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 Normativa >> Reglamento municipal 74 >> Fecha 30/03/2021 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 74
Reglamento de principios, valores y conductas éticas a observar por parte del Concejo Municipal, Titular de Alcaldía, demás autoridades administrativas y personal de la Municipalidad de Oreamuno



MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO



REGLAMENTO DE PRINCIPIOS, VALORES Y CONDUCTAS ÉTICAS A OBSERVAR POR PARTE DEL CONCEJO MUNICIPAL, TITULAR DE ALCALDÍA, DEMÁS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS Y PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO



El Concejo Municipal del Cantón de Oreamuno, fundamentado en lo establecido en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política de Costa Rica, artículos 4, inciso a), 13 inciso c), y 43 del Código Municipal y en uso de sus atribuciones aprobó mediante acuerdo 541-2021, tomado en la sesión ordinaria 74, del día 30 del mes de marzo del año 2021 el presente "Reglamento de principios, valores y conductas éticas a observar por parte del Concejo Municipal, Titular de Alcaldía, demás autoridades administrativas y personal de la Municipalidad de Oreamuno", el cual se regirá por las siguientes disposiciones:



Considerando:



I.-Que del artículo 11 de la Constitución Política enmarca la obligación personal para que cada servidor público rinda cuentas en y sobre el cumplimiento de sus deberes, siendo que cada persona, en el ejercicio de sus obligaciones, debe tener en cuenta un marco ético y moral de comportamiento acorde con principios elementales de objetividad, imparcialidad, neutralidad política partidista, eficacia, transparencia, lealtad, resguardo de la hacienda pública, respeto al bloque de legalidad y sometimiento a los órganos de control.



II.-Que el artículo 13, inciso a) de la Ley General de Control Interno dispone como deber de los jerarcas y titulares subordinados: "a) Mantener y demostrar integridad y valores éticos en el ejercicio de sus deberes y obligaciones, así como contribuir con su liderazgo y sus acciones a promoverlos en el resto de la organización, para el cumplimiento efectivo por parte de los demás funcionarios", lo que significa que la exigencia de integridad y valores éticos involucra a todo servidor público.



III.-Que la Norma de Control Interno para el Sector Público 2.3 señala que el jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben propiciar el fortalecimiento de la ética en la gestión, mediante la implantación de medidas e instrumentos formales y la consideración de elementos informales que conceptualicen y materialicen la filosofía, los enfoques, el comportamiento ético en la institución, y que conlleven la integración de la ética a los sistemas de gestión.



IV.-Que el artículo 156 del Código Municipal establece los deberes de los servidores municipales a la luz de los valores éticos.



V.-Que con la publicación de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (Ley número 8422 del 14 de setiembre del 2004, publicada en La Gaceta número 212 del viernes 29 de octubre del 2004), siendo que tal instrumento dispone nuevos delitos, sanciones y disposiciones en general, a favor del correcto uso, manejo y comportamiento de los servidores públicos en relación con la hacienda pública, entre otros.



VI.-Que la Municipalidad de Oreamuno consciente de la importancia constitucional de resguardar la hacienda pública de actuaciones personales incorrectas que puedan, por ende, comprometer o poner en riesgo los fondos y recursos públicos, asume la responsabilidad de dar cumplimiento a las "Directrices Generales sobre Principios y Enunciados Éticos a observar por parte de los jerarcas, titulares subordinados, funcionarios de la Contraloría General de la República, Auditorías Internas y Servidores Públicos en general" (Nº D-2- 2004-CO) dictadas por la Contraloría General de la República.



Por lo cual, emite el presente reglamento: Reglamento de principios, valores y conductas éticas a observar por parte del Concejo Municipal, Titular de Alcaldía, demás autoridades administrativas y personal de la Municipalidad de Oreamuno.



Declaración jurada de lectura y comprensión del Reglamento.



Por este medio, quien suscribe, declaro bajo fe de juramento y en mi calidad de funcionario (a) de la Municipalidad de Oreamuno, que me ha sido entregada una copia fiel del Reglamento de principios, valores y conductas éticas a observar por parte del Concejo Municipal, Titular de Alcaldía, demás autoridades administrativas y personal de la Municipalidad de Oreamuno, el cuál he leído y comprendido, por lo que me comprometo a cumplir con total transparencia los lineamientos en el mismo establecidos.



Nombre: ____________________________________



Número de cédula: ____________________________



Fecha: ______________________________________



_______________________



Firma



Presentación



La bondad del ser humano se encuentra basada en la convivencia ética expresada por medio de la transparencia de los valores personales y los principios morales plasmados en el desarrollo de las acciones cotidianas.



Con base en ello, la Municipalidad de Oreamuno se ha preocupado por desarrollar e implementar un Código de Ética, con un sentido de compromiso que oriente a sus colaboradores en el desarrollo de sus funciones al servicio de la comunidad. Este se dirige especialmente a la introyección de los valores, misión y visión, así como la política integrada de calidad de nuestra institución para la puesta en práctica por medio de conductas propositivas y enmarcadas en una filosofía de respeto, lealtad y responsabilidad participativa por parte de nuestros colaboradores.



En el presente documento se establecen una serie de lineamientos entendidos como parte de un contrato que va más allá de un documento, y que representan convicciones, dirigidas a potenciar un desempeño laboral efectivo que incida directamente en el bienestar del cantón de Oreamuno. Más que un recordatorio de lo que no se debe hacer, en este documento se plasma una cultura de trabajo asertivo y eficaz, que honra la proyección de nuestra institución.



CAPÍTULO I



Generalidades



Artículo 1º-Definiciones Básicas



Reglamento de principios, valores y conductas éticas a observar por parte del Concejo Municipal, Titular de Alcaldía, demás autoridades administrativas y personal de la Municipalidad de Oreamuno: conjunto de normas donde sus objetivos se orientan a un desempeño efectivo y positivo, siendo alineados a los valores, la misión y la visión institucionales.



Actitud resolutiva: comportamiento individual y/o colectivo orientado a satisfacer las necesidades de los contribuyentes internos o externos, de manera rápida y ágil de acuerdo con las necesidades que surjan en cada momento.



Calidad en el servicio: Implementan garantizar la plena satisfacción de sus clientes, tanto internos como externos, esta satisfacción es importante para que los contribuyentes continúen consumiendo el producto o servicio ofrecido.



Funcionario o funcionaria: cualquier persona que ocupa una plaza en propiedad o interina, puestos de confianza, y otros en la Municipalidad de Oreamuno.



Visión compartida de trabajo: Es el objetivo que deseamos alcanzar, y para cuyo éxito deben estar alineadas otras personas, o incluso toda la Institución.






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CAPÍTULO II



Objetivos



Artículo 2º-Objetivo General. Incentivar la cultura ética en la Municipalidad de Oreamuno, para cuyo efecto el presente Reglamento servirá de orientación y guía de la conducta del Concejo Municipal, Titular de Alcaldía, demás autoridades administrativa y servidores/as municipales, formalizando los valores y principios reconocidos, adoptados y que se hacen respetar en el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de todas las demás normas especiales o superiores que surjan del ordenamiento jurídico.






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Artículo 3º-Objetivos Específicos:



a) Enunciar los principios, valores y conductas éticas, que deben inspirar la conducta y el quehacer de los/as servidores/as municipales, autoridades administrativas, Titulares de Alcaldía y Concejo Municipal.



b) Aportar una guía fundamental para que el recurso humano de la Municipalidad de Oreamuno, desarrolle sus tareas con la máxima transparencia, lo que se espera redunde en un impacto directo en el clima laboral y en la calidad del servicio y atención a nuestros contribuyentes.



c) Promover la cultura ética y moral con el fin de prevenir conductas que pudieran inducir a actos de corrupción y conflictos de intereses.




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CAPÍTULO III



Artículo 4º-Alcance. El alcance que se espera del presente Reglamento de principios, valores y conductas éticas a observar por parte del Concejo Municipal, Titular de Alcaldía, demás autoridades administrativas y personal de la Municipalidad de Oreamuno es la puesta en práctica de los lineamientos éticos en el comportamiento individual y colectivo asertivo y eficaz por parte de las personas colaboradoras de la Municipalidad de Oreamuno, que se traduzca en buenas prácticas marcadas por una actitud resolutiva y una visión compartida de trabajo.



Se espera lograr la uniformidad y claridad en el desenvolvimiento ético de los colabores en apego a la misión, visión, los valores y demás principios rectores institucionales, a fin del acatamiento de las normas institucionales que den como resultado un mejor producto en los servicios que se brindan a los usuarios.



Todas las personas colaboradoras, nos comprometemos a respetar y validar en nuestro actuar cotidiano, los lineamientos acá contenidos, con el fin de potenciar una cultura de trabajo funcional, marcada por el respeto a la filosofía institucional.






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CAPÍTULO IV



Declaración de compromiso



Artículo 5º-Todos los colaboradores de la Municipalidad de Oreamuno, nos comprometemos a respetar y poner en práctica en nuestro actuar cotidiano, los lineamientos establecidos, con el fin de favorecer nuestra cultura de trabajo siendo aún más efectiva, entrelazando los valores y representación como institución hacia nuestros contribuyentes.



Todas las personas colaboradoras de la Municipalidad tienen el deber y sentido de responsabilidad de cumplir con los lineamientos del presente Reglamento, estimular y motivar a los demás a respetarlo y ejecutarlo en su desempeño, siendo prudentes de aquellos comportamientos que puedan resultar en incumplimientos al mismo.






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CAPÍTULO V



Implementación del reglamento



Artículo 6º-Todas las personas colaboradoras de la Municipalidad de Oreamuno tienen el deber de cumplir con los lineamientos y estipulaciones del presente Reglamento, estimular a los demás a respetarlo y validarlo en su desempeño, y ser vigilantes de aquellas conductas que puedan representar un incumplimiento al mismo.



No obstante, existen circunstancias particulares con responsables determinados, a saber:



Comisión de Ética:



a. Tendrá a cargo la actualización y revisión de los as­pectos contenidos en el Reglamento, y facilitará el proceso de comunicación del mismo.



Concejo Municipal:



a. Revisa y aprueba las modificaciones propuestas al Reglamento.



Área de Recursos Humanos:



a. Incorpora al proceso de inducción de las personas colaboradoras la comprensión y aceptación del Reglamento.



b. Coordina con las diferentes áreas y/o jefaturas, la divulgación del Reglamento y sus actualizaciones.



c. Establece los mecanismos para dar seguimiento a las actuaciones de personas colaboradoras de la Municipalidad de Oreamuno, mediante capacitación y controles.



Jefaturas de cada área:



a. Divulgan el Reglamento y sus actualizaciones a las personas colaboradoras a cargo.



b. Supervisan el cumplimiento de los lineamientos establecidos.



c. Aplican las sanciones de amonestación verbal y escrita, tal y como se establece en el Reglamento Autónomo de Servicios de la Municipalidad de Oreamuno.






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CAPÍTULO VI



Misión, política integrada de calidad,



valores y visión



Artículo 7º-Misión. Promover la mejora integral de la calidad de vida de los habitantes del Cantón de Oreamuno, mediante una gobernanza sostenible basada en la formulación y ejecución de políticas públicas que garanticen espacios de desarrollo en el Cantón.






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Artículo 8º-Política Integrada de Calidad. La Municipalidad de Oreamuno trabaja de manera comprometida en satisfacer las necesidades del Cantón, asegurando su participación en el desarrollo económico, social, ambiental, turístico y cultural de los habitantes; bajo los siguientes compromisos:



. Fomentar estrategias de crecimiento económico para la atracción de inversión en el territorio.



. Promover la equidad social bajo un compromiso de igualdad de género y un desarrollo inclusivo buscando el bienestar para nuestros habitantes.



. Gestionar entornos y servicios ambientales que garanticen un desarrollo sostenible y el resguardo de los recursos naturales.



. Preservar el patrimonio cultural del Cantón de Oreamuno.



. Fortalecer las capacidades para el desarrollo agroturístico.



. Garantizar la correcta ejecución y gestión de los recursos mediante la transparencia, gestión anticorrupción y antisoborno.



. Acatar el cumplimiento de la normativa nacional e internacional aplicable, y del sistema integrado de gestión.




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Artículo 9º-Valores:



. Honestidad.



. Lealtad.



. Responsabilidad.



. Respeto.



. Calidad.



. Espíritu de Servicio.



. Amigables con el medio ambiente.




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Artículo 10.-Visión. Ser el Gobierno Local que promueve el desarrollo integral del cantón, con una gestión eficiente, transparente y participativa, mediante un modelo de ordenamiento territorial que garantice un entorno seguro, tecnológico e inclusivo dando como resultado la prosperidad de los habitantes con un enfoque de sostenibilidad y compromiso.




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CAPÍTULO VII



Ejes transversales del reglamento



Artículo 11.-Honestidad: Tener una conducta recta y honrada con todas las personas internas o externas de la institución, que lleva a observar normas y compromisos, así como a actuar con la verdad, lo que denota sinceridad y correspondencia en lo que se hace, en lo que se piensa y en lo que se dice.






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Artículo 12.-Lealtad: Tener una actitud de profundo compromiso e interés con la institución de estar dispuestos a renunciar o a hacer con sacrificio por el bien de la organización.




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Artículo 13.-Compromiso: Como colaboradores debemos de identificarnos con nuestra institución, estar la involucrados en los intereses institucionales ofreciendo y siendo participes del cumplimiento de las metas.




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CAPÍTULO VIII



Principios éticos básicos que nos dirigen



Artículo 14.-Los funcionarios de la Municipalidad de Oreamuno deberán asumir una serie de principios y compromisos éticos sobre las acciones y prácticas de actuación en el desarrollo de sus funciones y en la convivencia dentro y fuera de la institución, basados en los valores y normativas establecidos.



Marco Institucional



. Conocer y aplicar el Marco Ético.



. Conocer y aplicar el Marco Filosófico: Misión, Valores, Visión y Políticas.



. Conocer y cumplir el Marco Normativo Legal.



. Conocer, cumplir y actualizar los Manuales de Procedimiento.



. Cumplir con las funciones asignadas y deberes con competencia, laboriosidad y fidelidad hacia la Institución.



. Empeño constante por actualizarse y procurar los más altos desempeños y las mejores prácticas.



Desempeño laboral



. Ser puntual y cumplir con el horario establecido.



. Acudir en forma puntual a reuniones y capacitaciones.



. Ser constante y diligente en la ejecución de las labores sin perder el tiempo por conversaciones con compañeros y compañeras o visitas innecesarias a otras unidades.



. Disciplina en el cumplimiento de los tiempos de descanso asignados para refrigerios y alimentación durante la jornada laboral.



Utilización adecuada de los recursos institucionales



. Hacer uso correcto de los recursos donde prive el beneficio e interés institucional y no para sí misma o para otra persona.



. Utilización y administración adecuada y racional de los recursos y bienes puestos a su disposición, evitando todo derroche, abuso o uso con fines distintos.



. Uso correcto de carné, gafete o credencial, papelería, demás bienes y nunca el cargo, función, actividad, posición o influencia para obtener beneficios o ventajas para sí o para otro.



. Uso correcto de la tecnología de la información y comunicación conforme lo establece la Normativa.



. Proporcionar especial protección y cuidado al equipo, accesorios y sistemas informáticos, incluyendo las medidas de seguridad.



. Contribuir en la optimización del uso de los recursos con el fin de alcanzar la excelencia en su desempeño y los más altos estándares de calidad en los servicios.



Comunicación e información



. Uso responsable y transparente de la información para mantener y fortalecer la confianza que la sociedad costarricense y la comunidad Oreamunense le ha depositado en la Institución.



. Garantizar al público el derecho de acceder, libremente a la información de carácter público y velar porque dicha información sea veraz, comprensible y oportuna.



. La información de carácter privado que se maneje por motivo del ejercicio de las funciones y que no está destinada al público en general, en ningún caso se utilizará en beneficio propio o de cualquier otra persona no idónea dentro y fuera de la Institución de conformidad con las Directrices y Normativa correspondientes.



. Al responder las llamadas telefónicas utilizar lenguaje apropiado al tipo de comunicación.



. La comunicación interna debe ser fluida, constante, comprensible y oportuna, para generar entendimiento cooperación, consenso y evitar la desinformación.



. Compartir la información y el conocimiento entre las diferentes dependencias de la Institución para fomentar la cooperación y la relación de interacción e interdependencia para generar una atmósfera de confianza y transparencia. Usar vocabulario correcto en todo momento.



Ambiente laboral



. Propiciar, mantener y fortalecer un ambiente ético que contribuya a relaciones interpersonales de respeto, sanas y libres de: discriminación por condición de género, orientación sexual, diferencias étnicas, amenaza, acoso laboral, sexual y hostigamiento.



. Cuidar la higiene y presentación personal con discreción en la forma de vestir, en la compostura y en los modales.



. Actuar de manera preventiva en materia de salud y seguridad ocupacional a fin de no exponer a riesgos, preservar la infraestructura, recursos y el ambiente.



. Utilizar racionalmente el agua y la energía eléctrica, cerciorándose de cerrar las llaves, reportar cualquier fuga de agua y apagar las luces, computadoras e impresoras cuando no se utilicen.



. Mantener un ambiente de orden y limpieza.



Enfoque al cliente



. Atención con espíritu de servicio mediante una excelente atención y trato, calidez humana y comprensión.



. Proporcionar servicios y productos de calidad, en respuesta a los requerimientos y necesidades actuales y futuras del cliente interno y externo.



. Cumplir con el Manual de Atención y Servicio al usuario.



Calidad



. Garantizar productos y servicios idóneos, seguros y confiables, evidenciando siempre la integridad y transparencia en los procesos.



. Realizar responsablemente las tareas y actividades que le corresponden, coordinando, participando activamente y, colaborando con el trabajo de los demás; para lograr procesos ágiles y expeditos y brindar los productos y servicios con eficacia y en los plazos establecidos.



. Brindar un servicio oportuno a la persona cliente interna, considerando que el servicio que recibe es decisivo sobre el servicio y producto final que se ofrece a la persona cliente externa.



. Mantener actitud permanente de seguimiento, supervisión y evaluación de los resultados de los servicios, beneficios y productos recibidos por las personas clientes, así como una constante investigación sobre sus requerimientos y necesidades.



Relaciones con los proveedores



. Debe fundamentarse en la integridad, la transparencia, el respeto mutuo y lo establecido por las leyes, particularmente la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.



Conflictos de interés



. Evitar cualquier posibilidad real o potencial de obtener un beneficio de manera ilegítima sea personal, para personas allegadas o para un tercero como resultado de las funciones, cargo o competencia.



. Compromiso para que prevalezca el interés público sobre cualquier situación y que no haya duda razonable sobre la integridad, transparencia y responsabilidad con que se actúa.



. Cuando se presenten vínculos profesionales, familiares o económicos, con alguna de las partes que pudiere representar un beneficio personal e incidir en la legitimidad comunicar a tiempo y por escrito a los superiores.



Rendición de cuentas



. Informar, justificar y responsabilizarse por las actuaciones y sobre el uso dado a los recursos y bienes puestos a disposición y del desarrollo de la gestión en el ejercicio de las funciones y los resultados obtenidos, con apego a criterios de eficiencia, eficacia, transparencia, legalidad y someterse a cualquier forma de escrutinio apropiado para el cargo, de conformidad con el artículo 11 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.



Toma de decisiones



. Hay que asegurar que las decisiones que se adopten en cumplimiento de las atribuciones se ajustan a la imparcialidad, a los objetivos propios de la Institución y a la ética.



Compromisos con los usuarios y las usuarias



. Brindar información en forma clara, completa y correcta con lenguaje de fácil entendimiento y los servicios de forma accesible para el adecuado ejercicio de los derechos del cliente.



. Proporcionar un trato justo e imparcial orientado siempre por el espíritu de servicio y con productos de alta calidad.



. Fortalecer la simplificación y estandarización de los procedimientos institucionales a fin de reducir los tiempos de respuesta y agilizar la prestación de servicios.



. Contribuir a fortalecer la cultura de equidad de género en lo interno de la institución.



. Ofrecer mayores facilidades para el acceso a los servicios y para el ejercicio del sufragio y de sus derechos y deberes en igualdad de oportunidades a la población costarricense con necesidades especiales.



. Divulgar e informar sobre el presente Reglamento de principios, valores y conductas éticas a observar por parte del Concejo Municipal, Titular de Alcaldía, demás autoridades administrativas y personal de la Municipalidad de Oreamuno.



. Tratar en forma amable y respetuosa al funcionario y funcionaria que le está brindando el servicio.



Compromisos en relación con el ambiente



. Enfocamos nuestros esfuerzos en la búsqueda de oportunidades relacionadas con el cuidado del ambiente, a través de la integración de criterios de desarrollo sostenible en nuestras acciones como el manejo adecuado y reciclaje de papelería, uso de tecnologías amigables con el ambiente, la optimización del consumo de energía e inclusión de aspectos ecológicos en las gestiones de compra.



. Fomentar entre los colaboradores una actitud de liderazgo y técnicas en pro ambiente.






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CAPÍTULO IX



Marco normativo referencial



Artículo 15.-El presente reglamento se fundamenta en las siguientes disposiciones legales:



. Constitución Política de la República de Costa Rica



. Código de Trabajo.



. Código Municipal



. Reglamento Autónomo de Servicios de la Municipalidad de Oreamuno (junto con sus modificaciones)



. Ley Nª 7983 de Protección al Trabajador.



. Ley Nª 8422 Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.



. Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa.



. Ley Nª 8292 de Control Interno.



. Ley Nª 7476 en contra del Hostigamiento Sexual en el empleo y la docencia.



. Ley Nª 7142 de Igualdad Real de la Mujer.



. Ley Nª 7600 Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.



. Ley Nª 6227, Ley General de la Administración Pública.



. Ley Nª 8862, Sobre Inclusión y Protección Laboral de las personas con Discapacidad en el Sector Público.






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CAPÍTULO X



Lineamientos para un Comportamiento Ético



en la Municipalidad de Oreamuno



Artículo 16º-La Municipalidad de Oreamuno espera de sus colaboradores y colaboradoras lo siguiente:



A. Participación activamente en las actividades de fortalecimiento de los factores formales de la ética institucional y contribuir con los esfuerzos respectivos según les corresponde.



B. Estricto cumplimiento de los horarios.



C. Responsabilidad con las tareas diarias.



D. Calidad y eficiencia en el trabajo cotidiano.



E. Colaboración en mantener un ambiente laboral sano, que incluya aspectos como buenas relaciones interpersonales, seguridad, buenas relaciones interpersonales, orden y limpieza, entre otros.



F. Lealtad hacia la institución.



G. Utilización adecuada de los recursos institucionales los cuales no son de uso personal, prestando especial cuidado al uso que se haga de Internet, siendo indebido el uso de estos recursos para fines personales.



H. Desarrollo de tareas según los objetivos por cumplir, sin usar cargo, función, actividad, bienes, posición o influencia para obtener beneficios personales o para otras personas.



I. Ejercicio de sus funciones con efectividad y productividad, al eliminar toda situación que genere atrasos innecesarios en la gestión.



J. Empeño en cumplir con los objetivos estratégicos y operativos de la institución a partir de un efectivo trabajo en equipo.



K. Decoro apropiado en su conducta, así como en su forma de vestir.



L. En lo que se refiere a la atención al cliente, es un deber proporcionar productos y servicios de la máxima calidad, de acuerdo con las especificaciones establecidas. Se les deberá tratar con honradez en todos los aspectos de las transacciones, se brindará solución a sus reclamos y se procurará satisfacer sus necesidades.



M. Toda acción laboral se realizará responsablemente y se cuidará de no dañar a ninguna persona, al ambiente, infraestructura y demás recursos de la institución.






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CAPÍTULO XI



Deberes Éticos



Artículo 17.-Deberes éticos para las autoridades responsables de procesos (direcciones y jefaturas, etc.). Los funcionarios y funcionarias responsables de procesos poseen compromisos mayores, por lo que, además de los deberes establecidos para los funcionarios y funcionarias en general, se agregan los siguientes:



a) Apoyar activamente el diseño, la implantación y el fortalecimiento de los factores formales de la ética institucional.



b) Sus conductas deberán inspirar a sus colaboradores y colaboradoras, al ser ejemplo de integridad y transparencia, disciplinada, respetuosa con ellos en el trato cotidiano y fiel observante de la normativa interna de disciplina laboral, sin mostrar favoritismos de ninguna clase.



c) Asumirán también la responsabilidad de ser objetivas y justas en la evaluación del desempeño; deberán apegarse estrictamente a la realidad de los hechos, a la vez que ofrecerán a sus colaboradores y colaboradoras la debida realimentación.



d) Se destacarán, en virtud de las responsabilidades que asumen y de la influencia que llegan a ejercer sobre los demás, por su capacidad de conducir y de ayudar a sus colaboradores y colaboradoras al logro de los objetivos institucionales.



e) Deberán participar activamente dentro de la dinámica institucional, procurarán estar siempre informadas, asistir puntualmente a las reuniones a las que se le convoque y ser un eficaz canal de comunicación entre los niveles superiores y con su personal a cargo.



f) Su gestión debe caracterizarse por el trabajo esforzado, honesto y creativo, con el fin de garantizar el fiel cumplimiento de sus deberes y responsabilidades.



g) Estarán plenamente identificadas con los intereses de la institución, lo que las llevará a mantener una actitud de innovación y creatividad, para procurar así el mejoramiento integral y continuo de las responsabilidades asignadas a su unidad.



h) Promoverán acciones que permitan mejorar la comunicación interna, que utilizarán como una eficaz herramienta de gestión.



i) Al asignar tareas y funciones entre sus colaboradores y colaboradoras, deberán hacerlo de manera equitativa y justa.



j) Promoverán la adhesión de los colaboradores y de las colaboradoras a los valores organizacionales a través de su ejemplo y de los medios de difusión más pertinentes.






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Artículo 18.-Deberes éticos para el Titular de Alcaldía y Concejo Municipal. Además de los deberes generales establecidos en los puntos anteriores, se agregan los siguientes:



a) Asumir el liderazgo del diseño, la implantación y el fortalecimiento de los factores formales de la ética institucional.



b) Dar fiel cumplimiento de todas las atribuciones asignadas de conformidad con el Código Municipal y demás normativa vinculante.



c) Promover la creación de reglamentos y demás normativa interna con el fin de impulsar el desarrollo de la institución y que, por ende, contribuyan en el bienestar y progreso del Cantón.



d) Promover una cultura basada en los principios y valores del presente reglamento y velar por que su cumplimiento sea el resultado de la convicción propia de los trabajadores y las trabajadoras y no actos meramente disciplinarios.




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CAPÍTULO XII



Cumplimiento del Reglamento



Artículo 19.-Toda persona colaboradora debe acatar y evidenciar en su desempeño los lineamientos establecidos en este Reglamento.



Para ello, debe llevar un proceso de inducción (lectura y comprensión) del presente Reglamento y una vez realizado no podrá alegar desconocimiento del mismo y del deber de cumplimiento de sus lineamientos.






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Artículo 20.-Toda persona colaboradora tiene el deber de cumplir con los lineamientos del presente Reglamento, estimular a los demás a respetarlo, validarlo en su desempeño y ser vigilante de aquellos comportamientos que puedan resultar en incumplimientos al mismo.



Esto implica el deber de denunciar cualquier comportamiento que se aleje de los lineamientos señalados y que transgreda el comportamiento ético acá establecido.




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Artículo 21.-Para presentar una denuncia por incumplimiento al Reglamento de Ética de la Municipalidad de Oreamuno, se debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos:



a. Nombre del denunciante, número de cédula o identificación, y puesto en caso de que sea funcionario o funcionaria de la institución.



b. Nombre de la persona denunciada y puesto de trabajo que ocupa dentro de la institución.



c. Indicación clara, precisa y detallada de la eventual o supuesta infracción cometida.



d. Señalar lugar para atender notificaciones dentro del perímetro del Cantón o correo electrónico.



e. Firma de la persona denunciante.



El proceso de denuncia se tramita de la siguiente manera:



I. Se comunica a la jefatura inmediata, el o los comportamientos en desapego a los lineamientos éticos.



II. La jefatura correspondiente da curso a la denuncia, elevando el caso al Alcalde.



III. El Alcalde realiza el debido proceso de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Autónomo de Servicios de la Municipalidad de Oreamuno.



IV. Se ejecuta la sanción y se incorpora (si procede) al expediente de la persona colaboradora.



V. En todo momento, se debe resguardar la identidad de la persona denunciante, manteniendo la confidencialidad del caso antes, durante y después del proceso administrativo que se ejecute. El incumplimiento a este lineamiento remite una falta a este Reglamento, respaldado en el apartado de Manejo de la información.




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CAPÍTULO XIII



Sanciones



Artículo 22.-El incumplimiento a alguno de los lineamientos contemplados en este Reglamento será sancionado según la complejidad del evento, tal como se presenta en el siguiente detalle:



La falta ética es un error de juicio que produce un resultado lesivo. Se establecen dos tipos de falta; la falta ética leve que es la que tiene un descuido de comportamiento que tiene como efecto un comportamiento reprochable, y la falta ética grave que es la que refleja una ausencia de integridad que tiene un efecto dañino para toda la organización.



a. Falta Leve: Será considerada falta leve todas las que se deriven de un comportamiento negligente o imprudente al momento de cumplir con las obligaciones éticas contempladas en el presente Reglamento. La falta leve se sancionará con reprimenda verbal o amonestación escrita.



b. Falta Grave: Será considerada falta grave todas las que se deriven de un comportamiento doloso o intencional al momento de cumplir con las obligaciones éticas contempladas en el presente Reglamento. La falta grave se sancionará con suspensión laboral sin goce de salario, o despido sin responsabilidad patronal.



Vigencia y validez del presente Reglamento. Rige a partir de su publicación.



Se somete a Votación la Dispensa del Trámite de Comisión, es aprobado por unanimidad.



Se somete a Votación el Fondo de la Moción, es aprobada por unanimidad.



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Fecha de generación: 15/9/2024 18:35:43

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