
de Pensión son reguladas por la Superintendencia de Pensiones SUPEN, en el
Reglamento de Gestión de Activos, del 2 de noviembre del 2018 se definen
límites generales a las inversiones en el Sector Público. Los valores emitidos
por el Sector Público local se pueden concentrar en hasta el 80% de la cartera
total. Los valores emitidos en el mercado extranjero hasta el 25%. Este
porcentaje puede ser ampliado hasta el 50% demostrando, con base en el
cumplimiento de las disposiciones previstas en el "Título II. Gobierno de las
Inversiones", que la ampliación del límite cumple con lo establecido en el
artículo 62 de la Ley de Protección al Trabajador. En valores emitidos por un
mismo grupo o conglomerado financiero local, o en el ámbito internacional en un
mismo emisor, sus subsidiarias y filiales, hasta el 10%.
Seguros
Con lo
que respecta a las aseguradoras, no hay normativa en cuanto a límites de
inversión por emisor. Queda a discreción de cada entidad los títulos en los que
invierte, pero deben respetar lo establecido por SUGESE en el Reglamento sobre
la Solvencia de las Entidades de Seguros y Reaseguros, en el Capítulo III
Activos para la Cobertura de Provisiones Técnicas, Título III, Normas de
Valoración de Activos y Pasivos que establece que las entidades solo deben
invertir en activos e instrumentos cuyos riesgos puedan vigilar, gestionar y
controlar debidamente. Los activos deben invertirse considerando la seguridad,
liquidez y rentabilidad del conjunto de la cartera, además de mantener activos
líquidos para respaldar sus provisiones técnicas a plazos menores a un año.
Inversionistas
Extranjeros
Por
último, existe la posibilidad de que inversionistas internacionales compren
títulos de deuda interna, no obstante, éstos deben enfrentar barreras regulatorias
y tributarias que inciden en su participación en el mercado de valores local.
Debido al principio de concentración, los inversionistas extranjeros que deseen
participar en el mercado local deben realizarlo a través de puestos de bolsa o
bancos, autorizados para brindar los servicios, cumpliendo con la debida
diligencia con el puesto de bolsa6. Adicionalmente el participante deberá
completar la información de acuerdo con la Ley N° 8204, sobre estupefacientes,
actividades conexas, legitimación de capitales, además de la Política Conozca a
su Cliente, de la entidad; deben contratar a un puesto de bolsa autorizado,
para que este realice la intermediación bursátil, reciba la asesoría
correspondiente y ejecuten la venta o compra de valores. Lo anterior indica que
debe contar con los servicios de un custodio local autorizado. En general,
Mencionar las limitaciones de información que dispone el MH sobre este sector,
además por el secreto bursátil el Ministerio de Hacienda no puede acceder a
conocer los tenedores individuales de su deuda, solo por sector al cual
pertenece.
6
Asimismo, si el participante extranjero participa en una subasta por un monto
significativo, y dependiendo del tamaño y disponibilidad de capital del
custodio, el participante deberá contar con los fondos previamente. Además, de
necesitar una liquidación de la subasta diferenciada, usualmente superior a
T+2. 12
Mecanismos y plataformas de colocación de valores y sistemas
de compensación y liquidación.
La
Tesorería Nacional utiliza 3 mecanismos de colocación7 para su deuda interna
estandarizada: subasta de valores, colocación directa y contratos de
colocación.
7
Artículo 42 del reglamento de oferta pública. "Existen tres mecanismos de
colocación de valores: directa, subasta y contratos de colocación (.)"
8
Asociaciones solidaristas, Bancos, Puestos de Bolsa,
Operadoras de Pensiones, Mutuales, Cooperativas, Gobierno, Financieras,
Cooperativas de servicios públicas, casas de cambios, entidades remeseras,
liquidadores externos, fondos de inversión se tienen 125 entidades conectadas.
Subasta
de Valores.
La
Subasta de Valores es aquella en la que el agente colocador ofrece instrumentos
de deuda en el mercado primario y las ofertas de los inversionistas se refieren
tanto a la cantidad o al monto como al rendimiento o precio al que se desea
comprar. El agente colocador deberá establecer en forma clara la regla que
utilizará para la asignación, así como los casos en que se considerará desierta
una subasta. Actualmente, el Ministerio de Hacienda utiliza las plataformas
para negociar su deuda interna de SIOPEL de la Bolsa Nacional de Valores y
SINPE del BCCR.
La
Colocación Directa.
La
Colocación Directa (ventanilla de valores (VEV)) es un mecanismo de colocación
de valores emitidos en forma estandarizada, administrado por el emisor para
colocar sus emisiones de valores directamente en el mercado financiero donde
las ofertas de los inversionistas se refieren únicamente a la cantidad que se
desea comprar al rendimiento o precio previamente establecido por el agente
colocador; se puede utilizar las plataformas SIOPEL y SINPE.
En
primer lugar, se desarrolló el servicio de Ventanilla de Valores Estandarizada
en SINPE y, en segundo lugar, el de Subasta de Valores. Ambos servicios
permiten la participación directa de los asociados al SINPE8 como
inversionistas en la colocación de deuda interna en mercado primario, donde el
emisor mantiene la organización y control operativo del mercado.
Contrato
de Colocación.
El último
mecanismo habilitado es el de Contrato de Colocación en donde el emisor y un
suscriptor firman un contrato de colocación para la prestación de los servicios
de colocación y distribución de valores, acatando las disposiciones sobre
contratos de colocación contenidas en el Reglamento de Intermediación de
Valores y Actividades Complementarias; se puede utilizar las plataformas SIOPEL
y SINPE.
Independientemente del
mecanismo de colocación, las colocaciones se pueden realizar fuera o dentro de
bolsa, y con o sin la participación de un intermediario.
Cuando
se realicen colocaciones por la Bolsa Nacional de Valores, estas se sujetarán a
los mecanismos y disposiciones que la bolsa disponga por vía reglamentaria.
Los mecanismos de colocación se encuentran regulados por el
siguiente vasto número de normas:
. Ley de la Administración
Financiera de la República y Presupuestos Públicos. (Ley Nº 8131: artículo N°
80, publicada en el diario Oficial la Gaceta N° 198 el 18 de setiembre del
2001).
. Ley de Reestructuración de
la Deuda Pública (Ley Nº 8299, publicada en el diario Oficial la Gaceta N° 167
el 2 de setiembre del 2002), emitida por el Ministerio de Hacienda.
. Ley de Presupuesto Ordinario
y Extraordinario de la República de Costa Rica, publicada en el diario Oficial
la Gaceta N° 233, el 06 de diciembre del 2019, emitida por el Ministerio de
Hacienda.
. Ley Reguladora del Mercado
de Valores, (Ley Nº 7732: artículos N° 10 y 12), publicada el 17 de diciembre
de 1997, emitida por la Superintendencia General de Valores.
. Reglamento sobre Oferta
Pública de Valores (artículos N° 42 y 43), publicado en el Diario Oficial la
Gaceta N° 88 el 09 de mayo del 2006, emitido por la Superintendencia General de
Valores.
. Reglamento del Sistema de
Pagos (del 2 de mayo del 2018), cuya última versión fue publicada en el diario
Oficial la Gaceta N° 87 el 21 de abril del 2020, emitido por el Banco Central
de Costa Rica.
. Reglamento de Custodia
(artículo N° 19), emitido por la Superintendencia General de Valores, publicado
en el Diario Oficial La Gaceta N° 47 del 9 de marzo del 2015.
. Reglamento sobre valoración
de instrumentos financieros (artículo N° 26) valoración, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 168 del 28 de Agosto del 2009, emitido por la Superintendencia
General de Valores.
. Reglamento de Compensación y
Liquidación de Valores (artículos N° 8, 12 y 13), publicado en el Diario
Oficial la Gaceta N° 124 del 29 de junio del 2009, emitido por la
Superintendencia General de Valores.
. Normativa Complementaria de
Subasta de Valores emitida por el Banco Central de Costa Rica del 13 de marzo
del 2019.
. Tratado
sobre Sistemas de Pagos y de Liquidación de Valores de Centroamérica y
República Dominicana (Ley Nº 8876, del 12 de enero del 2011).
El
Ministerio de Hacienda cuenta con dos sistemas para colocar su deuda interna en
el mercado primario. El Sistema de Negociación de Valores Estandarizados
(SIOPEL) administrado por la Bolsa Nacional de Valores, en el que se transan
los títulos valores en el mercado bursátil costarricense y se compone de varias
ruedas transaccionales.
Por otro lado, la Subasta de
Valores (SVA) servicio brindado por el Banco Central de Costa Rica por medio de
la plataforma de SINPE, que es un canal de distribución de valores, administrado
por el emisor (MH) para colocar sus emisiones de valores directamente en el
mercado primario de valores, permite la participación de todos los usuarios de
SINPE, tales como bancos comerciales, puestos de bolsa, cooperativas de ahorro
y crédito, mutuales de ahorro y préstamos, operadoras de pensiones,
administradores de fondos de inversión y entidades públicas.
Los valores que se coloquen por SVA, son objeto de oferta
pública, cumpliendo con lo dispuesto en la Ley Reguladora del Mercado de
Valores e inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, con
código ISIN, condiciones que permiten su negociación en mercado secundario, por
medio de la Bolsa Nacional de Valores. El servicio SVA cuenta desde diciembre
2020 con el servicio de neteo en la liquidación de
subastas y vencimientos de fechas focales de deuda interna, lo que permiten a
la Tesorería Nacional una eficiente administración de la liquidez en el flujo
de caja del Gobierno.
La
plataforma SVA mantiene enlaces con los sistemas de compensación y liquidación;
así como con los sistemas de las entidades de custodia, centrales de anotación
en cuenta en BCCR (SAC), entidades de depósito, miembros liquidadores, el
Sistema Nacional de Pagos Electrónicos (SINPE) y la Superintendencia General de
Valores, de manera que se asegura una transmisión de los datos sobre los
contratos bursátiles y su proceso de liquidación y compensación.
Las
emisiones del Ministerio de Hacienda que se coloquen mediante estos servicios,
favorecen la profundización del mercado y la eficiente formación de precios. La
fundamental diferencia entre ambos sistemas, es el tipo de usuarios, en SIOPEL
participan los puestos de bolsa autorizados y supervisados por Superintendencia
General de Valores y en Subasta de Valores participan los usuarios de SINPE,
incluyendo puestos de bolsa, bancos comerciales, cooperativas, mutuales,
operadoras de pensiones, otros.
Las
plataformas de negociación de la deuda interna mencionadas anteriormente,
interactúan con los servicios de Compensación y Liquidación del país, donde el
término compensación se refiere al proceso por el cual las entidades de
compensación y liquidación, luego de cerrados los contratos bursátiles y que
las respectivas entidades de custodia confirman los detalles de la transacción
y la asignación de los titulares; calculan las obligaciones de liquidación, de
modo que al término de cada proceso, cada miembro liquidador conoce cuáles son
sus obligaciones finales de liquidación.
Mientras que el proceso de
liquidación consiste en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los
miembros liquidadores como consecuencia de la negociación, mediante la
transferencia de valores del vendedor al comprador y la transferencia de fondos
del comprador al vendedor.
Le
corresponde a las entidades de compensación y liquidación establecer en el
reglamento operativo los tipos de compensación y liquidación aceptadas por el
Sistema. En donde los miembros liquidadores de las entidades de compensación y
liquidación, pueden ser los puestos de bolsa y los bancos inscritos en el
Registro Nacional de Valores e Intermediarios como entidades de custodia
autorizadas y las instituciones públicas que cumplan con los requisitos
especiales que, para el efecto, la Superintendencia establezca mediante acuerdo
de alcance general.
En
cuanto a la organización del sistema de compensación y liquidación, el Sistema
está integrado por las entidades de compensación y liquidación de valores, las
cuales son: 1) bolsas de valores, 2) sociedades de compensación y liquidación y
3) centrales de valores que cumplan con los requisitos exigidos por la SUGEVAL,
a las sociedades de compensación y liquidación.
El
ciclo de operación de negociación de las plataformas de negociación: SIOPEL y
Subasta de Valores (SVA) se conforma de los siguientes procesos: Convocatoria,
Negociación, Asignación, Distribución y Confirmación, donde se concluyen todos
los procesos y se procede a la liquidación en el Sistema de Anotación en Cuenta
(SAC), confrontando los valores anotados versus el efectivo recibido en el
Sistema Nacional de Pagos Electrónicos (SINPE).
En
donde el Sistema de Anotación en Cuenta (SAC), aplica para todos los valores
provenientes tanto de emisores públicos como privados, que sean representados
por medio de anotaciones electrónicas en cuenta que sean objeto de oferta
pública.
El SAC
funciona en 3 niveles: La anotación en cuenta de primer nivel, cuyo principal
objetivo es garantizar que la suma de todos los tenedores de valores sea igual
a la totalidad de la emisión. Para ello se realizará una conciliación diaria de
las cuentas de todos los custodios, independientemente de la situación de cada
valor (pendiente de entrega o de liquidación, pignorado o embargado, emisión
pendiente de colocar, etc.) de forma que sumen la emisión completa.
El
primer nivel tiene relaciones directas de tipo mayorista con las siguientes
entidades: los emisores (suscripción, información estadística y cobro de
derechos económicos); los diversos mercados (bolsas, interbancario); los custodios
(puestos de bolsa y bancos).
Custodia
básica de segundo nivel, es la relación de los custodios con los inversionistas
en los siguientes servicios: acceso a la anotación en cuenta del primer nivel;
liquidación de las operaciones con valores; gestión de cobro de derechos
económicos; estados de cuenta e información sobre las carteras de valores de
los clientes.
El
tercer nivel es la compensación y liquidación, la compensación y liquidación
garantiza la integridad jurídica de los traspasos de valores, coordina de forma
más eficaz la liquidación de valores y de fondos, y la liquidación en general
de las operaciones con valores.
Alcance del Plan.
El
alcance del Plan de Emisión de Deuda Interna Estandarizada del Gobierno Central
abarca las colocaciones a mercado de los títulos de deuda interna, como se
presenta en la Figura N°1.

Fuente: Banco Mundial (2015). Issuance Plan for Government Securities: Guidance Note.
Dado
el alcance del Plan de Emisión de Deuda Interna Estandarizada del Gobierno
Central, se debe separar el componente de deuda interna Over
the Counter (OTC), y
endeudamiento externo de la Estrategia de Gestión de la Deuda de mediano plazo,
por este motivo la estrategia de endeudamiento interno es diferente pero
coherente con la estrategia de colocación para la deuda total.
Necesidades
de financiamiento anuales estimadas
Las
necesidades de financiamiento del Gobierno se constituyen a partir del
resultado fiscal primario, los vencimientos de deuda, así como los intereses de
deuda a pagar. El gobierno posee importantes y crecientes necesidades de
financiamiento estimadas que representan en promedio aproximadamente el 11,6%
del PIB para los siguientes 5 años, tal y como se observa en el siguiente
Cuadro N°2:

El
mercado interno, históricamente ha sido capaz de absorber las necesidades del
Gobierno Central, pero resulta necesario disponer de fuentes alternativas de
financiamiento tales como líneas de crédito internas y externas, que permitan
solventar necesidades temporales de liquidez, en condiciones favorables para
las arcas del Estado.
Para
el Ministerio de Hacienda la colocación de deuda interna en muchos casos
representa la única fuente de financiamiento, debido a que en Costa Rica las
emisiones de deuda externa bonificada, y las operaciones de crédito, requieren
una aprobación especial por la Asamblea Legislativa.
Es
importante mencionar que en Costa Rica la deuda pública se clasifica como
interna o externa según su plaza de colocación, y no por la residencia de los
inversionistas; esto es relevante ya que inversionistas extranjeros han
demostrado apetito por la deuda interna, abriendo así las posibilidades de
Hacienda para financiarse por encima de la capacidad de los inversionistas
domésticos. Pero a pesar de esto, los inversionistas extranjeros experimentan
restricciones operativas, reguladores que afectan su participación en el
mercado de valores local, situación que es de interés de las autoridades de
Gobierno, para lograr ampliar la base de inversionistas de la deuda interna.
Por el recurrente déficit
fiscal existe una alta concentración de los portafolios de los inversionistas
en el títulos del Gobierno Central, producto de esta concentración es que
teóricamente se aduce que existe un límite a la capacidad de los participantes
locales, el sector bancario, financieras y pensiones entre otros intermediarios
deben cumplir con principios de diversificación, gestión de riesgos,
indicadores y límites de inversión que reducen la capacidad del Ministerio de
Hacienda de colocar sus títulos valores en el mercado interno para financiar el
creciente déficit fiscal.
Entonces, a pesar de que existe una limitada capacidad de
ahorro nacional, donde el ahorro neto como proporción del PIB mantiene un nivel
promedio del 9.3% desde 1991 y hasta el 2020, lo cual evidencia que la
capacidad de ahorro de la economía costarricense no ha aumentado y debido a las
altas necesidades de financiamiento, las cuales han pasado de representar un
10% del PIB en el 2010 a ser estimadas en 13% del PIB debido a la pandemia del
COVID-19.
En
consecuencia, la adecuada gestión de la deuda y la reducción de presiones sobre
las tasas de interés locales se encuentran condicionadas al acceso al
financiamiento externo. Por ejemplo, para el 2019, el Gobierno fundamentado en
necesidades de financiamiento recurrentemente altas y porque casi el 50% de
esas necesidades brutas se explicaban por vencimientos de la deuda del Gobierno
Central, es que el Ministerio de Hacienda planteó a la Asamblea Legislativa la
colocación de 6000 millones de dólares distribuidos de manera que 1500 millones
de dólares se colocaran en los años 2019 y 2020 y otros 1000 millones en 2021,
2022 y 2023. Esta estrategia pretendía eliminar las presiones de tasas de
interés que provocarían las necesidades de financiamiento sobre el mercado
local.
Finalmente,
la Asamblea Legislativa aprobó en el 2019, mediante la Ley 9708, el monto de
1500 millones de dólares, lo que es solo una fracción de lo requerido para no
ejercer presiones sobre las tasas de interés y estabilizar la deuda, a medida
que la reforma fiscal empieza a surtir efecto, pero este efecto está siendo
diluido por la desaceleración de la producción por las restricciones que
plantea la pandemia del COVID-19 en la economía.
El
gráfico 3 muestra que las emisiones de deuda externa han provocado menos
presiones sobre los rendimientos por parte de los inversionistas, tal como se
observa con la emisión internacional acaecida entre el 2012 y 2014 (Ley N°
9070) y más recientemente con la aprobación y colocación de 1500 millones de
dólares el pasado mes de noviembre del 2019 (Ley N° 9708); así como la
aprobación de la reforma fiscal por medio de la Ley del Fortalecimiento de la
Finanzas Públicas (Ley N° 9635).

Fuentes
de financiamiento
Las
fuentes disponibles de financiamiento del Gobierno son las emisiones de títulos
valores en el mercado local, préstamos externos, emisiones de bonos
internacionales y líneas de crédito, según la Estrategia de Deuda de Mediano
Plazo para Gobierno Central. Las necesidades de financiamiento históricamente,
han sido absorbidas mayormente por el mercado local, así por ejemplo en el año
2018, de un 12,2% de necesidades como proporción del PIB, un 11,6% correspondió
a financiamiento local. Para el año 2020 se redujo la deuda doméstica, para
financiar el 8,6% del total de 13% del PIB, complementado con deuda externa
(aprobación de préstamos externos) por 2,8% y uso de activos y otros (uso saldo
de eurobonos 2019) por 1,6%. Sin embargo, la competencia por esos recursos
financieros entre el sector privado y el gobierno generan presión en el mercado
de valores y por tanto incrementos en las tasas de interés locales, por lo que
disminuir la demanda podría revertir ese comportamiento en los rendimientos,
mejorar las condiciones de financiamiento del sector privado y consecuentemente
el crecimiento económico nacional.
La
estrategia de endeudamiento del 2021 -2024 y los escenarios de Crédito Público
indican que se incorporarán emisiones de títulos en los mercados
internacionales. Adicionalmente la estrategia de endeudamiento externo busca la
autorización para usar líneas de crédito, "las cuales serían contratadas en
caso de que, ante eventos coyunturales, no sea beneficioso o factible realizar
las colocaciones externas"9, y la aprobación de créditos de apoyo
presupuestario.
9
Informe Anual Sobre el Estado y Evolución de la Deuda Pública Interna y
Externa. Dirección de Crédito Público.
A
pesar del alto financiamiento requerido para los siguientes años, las emisiones
de títulos en el exterior previstas para el periodo 2022-2024, solventarían un
importante porcentaje de las necesidades brutas de financiamiento del Gobierno,
por lo que la colocación en el mercado internacional es fundamental para
mantener alejadas las presiones en el mercado interno y el cumplimiento del Plan
de Emisión de la Deuda Interna Estandarizada del Gobierno Central.
Selección
de instrumentos
Es
importante reiterar que se pueden presentar desviaciones de la estrategia
considerada ideal ("benchmark") en el corto
plazo (es lo usual), estas variaciones deben considerarse como temporales y
generalmente se pueden asociar a circunstancias puntuales del mercado, por lo
tanto, el objetivo de colocación de la deuda siguiendo la estrategia ideal se
debe mantener sin modificaciones en el mediano plazo.
La frecuencia
de eventos en el mercado primario incide en el desarrollo del mercado
secundario ya que se comporta como sustituto (UAEF, 2020b), por lo que se elige
seguir el esquema de colocación de series de referencia para fomentar el
desarrollo del mercado de deuda, para reducir las primas de liquidez en los
costos de captación del emisor soberano.
El
portafolio seleccionado para realizar las colocaciones de deuda es el
siguiente:

10 Cabe aclarar que la
estrategia de colocación presentada en el cuadro N°3 presenta un cambio en la
escala, de la estrategia publicada por la Dirección de Crédito Público que
tiene como ámbito la deuda total del Gobierno Central. El cambio de escala se
realiza para reflejar el ámbito del Plan de Emisión el cual corresponde a la
Deuda Interna a mercado, la cual representa para el 2020 un 56% de la deuda
total.
Tomando
en consideración la presente estrategia de colocación de mediano plazo y dada
la situación fiscal, este sería un período de transición del Plan de Emisión,
pero se definen los lineamientos de emisión siguiendo el esquema de series de
referencia:
Con la
entrada en vigencia de la Ley N°9635 Ley de Fortalecimiento de las Finanzas
Públicas, el 01 de julio del 2019, se procedió a cerrar las series vigentes al
30 de junio, con la tasa impositiva del 8%, y se crearon series benchmarks tasa fija, cero cupón y variables tanto en
colones como en dólares con el impuesto del 15%.
Para
la creación de las series vigentes a partir de julio 2019, se tomó en
consideración el perfil de vencimientos del Gobierno para los próximos años,
así como los meses focales de vencimientos, para definir los meses en los
plazos de referencia de las series a inscribir, de manera que no existieran mayores
presiones en los vencimientos (selección oportunista). En este sentido se
procedió con la inscripción de las series de la siguiente forma:

Con el
Plan de Emisión, el proceso de inscripción de series seguirá los siguientes
lineamientos:
. Para
la creación de series nuevas se deberá considerar: o Que la serie se haya
colocado en al menos 75% del monto de emisión.
o Cambios
en las tasas faciales por condiciones de mercado.
o Cambios
tributarios asociados a los impuestos sobre inversiones en valores de deuda.
o Condiciones
macroeconómicas (actividad económica, y recaudación de ingresos).
o Demanda del mercado y sus participantes (casos
excepcionales justificados).
. Se inscribirán series nuevas tasa fija cada dos años en los
plazos largos de referencia de 3, 5, 7, 10 y 15 años. Es decir por ejemplo, la
serie a 3 años a 1440 días, la serie a 5 años a 2160, la serie a 7 años a 2880
años, 10 años se inscribirá a 3960 días, la serie a 15 años a 5760 días a lo
sumo.
. Los
cupones de los títulos inscritos serán a rendimientos de mercado vigentes en el
momento de su inscripción, es decir los títulos se venderán lo más próximo
posible a la par en su primera colocación. El emisor podría inscribir las
emisiones con cupones inferiores a los rendimientos vigentes, si las
autoridades perciben tendencia futura a la baja de las tasas de interés.
. No
se realizarán reaperturas11 de las series, en tanto las reaperturas (o
incrementos de saldos) son sustitutas del mercado secundario y reducen la
liquidez de éste.
11
Una reapertura hace referencia a una situación donde una serie off the run o sin saldo, se le agrega saldo para una nueva
emisión.
. En
el caso que una serie coloque la totalidad del monto de emisión y existan dos
de las siguientes tres condiciones: demanda por el plazo, no exista choque con
las concentraciones definidas por la estrategia, necesidades de caja críticas,
se inscribirá una serie entre 180 y 360 días más larga que la serie sin saldo.
Lo anterior, con el fin de mantener el año del bono benchmark.
. No
se inscribirán títulos de renta fija cuponados a
plazos menores de 540 días.
. Las
operaciones de gestión de pasivos se concentrarán en todas las series menores a
1080 días al vencimiento, y se canjearán por los títulos de referencia. El
objetivo de estas operaciones de gestión de pasivos será suavizar las
concentraciones del perfil de vencimientos al canjear al menos el 30% de esos
vencimientos por serie (riesgo de refinanciamiento)12.
12
Los objetivos de las operaciones de gestión de pasivos no se limitan al de
refinanciamiento, sino, además de buscar la recomposición del portafolio, en
términos del costo por servicio de la deuda, objetivos que no serán excluyentes
entre si.
. Los
plazos de referencia de títulos tasa fija en colones serán 3, 5, 7, 10 y 15
años, y para los títulos en dólares, los plazos: 5, 7, 10, y 15 años, según
análisis de conglomerados (UAEF, 2020b). El emisor podría inscribir emisiones
en dólares a plazos menores de 5 años, si las autoridades perciben
oportunidades en la gestión de financiamiento interno y/o en los objetivos de
la estrategia de endeudamiento público del Gobierno.
. Se
mantiene principios de no fragmentación de las series para los títulos
indexados y de tasa variable, aunque estos no son instrumentos de referencia.
. El
monto de inscripción de las emisiones deberá considerar las necesidades de
financiamiento, la estrategia concentración mínima, y prever un porcentaje de
la serie para las operaciones de gestión de pasivos, al menos 30% (promedio
histórico).
. El
tamaño de las series será13: o 700.000.000.000 colones para títulos de tasa
fija
13
Recuadro 1. 23
o 300.000.000
dólares para títulos de tasa fija.
o
500.000.000.000 colones para los títulos de tasa variable
o 400.000.000 UDES, para los títulos en Unidades de
Desarrollo.
. Los títulos cero cupón serán inscritos a los plazos de 6,
12 y hasta por un máximo de 18 meses, con vencimiento a los 15 de cada mes,
tendrán un saldo de 100.000.000 colones y se usarán para operaciones de gestión
de caja.
. Se procurará que los rendimientos de títulos cero cupón
tengan referencia en negociaciones del BCCR, con el fin de mantener la
coordinación con la política monetaria en los tramos menores a dos años donde
el BCCR coloca su deuda.
. Se deberá colocar al menos
el 75% de saldo de una serie antes de una nueva inscripción, para mantener la
profundidad de la serie.
La
definición de los meses para la asignación de las fechas de los cupones puede
seguir dos patrones, el patrón de oportunidad indica que se deben asignar los
nuevos cupones a los meses con poca carga del servicio de la deuda; el patrón
uniforme consiste en asignar un mes a cada vencimiento, lo que tiene como ventaja
que los cupones quedan distribuidos durante el año y se administra el riesgo de
liquidez.
La
propuesta de la TN es mantener el patrón de oportunidad mientras se hace la
transición a series de referencia, debido a que actualmente los cupones se encuentran
concentrados en los meses focales de febrero, marzo, agosto y setiembre.
Figura N°5: Ejemplo de
calendarización de cupones para series nuevas según escenarios uniforme y
oportunista.

El
cambio del escenario oportunista al uniforme requiere un período de transición
estimado en 5 años aproximadamente, debido a que se requiere que un grupo de
instrumentos colocados en las fechas focales llegue a su vencimiento para
suavizar el perfil del servicio de la deuda futura.
Recuadro 1: Tamaño de las
series requerido para emisiones de referencia a inscribirse cada dos años.


Dado el perfil de vencimientos
observado del 2020-2024, la selección de los meses focales de vencimiento de
las emisiones se procurará realizar en la modalidad de selección oportunista
(en meses con menores presiones en el perfil) y para el periodo del 2025 en
adelante, se fijan los meses que se detallan a continuación:

14 En el
escenario que se cumplan las reformas del Gobierno y la deuda pública se
estabilice en el 60% del PIB.
Operaciones
de Gestión de Pasivos (OGP).
La
estrategia de gestión de pasivos es un complemento perfecto del Plan de Emisión
de Valores de la Deuda Interna Estandarizada, ya que las operaciones de gestión
de pasivos forman parte de los lineamientos para la emisión de series de
referencia, al mitigar el riesgo de refinanciamiento que genera tener pocas
líneas de emisión u otros riesgos identificados. Por lo tanto, la elección de
los títulos a comprar debe ser fundamentada en un proceso técnico que mejore las
condiciones generales del portafolio desde un enfoque de la optimización.
Para
ello resulta necesario brindar seguimiento a un conjunto de indicadores de
línea base que permitirán identificar el efecto de la operación de gestión de
pasivos sobre el portafolio de deuda, siendo el objetivo de la recompra y canje
de deuda, reducir el riesgo de refinanciamiento producido por las emisiones de
referencia.
Conforme
los lineamientos para la emisión de los valores de referencia (benchmarks), el monto de inscripción de las series deberá
prever un porcentaje de la serie para las operaciones de gestión de pasivos de
al menos 30% (promedio histórico) de su total.
Además,
se indica que las operaciones de gestión de pasivos se concentran en todas las
series menores a 1080 días al vencimiento, y se canjearán por los títulos de
referencia. El objetivo de estas operaciones de gestión de pasivos será
suavizar las concentraciones del perfil de vencimientos al canjear al menos un
tercio de esos vencimientos.
Calendario
subasta y organización de las subastas.
El
calendario de subastas es propuesto por la Tesorería Nacional a la Comisión de
Subastas de Deuda Interna del Gobierno de la República, una vez aprobado se
comunica al mercado a través de un Hecho Relevante.
De las
recomendaciones del diagnóstico del FMI del 2018, la Tesorería Nacional
implementó desde enero 2019 y a la fecha, un calendario trimestral de subastas
que comunica no solo las fechas de subastas y su liquidación, sino el tipo de
instrumento a colocar, la moneda, el plazo de colocación, la plataforma donde
se colocarán los valores (SIOPEL-SINPE) y fechas fijadas para las operaciones
de pasivos, lo cual brinda información clave a los inversionistas para la toma
de decisiones de sus portafolios, a la vez que permite, por las fechas libres
de subasta y rotación de plazos de referencia, fomentar las negociaciones y
fijación de precios en el mercado secundario.
En
términos de la organización de las subastas, el Ministerio de Hacienda se rige
por la normativa del mercado de valores emitida por la SUGEVAL, y
particularmente, la operativa de las subastas a lo interno del Ministerio se
rige por decretos que constituyen los comités, que participan en la toma de
decisiones en las operaciones de gestión de deuda interna (subastas, canjes de
deuda, subastas inversas, otros).
Comunicación con el mercado
Cada
seis meses, se presentará una meta de endeudamiento semestral que se encuentra
circunscrita al Plan de Emisión de Deuda Interna Estandarizada, al Plan Anual
de Financiamiento y a la Estrategia de Endeudamiento de Mediano Plazo. En esta
presentación, la Tesorería Nacional mostrará los resultados del semestre, así
como la estrategia y monto a colocar del semestre, congruente con la estrategia
de gestión de la deuda de mediano plazo. La Dirección de Crédito Público por su
parte presentará lo concerniente a la evolución del portafolio de deuda, y el
endeudamiento externo.
Revisión
y Ajustes
El
Plan de Emisión se ajustará anualmente, con revisiones semestrales sobre la
evolución de las metas de endeudamiento y las concentraciones por instrumento
asociadas a la estrategia.
Se
realizará un informe de seguimiento anual identificando los factores que
impiden la convergencia a la Estrategia de Gestión de la Deuda de Mediano
Plazo.
Coordinación
con Gestión de Caja
La
gestión de caja se encuentra en la Tesorería Nacional, por la que la
coordinación es estrecha, debido a que existen mecanismos para favorecer la
coordinación y el flujo de información sobre los saldos de caja y las
necesidades de caja, en forma periódica.
Coordinación
con BCCR
Mediante
reuniones mensuales se coordina con el BCCR temas de tasas de interés, para
mantener la coherencia entre los rendimientos ofrecidos y la política
monetaria. La estrategia de coordinación se enfoca en la segmentación de la
curva de rendimientos en 2 tramos, el tramo monetario (BCCR) de títulos menores
a 3 años y el tramo de deuda con títulos del MH con vencimiento mayor a 3 años.
Es
claro que los objetivos del BCCR y el Ministerio de Hacienda son distintos por
lo que pueden ocurrir diferencias en la coordinación, por lo que el espacio de
reunión entre los funcionarios técnicos de ambas dependencias busca minimizar
esas divergencias en la coordinación.
Durante
la presentación del Plan de Endeudamiento, el BCCR participará comunicando su
estrategia.
Balance
de riesgos
En
este apartado se enumeran los elementos que de ocurrir comprometen el
cumplimiento del Plan de Emisión:
. Atrasos en los desembolsos
de financiamientos externos o la carencia de financiamientos.
. No acceso a líneas crédito.
.
Gestión de Activos (Inversiones) por excedentes de caja.
. Cambios en la Política de
Endeudamiento Público, la Estrategia de Endeudamiento, el Plan Anual de
financiamiento de la Dirección de Crédito Público, modificará lo descrito en
este Plan de Emisión.
. Los recurrentes Presupuestos
Extraordinarios podría aumentar las necesidades de financiamiento descritas en
el plan, y pueden propiciar que una serie de referencia se agote.
. Perturbaciones
internas y externas.
Bibliografía
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