Buscar:
 Normativa >> Ley 5240 >> Fecha 04/07/1973 >> Texto completo
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


Artículos     >>
Recuerde que Control F es una opción que le permite buscar en la totalidad del texto

Ir al final del documento

- Usted está en la última versión de la norma -
Texto Completo Norma 5240
Reforma Ley Creación Dirección General de Educación Física y Deportes
Texto Completo acta: FF12 1

Artículo 1º.- Refórmase los artículos 10 y 13 de la ley de Creación



de la Dirección General de Educación Física y Deportes, Nº 3656 de 6 de



enero de 1966, para que se lean así:



"Artículo 10.- Las municipalidades no autorizarán la construcción ni



aprobarán los planos de instalaciones deportivas, sin el visto bueno de



la dirección General de Educación Física y Deportes".



"Artículo 13.- El Consejo Nacional estará integrado por siete



miembros como sigue:



El Ministro de Cultura, Juventud y Deportes, o su representante,



quien como Presidente ex oficio.



Seis miembros más de nombramiento del Poder Ejecutivo. Se escogerán



personas reconocida afición y espíritu deportivo. Las asociaciones,



federaciones o entidades deportivas que ostenten la representación de un



deporte determinado en escala nacional, nombrarán sus representación de



enlace con el Consejo, los cuales tendrán derecho a ser convocados y a



participar sin voto en las deliberaciones de éste que tengan que ver con



el deporte respectivo".




Ficha articulo



Artículo 2º.- Esta ley rige a partir de su publicación.



Transitorio.- El Ministerio de cultura, Juventud y Deportes



procederá a reorganizar el Consejo Nacional de Deportes de acuerdo con



los términos de la presente ley dentro de los quince días siguientes a su



vigencia.




Ficha articulo





Fecha de generación: 19/4/2024 14:55:21
Ir al principio del documento