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 Normativa >> Resolución 112 >> Fecha 11/05/2021 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 112
Plan General de Parque Nacional Volcán Poás



SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN



SINAC-CONAC-SA-112-05-2021. -El Consejo Nacional de Áreas de Conservación, de conformidad con el acuerdo N° 10 de la Sesión Ordinaria N° 05-2021 del 11 de mayo del 2021 y en cumplimiento del artículo 12, inciso d) del Reglamento a la Ley de Biodiversidad N° 7788, Decreto Ejecutivo N° 34433-MINAE, aprueba y emite el presente:



"Plan General de Parque Nacional Volcán Poás"



RESULTANDO



PRIMERO: Que de conformidad con el artículo 22 de la Ley de Biodiversidad Nº 7788 del 27 de mayo de 1998, se crea el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), con personería jurídica propia, como un sistema de gestión y coordinación institucional, desconcentrado y participativo, que integra las competencias en materia forestal, vida silvestre y áreas protegidas, con el fin de dictar políticas, planificar y ejecutar procesos dirigidos a lograr la sostenibilidad en el manejo de los recursos naturales de Costa Rica.



SEGUNDO: Que es política prioritaria del SINAC facilitar y promover acciones que conlleven a la protección, conservación y manejo sostenible de los recursos naturales y la biodiversidad presente en las áreas silvestres protegidas, en adelante las ASP, de las Áreas de Conservación.



TERCERO: Que de conformidad con los artículos 23 y 28 de la misma Ley de Biodiversidad y los artículos 9 y 21 de su reglamento Decreto Ejecutivo Nº 34433-MINAE, publicado en La Gaceta Nº 68 del 8 de abril del 2008 y sus reformas, el Área de Conservación Central, en adelante denominada ACC, es parte de la organización y con las competencias del SINAC en sus territorios, respectivamente.



CUARTO: Que es competencia del Sistema Nacional de Áreas de Conservación a través de cada área de conservación, la administración y protección de las áreas silvestres protegidas a lo largo de todo el territorio nacional.



CONSIDERANDO



PRIMERO: Que el Parque Nacional Volcán Poás fue establecido mediante Ley de la República N° 1917 Ley Orgánica de Creación del Instituto Costarricense de Turismo del 29 de julio de 1955. Fue ratificado como parque nacional con objetivos de conservación de los recursos naturales, por la Ley de la República N.º 4714, el 23 de enero de 1971 y su territorio ampliado en el año 1994 (Decreto Ejecutivo N.º 22961-MIRENEM, del 19 de enero de 1994).



SEGUNDO: Que el Plan General de Manejo (PGM) de las Áreas Silvestres Protegidas (ASP) es el instrumento de planificación que permite orientar la gestión de un área silvestre protegida hacia el cumplimiento de sus objetivos de conservación a largo plazo. Se fundamenta en líneas de acción estratégicas a mediano plazo y en objetivos de manejo para los elementos naturales y culturales incluidos dentro del área, así como en la relación de estos últimos con su entorno socio ambiental.



TERCERO: Que el proceso de actualización del Plan General de Manejo del Parque Nacional Volcán Poás fue concluido en el año 2021 y tuvo la participación de representantes de los diversos grupos de interés como: organizaciones locales, funcionarios y organizaciones no gubernamentales, cámaras de turismo, municipalidades, ADI`s de las comunidades aledañas, empresarios turísticos, instituciones técnico-científicas, instituciones gubernamentales entre otros.



CUARTO: Que el Comité Técnico - Científico del Área de Conservación Central (ACC) recomendó continuar con el proceso de oficialización del Plan General de Manejo del Parque Nacional Volcán Poás, realizada el 26 de noviembre del año 2020.



QUINTO: Que el Consejo Regional del Área de Conservación Central en el acta de la Sesión Ordinaria No 009-2020, del Consejo Regional del Área de Conservación Central, efectuada el 03 de diciembre del 2020, en el punto N° 04 de la agenda conoció y aprobó el Plan General de Manejo del Parque Nacional Volcán Poás



SEXTO: Que el Consejo Nacional de Áreas de Conservación aprobó el Plan General de Manejo del Parque Nacional Volcán Poás mediante el Acuerdo N° 10 de la Sesión Ordinaria N° 05-2021 del 11 de mayo 2021.



LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL



CONSEJO NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN



RESUELVE



PRIMERO: Publicar el siguiente resumen ejecutivo del Plan General de Manejo del Parque Nacional Volcán Poás, a efectos de su oficialización:



a) Objetivos de Conservación del Parque Nacional Volcán Poás.



1. Conservar especies de flora y fauna características de cinco zonas de vida del Ecosistema "Bosque nuboso tropical" en un rango altitudinal que se origina desde los 1.100 msnm al norte del parque hasta los 2.708 msnm.



2. Conservar el recurso hídrico de importancia local, regional y nacional, que forma parte de las cuencas de los ríos Grande de Tárcoles en la vertiente del Pacífico, y el Sarapiquí en la vertiente del Caribe.



3. Conservar rasgos geológicos sobresalientes característicos de un volcán activo.



4. Proporcionar oportunidades para la investigación científica, los estudios técnicos, la educación ambiental, la recreación y el turismo.



5. Contribuir con el desarrollo socioeconómico y ambiental de las comunidades aledañas al parque y del país en general.



b) Objetivo del Plan General de Manejo



General:



- Definir las metas y las acciones para la gestión y conservación de los valores ecológicos del Parque Nacional Volcán Poás.



Específicos:



- Implementar los procedimientos y herramientas de manejo y gestión en el Parque Nacional Volcán Poás.



- Implementar de forma efectiva los programas y planes del Parque Nacional Volcán Poás.



- Implementar los lineamientos y acciones estratégicas contenidas en los instrumentos vigentes para el manejo uso y conservación del Parque Nacional Volcán Poás.



- Implementar mecanismos técnicos y legales para consolidar el patrimonio natural del Estado y asegurar los procesos ecológicos del Parque nacional Volcán Poás.



c) Zonificación



De conformidad con lo establecido institucionalmente en la "Guía para el diseño y formulación del Plan General de Manejo de las Áreas Silvestres Protegidas de Costa Rica" (SINAC 2016), la zonificación se propone como la organización y distribución espacial del territorio en función de:



- Los valores tanto naturales como culturales presentes.



- La capacidad de ese territorio para mantener diferentes usos, actividades y condiciones deseadas.



- El alcance de los objetivos de conservación del Área Silvestre Protegida, los objetivos establecidos en el plan general de manejo y de aquellos que se espera que se cumplan con la zonificación propuesta y el respeto absoluto a la normativa ambiental que corresponde.



Por lo tanto, la regulación en las actividades permitidas o no en la zonificación se definirá en función de la capacidad del Parque Nacional Volcán Poás y su entorno, para mantener los diferentes usos, actividades y condiciones en función del alcance de los objetivos de conservación con los que fue creado y, por supuesto, de los objetivos establecidos en este Plan General de Manejo y de aquellos que se espera se cumplan con la misma zonificación propuesta, así mismo estará articulada con las estrategias planteadas, todo esto bajo un marco de respeto absoluto a la normativa ambiental que corresponde (SINAC, 2016 c).



El objetivo principal del proceso de zonificación en el marco de la planificación del ASP y el ordenamiento espacial, es definir lo que puede, no puede o debe ocurrir en los diferentes sectores del parque; en términos del manejo de los recursos naturales y culturales, uso humano y experiencia de los visitantes, acceso, infraestructura, mantenimiento y operaciones entre otros usos que se requieran (Rotich 2012); todo esto en función de salvaguardar la integridad de los Elementos Focales de Manejo y demás recursos naturales, fauna y flora presentes. En consecuencia, la zonificación se convierte en un componente importante en el mantenimiento de los procesos ecológicos y del aprovechamiento regional de los servicios ecosistémicos, y por lo tanto uno de sus principales objetivos es la protección absoluta de la biodiversidad y el manejo adecuado de los recursos naturales, que se establecerán en función en función de sus amenazas. De manera tal que, se definirán las acciones requeridas para cumplir con una o varias condiciones deseadas a mantener en el ASP.



Zonas de intervención propuestas para el Parque Nacional Volcán Poás



Las zonas de manejo se establecen de conformidad con el grado de intervención a la que son sometidas, la conservación de los Elementos Focales de Manejo (EFM) y el desarrollo que se pretenda alcanzar en cada una de ellas. Para cada zona de intervención se indica la normativa que guía la gestión y las acciones orientadoras, el cual se derivan del análisis de la legislación ambiental vigente.



Tomando en consideración los criterios antes mencionados, se realizó una determinación de los diferentes sitios y áreas de interés con base en el uso del suelo, que deben reflejarse en el mapa de zonificación para el PNVP, el siguiente cuadro resume las zonas de interés con su respectivo nivel de intervención.



Determinación de las zonas de interés según el nivel de intervención con base en el criterio técnico consultado.





A continuación, se presenta la descripción de las tres zonas de intervención propuestas para el PNVP.



Zona de mínima o nula intervención



Los sectores del Área Silvestre Protegida (ASP) que se definen con esta categoría tienen un nivel de intervención mínimo y en muchos casos prácticamente no habría intervenciones. Esta zona comprende un total de 6400, 85 has, lo que representa un 97,51% del total del parque nacional.



Es la zona que permite el cumplimiento de los objetivos de conservación del área silvestre protegida, por lo que las acciones de manejo permitidas en el Patrimonio Natural del Estado estarán limitadas a investigación, capacitación y usos administrativos necesarios para la adecuada gestión del ASP. Se incluyen aquellas áreas cubiertas por bosques según el mapa oficial del Inventario Nacional Forestal 2015, que incluye ecosistemas boscosos según el artículo 3 inciso d de la Ley Forestal.



Por otra parte, se incorporan dentro de esta categoría las áreas de protección de nacientes captadas (200 m de radio) y no captadas (100 m de radio), además de las áreas de protección de cuerpos de agua descritos en el artículo 33 de la Ley Forestal: una franja de 15 m en zona rural y de 10 m en zona urbana, medidas horizontalmente a ambos lados, en las riberas de los ríos, quebradas o arroyos, si el terreno es plano (pendiente menor al 40%), y 50 m horizontales, si el terreno es quebrado (pendiente mayor al 40%),



Esta Área de Intervención está compuesta, además, por los parches de bosque tanto en Patrimonio Natural del Estado (PNE) como en propiedad privada, los predios con información posesoria y Patrimonio Natural del Estado, las zonas de alto riesgo volcánico, las lagunas, espejos de agua y nacientes, los terrenos en adquiridos en regeneración o restauración natural.



Así como, el origen ríos muy importantes para la región tales como La Paz. Ángel, Cariblanco, Desagüe, Agres, Poasito y Mastate y las quebradas Gata y Pilas.



Descripción de la zona de mínima o nula intervención







Zona de baja intervención



En esta categoría se propone que las intervenciones sean de un nivel muy bajo, aunque con mayores posibilidades para el desarrollo de prácticas de manejo y actividades. Se espera que cumpla objetivos orientados a un nivel estricto de sostenibilidad en el manejo y aprovechamiento de algunos recursos del ASP. También a un nivel de intervención bajo se pueden permitir prácticas de uso administrativo o especial y un turismo de bajo impacto, pero con un poco más de intensidad y frecuencia. Esta zona tiene una extensión de 0.8 hectáreas lo que corresponde a un 0.01 % de la totalidad del parque.



En esta zona se incluyen los caminos y senderos para uso administrativo existentes y potenciales, así como los senderos y caminos y servicios destinados para uso público existentes y potenciales a desarrollar en el futuro.



Se plantea la posibilidad de habilitar más senderos hacia diferentes sectores del parque nacional (Bajos del Toro y Cerro Pelón) posterior a los estudios de viabilidad técnica, económicas, ambientales y legales según corresponda.



Descripción de la zona de baja intervención







Zona de mediana intervención



Los sitios que se definen para esta categoría tienen una posibilidad de intervenciones de mediana intensidad, frecuencia e impacto en las prácticas y actividades que se puedan desarrollar. Esta zona corresponde a un total de 163.8 hectáreas, o que representa un 2.48% de la extensión del parque nacional.



Esta es una zona de indudables valores ambientales, culturales y paisajísticos resultado de los aprovechamientos compatibles con los recursos naturales del parque nacional.



Se incluyen aquellas áreas que se encuentran desprovistas de cobertura boscosa tales como: las torres de comunicación, el camino principal, la zona de uso administrativo, la zona de uso público (infraestructura: parqueos, centro de visitantes, planta de tratamiento, entre otros), casas de habitación en terrenos privados, pastos en propiedad privada y terrenos de uso agrícola o ganadero.



Descripción de la Zona de mediana intervención







Zona o Área de influencia



La zona de influencia corresponde a un espacio definido para contribuir con los objetivos de conservación, así como para la coordinación de actividades de educación ambiental, sensibilización, turismo, servicios no esenciales, entre otras



La determinación de las comunidades que se incluyeron en la zona de influencia del Parque Nacional Volcán Poás se realizó con base en tres criterios:



Criterio 1. Ubicación geográfica de la comunidad con respecto al ASP: por sus condiciones de ubicación, cercanía y acceso son las comunidades con la cuales la capacidad operativa del PNVP facilita la coordinación y ejecución de actividades conjuntas, además son los vecinos inmediatamente colindantes del ASP



Criterio 2. Interés para el PNVP: son comunidades de interés para el parque nacional ya sea por que comparte límites con el ASP, porque requiere de esfuerzos adicionales en temas de control y protección, por el desarrollo turístico existente o potencial, por ser terrenos en manos privadas dentro del ASP o porque son clave para el manejo de emergencias. También se incluye la relación histórica de trabajo, coordinación y apropiación que tienen esas comunidades con el parque.



Criterio 3. Nivel de coordinación: se refiere a la capacidad instalada de coordinación y organización (organizaciones e instituciones) que tiene la comunidad para desarrollar proyectos o acciones conjuntas con el ASP. Además del interés demostrado por las comunidades para identificar al parque como parte de su territorio y desarrollo.



A continuación, las comunidades identificadas como parte de la zona de influencia.







Consideraciones especiales



. De acuerdo con la división política-administrativa del país el Parque Nacional Volcán Poás tiene terrenos dentro de los cantones de Poás, Grecia, Sarchí, Río Cuarto y Alajuela.



. Aunque se identifican las municipalidades que tienen competencia dentro del territorio del PNVP, no significa que todo el cantón sea zona de influencia del ASP. Solo se incluyen las comunidades identificadas por la administración en el Plan General de Manejo vigente y de acuerdo con criterios establecidos.



. Las acciones de coordinación y ejecución de proyectos se desarrollarán de acuerdo con las competencias institucionales atribuidas a la administración y a la capacidad operativa y de manejo del ASP.



En zonas colindantes con otras Áreas Silvestres Protegidas, comunidades bajo administración de otras dependencias del ACC u otras Áreas de Conservación, pero, que sean de interés para el PNVP se estará proponiendo un área "buffer" de 1 km. Esto, debido a la importancia de generar espacios de coordinación con las respectivas administraciones y con el fin desarrollar acciones para evitar la expansión de la frontera agrícola, labores de control y protección de los recursos naturales y acciones de control de ingresos ilegales, así como la coordinación de actividades de Educación Ambiental o cualquier otra que sea de un interés particular para una o varias de las ASP con las que se trabaje.



Se puede mencionar el caso de la comunidad de Bajos del Toro que jurisdiccionalmente pertenece al Área de Conservación Huetar Norte, pero para el caso del PNVP es relevante su inclusión dentro de su zona de influencia por temas de control y protección, accesos ilegales, tenencia de la tierra en manos de privados dentro del parque y coordinación de proyectos para la concesión de servicios no esenciales.



Modelo de los Servicios y Actividades No Esenciales (SANE)



Este modelo de operación está contemplado en la Ley de Biodiversidad N° 7788, en sus artículos 39 y 40 (Concesiones y contratos), en el cual se especifica que el tipo de servicios y actividades que podrán concesionarse; de acuerdo con las necesidades y prioridades identificadas por la administración del parque nacional con base en el criterio técnico y que sean aprobados por el Consejo Regional del Área de Conservación.



Dichos artículos hacen hincapié en que "estas concesiones y contratos podrán otorgarse única y exclusivamente a asociaciones de desarrollo comunal, cooperativas, microempresas u organizaciones sociales sin fines de lucro que tengan objetivos de apoyo a la conservación de los recursos naturales, que incorporen la gestión ambiental dentro de los procesos y área concesionada y con su personería jurídica vigente; siempre que se encuentren integradas y controladas directamente por habitantes de las comunidades ubicadas en la zona de influencia de la respectiva área silvestre protegida".



d) Elementos focales de manejo del Parque Nacional Volcán Poás.



Los elementos focales de manejo fueron identificados mediante una recopilación de información generada durante varios años por el área silvestre protegida, apoyada en los resultados del programa de monitoreo biológico, así como diferentes investigaciones realizadas en el ASP. Esta selección representa aquellos elementos que se encuentran con un alto grado de presión y por lo tanto su estado de conservación está comprometido o podría estarlo en caso de no desarrollar gestiones para su resguardo. Otro criterio de selección fue su relación con los objetivos de conservación establecidos por la Ley 7575 para las Áreas Silvestres Protegidas y los objetivos establecidos para el Parque Nacional Volcán Poás y requisitos estipulados por la metodología establecida para su selección.



A continuación, se muestran los elementos focales de manejo definidos para el Parque Nacional Volcán Poás:





e) Programas de Manejo para la Gestión del Parque Nacional Volcán Poás



De acuerdo con los problemas de manejo identificados y según los requerimientos para el cumplimiento de los objetivos de conservación del Parque Nacional Volcán Poás, se considera una organización de las estrategias que se encuentre alineada con las diferentes herramientas que se utilizan en la gestión de las Áreas Silvestres Protegidas, así como también con el Plan Estratégico del SINAC vigente. El objetivo principal del componente estratégico es el de lograr sintetizar el uso de un mismo lenguaje, de cara a mejorar los procesos administrativos y técnicos, así como para realizar un manejo más eficiente de los datos.



Este componente estratégico está basado en áreas o ámbitos y estas a su vez están desglosados en objetivos, metas, acciones, actividades e indicadores.





El Plan General de Manejo del Parque Nacional Volcán Poás está formado por tres áreas estratégicas que se citan a continuación e integran los diferentes programas específicos y corresponden a los tres ámbitos que están establecidos en la Herramienta de Evaluación de la Efectividad de Manejo de las ASP de SINAC, 2016.





Área Estratégica: Gestión Administrativa



Es el encargado de la gestión, planificación y distribución de todas las labores operativas, logísticas y de gestión financiera, que permita optimizar los recursos económicos, de personal, para lograr a ejecución efectiva de las acciones planificadas y mitigar amenazas. De la gestión administrativa depende el funcionamiento integral y adecuado del parque, incluye las acciones que permiten contar con la cantidad, calidad y desarrollo del personal necesario; los recursos financieros, el desarrollo y mantenimiento de la infraestructura y el equipo; las compras e inventarios de activos; cooperación la sostenibilidad financiera a largo plazo, y la planificación, seguimiento y evaluación de la gestión. Objetivos y estrategias propuestas para la Gestión Administrativa Designar el personal necesario e idóneo para el manejo de la ASP.



. Actualización anual de las necesidades y perfiles del personal necesario para el ASP.



. Trasladar las necesidades de contratación de funcionarios necesarios a Dirección y Recursos Humanos.



. Contar con el personal idóneo (contratación de 5 funcionarios (1 cada 2 años). Éstos deben ser: 1 persona en mantenimiento, 1 persona para asistencia administrativa, 3 técnicos).



. Dar seguimiento al Plan de Desarrollo Integral del personal



Realizar las acciones correspondientes para dotar de infraestructura nueva y equipamiento idóneo, así como su mantenimiento óptimo para la gestión efectiva de la ASP



. Dotar de equipo y tecnología necesarios y con las calidades requeridas para la gestión al área: elaborar y actualizar el inventario de los equipos disponible y su estado (diagnóstico), así como un listado de los equipos necesarios para los próximos 5 años que incorpore las acciones preventivas, correctivas y de mantenimiento.



. Contar con la infraestructura idónea para la gestión de la ASP: esta acción incluye la construcción, acondicionamiento y mejora en general de la infraestructura. Esta puede tener variantes si en el transcurso de tiempo establecido para este PGM se presentan variaciones en las necesidades de infraestructura por un cambio de escenario o realidad del ASP.



. Asegurar mantenimiento óptimo de equipo e infraestructura: esto incluye elaborar, implementar y evaluar el Plan Mantenimiento de infraestructura y del equipo, así como las contrataciones correspondientes para el mantenimiento preventivo para equipos e infraestructura como la planta eléctrica de emergencia, la planta de aguas residuales, los tanques sépticos, entre otros.



Registrar y analizar sistemáticamente la información derivada del monitoreo y sus respectivas evaluaciones.



. Aplicar la evaluación de la efectividad de la gestión, informes POI/PP e informe de evaluación y ejecución del PGM y sus respectivos planes específicos, informe del SEMEC, entre otros; y su adecuada sistematización de resultados disponible vía digital y respaldados en la nube.



. Implementar lineamientos para estandarizar los protocolos de presentación, ordenamiento, organización y almacenamiento de información producidas durante la gestión de acuerdo con lo establecido en el Plan de Sistematización de la Información.



Consolidar el Patrimonio Natural del Estado.



. Continuar con el proceso de consolidación del Patrimonio Natural del Estado: mediante la elaboración de un plan de compras de los terrenos privados dentro de los límites del parque, actualización constante de la base de datos de tenencia de tierra, así como los registros físicos y digitales de las propiedades adquiridas del PNE; entre otras tareas propias del proceso.



. Demarcar adecuadamente los límites del PNVP: esto implica una revisión detallada del decreto de creación del parque, así como la inclusión de las nuevas propiedades adquiridas, además de la colocación de los mojones y rótulos, demarcación de carriles y conciliación de planos con base en la base de datos de catastro.



Seguimiento al Plan de Gestión Ambiental institucional del ACC



. Adecuada implementación del Plan de Residuos Sólidos.



. Velar por la actualización de los registros, protocolos, lineamientos vinculados con el PGAI.



. Realizar proceso integral de Bandera Azul ligado a los demás planes de manejo de la ASP.



Área Estratégica: Gestión Social



La relación entre el parque y las comunidades aledañas es una acción fundamental para el cumplimiento de los objetivos de conservación del parque y la política de participación y gobernanza, plan de acción de participación y gobernanza, así como el mandato de la Ley de Biodiversidad para la inclusión y participación en las acciones relacionadas con la conservación y el manejo de las ASP. Razón por la cual las tareas que desarrollen en esta área deben estar orientadas a crear sinergias con otras instituciones del Gobierno, organizaciones no gubernamentales presentes en la región y las organizaciones de base local, para que conjuntamente se aborden los problemas socioambientales y económicos de las comunidades que viven en la zona de amortiguamiento y de influencia del parque.



Este componente es el encargado de implementar la Educación Ambiental, la cual se define como un proceso de aprendizaje que propicia un cambio en el comportamiento del ser humano, para el manejo sostenible y conservación de la biodiversidad, con la participación de la sociedad".



(Definición de Villa Mills, 2018).



Este programa también es el encargado de coadyuvar a las comunidades en mejorar sus índices de desarrollo humano así como la reducción de la pobreza, el mejoramiento de la salud y bienestar, el desecho acceso a agua limpia, producción y consumo responsables, entre otros, mediante promoviendo la colaboración, actividades productivas no consultivas ligadas a la conservación y uso sostenible de los recursos, que ayuden a mitigar amenazas sociales que pueden repercutir en la viabilidad de los elementos focales de manejo del PNVP. Por otra parte, esta área se encarga también de la planificación de la actividad turística dentro del parque nacional, en concordancia con los objetivos de este. Así como del monitoreo y coordinación con la oferta turística que crece en el área de amortiguamiento del ASP, ya que esta con el pasar del tiempo se puede convertir en un aliado muy importante en la consecución de los objetivos de creación y gestión del PNVP.



Objetivos y acciones estratégicas propuestas para la Gestión Social



Establecer el nivel apropiado de respuesta y organización del ASP para trabajar con grupos y personas interesadas en la conservación y protección a través de acciones de voluntariado.



. Elaboración, actualización, ejecución y evaluación del Plan de Voluntariado del PNVP.



Desarrollar un procedimiento de preparación y capacidad eficiente en el manejo de la actividad turística



. Elaboración, actualización, ejecución y evaluación del Plan de Turismo Sostenible del PNVP.



. Elaboración, actualización, ejecución y evaluación del Plan de Gestión de Riesgos del PNVP.



Fortalecer el acercamiento e interacción de la ASP con grupos de interés



. Desarrollar un plan de comunicación adecuada interna y externa en la ASP.



Fortalecer los niveles de participación en la gestión de la ASP



. Dar un seguimiento al documento táctico de Participación del PNVP.



Fortalecer la gestión del programa de Educación Ambiental de acuerdo con las competencias del SINAC en la zona de influencia.



. Dar seguimiento al Plan de Educación Ambiental del PNVP



Identificar las prácticas e intensidad de uso de los recursos para ejercer un mayor control de los recursos.



. Dar seguimiento al Plan de patrones de intensidad de uso



Área Estratégica: Gestión de Recursos Naturales y Culturales



Esta área desarrolla las actividades que responden a la aplicación del marco legal ambiental vigente para el Parque Nacional Volcán Poás.



Se debe partir de un concepto claro de lo que significa la protección, gestión y de la eficiente planificación de acciones para minimizar los impactos sobre los recursos ecosistémicos los rasgos biofísicos y los elementos focales de manejo identificados.



Esta área estratégica debe enfocarse además de la conservación y protección en acciones para fomentar la capacidad adaptativa del PNVP frente a la presión humana sobre los recursos que resguarda y a los efectos provocados por el cambio climático, para propiciar su continuidad y calidad en el tiempo.



Abarca los programas encargados de desarrollar las actividades de control y vigilancia de los recursos protegidos, como son: operativos específicos en fechas especiales como semana santa, fin de año, días feriados, entre otros; patrullajes para evitar o detener las actividades ilegales que atentan contra la integridad de los recursos naturales que se protegen el parque, específicamente la cacería y la tala ilegal. Además, el Programa tiene que desarrollar acciones para dar la seguridad apropiada a los miles de visitantes al parque, a los funcionarios que laboran en el parque y a la infraestructura y equipo.



Esta área estratégica es transversal a actividades que organicen los otros programas de manejo, como son actividades de gestión comunitaria, educación ambiental y monitoreo biológico de los recursos protegidos, entre otros.



Las acciones que se plantean deben ser proactivas y deben identificar los aspectos más relevantes y los sectores más propensos dónde se desarrollan las principales amenazas para los EFM, las épocas del año dónde son más frecuentes y/o horarios dónde se presenta mayor afectación. Por lo tanto, es necesario fortalecer las capacidades del ASP con capacitación, equipamiento y personal necesario para realizar las labores pertinentes.



Las alianzas con entidades públicas como la Comisión Nacional de Emergencias, Observatorio Vulcanológico de Costa Rica, Red Sismológica Nacional, Universidades y centros de investigación, Instituciones y organizaciones entre otras son de fundamental importancia para implementar las acciones identificadas dentro de esta área estratégica.



Objetivos y acciones estratégicas propuestas para la Gestión de Recursos Naturales. Disminuir las amenazas sobre los EFM del PNVP mediante la planificación e implementación de acciones concretas para la prevención, protección y control de los recursos.



. Generación y gestión eficiente de información para la prevención, protección y control de las ASP.



Consolidar alianzas que generen y fortalezcan las capacidades del ASP para implementar las acciones del PPC



. Consolidación de alianzas e iniciativas de colaboración conjunta



Promover sistemas de inteligencia, y tecnología que permitan abordar las amenazas de las ASP de manera ágil y eficiente



Consolidación de alianzas e iniciativas de colaboración conjunta



Ejecutar acciones específicas de PPC que disminuyan la incidencia de eventos o delitos ambientales mediante la planificación anual de amenazas.



Fortalecer el equipo necesario que facilite la ejecución de labores de PPC en el PNVP



. Consolidación del equipo necesario para la adecuada ejecución de labores de PPC



Definir una priorización de tópicos de investigación requeridos en la ASP



. Generar información científica sobre el estado de los recursos naturales del PNVP



Establecer las medidas de adaptación y mitigación requeridas



. Desarrollar las acciones de adaptación y mitigación al cambio climático que respondan a las necesidades del ASP



Organizar las medidas necesarias para el manejo adecuado, racional y sostenible de los RRNN con el fin de mantener la integridad de los EFM



. Desarrollar un Plan que establezca las normas de control que garantizan la sostenibilidad de los Recursos Naturales



. Ejecutar el Plan de Recursos Naturales



. Evaluar los resultados del Plan de Recursos Naturales mediante un monitoreo



Medir la integridad ecológica de los EFM del ASP



. Implementar un plan de acciones periódicas relacionadas al mantenimiento de la integridad ecológica de cada uno de los EFM



. Planificación eficiente de acciones de PPC



f) Dirección física y electrónica donde los usuarios pueden acceder al Plan General de Manejo del Parque Nacional Volcán Poás, en forma completa



Dirección física:



. La Sede Regional del Área de Conservación Central, ubicada del segundo cruce de San Miguel de Santo Domingo de Heredia, 450 metros al noreste, sobre la Ruta 32 carretera a Guápiles.



. La administración del Parque Nacional Volcán Poás, ubicada 10 Km al norte del cruce Poasito - Vara Blanca, Poás de Alajuela.



. Dirección electrónica: acc.info@sinac.go.cr e poas.info@sinac.go.cr



SEGUNDO. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.



Ficha articulo





Fecha de generación: 27/2/2024 14:58:42

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