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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43013 >> Fecha 11/05/2021 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 43013
Reforma Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería, para Certificar la condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYMPA)

N° 43013-MAG



EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA



Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA



En uso de las facultades que les confiere los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y el artículo 28 inciso 2 acápite b) de la Ley Nº 6227 de 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública, y la Ley Nº 7064 del 29 de abril de 1987, Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria (FODEA) que incorpora la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería.



Considerando:



1º-Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 37911- MAG de 19 de agosto del 2013, se constituyó el Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería, para certificar la condición de pequeño y mediano Productor Agropecuario (PYMPA), estableciendo en el artículo 5, la vigencia de la condición de pequeño y mediano produc­tor por un año a partir de la fecha de actualización de la información, para lo cual el interesado debe actualizar la información previo al vencimiento del plazo.



2º-Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 42472- MAG de 13 de julio del 2020, en el marco de la emer­gencia sanitaria provocada por la enfermedad COVID-19, declarada mediante Decreto Ejecutivo Nº 42227- MP-S de 16 de marzo del 2020 y la Directriz N° 079-MP-MEIC de 08 de abril de 2020, publicada en el Alcance Digital Nº 80, La Gaceta Nº 75 de 09 de abril del 2020, se instruyó a la Administración Pública para que en el marco jurídico de su actuación y de acuerdo con la naturaleza de los trámites de su competencia, efectúen una revisión de la vigencia de los permisos, licencias, autorizaciones o concesiones que habilitan a personas físicas o jurídicas a ejercer alguna actividad productiva, económica, comercial o de cualquier otra naturaleza, a efectos de determinar la viabilidad de su prórroga hasta el 04 de enero de 2021, entre las cuales se determinó que la vigencia de todos los registros del "Siste­ma de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería, para certificar la condición de pequeño y mediano produc­tor agropecuario (PYMPA)" califican para ser prorrogados hasta el 04 de enero del 2021, el cual fue prorrogado medi­ante Decreto Ejecutivo N° 42773-MAG de 4 de diciembre del 2020, al 4 de julio del 2021.



3º-Que, al día de hoy, las condiciones, para pror­rogar los registros del "Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería, para certificar la condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYM­PA)" que habilitan a personas físicas o jurídicas a ejercer alguna actividad productiva, económica, comercial o de cualquier otra naturaleza, se mantienen y más bien, los casos vienen en aumento, lo que hace necesario prorrogar la vigencia del registro por seis meses más, hasta el 04 de enero del 2022.



4º-Que de conformidad con los párrafos segundo y tercero del artículo 12 bis del Reglamento a la Ley de Pro­tección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Decreto Ejecutivo N° 37045-MP-MEIC del 22 de febrero de 2012; se procedió a llenar la Sección I denominada "Control Previo de Mejora Regulatoria" del "Formulario de Evaluación Costo Beneficio", siendo que la evaluación de la propuesta normativa dio resultado neg­ativo y que no contiene trámites, requisitos ni procedimien­tos, por lo que se determinó que no se requería proseguir con el análisis regulatorio de cita. Por tanto,



Decretan:



MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 2° DEL DECRETO EJECUTIVO N° 42472-MAG DEL 13 DE JULIO DEL 2020,



 REFORMA AL DECRETO EJECUTIVO 37911-MAG DE 19 DE AGOSTO DEL 2013 "SISTEMA DE REGISTRO DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,



PARA CERTIFICAR LA CONDICIÓN DE PEQUEÑO Y MEDIANO PRODUCTOR AGROPECUARIO (PYMPA)" Y PRÓRROGA DE LA FECHA DE VIGENCIA DE LOS



 REGISTROS DEL "SISTEMA DE REGISTRO DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, PARA CERTIFICAR LA CONDICIÓN DE PEQUEÑO Y MEDIANO



PRODUCTOR AGROPECUARIO (PYMPA)"



Artículo 1º-Se modifica el artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 42472 del 13 de julio del 2020, Reforma al Decreto Ejecutivo 37911-MAG de 19 de agosto del 2013 "Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería, para certificar la condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYMPA)" y Prórroga de la fecha de vigencia de los registros del "Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería, para certificar la condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYMPA)" para que se lea de la siguiente forma:



"Artículo 2º-Se prorroga, hasta el 04 de enero del 2022, la fecha de vigencia de los registros del "Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería, para certificar la condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYMPA)" que hayan vencido o venzan dentro del período comprendido entre el 01 de febrero del 2020 hasta el 04 de enero del 2022".




Ficha articulo



Artículo 2º-Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.



Dado en la Presidencia de la República, a los once días del mes de mayo del dos mil veintiuno.




Ficha articulo





Fecha de generación: 22/2/2024 22:16:25
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